El Plan MeCuida se prorroga hasta el 31 de enero

El Plan MeCuida se prorroga hasta el 31 de enero

El Plan MeCuida que da derecho a los trabajadores a adaptar o reducir su jornada laboral en caso de tener que cuidar de familiares contagiados por covid-19 se prorroga hasta final de año. El plan sigue reflejando muchas incógnitas en materia de conciliación y excluye a los familiares por afinidad, cuando en el Estatuto de los Trabajadores en casos de reducción de jornada por familiar a cargo si que está contemplado.

El Plan Me Cuida está dirigido a personas trabajadoras por cuenta ajena que deben acreditar el deber de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, es decir padres, madres y abuelos/as en línea ascendente y los hijos/as y nietos/as en línea descendente, por circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria del COVID-19.

Este plan está regulado en el artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo y su prórroga hasta el 31 de enero se ha recogido en el Real Decreto-Ley 28/2020, que regula el trabajo a distancia.

 

Soluciones para conciliar del Plan MeCuida

El Plan Me Cuida ofrece dos posibles soluciones a la conciliación en esta pandemia:

  • Adaptación de la jornada: que supone no perder ingresos, ya que se mantiene la jornada de trabajo.
  • Reducción de jornada: supone perder ingresos en proporción a la reducción, que pueden llegar a la totalidad si la reducción es del 100%.
  • Estos derechos del Plan Me Cuida deben ser justificados, razonables y proporcionados en relación con la situación de la empresa. En caso de conflicto, se resolverá por la jurisdicción social a través del procedimiento de urgencia.

Situaciones extraordinarias que recoge el Plan MeCuida

Cuando sea necesaria la presencia de la persona trabajadora para la atención de personas que, por razón de edad, enfermedad o discapacidad, necesiten de cuidado personal y directo como consecuencia directa del COVID-19.

También, cuando existan decisiones adoptadas por las autoridades relacionadas con el COVID-19 que impliquen cierre de centros educativos (y entendemos que también de aulas concretas) o de cualquier otra naturaleza que dispensaran cuidado o atención a la persona necesitada de los mismos.

Cuando la persona que hasta el momento se hubiera encargado del cuidado o asistencia directos de los familiares indicados no pudiera seguir haciéndolo por causas justificadas relacionadas con el COVID-19.

 

¿Está a empresa obligada a concederme la adaptación de jornada si se dan las circunstancias que establece el Plan?

La persona trabajadora y la empresa deberán hacer lo posible para llegar a un acuerdo, aunque es prerrogativa del trabajador decir en qué va a consistir la adaptación de jornada, que debe equilibrar sus necesidades de cuidado y las necesidades organizativas de la empresa. Por tanto, debe ser justificada, razonable y proporcionada

 

¿En que puede consistir la adaptación de la jornada?

La adaptación de jornada consiste en la distribución del tiempo de trabajo o cualquier otro aspecto de las condiciones de trabajo, para poder atender al familiar, y que pueden ser:

  • Cambio de turno.
  • Modificación de horario.
  • Horario flexible.
  • Jornada partida o continuada.
  • Cambio de centro de trabajo.
  • Modificación de funciones.
  • Cambio en la forma de prestación del trabajo, incluye el trabajo a distancia.
  • Cualquier otro cambio que estuviera disponible en la empresa o que pueda implantarse, pero siempre de forma temporal y excepcional.
  • Es importante recordar que el Real Decreto-Ley de trabajo a distancia no se aplica para las situaciones excepcionales provocadas por la pandemia.

 

¿Hasta cuando se podrán tener estas medidas?

Las medidas incluidas en el Plan Me Cuida han quedado prorrogadas estas medidas hasta el 31 de enero de 2021.

 

¿Qué novedades establece el Plan respecto de la reducción de jornada por causa del COVID-19?

El Plan Me Cuida menciona el derecho a la reducción de jornada, conforme regula el Estatuto de los Trabajadores en el artículo 37, 6 y 7, con dos peculiaridades dada la situación excepcional del COVID-19, suponiendo en todo caso reducción del salario:

  • Debe ser comunicada a la empresa con 24 horas de antelación.
  • Puede alcanzar el 100% de la jornada si fuera necesario. Debe ser justificada y razonable y proporcionada en atención a la situación de la empresa.
  • En el caso de reducción por cuidado de familiar hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, no se requiere que este no desempeñe actividad retribuida.

 

Si ya tenía concedida una adaptación y/o reducción de jornada, antes de la pandemia, ¿puedo renunciar o modificar esta situación?

Sí, se podrá renunciar temporalmente a ese derecho ya concedido y también se tendrá derecho a modificar las condiciones de disfrute, siempre que se den las circunstancias excepcionales de necesidad de cuidado por razones del COVID-19.

La solicitud de modificación se limitará al periodo excepcional de duración de la crisis sanitaria.

 

Muchas cuestiones pendientes a la hora de conciliar en pandemia

Desde USO consideramos positiva esta prórroga del Plan MECUIDA, casi en tiempo de descuento, pero consideramos que aún quedan muchas cuestiones pendientes por solucionar para las familias, como las situaciones de cuarentena preventivas y la solución para esos padres y madres a través de una baja médica o de alguna otra solución, que en algunos casos puede ser el teletrabajo pero que ya hemos visto que no es la solución definitiva.

Esta situación, poco definida para las familias, ha supuesto en muchos casos soportar una doble carga de trabajo para la persona que se queda en casa, siendo la mayoría de ellas mujeres, perpetuando roles de género que se atribuyen a las mujeres, como son el cuidado de la familia, las tareas del hogar, etc. Los hombres siguen ocupándose de otras tareas, haciendo retroceder a la mujer al ámbito del cuidado familiar con lo que conlleva: abandono de sus puestos de trabajo y, de nuevo, una mayor dependencia económica de sus parejas masculinas o progenitores para poder sostenerse.

Teletrabajo: las claves de la nueva ley aprobada por el Gobierno

Teletrabajo: las claves de la nueva ley aprobada por el Gobierno

El Real Decreto-Ley, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia se ha publicado hoy en el BOE. Se compone de 22 artículos, 7 disposiciones adicionales, 4 disposiciones transitorias y 14 disposiciones finales.

Aunque se denomina “Trabajo a Distancia” y su articulado se centra en esta materia, aprovecha para regular otras cuestiones ajenas a la cuestión principal, a lo largo de las disposiciones adicionales, transitorias y finales.

¿A quién se aplicará este Real Decreto-ley de trabajo a distancia?

Se aplicará a los trabajadores por cuenta ajena contemplados en el artículo 1.1 del E.T. Excluye al total del personal de las administraciones.

Definición de trabajo a distancia y objeto de aplicación

El RDL de trabajo a distancia define este como un tipo de trabajo a distancia, a través de sistemas telemáticos, de carácter regular.

No todo el trabajo a distancia o teletrabajo se va considerar objeto de aplicación de esta norma. Únicamente será objeto de aplicación el “trabajo a distancia regular”, entendido como el trabajo a distancia que se realiza, en un periodo de 3 meses, un mínimo de 30% de la jornada (o porcentaje equivalente en función del contrato de trabajo).

Este porcentaje podrá ser modificado por convenio o acuerdo colectivo según la Disposición Adicional Primera.

Tampoco le va a resultar aplicable al trabajo a distancia implantado excepcionalmente en aplicación del artículo 5 RDL 8/2020 o como consecuencia de las medidas de contención sanitarias derivadas del COVID-19 mientras se mantenga la situación sanitaria actual.  En este último caso, las empresas sí que deberán dotar de medios técnicos el desarrollo del trabajo a distancia y remite a la negociación colectiva para establecer la compensación de los posibles gastos derivados del teletrabajo (disposición transitoria 3).

De igual forma no se aplicará inmediatamente a las relaciones de trabajo vigentes que estén reguladas en convenios o acuerdos colectivos vigentes a 23 de septiembre de 2020 (publicación del real decreto-ley 28/2020). En estos casos se aplicará desde el momento en que pierdan vigencia. Si no tuvieran plazo de duración, se aplicarán el presente real decreto-ley al año de la publicación en BOE del dicho convenio o acuerdo, o máximo a los 3 años desde su publicación en el BOE, si las partes firmantes acuerdan un plazo superior.

¿Cuándo entra en vigor la norma del trabajo a distancia?

La presente ley del trabajo a distancia entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE, es decir, el próximo 13 de octubre.

Limitación en el caso de menores

El artículo 3 limita el trabajo a distancia en el caso de menores y en determinados contratos usados en este colectivo (en prácticas, formación, aprendizaje), exigiendo un porcentaje mínimo de trabajo presencial del 50%.

Aunque la Disposición Adicional 1º permite a los Convenios y Acuerdos Colectivos modificar dicho porcentaje presencial en los contratos formativos, si no se celebran con menores.

Igualdad de trato y oportunidades

El artículo 4 establece la igualdad de trato y oportunidades, así como la no discriminación, incidiendo en la retribución, estabilidad de empleo, tiempo de trabajo, formación. Esta regulación es continuista de la existente.

Se pone el énfasis en la igualdad retributiva entre trabajadores que prestan el trabajo de forma presencial y los que lo hacen a distancia, no solo en la retribución total del grupo profesional, nivel, puesto y funciones, si no que expresamente hace mención a los complementos para presenciales (condiciones personales, resultados de empresa y características de puesto), donde se vienen realizando las discriminaciones por género.

El punto 2 del artículo 4 contempla que las dificultades técnicas no serán imputables al trabajador, de forma que no implicarán una modificación o perjuicio en materia de tiempo de trabajo o retribución.

La empresa tiene el deber de evitar discriminación y acoso por razón de sexo, así como la igualdad en derechos de conciliación y corresponsabilidad.

Voluntariedad y acuerdo individual del trabajo a distancia

El capítulo II del RDL de trabajo a distancia (artículos 5 a 8) regula el teletrabajo como voluntario, tanto para el trabajador como para la empresa. Se podrá acordar tanto al inicio como durante la relación contractual. No se podrá imponer a través de una modificación sustancial de condiciones de trabajo (artículo 41 del ET).

No contempla el trabajo a distancia como un derecho, aunque abre la puerta a que la negociación colectiva o la legislación sí lo establezcan como un derecho.

La negativa a teletrabajar no podrá ser causa de despido o modificación de la relación laboral.

Derechos de los trabajadores a distancia

Se aplicarán a todos aquellos que presten trabajo a distancia los siguientes derechos:

  • Formación;
  • Promoción profesional;
  • A la dotación de medios, equipos y herramientas;
  • Al abono y compensación de gastos;
  • Derecho a horario flexible;
  • Registro horario (inicio y fin de jornada);
  • Aplicación normativa preventiva;
  • Evaluación de riesgos solo zona de trabajo. Necesidad de justificar visita, y obtener permiso, de no ser así se realizará con los datos existentes.;
  • Derecho a la intimidad y protección de datos;
  • Derecho a la Desconexión digital;
  • Derechos Colectivos (acceso a direcciones electrónicas y tablón virtual, remover obstáculos).

Facultades del empresario en el trabajo a distancia

Los artículos 20 a 22 hacen referencia al deber por parte de los trabajadores de cumplir con las instrucciones del empresario en relación a la protección de datos, seguridad de la información, conservación de equipos y material.

La empresa debe informar de estas instrucciones a la representación de los trabajadores.

Traslada a esta norma la facultad empresarial de control del cumplimiento de las obligaciones y deberes de las personas trabajadoras.

Norma propagandística

Hoy se ha publicado con carácter de urgencia el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia o teletrabajo. Una norma muy esperada por la falta de regulación específica en España. Esta ausencia de regulación ha conllevado desequilibrios, problemas y abusos en un momento en que la crisis del coronavirus ha convertido el teletrabajo en la práctica generalizada. Con tanta expectativa, la ley del trabajo a distancia ha provocado decepción tanto por las formas como por el fondo.

El RD-Ley de trabajo a distancia es, de nuevo, una muestra más del fracaso de un Diálogo Social obsoleto que se está utilizando para regular situaciones de actualidad y futuro, dejando claro su ineficacia. “USO ha tenido que presentar sus propuestas y enmiendas por la vía de la audiencia pública, como un si de un ciudadano particular se tratase en lugar de como le correspondería al tercer sindicato de este país si existiera una democracia sindical real”, critica Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.

Se olvida el trabajo a distancia fruto del COVID-19

Realmente, la decepción más importante se produce por un tema de fondo que es fundamental: el RD-Ley de teletrabajo no se aplicará al trabajo a distancia que se ha establecido como consecuencia de las medidas de prevención y contención de la crisis del COVID-19, ni al que se ha implantado en aplicación del artículo 5 del RD-Ley 8/2020. “Si no se va a aplicar para poner orden en la emergencia que estamos sufriendo en este momento ¿por qué la urgencia? ¿A qué son debidas esas prisas? ¿No hubiera sido más eficaz elaborar una norma más completa aunque se aprobara el mes que viene?”, se pregunta García.

Tal cual recoge la Disposición Transitoria Tercera, todo el teletrabajo que se ha generado desde marzo sigue regulado por la insuficiente normativa ordinaria. Solo refleja que las empresas “estarán obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario”.

La práctica habitual del trabajo a distancia se ha multiplicado por 7 durante el confinamiento: desde un 4,8% de los trabajadores en 2019 a un 34% en estado de alarma. Es decir, nos quedamos como estábamos, con una regulación obsoleta en medio de una emergencia inédita en los últimos 100 años.

Otro de los puntos que hacen que está norma sea papel mojado es dejarlo todo en la negociación individual en la empresa. Desde la experiencia de USO en los centros de trabajo podemos afirmar que, sin una regulación de mínimos, esto no cambia nada. Los trabajadores y trabajadoras estarán más expuestos y vulnerables. “Finalmente, lo que se ha conseguido es una foto y un impacto propagandístico, no una regulación eficaz para una forma de trabajo que, incluso tras la pandemia, se ha instalado en nuestro mercado laboral”, critica García.

Casi 900.000 trabajadores en ERTE, pendientes de bajar al 50% y otra prórroga de última hora

Casi 900.000 trabajadores en ERTE, pendientes de bajar al 50% y otra prórroga de última hora

Un total de 894.478 personas siguen reguladas por un ERTE, según los últimos datos de la Seguridad Social. A 30 de septiembre, todos los afectados siguen sin noticias de una posible prórroga a 30 de septiembre. Las condiciones especiales de los ERTE por causa de fuerza mayor se regularon en el RD-ley 8/2020 del 17 de marzo, unas condiciones que se fueron prorrogando en un clima de máxima incertidumbre para los trabajadores.

El 30 de abril, más de tres millones de personas estaban reguladas por un ERTE de fuerza de mayor, a las que se sumaban 312.323 por otros tipos de ERTE, que también podían tener su origen en el coronavirus. En España había un total de 3.386.785 trabajadores regulados. A fecha del 31 de agosto, los últimos datos cerrados de la Seguridad Social cifran en 894.478 las personas que siguen estando en ERTE, 735.946 reguladas por uno de fuerza mayor.

“Aunque no podamos decir con exactitud cuántos de esos casi 900.000 trabajadores son los mismos que ya estaban en ERTE al inicio de la pandemia, sí hay un alto porcentaje de trabajadores que mañana mismo cumplirán seis meses en ERTE y su prestación bajará automáticamente del 70% de la base reguladora al 50%. Eso ya se sabía cuando, a finales de junio, también en el último minuto y con agonía, se firmó la prórroga hasta el 30 de septiembreUSO registró una petición para que se contemplara que se siguiera cobrando el 70% a partir del día 181. Se nos hizo caso omiso y ahora ha llegado el día y sigue pendiente de resolver”, denuncia Joaquín Pérez, secretario general de USO.

 

Servicios, el más golpeado, pero hay ERTE en todos los sectores

Los trabajadores de Servicios siguen siendo los más golpeados por los ERTE, pero los hay en todos los sectores. Entre los de causa de fuerza mayor, siguen reguladas 167.708 personas en servicios de comidas y bebidas; 113.380 en servicios de alojamiento; y 69.308 y 39.422 personas en comercio al por menor y al por mayor, respectivamente.

Pero también destaca, justo detrás, el sector de Educación, con 38.514 personas reguladas, la mayoría de ellas pertenecientes a la Educación Infantil, un sector abandonado de la protección de la enseñanza reglada, como viene denunciando la Federación de Enseñanza de USO desde el inicio de la crisis.

En cuanto a los ERTE que no son por fuerza mayor, sino por causas económicas, técnicas, organizativas y de la producción en su mayoría, destaca la incidencia de la crisis en otras actividades: publicidad (6.552 trabajadores); fabricación de productos mecánicos (6.338); actividades auxiliares de oficina (6.135), programación; consultoría informática (5.960); arquitectura e ingeniería (5.656); y edición (4.254 personas en ERTE), entre otros.

“No se trata de sostener solo el turismo o el comercio. Un tsunami para el empleo como este se lleva a todas las actividades por delante. Un ejemplo muy claro que se extrae de estos datos: si el comercio está en ERTE de fuerza mayor, bajan la contratación de publicidad y la edición de folletos, y también estos entran en ERTE ETOP. No se puede dejar ningún sector fuera mientras la única alternativa sean los ERTE. Tampoco puede condenarse a los trabajadores a consumir su prestación sine die o a rebajar lo que perciben a nivel de pobreza. Los esfuerzos deben orientarse a regenerar la actividad, no a regatearle el 10% de su prestación a un trabajador obligado a no trabajar”, incide Pérez.

 

Algunos datos de afectados por ERTE según comunidades autónomas

La Comunidad de Madrid (191.404), Cataluña (183.357), Andalucía (105.910), Canarias (91.746), Comunidad Valenciana (75.533) y las Islas Baleares (64.921) son, en términos absolutos, las autonomías con más personas que permanecían en ERTE en agosto.

Sin embargo, si nos fijamos en cuántas personas se mantienen en ERTE desde el inicio de la pandemia, los datos cambian significativamente:

  • Baleares es la comunidad autónoma que menos ha recuperado su empleo: el 45,84% de las personas que estaban en ERTE en abril siguen estándolo a principios de septiembre. En Canarias, ese dato es del 39,62%, con ambas provincias en los mismos términos. Las siguen Ceuta (35,60%), Comunidad de Madrid (33,80%) y Cataluña (27,02%). Barcelona es su provincia más golpeada (28,93%).
  • En el otro extremo, Navarra es la comunidad que menos personas mantiene en ERTE con respecto al inicio de la crisis, el 15,07%, seguida de Cantabria (15,77%). Otras dos provincias están por debajo del 16%: Huelva (15,88%) y Soria (15,99%).
Diez años de Reforma Laboral: 322 contratos firmados para cada jornada completa sumada

Diez años de Reforma Laboral: 322 contratos firmados para cada jornada completa sumada

Se cumplen 10 años desde que el Congreso convalidó la ley de la Reforma Laboral de 2010. Una reforma contra la que USO convocó una huelga general y que apenas estuvo año y medio en vigor, pero que sentó las bases de los grandes recortes de derechos laborales de la legislación laboral vigente.

En este contexto, el Gabinete de Estudios de USO ha realizado un estudio comparativo entre la situación del empleo hace 10 años y hoy, teniendo en cuenta la situación previa a la llegada del covid-19 y la estrictamente actual.

“De 2010 y 2013, cayó fuertemente la afiliación a la Seguridad Social. Y lo hizo más en los años de las dos reformas, 2010 y 2012, que en sus sucesivos, 2011 y 2013 respectivamente. Esto refuerza nuestra idea de que empobrecer las condiciones laborales y abaratar el despido no crea empleo. El empleo se crea cuando hay actividad económica, las empresas no contratan porque puedan despedir, sino que contratan cuando de verdad cree que se puede trabajar. Por ello, los esfuerzos legislativos para dinamizar el mercado laboral llevaron una dirección errónea: debían haberse orientado a potenciar la actividad económica, que es la que sí necesitará de más personas trabajadoras”, defiende Joaquín Pérez, secretario general de USO.

La afiliación a la Seguridad Social no volvió a los niveles de 2010 hasta 2016, y fue a partir de ahí cuando comenzó a ganar cotizantes a tenor de millón anual hasta el golpe de la pandemia del coronavirus, que nos ha devuelto a agosto de 2018. Sin embargo, esos datos de afiliación son engañosos.

“Se han recuperado cotizantes, pero no se han generado puestos de trabajo de calidad. Hay muchos más trozos de empleos pero no tantos empleos. Mirando las jornadas completas efectivamente trabajadas, no fue hasta 2018 cuando se recuperó el nivel de empleo de 2010. Mientras en 2019 había 1,6 millones de cotizantes más, en realidad solo había 530.000 nuevas jornadas completas”, analiza Pérez.

 

322 contratos firmados para sumar cada jornada completa

Sin tener en cuenta el golpe de estos meses, para llegar a una situación de apenas medio millón de jornadas completas nuevas en una década, la “de la recuperación”, se han firmado 172 millones de contratos; es decir, 322 contratos para cada jornada completa.

“Además de abaratar el despido, la Reforma de 2010 y su heredera precarizaron el trabajo, que se hizo cada vez más temporal. Entre otras medidas, le dieron más poder a las ETT en detrimento de las labores del SEPE, fomentando agencias de colocación que solo ofrecen trabajos temporales. El resultado es que España tiene una tasa de temporalidad un 8% superior a los países de nuestro entorno. En estos diez años, el porcentaje de contratos indefinidos firmados no llega al 9%, y las peores cifras se dieron precisamente al año siguiente de cada reforma, con el 7,7% de contratos indefinidos sobre el total”, recuerda el secretario general

 

La situación actual y la necesaria contrarreforma

Todos estos datos se han visto agravados si, en lugar de con 2019, los comparamos con el efecto pandemia en el que estamos inmersos. “Hay una enseñanza que debe quedarle clara a este gobierno y a los que vengan detrás: recortar derechos y abaratar despidos no crea empleo. Por lo tanto, esperamos que caigan en la tentación de mantener o ampliar medidas tan dolorosas como inútiles. Lo que en su día llamaron, con mucha sorna, ‘corrección del mercado laboral’, debe ser hoy ‘corrección de los ataques y contrarreforma laboral’. Hay que reconstruir la legislación laboral con garantías para las personas y fomentar el empleo con políticas económicas efectivas, no contractivas”, pide Joaquín Pérez.

El otro gran error del planteamiento de la recuperación es “la bajada salarial en términos de poder adquisitivo. Los sueldos comenzaron a recuperar su valor en esta década de crisis no por las subidas, sino cuando la inflación se estancó. Los Acuerdos por la Negociación Colectiva han sido un circo sin más efectos que la foto de la firma, al igual que lo está siendo el proceso actual para ampliar los ERTE. Con septiembre ya avanzado y el 30 como último día de protección especial de los ERTE por covid, el paripé bochornoso de anunciar que el Diálogo Social se reúne para acordar que va a reunirse es un insulto para todos los trabajadores y pequeños empresarios que no saben qué será de su vida en tres semanas”, recrimina el secretario general de USO.

Sube el paro en agosto: «Nos vemos abocados a un otoño incierto por una política económica de parches»

Sube el paro en agosto: «Nos vemos abocados a un otoño incierto por una política económica de parches»

La ausencia de turistas y la paralización del sector servicios por la pandemia de la covid-19 durante la época estival ha sido devastadora para el empleo en la Comunidad de Madrid, que se convierte en la segunda autonomía en la que más ha subido el paro en el mes de agosto (por detrás de Cataluña), con un aumento del 1,48% con respecto al mes de julio, lo que supone 6.260 desempleados más.

“Si exceptuamos la leve bajada del 0,52% registrada en junio, Madrid encadena ya medio año de destrucción de empleo. No conseguimos remontar y nos vemos abocados a un otoño incierto por culpa de los grandes males que arrastra el mercado laboral español, unas cifras macroeconómicas deprimentes y una política económica de parches y medidas provisionales”, lamenta la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta.

“Y el margen de maniobra cada vez es más limitado”, advierte Iniesta, “tenemos 429.798 madrileños en el paro, a los que hay que sumar al más de medio millón afectados por un ERTE. Ese muro de contención, que vuelve a afrontar la incertidumbre de una prórroga, no puede ser la única medida laboral a corto y medio plazo. Necesitamos un urgentemente un cambio exprés en el modelo productivo que favorezca la creación de empleo estable y de calidad”.

Destrucción de empleo en todos los sectores

De la cifra total de desempleados en la Comunidad de Madrid, 179.984 son hombres y 249.814 mujeres. Además, 34.305 empleados de la región en el mes de agosto tienen menos de 25 años, de los cuales 17.433 son hombres y 16.872 mujeres.

Por sectores, el que engloba mayor número de parados es el de Servicios, con 343.263 al presentar 4.611 más que el pasado mes de julio, seguido de Construcción, con 31.970, con 193 desempleados más.

Por su parte, destaca Industria, con 24.470, lo que supone un total de 242 desempleados más y Agricultura, con 3.062 parados en este sector, lo que se traduce en 34 más respecto al mes anterior. Por su parte, 27.633 vienen del grupo de sin empleo anterior (1.180 más).

En cuanto al paro entre extranjeros, se sitúo en 77.473 personas, lo que se traduce en 1.1001 personas más respecto al mes anterior y un incremento del 1,31 por ciento. Con respecto al mes de agosto de 2019, hay 24.631 desempleados extranjeros más, una subida del 46,61 por ciento. Del total, 28.688 proceden de países comunitarios y 48.785 de extracomunitarios.

Los contratos caen un 28%

Respecto a los contratos, en el octavo mes del año se registraron 119.072, es decir, 46.274 menos que el pasado mes de julio, lo que supone una caída de casi el 28 por ciento. En tasa interanual, la contratación disminuyó un 28,82 por ciento, con 48.217 contratos menos que en agosto del año pasado.

Del total de contratos, 18.784 fueron indefinidos en Madrid, lo que supone 7.504 menos de los firmados en julio y un retroceso del 28,55 por ciento. Ello implica 7.331 menos de los que se firmaron en agosto del año pasado, lo que se traduce en una bajada del 28,07 por ciento. Los temporales sumaron 100.288, 38.770 menos que en el mes anterior (-27,88%) y 84.715 menos que en agosto de 2019 (-28,96%). El número de contratos a extranjeros ascendió a 28.325, casi un 27 por ciento menos respecto a julio, caída similar en tasa interanual.

Además, un total de 550.504 personas en la región percibieron algún tipo de prestación por desempleo entre las diferentes modalidades existentes. En concreto, 535.477 personas obtuvieron prestación contributiva; 13.660, subsidio; 1.367, renta activa de inserción; y ninguna persona estaba inscrita en el programa de activación de empleo.

La cuantía media de prestación contributiva recibida por beneficiario en la Comunidad fue de 769,5 euros y el gasto global alcanzó en agosto 460.312 euros.

USO exige medidas urgentes y excepcionales ante el inicio del curso

USO exige medidas urgentes y excepcionales ante el inicio del curso

El secretario general de USO, Joaquín Pérez, repasa la situación de crisis sanitaria y económica y reclama al Gobierno un esfuerzo de entendimiento para poner en marcha medidas urgentes y excepcionales ante el inicio del curso

Para el secretario general de USO, Joaquín Pérez, el inicio del curso requiere de medidas urgentes y excepcionales. La crisis sanitaria y económica se ha sumado a una crisis ya existente en el empleo que antes de la pandemia ya era del 14,2%, caracterizado por la precariedad, especialmente en términos de temporalidad, parcialidad y bajos salarios. Ahora se estima que pueda llegar al 22%. No se reaccionó a tiempo y ahora muchos dirán que “no toca”.

Las anunciadas reformas en distintas materias nunca llegaron a pesar de las fotos y los grandes titulares, evidenciándose además falta de previsión en la gestión de los ERTES, subsidios para empleadas del hogar, Ingreso Mínimo Vital y otras gestiones. Los sistemas de distintas administraciones continúan colapsados, teléfonos que no contestan y citas para ser atendidos de semanas y meses, junto a los trabajadores de los servicios públicos desbordados por el volumen de trabajo, incapaces de tramitar lo que es una necesidad vital.

Junto a ello, insolidarios fraudes incontrolados en determinados ERTES y trabajadores que están en la disyuntiva de perder su empleo aún con sospecha de poder estar contagiados, pero con la nevera vacía, o aquellos que no saben qué hacer con sus hijos o personas dependientes para las que no hay más opción que acudir al trabajo o desistir de sus ingresos.

Además, este mes los trabajadores que lleven de manera ininterrumpida en ERTE desde marzo verán reducido el importe de su prestación en la próxima nómina, pasando a cobrar el 50% de su base reguladora. Otros muchos miles de personas quedan fuera de todo, sin ingreso alguno, tampoco hay nada preparado para ello.

Varias organizaciones ya están alertando del incremento de la pobreza y de la incapacidad de subsistir con dignidad para muchos miles de ciudadanos. Por eso, desde USO defendemos medidas en este inicio del curso lleno de incertidumbre.

Panorama económico poco halagüeño

Por otro lado, el panorama económico es poco halagüeño, incluso en las mejores previsiones y sin nuevos confinamientos. Caída estrepitosa del PIB, continuo incremento de la deuda pública y aumento del déficit a causa de la pandemia, con los ingresos mermados e incrementando los gastos, con nuevos máximos en la historia fiscal española.

En términos de PIB, el endeudamiento del conjunto de las administraciones supera el 100% y se sitúa en niveles nunca vistos desde principios del sigo XX. Las previsiones de organismos públicos y privados apuntan a que la deuda pública alcance este año hasta el 125% del PIB.

De momento el agujero en la Seguridad Social supera las ayudas que enviará la Unión Europea a través del fondo europeo de ayudas al desempleo (SURE). Las prestaciones y la caída de las cotizaciones suman un total de 22.320 millones de euros, mientras que el SURE solo tiene previsto enviar a España 21.300 millones.

“El fondo europeo de recuperación post Covid que se repartirán en los próximos seis años, sin duda necesario, supondrá un balón de oxígeno, pero no es la solución sin la puesta en marcha medidas para el “inicio del curso”, de las políticas que verdaderamente apuntalen una futura recuperación con empleo de calidad y sin que una gran parte de la población inmerso en riesgo de pobreza. Algunos incluso parecen frotarse las manos para repetir errores del pasado no precisamente para beneficio de la sociedad si no de ellos mismos”, explica Pérez.

Unos PGE próximos y medidas para el inicio del curso

Y ¿qué hay en la agenda política? Pues la negociación de los PGE –que depende de si son con fulanito o menganito-, una moción de censura de papel charol y el anuncio de muchas reuniones con los fotógrafos preparados con medidas ya anunciadas que se podían haber tomado, en su mayoría, en junio.

Ante este panorama, desde USO exigimos al Gobierno y a todos los grupos políticos un nuevo esfuerzo de entendimiento y agilidad, apelando a su responsabilidad. Y en concreto que, de manera urgente, sean capaces de poner en marcha grandes acuerdos y medidas para el inicio del curso que contemplen acciones frente al covid-19, para incentivar el empleo de calidad y la protección social y con unos presupuestos que prioricen a los ciudadanos.

Medidas frente al covid-19

  • Regulación, vigilancia y protección de los trabajadores en todos los sectores de actividad en los que sea imprescindible la presencia, incrementando los controles de EPI y endureciendo las sanciones por incumplimiento.
  • Ampliación de los ERTES por causa de fuerza mayor como consecuencia del coronavirus hasta final de año. No se puede tener a millones de trabajadores en una incertidumbre diaria. También, un mayor seguimiento de los fraudes.
  • Puesta en marcha políticas de protección dirigidas a la conciliación de la vida familiar y profesional, con el establecimiento de permisos retribuidos para cuidado de menor y dependientes mientras dure la pandemia.
  • Acelerar la operatividad de la aplicación Radar Covid en todas las comunidades autónomas, frente a un retraso ridículo con respecto a muchos otros países de nuestro entorno.
  • Establecer el teletrabajo como forma habitual laboral en aquellas actividades que sea posible.
  • Una coordinación efectiva de actuaciones, previsión de equipos y resultados de investigaciones a nivel internacional y en el interno de nuestro país.
  • Incremento del número de test PCR y financiación para investigación y producción de vacunas además de las líneas puestas en marcha.
  • Fortalecimiento del sistema público de salud con más medios y anticipándose a incrementos de afectados, con atención especial a residencias y grupos de riesgo.
  • Previsión de una rápida distribución y vacunas y tratamientos general y gratuita.
  • Priorizar las ayudas hacia un crecimiento económico que más beneficien a la sociedad general, que generen empleo neto, que no deterioren el medio ambiente y que aporten futuro empleo de valor real y duradero, sin menoscabo de sectores estratégicos clave de los que depende millones de puestos de trabajo.

Medidas para incentivar empleo de calidad y protección social

  • Una reforma del mercado laboral basada en que sólo con empleo de calidad será posible una recuperación real.
  • Fomento del empleo que por sí mismo mantenga y dinamice la actividad económica, no dependiente del exterior. Esto es, invertir en empleos de educación, formación profesional y capacitación digital, sanidad y atención social, empleos tecnológicos, atención administrativa pública eficiente, investigación científica, etc.
  • Plan a largo plazo de modernización de nuestros procesos e inversión en I+d+i. Seguir esperando a ver si viene buen tiempo esperando mejorar los números no puede ser el proyecto de futuro de nuestro país.
  • Poner los medios necesarios para la resolución de solicitudes del ingreso mínimo vital: más medios tecnológicos y reforzar las plantillas del SEPE, Tesorería, INSS y de la Dirección General de Trabajo.
  • Alargar la cobertura por desempleo hasta la superación de la pandemia.
  • Fortalecer los servicios sociales y de atención para los sectores de la población más vulnerables y desfavorecidos.
  • Poner en marcha un plan de colaboración urgente de atención a la pobreza y exclusión en coordinación con las ONG.

Unos presupuestos menos politizados y que prioricen a los ciudadanos

  • Un gran pacto fiscal para el capítulo de ingresos y garantía de contención de pagos de futuras deudas que lastrarían futuros crecimientos.
  • Incremento de impuestos de sociedades para empresas con grandes beneficios, un incremento para la banca y la puesta en marcha de la tasa Tobin y Google, entre otros posibles acuerdos.
  • Una mayor inversión y mejora en sanidad y atención social, en educación y formación profesional, en inversión y modernización de infraestructuras, que garanticen el sistema público de pensiones y la protección frente al desempleo en todas sus vertientes.

Es el momento de la responsabilidad y de que el daño no sea cada vez mayor. Los índices y previsiones que tenemos nos invitan a todos a medidas y formas políticas excepcionales respecto a las que no puede haber excusas ni esconderse. Por eso, USO exige al Gobierno medidas urgentes y excepcionales con las que plantar cara a un inicio del curso jamás vivido.