Análisis del RD contra la brecha salarial de género entre mujeres y hombres

Análisis del RD contra la brecha salarial de género entre mujeres y hombres

La transparencia sobre igualdad salarial y las auditorías para detectar una posible brecha de género en salarios son el fin que persigue el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre y publicado hoy en el BOE. Esta norma, de “Igualdad retributiva entre mujeres y hombres”, supone el desarrollo reglamentario de los artículos 28, 22.3 t ,12.4 d) del Estatuto de los Trabajadores. También amplía parcialmente el artículo 46.6 de la Ley Orgánica de Igualdad Efectiva, en materia de auditorías retributivas.

El objetivo de este Real Decreto es facilitar la identificación de las diferencias retributivas entre mujeres y hombres, tanto directas como indirectas. Para ello, se aplicará la transparencia retributiva para erradicar la brecha salarial de género. En España, esta brecha salarial entre hombres y mujeres se sitúa en un 20%.

Mientras que el otro real decreto publicado hoy, el que regula los planes de igualdad, entra en vigor a los tres meses, este se demora más. El presente decreto para la igualdad salarial entrará en vigor a los seis meses de la publicación: 14 de abril de 2021.

Principio de transparencia retributiva para eliminar la brecha salarial de género

Según esta normativa, las empresas y convenios colectivos deberán integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva. ¿Cómo entendemos este principio? El que, aplicado a los diferentes aspectos que determinan la retribución de las personas trabajadoras, y sobre sus diferentes elementos, permite obtener información suficiente y significativa sobre el valor que se le atribuye a esa retribución.

Para conocer el principio retributivo se utilizarán los siguientes instrumentos:

  • Los registros retributivos.
  • Auditorias salariales.
  • El sistema de valoración de puestos de trabajo, de la clasificación profesional contenida en la empresa y en el convenio colectivo de aplicación.
  • El derecho de información de las personas trabajadoras. Este contenido variará en función de si existe o no representación legal de las personas trabajadoras en la empresa.

Obligación de igual retribución por trabajo de igual valor

Este principio de igual retribución por trabajo de igual valor vincula a todas las empresas, independientemente del número de personas en plantilla. Y también a todos los convenios y acuerdos colectivos, tal y como se establece en el art. 28.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Según el ET, un trabajo tendrá igual valor que otro cuando:

“la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes”.

Con base en esta definición, se entiende por:

  1. naturaleza de las funciones o tareas: el contenido esencial de la relación laboral, tanto en atención a lo establecido en la ley o en el convenio colectivo, como en atención al contenido efectivo de la actividad desempeñada.
  2. condiciones educativas: las que se correspondan con cualificaciones regladas y guarden relación con el desarrollo de la actividad.
  3. condiciones profesionales y de formación: aquellas que puedan servir para acreditar la cualificación de la persona trabajadora. Incluye la experiencia o la formación no reglada, siempre que tenga conexión con el desarrollo de la actividad.
  4. y por condiciones laborales y por factores estrictamente relacionados con el desempeño: los diferentes de los anteriores que sean relevantes en el desempeño de la actividad.

El Registro Retributivo: qué incluye

Tal y como establece el ET en su art. 28.2, todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla. Esto incluye al personal directivo y los altos cargos.

El registro deberá contener los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla, desagregados por sexo.

Para ello, deberán establecerse la media aritmética y la mediana de las retribuciones realmente percibidas por cada uno de los conceptos en cada grupo o categoría profesional, nivel, o puesto. Todo ello debe estar desglosado por sexo y desagregado en atención a la naturaleza de la retribución. Se incluye salario base, cada uno de los complementos salariales y extrasalariales; y se especifica cada percepción de forma diferenciada.

Derecho de información del registro a la RLT o en empresas sin representación

En las empresas con Representación Legal de los Trabajadores, el acceso a este registro retributivo se facilitará a través de la representación. La RLT tiene derecho a conocer el contenido íntegro del registro. En caso de no existir RLT, la información a facilitar se limitará a las diferencias porcentuales entre las retribuciones promediadas entre hombres y mujeres. Eso sí, estará desagregada en atención a al naturaleza de la retribución y el sistema de clasificación aplicable.

La RLT deberá ser consultada al menos con diez días de antelación a la elaboración de este registro retributivo.

En empresas de 50 o más personas en plantilla, cuando la media aritmética o la mediana de las retribuciones totales en la empresa de las personas trabajadoras de un sexo sea superior a las del otro en al menos un 25%, este registro retributivo deberá incluir una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras.

Auditorías retributivas: presencia en el plan de igualdad

Las empresas que elaboren un plan de igualdad deberán incluir en el mismo una auditoría retributiva. La auditoría tendrá la vigencia del plan de igualdad del que forme parte, salvo que se determine un plazo inferior en el mismo.

Obligaciones empresariales en la auditoría retributiva

Para realizar la auditoría retributiva, la empresa deberá:

  • Realizar un diagnóstico de la situación retributiva en la empresa. Esto requiere una evaluación de los puestos de trabajo, tanto en relación al sistema retributivo como relacionado con el sistema de promoción. Además, debe recoger otros factores relevantes que desencadenen la diferencia retributiva.
  • Establecer un plan de actuación para la corrección de las desigualdades retributivas. El plan tiene que determinar los objetivos, las actuaciones concretas, personas responsables de su implantación y seguimiento a través de los resultados obtenidos.

Lo establecido en este RD referente a las auditorías retributivas seguirá la misma implantación que los planes de igualdad:

  • Desde el 7 de marzo de 2020, debían tenerlo todas las empresas de más de 150 personas en plantilla.
  • A partir del 7 de marzo de 2021, las de más de 100 y hasta 150 personas en plantilla.
  • A partir del 7 de marzo de 2022, todas las empresas de 50 o más personas en plantilla estarán obligadas a tener un plan de igualdad.

La trasparencia salarial en la negociación colectiva para luchar contra la brecha

Las mesas negociadoras de los convenios colectivos deberán asegurarse de que los factores y condiciones para cada uno de los grupos y niveles profesionales respetan los criterios de adecuación, totalidad y objetividad. Y también el principio de igual retribución para puestos de igual valor.

Queda pendiente de aprobar, en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de este RD, un procedimiento que regule la valoración de los puestos de trabajo. Recordamos que, aunque el RD ha sido publicado hoy, entra en vigor el 14 de abril de 2021. Por lo tanto, este procedimiento debe estar aprobado antes del 14 de octubre de 2021: un año desde hoy.

La norma es técnicamente muy complicada y va a requerir un estudio profundo de todos los elementos que se introducen en las empresas. Será imprescindible una labor sindical intensa para su correcta aplicación. Por lo tanto, deja más desprotegidas a empresas de menos de 100 trabajadores, donde la presencia sindical es menor.

Cabe destacar que la información retributiva y la ausencia de la misma puede suponer una vulneración de los Derechos Fundamentales. Por tanto, puede ser penada como tal, con sanciones que pueden llegar a 187.000 euros. Es otra labor que debe vigilarse desde el ámbito sindical, teniendo en cuenta la importancia de la labor de Inspección de Trabajo en la materia.

La ley contra la brecha salarial, una brecha de participación

Hoy se publican dos normas de gran calado en la lucha contra la discriminación de género y, sin embargo, ambas pecan de discriminación de participación en su elaboración. El texto ha salido únicamente con el consenso de los dos sindicatos mayoritarios, sin participación de otros sindicatos que firmamos cientos de planes de igualdad, y sin el respaldo de la patronal. Una evidencia más del fracaso del modelo de Diálogo Social.

Mediante la transparencia salarial, se pretenden corregir desigualdades que muchas veces quedan ocultas en la valoración de los puestos de trabajo. Esto repercute en las retribuciones y tiene relación con los sesgos de género que infravaloran trabajos realizados habitualmente por mujeres.

Desde USO, consideramos esta norma un avance importante, pero deja en el aire no solo los frutos de su aplicación real, sino el traslado a los centros de trabajo de los objetivos: que mujeres y hombres alcancen un mayor equilibrio salarial que repercuta en una mayor independencia económica y una menor pobreza de la mujer. Esta mayor pobreza salarial femenina corresponde a la menor remuneración que recibe respecto del hombre. Además, su vida laboral está plagada de cotizaciones intermitentes debido a la maternidad y a la dedicación a las tareas de cuidados.

La transparencia salarial está camino de ser una Directiva comunitaria. Por lo tanto, será una norma de obligado cumplimiento. No obstante, la Comisión Europea ha retrasado su aprobación, lo que ha provocado la denuncia pública de la Confederación Europea de Sindicatos, que USO hace como suya. Corre peligro de postergarse de forma indefinida. Según su informe, la brecha salarial de género no se cerrará en la UE hasta dentro de 84 años con la tendencia actual. Para España, la previsión es más corta: supuestamente llegaremos a eliminarla en 2046, dentro de 26 años.

Madrid registró 250.910 trabajadores en ERE nacionales hasta julio, la mayor cifra de España

Madrid registró 250.910 trabajadores en ERE nacionales hasta julio, la mayor cifra de España

El número de trabajadores madrileños afectados por expedientes de regulación de empleo (ERE) nacionales hasta julio ascendió hasta los 250.910, la cifra más alta de España, seguida por Cataluña y Andalucía (175.870 y 120.439 respectivamente; según datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social.

Las cifras sólo recogen los procedimientos autorizados o comunicados a la Dirección General de Trabajo y no se incluyen los expedientes presentados a autoridades provinciales o autonómicas, por lo que no se refleja el número total de trabajadores afectados.

A nivel nacional, los trabajadores en proceso de ERE se multiplicaron por 21 entre enero y julio en comparación con el mismo periodo de 2019, por lo que la cifra alcanza los 958.122 afectados, de los que 24.506 corresponden sólo al mes de julio.

De los 958.122 trabajadores afectados por regulaciones de empleo hasta julio, el 99,45% (952.847 trabajadores) estaban en procedimientos de suspensión de contrato o reducción de jornada y sólo el 0,55% fueron objeto de un despido colectivo (5.275 trabajadores). Los primeros se han multiplicado por casi 33 respecto al mismo periodo de 2019, mientras que los segundos se han reducido un 64%.

En el mes de julio, 368 trabajadores de 24.506 se vieron afectados por un despido colectivo; el resto estaban en procedimientos de suspensión o reducción de jornada (24.138 trabajadores).

 

Tres de cada cuatro ERE fueron por fuerza mayor

De los 958.122 trabajadores afectados por ERE en los siete primeros meses del año, casi tres de cada cuatro (666.533 trabajadores) estaban en procedimientos en los que la causa alegada fue la fuerza mayor, cifra que multiplica por 2.200 la del mismo periodo del año pasado, con apenas 308 afectados.

Los ERE por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas y de producción) afectaron a 291.589 trabajadores hasta julio, más de seis veces más que hasta julio de 2019.

Sin embargo, analizando sólo los datos de julio, son más los trabajadores afectados por causas objetivas (23.760) que los que se vieron incluidos en procedimientos de fuerza mayor (746).

 

Los sectores más castigados: comercio y hostelería

Por sectores, el comercio al por mayor y por menor y reparación de vehículos concentró el mayor número de afectados por ERE hasta julio (272.590), junto a hostelería (149.913) y actividades administrativas (126.218), mientras que el menor número se registró en el sector de educación (196) e industrias extractivas (656).

Por comunidades autónomas, la que registró hasta julio un mayor número de trabajadores afectados por regulaciones de empleo de ámbito nacional fue la Comunidad de Madrid (250.910), seguida de Cataluña (175.870) y Andalucía (120.439).

Tras estas regiones destacan Comunidad Valenciana, con 82.729 trabajadores afectados, y Castilla y León, con 46.220. Las menores cifras de afectados se dan en La Rioja (5.773) y Extremadura (7.769).

Las contrataciones públicas adulteran el paro en septiembre, con un 24% más de parados que el año pasado

Las contrataciones públicas adulteran el paro en septiembre, con un 24% más de parados que el año pasado

No hay motivos para el alivio en la Comunidad de Madrid a pesar de que la tasa de paro haya bajado un 1,25 con respecto al mes de agosto. La cruda realidad es que las cifras están completamente adulteradas por las contrataciones realizadas tras el verano para reforzar los servicios públicos.

“Aquí la cuestión es que ahora mismo en Madrid tenemos casi un 24% más de parados que hace un año, todo ello a las puertas de que se implanten nuevas restricciones que supondrán el golpe de gracia para muchas empresas que a duras penas consiguieron superar el primer confinamiento y para sus trabajadores, que acabarán engrosando las listas de afectados por ERTE o la de nuevos parados”, denuncia la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta.

No se adoptaron medidas de contención de la pandemia a tiempo y eso nos va a costar un nuevo confinamiento, todo ello en un ambiente marcado por la guerra política entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Comunidad de Madrid en el que las únicas víctimas somos los madrileños, que vivimos desde hace semanas en la incertidumbre más absoluta sobre nuestro futuro. Por ese motivo, es insultante que la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, asegure que estamos ante el mejor septiembre en tres décadas.

“Ahora mismo los madrileños estamos atrapados en manos de administraciones únicamente preocupadas por la opinión pública y por ganar una guerra política que está costando vidas humanas y que nos está llevando a un desastre económico de proporciones descomunales”, afirma Iniesta.

Por ese motivo, desde USO-Madrid reclamamos tanto al Ejecutivo que preside Pedro Sánchez, como al gobierno de Isabel Díaz Ayuso, que pierdan menos tiempo en escenificaciones mediáticas y que empiecen de una vez a colaborar de forma efectiva, porque ocho meses después del inicio de la pandemia seguimos careciendo de impulsos para esos proyectos que debe liderar el nuevo empleo.

Casi 900.000 trabajadores en ERTE, pendientes de bajar al 50% y otra prórroga de última hora

Casi 900.000 trabajadores en ERTE, pendientes de bajar al 50% y otra prórroga de última hora

Un total de 894.478 personas siguen reguladas por un ERTE, según los últimos datos de la Seguridad Social. A 30 de septiembre, todos los afectados siguen sin noticias de una posible prórroga a 30 de septiembre. Las condiciones especiales de los ERTE por causa de fuerza mayor se regularon en el RD-ley 8/2020 del 17 de marzo, unas condiciones que se fueron prorrogando en un clima de máxima incertidumbre para los trabajadores.

El 30 de abril, más de tres millones de personas estaban reguladas por un ERTE de fuerza de mayor, a las que se sumaban 312.323 por otros tipos de ERTE, que también podían tener su origen en el coronavirus. En España había un total de 3.386.785 trabajadores regulados. A fecha del 31 de agosto, los últimos datos cerrados de la Seguridad Social cifran en 894.478 las personas que siguen estando en ERTE, 735.946 reguladas por uno de fuerza mayor.

“Aunque no podamos decir con exactitud cuántos de esos casi 900.000 trabajadores son los mismos que ya estaban en ERTE al inicio de la pandemia, sí hay un alto porcentaje de trabajadores que mañana mismo cumplirán seis meses en ERTE y su prestación bajará automáticamente del 70% de la base reguladora al 50%. Eso ya se sabía cuando, a finales de junio, también en el último minuto y con agonía, se firmó la prórroga hasta el 30 de septiembreUSO registró una petición para que se contemplara que se siguiera cobrando el 70% a partir del día 181. Se nos hizo caso omiso y ahora ha llegado el día y sigue pendiente de resolver”, denuncia Joaquín Pérez, secretario general de USO.

 

Servicios, el más golpeado, pero hay ERTE en todos los sectores

Los trabajadores de Servicios siguen siendo los más golpeados por los ERTE, pero los hay en todos los sectores. Entre los de causa de fuerza mayor, siguen reguladas 167.708 personas en servicios de comidas y bebidas; 113.380 en servicios de alojamiento; y 69.308 y 39.422 personas en comercio al por menor y al por mayor, respectivamente.

Pero también destaca, justo detrás, el sector de Educación, con 38.514 personas reguladas, la mayoría de ellas pertenecientes a la Educación Infantil, un sector abandonado de la protección de la enseñanza reglada, como viene denunciando la Federación de Enseñanza de USO desde el inicio de la crisis.

En cuanto a los ERTE que no son por fuerza mayor, sino por causas económicas, técnicas, organizativas y de la producción en su mayoría, destaca la incidencia de la crisis en otras actividades: publicidad (6.552 trabajadores); fabricación de productos mecánicos (6.338); actividades auxiliares de oficina (6.135), programación; consultoría informática (5.960); arquitectura e ingeniería (5.656); y edición (4.254 personas en ERTE), entre otros.

“No se trata de sostener solo el turismo o el comercio. Un tsunami para el empleo como este se lleva a todas las actividades por delante. Un ejemplo muy claro que se extrae de estos datos: si el comercio está en ERTE de fuerza mayor, bajan la contratación de publicidad y la edición de folletos, y también estos entran en ERTE ETOP. No se puede dejar ningún sector fuera mientras la única alternativa sean los ERTE. Tampoco puede condenarse a los trabajadores a consumir su prestación sine die o a rebajar lo que perciben a nivel de pobreza. Los esfuerzos deben orientarse a regenerar la actividad, no a regatearle el 10% de su prestación a un trabajador obligado a no trabajar”, incide Pérez.

 

Algunos datos de afectados por ERTE según comunidades autónomas

La Comunidad de Madrid (191.404), Cataluña (183.357), Andalucía (105.910), Canarias (91.746), Comunidad Valenciana (75.533) y las Islas Baleares (64.921) son, en términos absolutos, las autonomías con más personas que permanecían en ERTE en agosto.

Sin embargo, si nos fijamos en cuántas personas se mantienen en ERTE desde el inicio de la pandemia, los datos cambian significativamente:

  • Baleares es la comunidad autónoma que menos ha recuperado su empleo: el 45,84% de las personas que estaban en ERTE en abril siguen estándolo a principios de septiembre. En Canarias, ese dato es del 39,62%, con ambas provincias en los mismos términos. Las siguen Ceuta (35,60%), Comunidad de Madrid (33,80%) y Cataluña (27,02%). Barcelona es su provincia más golpeada (28,93%).
  • En el otro extremo, Navarra es la comunidad que menos personas mantiene en ERTE con respecto al inicio de la crisis, el 15,07%, seguida de Cantabria (15,77%). Otras dos provincias están por debajo del 16%: Huelva (15,88%) y Soria (15,99%).
Diez años de Reforma Laboral: 322 contratos firmados para cada jornada completa sumada

Diez años de Reforma Laboral: 322 contratos firmados para cada jornada completa sumada

Se cumplen 10 años desde que el Congreso convalidó la ley de la Reforma Laboral de 2010. Una reforma contra la que USO convocó una huelga general y que apenas estuvo año y medio en vigor, pero que sentó las bases de los grandes recortes de derechos laborales de la legislación laboral vigente.

En este contexto, el Gabinete de Estudios de USO ha realizado un estudio comparativo entre la situación del empleo hace 10 años y hoy, teniendo en cuenta la situación previa a la llegada del covid-19 y la estrictamente actual.

“De 2010 y 2013, cayó fuertemente la afiliación a la Seguridad Social. Y lo hizo más en los años de las dos reformas, 2010 y 2012, que en sus sucesivos, 2011 y 2013 respectivamente. Esto refuerza nuestra idea de que empobrecer las condiciones laborales y abaratar el despido no crea empleo. El empleo se crea cuando hay actividad económica, las empresas no contratan porque puedan despedir, sino que contratan cuando de verdad cree que se puede trabajar. Por ello, los esfuerzos legislativos para dinamizar el mercado laboral llevaron una dirección errónea: debían haberse orientado a potenciar la actividad económica, que es la que sí necesitará de más personas trabajadoras”, defiende Joaquín Pérez, secretario general de USO.

La afiliación a la Seguridad Social no volvió a los niveles de 2010 hasta 2016, y fue a partir de ahí cuando comenzó a ganar cotizantes a tenor de millón anual hasta el golpe de la pandemia del coronavirus, que nos ha devuelto a agosto de 2018. Sin embargo, esos datos de afiliación son engañosos.

“Se han recuperado cotizantes, pero no se han generado puestos de trabajo de calidad. Hay muchos más trozos de empleos pero no tantos empleos. Mirando las jornadas completas efectivamente trabajadas, no fue hasta 2018 cuando se recuperó el nivel de empleo de 2010. Mientras en 2019 había 1,6 millones de cotizantes más, en realidad solo había 530.000 nuevas jornadas completas”, analiza Pérez.

 

322 contratos firmados para sumar cada jornada completa

Sin tener en cuenta el golpe de estos meses, para llegar a una situación de apenas medio millón de jornadas completas nuevas en una década, la “de la recuperación”, se han firmado 172 millones de contratos; es decir, 322 contratos para cada jornada completa.

“Además de abaratar el despido, la Reforma de 2010 y su heredera precarizaron el trabajo, que se hizo cada vez más temporal. Entre otras medidas, le dieron más poder a las ETT en detrimento de las labores del SEPE, fomentando agencias de colocación que solo ofrecen trabajos temporales. El resultado es que España tiene una tasa de temporalidad un 8% superior a los países de nuestro entorno. En estos diez años, el porcentaje de contratos indefinidos firmados no llega al 9%, y las peores cifras se dieron precisamente al año siguiente de cada reforma, con el 7,7% de contratos indefinidos sobre el total”, recuerda el secretario general

 

La situación actual y la necesaria contrarreforma

Todos estos datos se han visto agravados si, en lugar de con 2019, los comparamos con el efecto pandemia en el que estamos inmersos. “Hay una enseñanza que debe quedarle clara a este gobierno y a los que vengan detrás: recortar derechos y abaratar despidos no crea empleo. Por lo tanto, esperamos que caigan en la tentación de mantener o ampliar medidas tan dolorosas como inútiles. Lo que en su día llamaron, con mucha sorna, ‘corrección del mercado laboral’, debe ser hoy ‘corrección de los ataques y contrarreforma laboral’. Hay que reconstruir la legislación laboral con garantías para las personas y fomentar el empleo con políticas económicas efectivas, no contractivas”, pide Joaquín Pérez.

El otro gran error del planteamiento de la recuperación es “la bajada salarial en términos de poder adquisitivo. Los sueldos comenzaron a recuperar su valor en esta década de crisis no por las subidas, sino cuando la inflación se estancó. Los Acuerdos por la Negociación Colectiva han sido un circo sin más efectos que la foto de la firma, al igual que lo está siendo el proceso actual para ampliar los ERTE. Con septiembre ya avanzado y el 30 como último día de protección especial de los ERTE por covid, el paripé bochornoso de anunciar que el Diálogo Social se reúne para acordar que va a reunirse es un insulto para todos los trabajadores y pequeños empresarios que no saben qué será de su vida en tres semanas”, recrimina el secretario general de USO.