B. Residencia temporal arraigo familiar

Autorización residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo familiar.

DOCUMENTACIÓN EXIGIBLE
Nota: con carácter general se deberán aportar copias de los documentos y exhibir los originales en el momento de presentar la solicitud.
• Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–10) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Dicho impreso puede obtenerse en:  http://extranjeros.empleo.gob.es/es/ModelosSolicitudes/Mod_solicitudes2/
• Copia completa del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
• Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.
• Documentación acreditativa del vínculo familiar y la nacionalidad, que será:
-En el supuesto de ser padre o madre de menor de nacionalidad española:
 Certificado de nacimiento del menor de nacionalidad española en el que conste el vínculo familiar y la nacionalidad española de dicho menor.
-En el supuesto de ser hijo de padre o madre originariamente español:
 Certificado de nacimiento del solicitante.
 Certificado de nacimiento del padre o madre originariamente español o certificado del Registro Civil que acredite dicha condición.

Nota importante: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Por otro lado, todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 y salvo que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional.
Para obtener más información sobre la traducción y legalización de los documentos se podrá consultar la hoja informativa.