Muchos trabajadores trabajan más horas de las que se establece en su jornada laboral ordinaria. Este exceso se conoce como horas extra. El registro obligatorio de jornada se estableció para evitar el fraude de las empresas con respecto a las horas extraordinarias. A pesar de ello, estas horas no se reconocen correctamente en muchos casos. De hecho, los trabajadores madrileños (45%) son los que más horas extra realizan sin recibir reconocimiento a cambio por parte de su empresa. La situación de los mismos se ha agravado en el último año a causa de la COVID, según datos de un informe de Infojobs.

Para saber qué se consideran horas extra, que puede ser diferente para cada trabajador, vamos a analizar qué son las horas extra; quién puede realizarlas; si existe obligación por parte del trabajador a llevarlas a cabo o cómo se pagan. Desde USO también te recomendamos que  revises qué dice tu propio convenio colectivo y tu contrato de trabajo. Si tienes cualquier duda, no dudes en consultar a tus delegados.

¿Qué son las horas extra?

El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores indica que:

tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo.

El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores dispone que la duración de la jornada de trabajo no podrá exceder de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Los convenios y contratos individuales, siempre que respeten la duración máxima legal de la jornada, pueden reducirla.

No contarán como horas extraordinarias el exceso de horas trabajadas para prevenir o reparar daños o siniestros urgentes.

¿Quiénes pueden realizar horas extraordinarias?

Cualquier persona trabajadora, de forma voluntaria, puede realizar horas extraordinarias, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo.

No podrán realizar horas extra:

  • Menores de edad
  • Contratos de ´formación
  • Contratos a tiempo parcial
  • Trabajadores con turnos de horario nocturno
  • Afectados por ERTE de reducción de jornada

¿Cuántas horas extra se pueden hacer al año?

El número de horas extra anuales no puede ser superior a las 80. Excepto para las personas trabajadoras con una jornada inferior a la general en la empresa, cuyo máximo de horas extraordinarias se reducirá en la misma proporción que su jornada.

¿Cómo se remuneran las horas extra?

La remuneración se establece en el convenio colectivo o en el contrato individual, pero en ningún caso puede ser inferior al valor de la hora ordinaria.

También se pueden compensar por tiempos equivalentes de descanso retribuido y, en ausencia de pacto, se entenderá que esas horas extra deben ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

¿Cómo se computan?

A efectos del cómputo de horas extraordinarias, hay que realizar correctamente el registro diario de jornada y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen a la persona trabajadora en el recibo correspondiente.