Jornadas de formación sobre los nuevos permisos retribuidos en USO-Madrid

Jornadas de formación sobre los nuevos permisos retribuidos en USO-Madrid

Más de un centenar de delegados y delegadas han recibido formación sobre los nuevos permisos retribuidos incorporados al Estatuto de los Trabajadores

 

A lo largo de dos jornadas (martes y jueves), y en sendos turnos, los representantes de las personas trabajadoras han ampliado su formación sobre las novedades en legislación laboral. En concreto, las recogidas por el artículo 23 (formación profesional) y, sobre todo, el artículo 37 (matrimonio o pareja de hecho, accidente, enfermedad, hospitalización, fallecimiento, fuerza mayor, climático, nacimiento y adopción, lactancia, etc.) del Estatuto de los Trabajadores.

Sara García, secretaria confederal de Acción Sindical y Empleo, ha sido la responsable de impartir la formación ambos días.

 

Denuncia ante Igualdad

Estos nuevos permisos retribuidos (y otros que no tienen retribución) se incorporaron al Estatuto de los Trabajadores a través del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio y, más recientemente, del Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio.

El sindicato USO ha denunciado ante el Ministerio de Igualdad que el permiso parental incumple la Directiva europea y perjudica a las madres biológicas. La nueva norma establece que la madre biológica dispone de 19 semanas de permiso por nacimiento (2 de esas semanas pueden disfrutarse hasta los 8 años) y 2 semanas de lactancia. Mientras que la Directiva atribuye el disfrute retribuido de un permiso de maternidad de 14 semanas y 8 semanas de permiso parental.

 

La formación es prioritaria

USO-Madrid sigue apostando firmemente por la formación sindical y laboral de sus delegados y delegadas como uno de sus ejes prioritarios para defender los derechos de las personas trabajadoras en los centros de trabajo.

 

#USOTeForma #ConstruyendoFuturo

¿Estoy obligado a ir a trabajar si no tengo cómo desplazarme al centro de trabajo? USO te informa

¿Estoy obligado a ir a trabajar si no tengo cómo desplazarme al centro de trabajo? USO te informa

NO. El denominado «permiso climático» cubre la imposibilidad de acceder al centro de trabajo, entre otras cuestiones, por recomendación de las autoridades competentes o por situaciones de emergencia graves

 

No acudir al trabajo por causa de fuerza mayor no puede ser penalizado por las empresas y, además, debe ser remunerado según establece el artículo 37.3 g) del Estatuto de los Trabajadores (ET).

 

Comunicado USO

 

#USOTeInforma en este enlace: uso.es/permiso-climatico-y-otras-medidas-de-prl/

Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre