por Prensa USO-Madrid | Abr 20, 2022 | coronavirus, Salud laboral
A partir de este miércoles dejan de ser obligatorias las mascarillas en interiores, aunque existen algunas excepciones. El Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19 deja el uso de la mascarilla al criterio individual de los ciudadanos y de las empresas.
En el RD también se recomienda un uso responsable de la mascarilla en los espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan o permanecen un tiempo prolongado; en los eventos multitudinarios; en el entorno familiar; y en las reuniones o celebraciones privadas, en función de la vulnerabilidad de los participantes.
Por lo tanto, las mascarillas no serán obligatorias en los centros de trabajo, aunque las empresas podrían exigirlas si así lo determinan los servicios de prevención de riesgos laborales una vez hayan evaluado criterios como la actividad, la ventilación adecuada, el nivel de ocupación o la distancia de 1,5 metros.
Así lo establece la decimonovena actualización del “Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al Sars-Cov-2”, que acaba de publicar el Ministerio de Sanidad, una guía en la que podrán apoyarse estos servicios a la hora de establecer los riesgos de un puesto de trabajo.
El documento recuerda que “en el entorno laboral y de manera general, no resultará preceptivo el uso de mascarilla”. No obstante, “la evaluación de riesgos del puesto de trabajo será la actividad que permitirá tomar una decisión sobre las medidas preventivas adecuadas que deben implantarse, incluido el posible uso de mascarillas si así se derivara de la misma”.
¿Es obligatoria la mascarilla en el trabajo?
Sí será obligatoria para trabajadores de centros, servicios y establecimientos sanitarios que incluyen desde hospitales a centros de salud, clínicas dentales, de reproducción asistida, de fisioterapia, farmacias u ortopedias, entre otros. También lo son para los empleados de centros socio-sanitarios y de medios de transporte de personas.
Mientras, recomienda su uso a personas trabajadoras de grupos vulnerables -es decir, mayores de 65, inmunodeprimidos, personas con patologías de riesgo o embarazadas- “en cualquier situación en la que tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros” y a trabajadores “relacionados con ámbitos vulnerables, institucionalizadas o en domicilios”.
En todo caso, los servicios de prevención de riesgos laborales asesorarán al empresario, recabando antes “la opinión de responsables, mandos intermedios y representantes de las personas trabajadoras”.
¿Cómo evaluar los riesgos laborales del covid?
Para evaluar los riesgos del puesto, estos servicios tendrán en cuenta los siguientes elementos: ventilación adecuada; nivel de ocupación; mantenimiento de distancia interpersonal de 1,5 metros; tiempo de permanencia; actividad; condiciones de temperatura y humedad relativa; utilización de espacios comunes (vestuarios, comedores, etc.); medios de transporte particular compartidos y existencia de personas vulnerables en el puesto de trabajo.
Como ocurre ya desde finales de marzo cuando arrancó la nueva estrategia de control de la covid, la guía recuerda que los casos confirmados leves y asintomáticos y los contactos estrechos no deben hacer ni aislamiento ni cuarentena, pero sí recomienda que extremen las medidas de protección como el uso de la mascarilla y evitar la interacción sin ella con personas vulnerables durante los 10 días posteriores al inicio de síntomas.
por Prensa USO-Madrid | Mar 30, 2022 | coronavirus, Cuidadores domésticos
Con motivo del Día internacional del Empleo de hogar, la Plataforma por un Empleo de Hogar y Cuidados con Plenos Derechos de Madrid presenta los resultados de la encuesta realizada para analizar el impacto de la pandemia en un sector que se consideró esencial pero que no parece haber avanzado en la mejora de su protección social ni de sus condiciones laborales.
Entre las conclusiones principales señalan la situación de extrema vulnerabilidad y desprotección de un sector feminizado, constituido en un porcentaje importante por mujeres migrantes, de las cuales más de un tercio se encuentra en situación administrativa irregular. Destacan que la situación más vulnerable es la de las trabajadoras en régimen interno, con el porcentaje más alto en situación irregular, con un 22% sin vivienda alternativa a la de su lugar de trabajo y que vivieron situaciones de aislamiento social durante el confinamiento, que en muchos casos ha rozado la esclavitud laboral al estar disponibles las 24hs del día sin descansos durante semanas.
La encuesta arroja cifras de trabajo informal superiores a las estadísticas oficiales, un 43% frente alrededor de un tercio, que no hace sino confirmar las altas tasas de irregularidad y desprotección del sector, a lo que se suman las trabajadoras que cotizan por debajo de sus jornadas reales de trabajo, sin que existan hasta el momento mecanismos efectivos dispuestos por las instituciones que hagan frente a esta situación.
Todos los datos de empleo reflejan peores condiciones laborales en trabajo de hogar que los del conjunto de la población asalariada, indicadores que se acentuaron durante el confinamiento y el tiempo de pandemia: superan en más de tres veces el porcentaje de trabajo a tiempo parcial; los índices de despido como consecuencia de la pandemia fueron mayores (25% frente al 4,8%) al no tener el colchón de los ERTE y quienes lo sufrieron en mayor medida fueron las trabajadoras sin contrato en situación mucho más vulnerable; dos terceras partes no recibieron compensación alguna por la realización de horas extra; no tienen reconocida la prestación por desempleo y las prestaciones subsidiarias…
Denuncian que la no existencia de la protección ante el desempleo determinó medidas tardías e ineficaces que implicaron una desvalorización del sector, así como un fuerte riesgo de vulnerabilidad para las trabajadoras. El subsidio extraordinario por cese de actividad en Empleo de hogar constituyó un paso histórico al ser la primera prestación de este tipo reconocida para esta actividad, pero tuvo niveles de protección muy inferiores a los de otras medidas adoptadas para otros colectivos.
El estudio realizado confirma las altas tasas de contagio por coronavirus entre las trabajadoras de hogar y cuidados (situado como el sector profesional más afectado después del sanitario). Sin embargo, la COVID-19 no fue reconocida como enfermedad profesional para estas trabajadoras, con las consecuencias negativas derivadas en cuanto a protección y prestaciones.
Un 17% perdió su empleo a causa del contagio. Entre las trabajadoras contagiadas por COVID, más del 55% no estaban dadas de alta en la Seguridad Social y, por tanto, no pudieron tener acceso al reconocimiento de la baja médica.
Concluyen que la consideración del trabajo de hogar y cuidados como actividad esencial durante la pandemia no ha tenido una traslación en reconocimiento de derechos, muy al contrario, el impacto de la crisis sanitaria y sus efectos socioeconómicos han impactado duramente en el sector en todos los elementos valorados: empleo, condiciones de vida y salud. Y denuncian que el Gobierno ha mantenido en una posición secundaria, desprotegida y precaria a un colectivo que se ha demostrado esencial e indispensable para el sostenimiento de la vida y los cuidados del conjunto de la sociedad.
Por ello, ahora que se anuncia la ratificación inmediata del Convenio 189 de la OIT por un trabajo decente para las trabajadoras de hogar, exigen que la equiparación de derechos sea plena y se adopten los mecanismos necesarios, con los presupuestos requeridos, para hacer efectiva el fin de toda forma de discriminación al colectivo.
Lea el Informe completo de la Encuesta Empleo de hogar 2022
por Prensa USO-Madrid | Oct 1, 2021 | coronavirus, Economía
La Comunidad de Madrid ha elaborado una nueva Orden que elimina las restricciones de aforo en la toda la actividad económica y social de la región. Esta normativa entrará en vigor el próximo lunes, 4 de octubre a las 00:00 horas tras su publicación este sábado en el Boletín Oficial autonómico. El Gobierno regional ha adoptado este acuerdo ante la situación epidemiológica y asistencial favorable que tiene en estos momentos nuestra región ante el COVID-19.
La tendencia descendente del coronavirus se está consolidando, situándose la Incidencia Acumulada (IA) a 7 días, a día de hoy, en los 27.9 casos por 100.000 habitantes y a 14 días en los 64.2. Además, la cobertura de vacunación con pauta completa en la población diana supera el 87%.
En este contexto, la Consejería de Sanidad suprimirá con carácter general para todos los sectores de actividad económica o social la limitación de las restricciones de aforo, tanto interior como exterior, debiendo respetarse las medidas preventivas de higiene generales. En el ámbito de la hostelería y restauración también se elimina el límite del número de comensales por mesa en el interior y exterior.
De igual modo, se suprimen los aforos en los lugares de culto, celebraciones religiosas, instalaciones funerarias, establecimientos comerciales, bibliotecas, museos, cines, teatros, equipamientos culturales, espectáculos recreativos y culturales, instalaciones deportivas.
Por otro lado, el uso de la mascarilla para mayores de 6 años, siguiendo la normativa estatal, se mantiene como hasta ahora. Es obligatorio en espacios cerrado, mientras que se recomienda llevarla puesta en el exterior cuando no se pueda mantener la distancia interpersonal, así como adoptar las medidas de prevención ya conocidas como el lavado frecuente de manos y la ventilación cruzada.
Ocio nocturno y otros
En lo que respecta al ocio nocturno, la Comunidad de Madrid también elimina las restricciones de aforo y se permite la instalación de mesas altas para el consumo de pie por los clientes, guardando en todo caso la distancia interpersonal. En lo que se refiere a la actividad de baile, de momento sólo está permitido al aire libre, si bien en las pistas podrán instalarse mesas o mesas altas.
La supresión del límite de aforo también se extiende a espectáculos culturales y recreativos, festejos taurinos y eventos deportivos, tanto si se desarrollan al aire libre como en interior. En todos estos espacios se respetarán las medidas generales de higiene y seguridad.
por Prensa USO-Madrid | Sep 29, 2021 | coronavirus, Empleo, Igualdad
Prorrogado por sexta vez el “Plan ME CUIDA”. Sus medidas excepcionales para facilitar la conciliación estarán vigentes hasta el 22 de febrero de 2022.
El Consejo de Ministros aprobó ayer la sexta prórroga del “Plan ME CUIDA“, que seguirá vigente hasta el 22 de febrero de 2022. La renovación de este plan viene acompañada de la extensión de otras medidas, como las de apoyo y protección al empleo de los profesionales del sector cultural.
El Plan ME CUIDA es una de las medidas extraordinarias que aprobó el Gobierno para brindar cobertura a los trabajadores durante la emergencia sanitaria del covid-19. En este caso, para reforzar la conciliación de las familias. La prórroga supone que los trabajadores puedan continuar adaptando el tiempo de su jornada para hacerse cargo de necesidades familiares y mejorar su conciliación, en el contexto de una pandemia que lo ha puesto todo más difícil.
El Plan Me Cuida se regula en el artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. Gracias a este, se podrá flexibilizar la jornada laboral para ejercer las tareas de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como de los familiares hasta el segundo grado de consanguinidad de la persona trabajadora, por circunstancias excepcionales, para evitar la transmisión comunitaria del covid-19. Es decir, padres, madres y abuelos/as en línea ascendente, y los hijos/as y nietos/as en línea descendente.
Como ocurre con muchas otras medidas, esta solo es aplicable a personas trabajadoras por cuenta ajena, las cuales deben justificar las circunstancias excepcionales que hemos mencionado. Aparecen asimismo contempladas en el decreto las circunstancias que se deriven de decisiones institucionales relacionadas con el virus como, por ejemplo, el cierre de centros educativos.
Plan ME CUIDA: adaptación de jornada laboral y reducción de jornada
Las dos principales soluciones que ofrece el Plan ME CUIDA son:
- La adaptación de la jornada laboral, sin que esta suponga la pérdida de salario, al mantenerse la jornada: distribución del tiempo o cambio de centro de trabajo, por ejemplo.
- La reducción de jornada: supone una pérdida de ingresos que puede llegar al 100% si se reduce la totalidad de la jornada.
Tanto la necesidad de adaptar la jornada como la de reducirla tiene que ser justificada, razonable y proporcionada en relación con la situación de la empresa. En caso de que se produjera un conflicto, este se resolverá a través de la jurisdicción social, por el procedimiento de urgencia. Aunque la empresa pueda acreditar debida y objetivamente la imposibilidad de llevarse a cabo cualquiera de los dos supuestos (adaptación o reducción), acogerse a este plan supone hacer uso de un derecho regulado por ley. No es, por tanto, una solicitud como otra cualquiera.
Las mujeres salen perdiendo en la conciliación
Aunque se haya aprobado la prórroga de esta y otras medidas, no se ha hecho con la antelación suficiente. Las familias siguen enfrentándose a la incertidumbre de no saber si van a poder seguir adaptando o reduciendo su jornada en las mismas condiciones, más ahora que la situación sanitaria ha mejorado en lo que al covid-19 se refiere.
USO denuncia la tardanza con la que, una vez más, se han prorrogado esta y otras medidas, en el límite de su caducidad, el 30 de septiembre.
Además, es necesario añadir que, aunque el Plan ME CUIDA nació con el objetivo de facilitar la conciliación, siguen siendo las mujeres las que se esfuerzan para poder hacerse cargo de sus familiares, aumentando su estrés y carga de trabajo.
Según los datos del INE para el segundo trimestre de 2021, el 94,4% de las reducciones de jornada para el cuidado de hijos, mayores o dependientes fueron solicitadas por mujeres. Igualmente, las consultas sobre herramientas de conciliación que atendemos desde la USO provienen en su totalidad de mujeres. Las estadísticas nacionales también revelan que, en el segundo trimestre, las mujeres ocupaban el 74,2% del empleo a tiempo parcial.
Necesitamos, por tanto, un cambio cultural que impulse la corresponsabilidad y el reparto de las tareas de cuidados, así como una red de profesionalización de estos, que permita desahogar a las personas trabajadoras de las dobles y triples jornadas.
por Prensa USO-Madrid | Sep 16, 2021 | coronavirus
Madrid recupera la libertad horaria en todos los ámbitos económicos y sociales de la región a partir de este lunes 20 de septiembre. Igualmente, se aumentarán los aforos en los distintos sectores “ante la favorable situación epidemiológica de la covid-19 y de vacunación”, según el gobierno madrileño.
La tendencia descendente de la infección se está consolidando, situándose la Incidencia Acumulada (IA) a 7 días, a día de hoy, en los 44,5 casos por 100.000 habitantes y a 14 días en los 113 casos por 100.000 habitantes. En los últimos 15 días el número de casos ha descendido en un 56%. Además, la cobertura de vacunación con pauta completa en la población diana superará el 85% también esta semana.
Teniendo en cuenta esta situación, el Gobierno autonómico ha aprobado cambios en la regulación de distintos sectores que entrarán en vigor a partir de este lunes. Esta actualización de las medidas tendrá siempre en cuenta que se mantiene el uso obligatorio de mascarillas en espacios interiores (salvo en el momento de la consumición); que se debe guardar una distancia de 1,5 metros de seguridad interpersonal; mantener una ventilación adecuada en interiores; y el control de la calidad del aire mediante medidores de CO2. Para ello, se van a establecer medidas efectivas en coordinación con los distintos sectores con el objetivo de controlar la calidad del aire y alcanzar el 100% del aforo en los espacios interiores.
Hostelería, restauración y ocio nocturno
La hostelería y la restauración recuperan la libertad horaria, de acuerdo con la normativa municipal, con una ocupación en el exterior del 100% y aumentando de 8 a 10 las personas los comensales por mesa en terraza. En el interior se pasa del 50% al 75% del aforo y se mantiene un máximo de 6 personas por mesa, siempre con una distancia de 1,5 metros entre sillas de grupos de mesas y sin consumo en barra.
También se recupera la libertad horaria en el ocio nocturno, salvo regulaciones municipales. El aforo interior pasa del 50% al 75% y el aforo exterior del 75% al 100% con 6 personas por mesa en el interior y 10 en el exterior. Se mantiene la limitación de uso de la pista de baile y de la barra.
Actividades culturales
El aforo permitido en actividades culturales y espectáculos se aumenta del 75% al 100%. En teatros, auditorios y espacios similares el consumo de bebidas y comidas solo estará permitido en los lugares especialmente establecidos para ello, fuera de la sala durante la representación, al estar el aforo al 100% y no poder garantizarse la ventilación adecuada. Los cines y circos de carpa se mantienen al 75% del aforo con consumo de bebida y comida, como hasta ahora, o al 100% en el caso de que opten por no tener consumo de bebida y comida.
En museos, salas de exposiciones y monumentos se aumenta el aforo del 75% al 100% y se amplían los grupos a 20 personas. También se sube del 75% al 100% en bibliotecas y archivos y se mantiene la obligación de guardar una distancia de 1,5 metros.
En las plazas de toros y espacios multiusos polivalentes, como el WiZink Center, el aforo aumenta del 50% al 75% y se mantiene la obligación de que el público esté sentado.
Instalaciones deportivas
Las instalaciones deportivas, tanto de interior como de exterior, tendrán libertad horaria y se mantiene un aforo interior del 75%. Además, se permite no usar mascarilla durante la competición deportiva al aire libre tanto en grupo como individual.
Los salones de banquetes, parques de atracciones, zoos, casinos y locales de apuestas aumentan su aforo al 75%.
por Prensa USO-Madrid | Ago 31, 2021 | coronavirus, Salud laboral
Las buenas prácticas desarrolladas por organizaciones y empresas para la prevención y el control del coronavirus son esenciales para garantizar la salud de los trabajadores y así lo tendrá en cuenta la Comunidad de Madrid en la IV Convocatoria de Reconocimientos y Menciones en Prevención de Riesgos Laborales.
De esta manera, se evaluará la implantación de medidas complementarias a las ya obligatorias por ley, como puede ser la gestión de contactos extralaborales de los trabajadores; contar con un protocolo adaptado y personalizado para la detección, notificación, estudio y manejo de casos y contactos; y disponer de un sistema de gestión contra el COVID-19 avalado por una entidad externa.
Podrán ser beneficiarios de los reconocimientos personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, siempre que tengan al menos un trabajador por cuenta ajena, con actividad económica en la región y en centros de trabajo situados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
En esta convocatoria, al igual que en las anteriores, se establecen dos categorías para el reconocimiento a las buenas prácticas preventivas, una para aquellas empresas o entidades con una plantilla entre 1 y 50 trabajadores, y otra para las que cuenten con más de 50 empleados.
Por cada una de las categorías descritas se otorgará, entre todos los solicitantes que concurran y cumplan las condiciones requeridas, un primer premio y dos menciones especiales del jurado a quienes resulten finalistas.
El plazo para presentar las candidaturas finaliza el 19 de septiembre. Consulta la información completa de las bases.