Cómo homologar un título extranjero en España
La homologación de un título obtenido en el extranjero a un título español es necesario para que puedas acceder a una profesión regulada en las mismas condiciones que los titulados en España. Aquí te explicamos cómo homologar tu título extranjero, sea universitario o no.
Lo primero que debes saber es que el primer curso que se homologa en España es el equivalente a 4º de ESO, que se corresponde con el título de graduado o graduada en Educación Secundaria Obligatoria. El alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros que desee incorporarse a cualquiera de los cursos de Educación Primaria o Secundaria Obligatoria no tiene que realizar ningún trámite de convalidación/homologación de estudios.
Otra de las cuestiones que debes tener en cuenta es que para tramitar una homologación o convalidación de estudios extranjeros no universitarios en el Área de Alta Inspección de la Delegación del Gobierno en Madrid hay que residir en la Comunidad de Madrid.
Homologación títulos extranjeros NO universitarios
Requisitos para homologar o convalidar un título o estudio
- Que los estudios realizados y los títulos obtenidos tengan validez oficial en el sistema educativo del país al que correspondan.
- Si los estudios se han realizado en un centro extranjero ubicado en España, que dicho centro esté debidamente autorizado para impartir tales estudios por la Administración educativa española competente y cumplan el resto de requisitos y la normativa existente.
- Que el título avale unos estudios efectivamente superados conforme al sistema educativo del país que lo expide. No es aceptable, a efectos de su homologación en España, un título extranjero obtenido por homologación, convalidación o reconocimiento de otro título obtenido en un tercer país.
- Que exista suficiente equivalencia con los estudios o el título español de referencia, tanto a nivel académico, como en duración y contenido de los estudios requeridos.
- Que los estudios extranjeros estén totalmente superados en el sistema educativo del otro país. No procede la convalidación de asignaturas sueltas o estudios parciales. Además, se exigirá la superación completa de todos y cada uno de los cursos anteriores al curso objeto de homologación o convalidación.
- Que el interesado no haya obtenido previamente en el sistema educativo español el mismo título o los mismos estudios cuya homologación o convalidación solicita. Los estudios realizados en sistemas educativos extranjeros por el alumnado procedente del sistema educativo español serán objeto de homologación al título español de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o al de Bachiller siempre que haya aprobado tantos cursos correlativos y completos como le quedaran pendientes para terminar la E.S.O. o el Bachillerato, respectivamente.
No se puede homologar
- Estudios cursados en centros extranjeros ubicados en España al margen de lo dispuesto en la normativa que regula el establecimiento y autorización de tales centros docentes (Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España).
- Títulos expedidos por instituciones u organismos extranjeros que avalan estudios realizados en centros españoles no conducentes a títulos con validez académica oficial.
- Títulos, diplomas, certificados o estudios cursados en organismo o instituciones, públicas o privadas, que no constituyen grados académicos ni forman parte del sistema educativo del país extranjero de que se trate.
- En ningún caso serán susceptibles de homologación al título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria los estudios extranjeros cursados a distancia, en aplicación de los principios contemplados en la Sentencia del Tribunal Constitucional 133/2010. Tampoco serán susceptibles de convalidación por Primero de Bachillerato ni homologación al título de Bachiller los estudios de sistemas educativos extranjeros cursados y títulos obtenidos, residiendo en España, mediante la modalidad de enseñanza a distancia.
Aquí puedes encontrar toda la información y los impresos de solicitud.
Homologación de títulos extranjeros universitarios
Por la complejidad de los títulos universitarios y las especificaciones en función de diversas variantes como la profesión o el país de origen desde el que se homologa. Presentamos a continuación los enlaces a aquellos asuntos que generan mas interés en este tema.
- Reconocimiento de títulos obtenidos en la Unión Europea para el ejercicio de profesiones reguladas en aplicación de la Directiva 2005/36/CE
- Homologación de títulos extranjeros de educación superior a títulos oficiales universitarios españoles de Grado o Máster que den acceso a profesión regulada en España
- Equivalencia de título extranjero de educación superior a nivel académico de Grado o Máster universitarios oficiales en ramas de conocimiento y campos específicos
- Convenios sobre Reconocimiento a efectos académicos con Alemania, Italia, Francia, China, Argentina, Chile y Colombia
- Convalidación de estudios extranjeros por estudios universitarios españoles parciales
- Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros
- Tasa 107 (modelo 790): ingreso para homologaciones, convalidaciones y equivalencias de títulos y estudios extranjeros
- Información adicional ramas y campos específicos del conocimiento
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