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	<title>permiso paternidad archivos - USO-Madrid</title>
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	<description>Sitio Web oficial de la Unión Sindical Obrera de Madrid</description>
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	<title>permiso paternidad archivos - USO-Madrid</title>
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		<title>La ampliación del permiso retribuido por nacimiento y cuidados entra en vigor hoy, 31 de julio del 2025</title>
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		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 31 Jul 2025 08:21:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Igualdad]]></category>
		<category><![CDATA[USO-Madrid]]></category>
		<category><![CDATA[conciliacion]]></category>
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		<category><![CDATA[permiso retribuido]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Será de 19 semanas para las familias biparentales y de 32 semanas para las monoparentales &#160; Ayer se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, que modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://uso-madrid.es/la-ampliacion-del-permiso-retribuido-por-nacimiento-y-cuidados-entra-en-vigor-hoy-31-de-julio-del-2025/">La ampliación del permiso retribuido por nacimiento y cuidados entra en vigor hoy, 31 de julio del 2025</a> se publicó primero en <a href="https://uso-madrid.es">USO-Madrid</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2>Será de 19 semanas para las familias biparentales y de 32 semanas para las monoparentales</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Ayer se publicó en el</strong> <strong>BOE</strong> el <a href="https://boe.es/boe/dias/2025/07/30/pdfs/BOE-A-2025-15741.pdf" target="_blank" rel="noopener">Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio</a>, que modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.</p>
<p>Este RD-L garantiza <strong>permisos retribuidos por nacimiento o adopción y cuidados de menores de 8 años,</strong> que serán de hasta 19 semanas, en el caso de las familias biparentales y de un máximo de 32 semanas en el caso de las familias monoparentales/monomarentales.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3></h3>
<h3 style="text-align: center;"><a href="https://uso-madrid.es/wp-content/uploads/2025/07/sindicato-uso-madrid-ampliacion-permiso-nacimiento-cuidados-entra-en-vigor-hoy-31-agosto-2025-infografia-1.jpeg"><img decoding="async" class="size-medium wp-image-22522 aligncenter" src="https://uso-madrid.es/wp-content/uploads/2025/07/sindicato-uso-madrid-ampliacion-permiso-nacimiento-cuidados-entra-en-vigor-hoy-31-agosto-2025-infografia-1-300x300.jpeg" alt="La ampliación del permiso por nacimiento y cuidados entra en vigor hoy 31 de agosto del 2025" width="300" height="300" /><span style="color: #0000ff;">Descargar Infografía</span></a></h3>
<p>&nbsp;</p>
<h3>Más capacidad de cuidados para madres y padres</h3>
<p>Desde <strong>USO</strong> consideramos <strong>muy positiva la ampliación del permiso por nacimiento/adopción y cuidados.</strong> Con el esquema que se plantea desde hoy, se permite a madres y padres un mayor margen de cuidados y <strong>acerca más a España al cumplimiento de la Directiva Europea en materia de conciliación.</strong> Se fortalecen, por tanto, las políticas sociales en el país y se permite cuidar, no sólo en el momento del nacimiento o adopción, sino también en la infancia.</p>
<p>Es un acierto que se hayan contemplado las necesidades de las familias con una persona progenitora, que en la mayoría de los casos son mujeres. Por tanto, la ampliación de estos permisos<strong> incidirá positivamente en las condiciones de igualdad.</strong></p>
<p>Sin embargo, <strong>consideramos injusto que el efecto retroactivo de la nueva norma se limite al 2 de agosto del 2024</strong> y no se extienda a los menores que aún no hayan cumplido los 8 años. Ellos y ellas también precisan cuidados y el reconocimiento de estas semanas hubiera sido ampliamente protector del interés superior de la infancia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>El permiso parental de 8 semanas seguirá siendo NO RETRIBUIDO</h3>
<p>Sin embargo, l<strong>amentamos que el <a href="https://www.uso.es/permiso-parental-no-retribuido-de-8-semanas-uso-resuelve-tus-dudas/" target="_blank" rel="noopener">permiso parental de hasta 8 semanas</a> para cuidados de hijo/hija menor de 8 años no sea materia de este RD-L,</strong> por lo que seguirá siendo <strong>no remunerado</strong>. Desde <strong>USO</strong> hemos solicitado reiteradamente su retribución, pero, al parecer, se quedará permanentemente sin ella.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p style="text-align: center;"><a href='https://www.uso.es/manana-entra-en-vigor-la-ampliacion-del-permiso-por-nacimiento/' class='small-button smallblue'>INFORMACIÓN COMPLETA</a></p>
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			</item>
		<item>
		<title>¿Vas a ser padre? Esto es lo que debes saber del nuevo permiso de paternidad</title>
		<link>https://uso-madrid.es/vas-a-ser-padre-esto-es-lo-que-debes-saber-del-nuevo-permiso-de-paternidad/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 08 Mar 2019 09:11:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Igualdad]]></category>
		<category><![CDATA[Mujer]]></category>
		<category><![CDATA[igualdad]]></category>
		<category><![CDATA[permiso paternidad]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Los permisos de paternidad pasarán desde el próximo 1 de abril de cinco a ocho semanas. Las dos primeras habrá que tomarlas al mismo tiempo que la madre tras el nacimiento o adopción. Las otras seis se pueden repartir durante los primeros doce meses. El decreto ley en materia de igualdad laboral publicado este jueves en el [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>Los permisos de <span class="classCadenaBusqueda">paternidad</span> pasarán<strong> desde el próximo 1 de abril</strong> de cinco a ocho semanas. Las dos primeras habrá que tomarlas al mismo tiempo que la madre tras el nacimiento o adopción. Las otras seis se pueden repartir durante los primeros doce meses.</p>
<p>El decreto ley en materia de igualdad laboral publicado este jueves en el BOE contempla la equiparación progresiva de los permisos de <span class="classCadenaBusqueda">paternidad</span> y maternidad. También incluye medidas específicas para las empresas y la recuperación del pago de las cuotas sociales para cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia con cargo al Estado.</p>
<h4>Permisos por nacimiento</h4>
<ul>
<li><strong>Equiparación progresiva hasta 2021</strong> de los permisos de <span class="classCadenaBusqueda">paternidad</span> y maternidad a 8 semanas desde la entrada en vigor, a 12 semanas en 2020 y a 16 semanas en 2021.</li>
<li>Serán<strong> iguales e intransferibles para ambos progenitores</strong> y pasarán a llamarse permisos por nacimiento, que incluye parto o adopción y el cuidado del menor de 12 meses.</li>
<li>El progenitor distinto a la madre biológica deberá disfrutar <strong>2 semanas de permiso inmediatamente después del nacimiento o adopción</strong> y las 6 restantes las podrán distribuir hasta que el hijo cumpla un año.</li>
<li>En 2020 el primer periodo del permiso de <span class="classCadenaBusqueda">paternidad</span> será de 4 semanas, repartiendo las 8 restantes a lo largo del año.</li>
<li>En 2021 ambos progenitores deberán disfrutar 6 semanas de forma ininterrumpida tras el parto. Las otras 10 podrán distribuirlas como quieran hasta que el hijo cumpla un año. Como incentivo, si ambos progenitores disfrutan sus permisos de forma equitativa, tendrán una semana más cada uno.</li>
<li><strong>Las primeras 6 semanas deberán disfrutarse a jornada completa</strong>, pero las 10 restantes podrán ejercerse a jornada parcial.</li>
</ul>
<h4></h4>
<h4>Lactancia</h4>
<ul>
<li>Ambos progenitores tendrán derecho a partir del 1 de abril a <strong>una hora de ausencia del trabajo</strong> hasta que el hijo cumpla los 9 meses. También pueden acumularlas en jornadas completas que podrán disfrutarse de forma simultánea pero que no son transferibles.</li>
<li>Como incentivo, si ambos progenitores ejercen este derecho de forma igualitaria, podrá extenderse hasta que el lactante cumpla el año, pero con una reducción proporcional del salario desde los 9 meses.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h4>Cotización de cuidadores</h4>
<ul>
<li>La Seguridad Social, con fondos del Estado, se hará cargo de las <strong>cotizaciones de los cuidadores no profesionales</strong> de personas en situación de dependencia.</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<h4>Empresas</h4>
<ul>
<li>Empresas medianas y grandes (con más de 50 empleados) tendrán que llevar un <strong>registro salarial</strong> con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla.</li>
<li>El registro salarial deberá presentarse<strong> desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales</strong>, categorías profesionales o puestos de trabajo de igual valor.</li>
<li><strong>Los trabajadores tendrán derecho a acceder al registro salarial</strong> de su empresa.</li>
<li>Se presumirá que existe discriminación salarial en las empresas de más de 50 empleados cuando el promedio de las retribuciones de los trabajadores de un sexo sea <strong>superior al del otro en un 25 % o más.</strong> Se tomará el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, salvo prueba en contrario que lo justifique por motivos no relacionados con el sexo de los trabajadores.</li>
<li>Las empresas de más de 50 trabajadores estarán obligadas a elaborar y aplicar un <strong>plan de igualdad</strong>, que hasta ahora solo era preceptivo para las empresas de más de 250 empleados.</li>
<li>La aplicación de dicha obligación se llevará a cabo de manera paulatina en función del número de empleados de la empresa: de 50 a 100 trabajadores tendrán 3 años, de 101 a 150 tendrán 2 años y de 151 a 250 tendrán 1 año.</li>
<li>Se crea un <strong>registro de planes de igualdad</strong> de las empresas dependiente de la Dirección General de Trabajo.</li>
</ul>
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