Así será la vuelta al cole en Madrid: presencial y con mascarilla

Así será la vuelta al cole en Madrid: presencial y con mascarilla

El curso escolar 2021/22 será presencial en todos los niveles y se mantendrán las medidas sanitaria ante el coronavirus. De esta manera, la mascarilla continuará siendo obligatoria a partir de alumnos con seis años de edad, los centros contarán con el coordinador COVID-19 y se continuará con el aumento de limpieza y desinfección.

Según ha anunciado el consejero de Educación de la Comunidad de Madrid, Enrique Ossorio, el curso que comienza en unos días mantendrá también medidas organizativas y elementos como mamparas o paneles que faciliten la separación entre el alumnado, la utilización de los espacios al aire libre, el establecimiento de entradas escalonadas por puertas diferenciadas o la reducción al mínimo de los desplazamientos de alumnos.

También se ha anunciado la contratación extraordinaria de 2.931 profesores y profesionales. En Educación Infantil y Primaria y Especial, se incorporarán cerca de 700 docentes y profesionales más a los colegios públicos para apoyar a todo el alumnado, de los que 365 serán maestros especialistas en Pedagogía Terapéutica (PT) o Audición y Lenguaje (AL) para facilitar atención individualizada de los estudiantes con necesidades educativas especiales.

A estos, se sumarán 134 orientadores, 200 maestros de apoyo en Educación Primaria para Lengua y Matemáticas en 1º y 2º de Primaria con alumnado que se hayan podido ver perjudicados por las consecuencias de la COVID-19.

Refuerzo en Secundaria, FP y Bachillerato

Por su parte, en Secundaria, FP y Régimen Especial, el incremento alcanzará los 1.421 profesionales, entre los que se encuentran más de 600 profesores, 91 orientadores más de 100 profesores de las especialidades de Pedagogía Terapéutica (PT) y Audición y Lenguaje (AL) para la atención educativa de alumnos con necesidades especiales. Otros 630 profesores realizarán funciones de apoyo y refuerzo en ESO y Bachillerato en Matemáticas, Lengua y Literatura y 400 personas de administración y servicios. Asimismo, en los centros concertados se va a reforzar la contratación con 411 docentes y nuevos orientadores en Primaria que permitirán tener un orientador por cada centro.

Madrid inicia este miércoles la vacunación para personas de 40 a 49 años

Madrid inicia este miércoles la vacunación para personas de 40 a 49 años

A partir de este miércoles la Comunidad de Madrid abre la vacunación frente a la covid-19 a la población general de 40 a 49 años de edad, inicialmente la franja comprendida entre los 46 y 49 años, es decir, los nacidos entre los años 1975 y 1972, que suman más de 466.000 ciudadanos en la región.

Este grupo de población recibirá su primera dosis frente al COVID-19 en centros hospitalarios públicos madrileños. Para ello, Sanidad comenzó a enviar ayer un mensaje SMS interactivo a los teléfonos móviles de estos ciudadanos, que podrán confirmar la cita o solicitar un cambio de fecha. Si el usuario no confirma su cita a través de la opción habilitada para ello, recibirá una llamada telefónica para poder hacerlo desde el número de teléfono 91 502 60 58, perteneciente al Centro de Atención Personalizada (CAP) de la Consejería de Sanidad.

Además, la Comunidad de Madrid dispone de un número de teléfono gratuito de información sobre la vacunación frente al COVID-19 y al que los ciudadanos pueden llamar para resolver posibles dudas: 900 102 112.

¿Tengo derecho a vacaciones si estoy en ERTE?

¿Tengo derecho a vacaciones si estoy en ERTE?

El sindicato USO ha recibido numerosas consultas acerca de cómo afecta a las vacaciones el estar incluido en un ERTE. Por eso, hemos elaborado este `preguntas y respuestas´ para aclarar todas tus dudas.

¿Tengo derecho a vacaciones si estoy en un ERTE de suspensión de contrato?

Durante el tiempo que dura el ERTE de suspensión de contrato, el trabajador no genera derecho a vacaciones. Las vacaciones anuales se verán reducidas en función de los días de suspensión. En caso de ERTE, las vacaciones quedan canceladas. Una vez que la situación vuelva a la normalidad, el trabajador podrá disfrutar de las vacaciones que le corresponden sin contar las devengadas durante el período de duración del ERTE.

El artículo 38 del Estatuto del Trabajador establece que el período anual de vacaciones no podrá ser inferior a 30 días naturales, lo que supone 2,5 días naturales de vacaciones al mes (salvo lo que establezca el convenio colectivo de aplicación).

Si una persona trabajadora está en ERTE desde el 14 de marzo hasta el 14 de mayo, existirían 5 días naturales de vacaciones no devengadas. Por tanto, durante el año 2020 sólo tendría derecho a 25 días naturales de vacaciones.

Todas las condiciones que regulan un ERTE pueden ser mejoradas en la negociación con los representantes de los trabajadores y la empresa.

¿Tengo derecho a vacaciones si estoy en un ERTE parcial, de reducción de jornada?

En este caso, el devengo de los días de vacaciones no se ve alterado. A la persona trabajadora le corresponden los mismos días libres que si no hubiese estado acogido al ERTE.

Si las vacaciones no estuviesen fijadas en el momento de iniciarse el ERTE de reducción de jornada, podrán pactarse con carácter genérico con los representantes de los trabajadores o, si no los hubiese, de mutuo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora.

Si una persona trabajadora ha estado en un ERTE de reducción de jornada del 14 de marzo al 14 de mayo, pasando de tener una jornada de 8 horas diarias a 6 horas diarias, este hecho no afectará a los días de vacaciones a los que tiene derecho a disfrutar, que serían los mismos que si su jornada hubiese sido completa.

No obstante, su salario en el período de vacaciones sí se verá afectado, puesto que será inferior al que percibiría en una situación de jornada completa ya que su salario bruto anual ha disminuido durante el período de reducción de jornada (no hemos de olvidar que al reducirse la jornada, también se ha reducido el salario).

¿Qué ocurre si los trabajadores siguen en ERTE y no pueden disfrutar sus vacaciones dentro del año natural?

Las vacaciones deben disfrutarse dentro del año natural. Si las personas trabajadoras siguen en ERTE y les quedan días de vacaciones por disfrutar, la empresa debería dejar de aplicarles el ERTE durante ese período de vacaciones para que las disfruten. En este caso tienen que cobrar su salario y la empresa cotizar por ello.

¿Puede mi empresa obligarme a coger vacaciones si estoy en ERTE?

La empresa puede proponer a la persona trabajadora disfrutar de sus vacaciones pero no puede imponerlas de manera unilateral. Las vacaciones se deben pactar de común acuerdo, de conformidad con lo establecido el convenio colectivo de aplicación sobre la planificación anual de las vacaciones.

El derecho al disfrute del periodo vacacional se regula en el art. 38 del Estatuto del Trabajador: no podrán ser inferiores a 30 días naturales y se comunicarán al trabajador con al menos dos meses de antelación antes de su disfrute.

¿Qué ocurre si no hay acuerdo entre empresa y trabajador sobre el disfrute de vacaciones?

A falta de acuerdo, la Jurisdicción Social competente, mediante procedimiento sumario y preferente, fijará la fecha correspondiente del disfrute del periodo vacacional de acuerdo con lo establecido en el art. 125 de la LRJS. La decisión será irrecurrible.

En caso de ERTE, si tengo confirmadas mis vacaciones, ¿puedo aplazarlas?

Hay que diferenciar entre el ERTE de suspensión de contrato temporal y de reducción de jornada. Si se trata de un ERTE de suspensión, las vacaciones quedan canceladas mientras dure el ERTE. En el caso del ERTE de reducción de jornada, si la persona trabajadora desea aplazarlas, debe acordarlo con la empresa.

¿Qué ocurre si estoy de vacaciones y mi empresa aprueba un ERTE?

En el supuesto de que la empresa apruebe el ERTE de suspensión mientras la persona trabajadora se encuentra disfrutando de días de vacaciones, estas se interrumpiran y, por tanto, sólo se agotarán los días de vacaciones disfrutados antes del ERTE. La persona trabajadora podrá disfrutar los días de vacaciones pendientes cuando finalice el ERTE y la empresa vuelva a su actividad.

¿Qué ocurre con las pagas extra cuando el trabajador se encuentra en ERTE de suspensión?

Durante este tipo de ERTE no se genera la parte proporcional de pagas extra, puesto que el contrato está suspendido y se han tenido en cuenta, para el cálculo de la prestación, las pagas extraordinarias que se hubiesen generado hasta el momento de aplicarse el ERTE.

¿Tengo derecho a pagas extra en un ERTE de reducción de jornada?

Las pagas extraordinarias están afectadas en la medida en que se extienda la reducción de jornada a lo largo del año natural. En estos supuestos, el salario se reduce en la misma proporción que la jornada, por lo que las pagas extraordinarias también son objeto de reducción en la misma proporción.

Cómo pedir autocita para la vacuna contra el coronavirus

Cómo pedir autocita para la vacuna contra el coronavirus

La Comunidad de Madrid pondrá en funcionamiento esta semana la fase piloto del nuevo sistema de autocitación para vacunarse contra la covid-19 para personas de entre 57 y 67 años que no hayan recibido ninguna dosis. Esta aplicación web arrancará, con una primera fase, el próximo miércoles, 26 de mayo, para la citación en los puntos de vacunación del Wanda Metropolitano y del Wizink Center y progresivamente se extenderá al resto de puntos de vacunación.

Según han detallado desde el Gobierno madrileño, en esta primera etapa el sistema, a través de las direcciones generales de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios y de Salud Pública de la Consejería de Sanidad, permitirá elegir cita, tanto día como franja horaria, a una semana vista. Es decir, el primer hueco al que este grupo de población podrá optar será a partir del sábado, 29 de mayo.

Cada día que pase, se irá abriendo la agenda de un nuevo día más para ofrecer 7 días de periodo ventana. ello se pretenden ofrecer aproximadamente 2.000 citas diarias, 500 en turno de mañana y 500 en turno de tarde en cada uno de estos dos centros de vacunación masiva, coordinados por el SUMMA 112.

Por tanto, se empezará con la administración de dosis de Pfizer y Janssen en el Wanda Metropolitano y el WiZink Center y será inicialmente para las personas con edades comprendidas entre los 57 a 67 años, es decir, los nacidos entre el año 1954 y 1964, y que vayan a recibir la primera dosis.

 

Cómo solicitar cita para la vacuna contra el covid

A través de la página web www.comunidaddemadrid/covid-19 se accederá a este nuevo sistema de autocitación. También se podrá hacer uso de esta plataforma a través de la Tarjeta Sanitaria Virtual.

Para usar la aplicación de autocitación a través de los dispositivos digitales, el paciente deberá introducir su CIPA (Código de Identificación Personal Autonómico de la tarjeta sanitaria pública), DNI/NIE o pasaporte y añadir su fecha de nacimiento.

Posteriormente, el sistema comprueba si el usuario está registrado en el repositorio poblacional de las bases de datos de la Comunidad de Madrid.

De igual modo, se comprueba que el paciente no tiene ninguna vacuna registrada en el Registro Único de Vacunación (RUV). Seguidamente, el sistema comprueba si el ciudadano está en el rango de edad habilitado.

En la pantalla de su dispositivo móvil se le mostrará un listado de centros disponibles según la franja de edad o grupo de vacunación, y podrá elegir centro e intervalo horario.

Una vez realizada su elección, en la pantalla de su móvil aparecerán los días con los huecos disponibles, con 48/72 horas de antelación y con una ventana de opciones inicial de una semana.

Por último, elegirá el día y el hueco disponible y el sistema de autocitación mostrará todos los detalles de su elección. Una vez seleccionada la cita recibirá un código de verificación a través de un sistema de SMS para proceder a su confirmación. A continuación le aparecerán los datos de su cita junto con un QR para facilitar su acceso al punto de vacunación.

Además, el ciudadano recibirá un SMS de recordatorio, con al menos 24 horas de antelación, que incluirá el código QR que deberá mostrar en el acceso al recinto de vacunación.

 

Qué hacer si hay cualquier error

Si alguna persona que acceda al nuevo sistema de autocitación de la Consejería de Sanidad no estuviera en la base de datos y no pudiera autocitarse, deberá llamar al número de teléfono gratuito habilitado por la Comunidad de Madrid (900 102 112), donde el operador recogerá sus datos y trasladará esta información al servicio madrileño de salud para su comprobación en el padrón municipal y restos de bases de información de la Comunidad de Madrid.

De forma paralela al arranque en fase piloto de este nuevo sistema de autocitación, la Comunidad de Madrid continuará administrando dosis de vacuna frente a la Covid-19 a personas que hayan sido citadas previamente como hasta ahora, mediante la recepción de un SMS en su teléfono móvil o llamada telefónica.

Así, en más de 20 hospitales públicos de toda la región los profesionales de Enfermería seguirán inmunizando a población general con edades comprendidas entre 50 y 59 años.

Al mismo tiempo, en hospitales públicos y también privados de la región avanzará la inoculación de dosis a pacientes de los grupos con condiciones de muy alto riesgo (Grupo 7) definidos en la ‘Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España’.

Igualmente, los profesionales de Enfermería de Atención Primaria continuarán vacunando frente a la Covid-19 a personas a partir de 68 años en los centros de salud y también seguirán trasladándose al domicilio de grandes dependientes con movilidad limitada (Grado III de Dependencia) para vacunarles, en este caso último caso con la vacuna monodosis de Janssen.

Por su parte, el Hospital público Enfermera Isabel Zendal seguirá administrando dosis de vacuna a mutualistas y personas incluidas en los grupos prioritarios 3 y 6 de la ‘Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España’.

 

Citas por SMS y llamada telefónica

Al margen del nuevo sistema de autocitación que comenzará esta semana en la Comunidad de Madrid, la población general que es convocada para recibir la vacuna en los puntos de vacunación masiva (el estadio Wanda Metropolitano, el WiZink Center y el Hospital público Enfermera Isabel Zendal) y también hospitales públicos es citada mediante el envío de un SMS interactivo a su teléfono móvil, que permite confirmarla o solicitar un cambio de fecha.

Si el usuario no confirma su cita a través de la opción habilitada para ello, recibirá una llamada telefónica para confirmarla desde el número de teléfono 91 502 60 58, del Centro de Atención Personalizada (CAP) de la Consejería de Sanidad.

En el caso de las personas que les corresponde vacunarse en Atención Primaria (de 68 años y más edad) pueden pedir cita previa llamando a su centro de salud y activando la opción 0 en el teclado de su teléfono o verbalmente.

No obstante, los centros de salud continúan llamando a los usuarios que no elijan esa opción para facilitarles una cita. El número que figurará en sus teléfonos cuando reciban la llamada del centro de salud es el 91 370 00 01.

Por último, los pacientes incluidos en el Grupo 7 de la ‘Estrategia de vacunación frente a Covid-19 en España’ (Personas con condiciones de muy alto riesgo) son citados para vacunarse en hospitales públicos y privados directamente desde los centros hospitalarios donde son atendidos habitualmente por su patología.

Resumen de las principales medidas sanitarias para el curso 2021-2022

Resumen de las principales medidas sanitarias para el curso 2021-2022

La Federación de Enseñanza de USO (FEUSO) ha elaborado un resumen de las principales medidas higiénico-sanitarias en materia de coronavirus acordadas para el curso escolar 2021-22 según el documento publicado ayer tras la reunión conjunta de la Conferencia Sectorial de Educación y del Consejo Interterritorial.

Limitación de contactos

  • Se mantienen los Grupos de Convivencia Estable (GCE) en educación Infantil, en 1º, 2º, 3º y 4º de Primaria y en Educación Especial. Estos grupos, que integran a estudiantes y a su tutor, permiten garantizar la estanquidad, sin necesidad de mantener las medidas de distanciamiento social de forma estricta.
  • En 5º y 6º de Primaria, la organización se podrá hacer como GCE o manteniendo la distancia de 1,5 metros, con posibilidad de flexibilizar a 1,2 metros, en función de la evolución de la pandemia.
  • En Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Enseñanzas Oficiales de Idiomas, Formación Profesional de todos los grados y Enseñanzas Artísticas y Deportivas, la distancia interpersonal es de 1,5 metros, con posibilidad de reducir esta distancia a 1,2 metros.
  • Se harán al aire libre el mayor número de actividades posibles y se priorizará la presencialidad de los estudiantes más vulnerables.
  • En el transporte escolar, se asignarán asientos fijos al alumnado para todo el curso.

Medidas de prevención personal

  • El uso de las mascarillas es obligatorio a partir de los 6 años. En el transporte escolar es también recomendable de 3 a 5 años.
  • En el caso del profesorado, el uso de mascarilla es obligatorio en todo momento, con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal.
  • El lavado de manos se realizará de forma frecuente y meticulosa, un mínimo de cinco veces por día. Se recomienda priorizar la higiene con jabón y agua, durante al menos 40 segundos. Si no es posible, se puede utilizar durante 20 segundos gel hidroalcohólico.
  • El alumnado recibirá educación para la salud para cumplir adecuadamente con las medidas higiénico-sanitarias.

Limpieza, desinfección y ventilación del centro

  • Se recomienda reforzar la ventilación cruzada, si es posible de forma permanente, con apertura de puertas o ventanas opuestas para favorecer la circulación del aire. Si la ventilación natural no es suficiente, se puede utilizar ventilación mecánica.
  • Si no es posible conseguir la ventilación adecuada mediante ventilación natural o mecánica, se podrían utilizar filtros o purificadores de aire con filtros HEPA.
  • Se mantendrá la limpieza, en especial en los baños y en las superficies de mayor uso al menos dos veces al día. Cada centro dispondrá de un protocolo de limpieza y desinfección que detalle las medidas.
  • Se recomienda que los pañuelos desechables empleados para el secado de manos y para otras medidas de higiene sean desechados en papeleras con bolsa y con tapa y pedal.

Gestión de casos

  • El centro educativo informará, explícitamente y con confirmación de recepción de la información, a los padres, madres y otras figuras parentales, de que el alumnado con cualquier sintomatología aguda no puede acceder al centro educativo.
  • No deberán acudir al centro los estudiantes, docentes y otros profesionales que tengan síntomas compatibles con COVID-19, que se encuentren en aislamiento por diagnóstico de COVID-19 o en cuarentena por haber tenido un contacto estrecho con una persona diagnosticada de COVID-19.
    Se hará control de temperatura antes de acudir al centro, tanto para el alumnado como para el personal trabajador.
  • Ante la aparición de casos en el centro educativo, las medidas de prevención y control se llevarán a cabo por parte de la unidad de Salud Pública o la unidad responsable designada por la comunidad autónoma, siguiendo el protocolo previsto
Qué se puede hacer en Madrid con el fin del estado de alarma

Qué se puede hacer en Madrid con el fin del estado de alarma

La Comunidad de Madrid no impondrá toque de queda y ampliará el horario de la hostelería hasta las 00.00 horas, mientras que recomendará que las reuniones en domicilios se limiten a convivientes, una vez decaiga el próximo domingo el estado de alarma decretado por el Gobierno.

En hostelería, el horario permitido será de 6.00 horas a 00.00 horas, no pudiendo admitir nuevos clientes desde las 23.00 horas, y se mantendrá la prohibición de consumo en barra y la limitación de cuatro comensales en el interior y seis en las terrazas.

En lo que respecta al aforo de la hostelería, continuará siendo el 50% en el interior y el 75% en terraza. En centros comerciales, el aforo se mantendrá en el 75% y podrán abrir desde las 6.00 horas hasta las 23.00 horas. Los cines y los teatros podrán cerrar a las 00.00 horas, no pudiendo empezar ninguna función o espectáculo más allá de las 23.00 horas, y se mantendrá el aforo del 75% y la obligación de una butaca libre entre personas que adquieran la entrada conjunta. Las instalaciones deportivas y gimnasios podrán abrir desde las 6.00 hasta las 23.00, con aforo limitado al 50% en el interior.