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	<title>sentencia archivos - USO-Madrid</title>
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	<description>Sitio Web oficial de la Unión Sindical Obrera de Madrid</description>
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	<title>sentencia archivos - USO-Madrid</title>
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	<item>
		<title>FTSP-USO-Madrid entra en los comités de RSG Seguridad y Protección y de Vettonia Seguridad</title>
		<link>https://uso-madrid.es/ftsp-uso-madrid-entra-en-los-comites-de-rsg-seguridad-y-proteccion-y-de-vettonia-seguridad/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 27 Nov 2024 11:47:12 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Acción sindical]]></category>
		<category><![CDATA[Elecciones sindicales]]></category>
		<category><![CDATA[accion sindical]]></category>
		<category><![CDATA[elecciones sindicales]]></category>
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		<category><![CDATA[seguridad privada]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Federación de Trabajadores de Seguridad Privada (FTSP-USO-Madrid) consigue la mayoría absoluta, con 4 de los 5 delegados, en el comité de empresa de RSG Seguridad y Protección. Antes, no tenía representación. También entra en el comité de Vettonia Seguridad con 2 representantes. ¡Enhorabuena! #DaElPaso con la #USO &#160; Sentencia favorable Además de las elecciones [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Federación de Trabajadores de Seguridad Privada (FTSP-USO-Madrid)</strong> consigue la <strong>mayoría absoluta,</strong> con 4 de los 5 delegados, en el comité de empresa de <strong>RSG Seguridad y Protección.</strong> Antes, no tenía representación.</p>
<p>También entra en el comité de <strong>Vettonia Seguridad</strong> con 2 representantes.</p>
<p>¡Enhorabuena!</p>
<p><span class="r-18u37iz">#DaElPaso</span><span class="css-1jxf684 r-bcqeeo r-1ttztb7 r-qvutc0 r-poiln3"> con la </span><span class="r-18u37iz">#USO</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>Sentencia favorable</h3>
<p>Además de las elecciones sindicales, el Juzgado de lo Social nº25 de Madrid, <strong>a demanda de la USO,</strong> falló contra la empresa de servicios auxiliares Iman Corporation y el sindicato UGT por <strong>vulneración de derechos durante el proceso electoral.</strong> Contra esta sentencia <strong>no cabe recurso.</strong></p>
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		<item>
		<title>El TSJM obliga a la readmisión de un delegado de USO-Madrid en Indra</title>
		<link>https://uso-madrid.es/el-tsjm-obliga-a-la-readmision-de-un-delegado-de-uso-madrid-en-indra/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 01 Aug 2024 09:24:45 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Acción sindical]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios]]></category>
		<category><![CDATA[USO-Madrid]]></category>
		<category><![CDATA[despido]]></category>
		<category><![CDATA[justicia]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Declara improcedente su despido por vulnerar la garantía de permanencia reconocida por el Estatuto de los Trabajadores &#160; Los servicios jurídicos de USO-Madrid han logrado otro importante éxito en los tribunales. La Sección nº2 de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado en parte el recurso de suplicación contra la [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2>Declara improcedente su despido por vulnerar la garantía de permanencia reconocida por el Estatuto de los Trabajadores</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>Los servicios jurídicos de USO-Madrid han logrado otro <strong>importante éxito en los tribunales</strong>. La Sección nº2 de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado en parte el <strong>recurso de suplicación</strong> contra la sentencia dictada en octubre del 2023 por el Juzgado de lo Social nº20 de Madrid<strong>, declarando improcedente el despido de un delegado de la USO</strong> en el comité de empresa de Indra Soluciones Tecnológicas de la Información, en el centro de trabajo de Miguel Yuste. La sentencia ofrece al trabajador la opción entre la <strong>obligada readmisión</strong> en su puesto de trabajo o, si lo prefiere, a ser indemnizado por la empresa.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>Vulnera el Estatuto de los Trabajadores</h3>
<p>Estima el máximo órgano judicial de la Comunidad de Madrid que <em>“no consta motivos por los que no le asignaron clientes, proyectos facturables desde 2017, ni si la empresa le ofreció formación para que se mantuviese actualizado y pudiese desempeñar la actividad que demandaban los clientes”</em>. También que <em>“en el centro de Miguel Yuste permanecen trabajadores con la misma categoría del demandante (…) que no son representantes de los trabajadores, debiendo continuar en el centro de trabajo cuando haya puestos de su categoría profesional”</em>, lo que vulnera la <strong>garantía de permanencia</strong> establecida en el artículo 68.b ET.</p>
<p>El demandante, responsable de la sección sindical de USO-Indra, había sido despedido en enero del 2021 en el marco de un proceso de despido colectivo, tras prestar servicio en la empresa durante 30 años.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<item>
		<title>La Audiencia Nacional condena a Ryanair por abusar de los servicios mínimos en la huelga del 2022</title>
		<link>https://uso-madrid.es/la-audiencia-nacional-condena-a-ryanair-por-abusar-de-los-servicios-minimos-en-la-huelga-del-2022/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 18 Jul 2024 10:46:26 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Acción sindical]]></category>
		<category><![CDATA[Servicios]]></category>
		<category><![CDATA[USO-Madrid]]></category>
		<category><![CDATA[audiencia nacional]]></category>
		<category><![CDATA[huelga]]></category>
		<category><![CDATA[ryanair]]></category>
		<category><![CDATA[sector aereo]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Estima en su totalidad el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la USO y también condena al Ministerio de Transportes por dejación de funciones &#160; Argumentaron los servicios jurídicos de la USO que no existía motivación y sí desproporción en todos los vuelos operados por la aerolínea durante la huelga que se desarrolló durante los meses de [&#8230;]</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2>Estima en su totalidad el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la USO y también condena al Ministerio de Transportes por dejación de funciones</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>Argumentaron los servicios jurídicos de la USO que <strong>no existía motivación y sí desproporción</strong> en todos los vuelos operados por la aerolínea durante la <span style="color: #0000ff;"><a style="color: #0000ff;" href="https://uso-madrid.es/uso-reclama-al-gobierno-que-obligue-a-ryanair-a-cumplir-con-la-ley/">huelga que se desarrolló durante los meses de junio y julio del 2022</a></span>. Especialmente, en los <strong>insulares</strong>, en los que se fijaron unos <strong>servicios mínimos del 90 %</strong>, <strong>violando los principios de racionalidad y proporcionalidad.</strong> La sentencia reconoce que esas rutas aéreas estaban servidas por otras compañías que podían atender la demanda sin mayor perjuicio para los usuarios.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>Dejación de funciones del Ministerio</h3>
<p>En cuanto a los <strong>vuelos domésticos peninsulares</strong>, también estima la demanda de la USO por <strong>falta de motivación</strong>, ya que se omitió el examen de las <strong>posibilidades de transporte alternativo</strong>, como el tren de alta velocidad. Y, lo más importante, entiende que existió una <strong>dejación de funciones por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana</strong>, al dejar en manos de la empresa la decisión de calcular la plantilla necesaria para cubrir los servicios mínimos y concretar los vuelos que debían ser protegidos. Reconoce así que <em>“los límites al derecho de huelga, como derecho fundamental que es, deben tener un carácter de mínimo indispensable”</em>.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h3>Cuarta sentencia favorable</h3>
<p>Por último, la AN también da la razón a nuestro sindicato y considera que el derecho de huelga de los tripulantes de cabina (TCP) <strong>se vio lesionado al ser limitado con una motivación genérica</strong>, sin atender a las circunstancias especiales de pasajeros que requieren de atenciones específicas durante el vuelo.</p>
<p>Es la <strong>cuarta sentencia favorable a la USO</strong> en poco más de un año, tras las fechadas el <a href="https://www.uso.es/la-audiencia-nacional-declara-nulos-los-servicios-minimos-de-las-ultimas-huelgas-convocadas-en-ryanair-e-iberia-express/"><span style="color: #0000ff;">10 de marzo</span></a>, el <span style="color: #0000ff;"><a style="color: #0000ff;" href="https://www.uso.es/primera-sentencia-de-readmision-para-una-tcp-de-ryanair-despedida-en-la-huelga-de-2022/">31 de mayo</a></span> y el <span style="color: #0000ff;"><a style="color: #0000ff;" href="https://www.uso.es/sentencia-audiencia-nacional-ryanair-vulnero-el-derecho-de-huelga-y-a-la-intimidad/">13 de noviembre</a></span> del 2023, debido a la <strong>actitud antisindical y el desprecio por el derecho de huelga</strong> que siempre ha demostrado Ryanair.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h4><a href="https://www.uso.es/an-da-la-razon-a-uso-y-condena-a-transportes-y-a-ryanair-por-la-huelga/">Noticia completa y texto íntegro de la sentencia</a></h4>
<p>La entrada <a href="https://uso-madrid.es/la-audiencia-nacional-condena-a-ryanair-por-abusar-de-los-servicios-minimos-en-la-huelga-del-2022/">La Audiencia Nacional condena a Ryanair por abusar de los servicios mínimos en la huelga del 2022</a> se publicó primero en <a href="https://uso-madrid.es">USO-Madrid</a>.</p>
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		<item>
		<title>La Audiencia Nacional, a demanda de la USO, establece que los 5 días de permiso son laborables</title>
		<link>https://uso-madrid.es/la-audiencia-nacional-a-demanda-de-la-uso-establece-que-los-5-dias-de-permiso-son-laborables/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 31 Jan 2024 13:11:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Igualdad]]></category>
		<category><![CDATA[USO-Madrid]]></category>
		<category><![CDATA[contact center]]></category>
		<category><![CDATA[cuidados]]></category>
		<category><![CDATA[igualdad]]></category>
		<category><![CDATA[permisos laborales]]></category>
		<category><![CDATA[sentencia]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Sentencia pionera sobre el convenio colectivo del sector de contact-center, tras la publicación del Real Decreto-ley 5/2023. Otras fuerzas sindicales acumularon posteriormente sus demandas a la interpuesta por el Gabinete Jurídico de la USO   La Audiencia Nacional decretó el 26 de enero del 2024 que los permisos retribuidos de 5 días por diversos supuestos [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://uso-madrid.es/la-audiencia-nacional-a-demanda-de-la-uso-establece-que-los-5-dias-de-permiso-son-laborables/">La Audiencia Nacional, a demanda de la USO, establece que los 5 días de permiso son laborables</a> se publicó primero en <a href="https://uso-madrid.es">USO-Madrid</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<h2>Sentencia pionera sobre el convenio colectivo del sector de <em>contact-center</em>, tras la publicación del Real Decreto-ley 5/2023. Otras fuerzas sindicales acumularon posteriormente sus demandas a la interpuesta por el Gabinete Jurídico de la USO</h2>
<p><strong> </strong></p>
<p>La Audiencia Nacional decretó el 26 de enero del 2024 que<strong> los permisos retribuidos de 5 días </strong>por diversos supuestos de enfermedad, accidente u hospitalización de familiares o convivientes de la persona trabajadora <strong>han de ser laborables</strong>, en contra de lo firmado en su día en el convenio sectorial (anterior al RD-ley), que los estipulaba como naturales. También dejaría sin efecto el acuerdo posterior a la ley, firmado en comisión paritaria por CCOO, UGT y la patronal del sector.</p>
<p>La verdadera importancia de esta sentencia es que <strong>puede ser extrapolable a todos los sectores</strong> y se esperaba con gran interés, pues <strong>el cambio normativo había dejado sin jurisprudencia</strong> la interpretación de si los días eran laborables o naturales.</p>
<p>&nbsp;</p>
<h4><a href="https://www.uso.es/uso-consigue-primera-sentencia-sobre-nuevo-decreto-de-permisos-seran-5-dias-laborables/">Leer la noticia completa</a></h4>
<p>La entrada <a href="https://uso-madrid.es/la-audiencia-nacional-a-demanda-de-la-uso-establece-que-los-5-dias-de-permiso-son-laborables/">La Audiencia Nacional, a demanda de la USO, establece que los 5 días de permiso son laborables</a> se publicó primero en <a href="https://uso-madrid.es">USO-Madrid</a>.</p>
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