USO considera que el Decreto-Ley del Gobierno para frenar la subida del precio de la luz, que hoy es más de un 200% más cara que el año pasado, es tardío e insuficiente. El coste, que amenaza con asfixiar a la industria electrointensiva y ya notan los propio ciudadanos en sus facturas, ha puesto en el disparadero la tasa de inflación anual.

No actúa sobre los problemas estructurales del sector energético

Desde USO valoramos positivamente este Decreto-Ley por la vocación del Ejecutivo de atajar la vulnerabilidad de las familias y la pobreza energética, dado lo imprescindible de contar con suministros de gas y luz a precios razonables. Sin embargo, entendemos que la medida llega tarde y resulta insuficiente.

Y resulta insuficiente porque la norma aprobada incorpora varios “parches” en forma de medidas transitorias, pero no actúa lo suficiente sobre problemas estructurales de fondo en el sector energético.

La limitación de acciones sobre las causas estructurales del precio de la energía es evidente. Falta ambición y una propuesta de acción coordinada a nivel europeo. Por otro lado se sigue sin abordar debidamente el problema del Tratado de la Carta de la Energía de 1994 que protege a los inversores en tribunales privados.

Esto último es muy importante porque los riesgos de judicialización de las medidas ahora aprobadas por parte de las compañías afectadas no son menores. La incertidumbre sobre procesos que concluyan con el posterior reintegro del Estado, es decir, pagados por todos los ciudadanos a estas compañías y a sus accionistas, deben ser tenidos en cuenta.

Por otro lado, algunas de las medidas suponen de facto el aplazamiento del problema, con el pago de la factura en términos prácticos, generando una deuda ciudadana a futuro. Tampoco la reducción temporal de impuestos es una solución, en tanto el detrimento de ingresos públicos también actúa negativamente sobre la financiación de los servicios públicos esenciales para la ciudadanía y las familias vulnerables. La aplicación de tipos superreducidos debiera ser estructural y compensada con otros ingresos fiscales… Seguir leyendo el artículo completo