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	<title>elecciones municipales archivos - USO-Madrid</title>
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	<description>Sitio Web oficial de la Unión Sindical Obrera de Madrid</description>
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		<title>Permisos retribuidos y dietas para las Elecciones Autonómicas y Municipales del 28 de mayo en la Comunidad de Madrid</title>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 22 May 2023 11:20:23 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[USO-Madrid]]></category>
		<category><![CDATA[elecciones autonómicas]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril y la Orden Ministerial INT/212/2023, de 1 de marzo, y la Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid establecen los siguientes permisos retribuidos y [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<h2>La Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril y la Orden Ministerial INT/212/2023, de 1 de marzo, y la Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid establecen los siguientes permisos retribuidos y dietas:</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter  wp-image-9526" src="https://uso-madrid.es/wp-content/uploads/2023/05/sindicato-uso-madrid-horarios-elecciones-autonomicas-municipales-28-mayo.jpeg" alt="Permisos retribuidos y dietas para las Elecciones Autonómicas y Municipales del 28 de mayo en la Comunidad de Madrid" width="500" height="500" /></p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>Si tengo que trabajar el día de las elecciones, ¿tengo derecho a un permiso retribuido?</h3>
<p>Se establecen los siguientes permisos retribuidos para que los trabajadores por cuenta ajena puedan ejercer sus derechos electorales:</p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul>
<li>Trabajadores cuyo horario de trabajo <strong>NO COINCIDA</strong> <strong>o</strong> lo haga por un <strong>período inferior a 2 horas</strong> con el de apertura de las mesas electorales: <strong>NO tendrán derecho a permiso retribuido</strong>.</li>
<li>Si <strong>coincide en 2 o más horas y menos de 4</strong>: disfrutarán de un <strong>permiso retribuido de 2 horas</strong>.</li>
<li>Si <strong>coincide</strong> <strong>en 4 o más horas y menos de 6</strong>: disfrutarán de <strong>permiso retribuido de 3 horas</strong>.</li>
<li>Si <strong>coincide</strong> <strong>en 6 o más horas</strong>: disfrutarán de <strong>permiso retribuido de 4 horas</strong>.</li>
</ul>
</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h3>¿Y si soy un trabajador con contrato parcial?</h3>
<p>En todos los supuestos anteriores, la duración del permiso <strong>se reducirá en proporción </strong>a la relación entre la jornada de trabajo que desarrollen y la jornada habitual de los trabajadores contratados a tiempo completo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>¿La aplicación de los permisos afecta a la retribución salarial?</h3>
<p><strong>NO.</strong> El <strong>Estatuto de los Trabajadores</strong> establece que las reducciones de jornada para ejercer los derechos electorales<strong> no supondrán merma de la retribución que, por todos los conceptos, vinieran obteniendo los trabajadores</strong>. Servirá como justificación la presentación de certificación de voto o, en su caso, la acreditación de la mesa electoral correspondiente. Es decir, <strong>la empresa</strong> <strong>SÍ puede exigir</strong> al trabajador el justificante de haber acudido a votar.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>* <em>En todos los casos anteriormente descritos, <strong>corresponderá al empresario la distribución</strong> del período en que los trabajadores dispongan del permiso para acudir a votar, en base a la organización del trabajo.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter  wp-image-9525" src="https://uso-madrid.es/wp-content/uploads/2023/05/sindicato-uso-madrid-permisos-elecciones-autonomicas-municipales-28-mayo.jpeg" alt="Permisos retribuidos y dietas para las Elecciones Autonómicas y Municipales del 28 de mayo en la Comunidad de Madrid" width="500" height="500" /></p>
<h3></h3>
<p>&nbsp;</p>
<h3></h3>
<h3>Personas que han de intervenir en las elecciones en los distintos puestos para los que hayan sido designadas:</h3>
<ul>
<li>
<h4>Presidentes y vocales de mesa e interventores:</h4>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul>
<li>Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados presidentes o vocales de las mesas electorales tienen derecho a un <strong>permiso retribuido de jornada completa</strong> durante el día de la votación, si este coincide con su jornada laboral.</li>
<li>También tienen derecho a una <strong>reducción</strong> de su jornada de trabajo de <strong>cinco horas el día inmediatamente posterior</strong>.</li>
<li>Percibirán una <strong>dieta de 70 euros</strong>, con independencia del tiempo de la jornada electoral que se haya estado desempeñando el cargo.</li>
</ul>
</li>
</ul>
</li>
<li>
<h4>Apoderados:</h4>
</li>
<li style="list-style-type: none;">
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul>
<li>Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que acrediten su condición de apoderados tienen derecho a un permiso retribuido durante el día de la votación.</li>
<li>Si el trabajador hubiera de trabajar la noche previa al día de la votación, la empresa deberá cambiarle el turno, a petición del interesado, a efectos de que pueda descansar la noche anterior.</li>
</ul>
</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h3>Responsabilidades</h3>
<p>Si un ciudadano que ha sido designado como presidente o vocal de una mesa electoral, así como sus respectivos suplentes, deja de concurrir o desempeñar sus funciones, incurriría en un <strong>posible delito de abandono o incumplimiento</strong> en la mesa electoral. Si las abandonan sin causa legítima o incumplan sin causa justificada las obligaciones de excusa o aviso previo que impone la ley, podrían ser condenados a una <strong>pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 24 meses</strong>.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><img loading="lazy" decoding="async" class="aligncenter  wp-image-9527" src="https://uso-madrid.es/wp-content/uploads/2023/05/sindicato-uso-madrid-mesa-electoral-elecciones-autonomicas-municipales-28-mayo.jpeg" alt="Permisos retribuidos y dietas para las Elecciones Autonómicas y Municipales del 28 de mayo en la Comunidad de Madrid" width="500" height="500" /></p>
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