por Juan José Rodríguez | Mar 22, 2018 | Acción sindical, Igualdad, Salud laboral
Joaquín Pérez, secretario general de USO, y Concepción Iniesta, secretaria general de USO-Madrid, han asistido esta mañana a la jornada de “Testimonios por la Conciliación y la Corresponsabilidad en España”. Joaquín Pérez, secretario general de la USO, ha recalcado durante su intervención que nuestro sindicato “lleva años manteniendo una actividad, tanto en su propia estructura como en sus criterios reivindicativos, de defensa de unos Horarios Racionales de España”, compromiso que se materializa en reivindicar “la implementación de medidas que faciliten que las empresas adopten fórmulas pactadas que permitan un horario más racional y flexible para su plantilla, que permitan conseguir un entorno de trabajo no solo más agradable, sino más productivo”.
Pérez ha defendido la necesidad de alcanzar un gran Pacto Nacional para potenciar la plena conciliación, “acuerdo que debería contener medidas que, al igual que sucede en el ámbito de la Igualdad, hiciese que en las empresas de más de 250 trabajadores se negociase y acordase un Plan de Racionalización de Horarios”.
A través de la negociación, debe poder alcanzarse una flexibilización laboral y de horarios adaptada a las necesidades de los trabajadores y las trabajadoras. Para ello, “debe primar la consecución de objetivos por encima del ‘tiempo dedicado a estar físicamente en el puesto de trabajo’, ello implica abandonar la cultura del ‘presentismo’ por la cultura de la eficiencia; favorecer la movilidad interna en las empresas para poder acogerse a horarios mas compatibles con la vida familiar; recoger como obligatorio el disfrute del permiso paternal ampliando el número de días de los permisos paternales hasta conseguir que se equipare con el permiso maternal y luchar contra las diferencias salariales”, ha concretado.
Durante esta jornada, la USO ha firmado el Manifiesto por la Conciliación y la Corresponsabilidad en España, en el que se reivindica la adopción de un compromiso firme que se traduzca en medidas reales, por parte de instituciones y empresas, para hacer posible una conciliación corresponsable que favorezca la igualdad entre mujeres y hombres, y mejore la calidad de vida de las personas.
Este acto ha contado también con la participación de Laura Baena, fundadora del Club de Malasmadres; Javier Benavente, presidente de la Fundación Alares; Elena Blasco Martín, secretaria confederal de Mujeres e Igualdad de CCOO; Miguel Borra, presidente de CSIF; Ana Bujaldón, presidenta de Fedepe; Javier Cantera, presidente del Grupo Blc; Toni Ferrer, secretario de Empleo y Relaciones Laborales del PSOE; el padre Ángel García, presidente de Mensajeros por la Paz; José Manuel González Huesa, director general de Servimedia; Eva Levy, presidenta de honor de WomenCEO y senior advisor de Atos; Javier Maroto, vicesecretario de Política Social y Sectorial del PP; Pablo Martín, director de Corresponsables España; María José Olesti, directora general de The Family Watch; Laura Peraita, jefa de ABC Familia; Carmen Quintanilla, presidenta de Afammer; Armando Rodríguez, vicepresidente de Madrid Foro Empresarial; y María Sánchez-Arjona, presidenta de la Fundación Máshumano.
por Juan José Rodríguez | Mar 21, 2018 | Salud laboral
Si 2017 trajo consigo un gran aumento de la accidentalidad laboral, los datos correspondientes al primer mes del año publicados recientemente por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social no auguran un cambio de tendencia en esta.
Pese a ser los datos de enero el único elemento de valoración disponible al momento actual, lo cierto es que todos los indicadores observados en ellos revelan números aún más preocupantes que los del pasado año por estas fechas.

Comparando los resultados de enero de 2018 respecto con los de enero de 2017, cabe destacar las siguientes conclusiones:
◾El número de accidentes que han ocasionado baja ha sido de 45.907, lo que supone una subida del 9,6%. De ellos, 39.523 ocurrieron durante la jornada laboral y 6.384 fueron accidentes in itínere. En consecuencia, aumentan un 9% los accidentes en jornada y un 13,4% los accidentes in itínere.
◾El número de accidentes durante la jornada laboral se eleva un 9% para los leves, un 9% para los graves y un 20% para los mortales.
◾El número de accidentes in itínere leves y graves se incrementa de forma significativa (un 13,1%), mientras que los graves y mortales se disparan (incrementándose un 38,3% y un 42,9% respectivamente).
◾En el balance general por sectores, el índice de Incidencia de accidentes en jornada de trabajo aumenta globalmente en un 4,8%.
◾El número de accidentes de trabajo sin baja notificados se traduce en un incremento del 4,1%.
◾En cuanto a los accidentes de trabajo mortales, 52 personas perdieron la vida en enero de 2018 como consecuencia de estos, dato que implica una subida del 23,8%. Se observa también un ascenso de los accidentes mortales en jornada laboral (lo que supone un incremento del 20,0%) y una gran subida de los accidentes mortales in itínere (aumentando estos en un 42,9%).
El balance de los indicadores expuestos se resume en datos desalentadores sin que se atisbe en el horizonte un cambio en la tendencia al alza de la siniestralidad, tristemente asentada como un patrón estadístico natural en España en el último lustro. Hoy en día, las consecuencias de la precariedad laboral conviven también como algo natural en buena parte de la población trabajadora, mermando sus expectativas de estabilización profesional y desarrollo, y comprometiendo su salud y bienestar en el día a día
En el contexto descrito, desde USO nuevamente hacemos énfasis en la necesidad de abordar con urgencia este grave problema. Para ello, entendemos que es fundamental buscar soluciones con la implicación del Gobierno y los agentes sociales, y desde una perspectiva integral firmemente comprometida contra la lacra de la precariedad y la accidentalidad laboral, mediante políticas y acuerdos estatales sólidos sostenidos en el tiempo que no estén sujetos al albur de los cambios de gobierno que se van produciendo en nuestra sociedad.
por Juan José Rodríguez | Mar 14, 2018 | Salud laboral
La secretaría de Formación y Salud Laboral de USO-Madrid organiza este Curso Básico de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) dirigido a delegados de prevención.
El curso, de 30 horas de duración, se impartirá en la sede de USO-Madrid, calle Vallehermoso, 78, 5 Planta.
Del 4 de abril al 16 de mayo, los días: 4, 9, 11, 16, 18, 23, 25 de abril y 7, 9 y 16 de Mayo.
Es imprescindible esperar la confirmación por la limitación de plazas. Para realizar la solicitud puedes rellenar estos datos y enviar la hoja escaneada a curso@uso-madrid.es, o por fax al 915346241. También puedes enviar un correo directamente indicando tus datos, y manifestando tu interés por participar.
- Nombre:
- Empresa:
- Correo electrónico:
- Teléfono:
- ¿Eres delegado de prevención?
- ¿Desde cuándo?
- ¿Eres afiliado?
Para cualquier información puedes ponerte en contacto con Raquel o Nieves en el tel.: 915986330
por Juan José Rodríguez | Ene 23, 2018 | Enseñanza, Salud laboral
La justicia ha reconocido como accidente de trabajo la baja laboral de una profesora de Educación Secundaria ocasionada a raíz del hostigamiento psicológico ejercido hacia ella por varios alumnos de un instituto situado en Peñafiel (Valladolid). La sentencia en sí es especialmente relevante, ya que si bien no es firme, supone un precedente para que trabajadoras y trabajadores dedicadas a la docencia u a otras profesiones con riesgo por agresiones (ejemplos: profesionales sanitarios, personal de seguridad, etc.) vean reconocidos en un futuro daños similares como accidentes de trabajo.
La Sentencia procede del Juzgado de lo Social número 1 de Palencia. En el primer trimestre del curso escolar 2016/2017, la profesora emite numerosos partes de incidencia sobre varios de sus alumnos. Uno de ellos es expulsado reiteradamente, llegando a ser condenado por el Juzgado de Menores de Valladolid como autor de un delito leve de amenazas hacia la docente en cuestión. Concretamente, en los partes de incidencias sobre este alumno la profesora manifiesta que interrumpe constantemente sus clases, sale de ellas sin permiso, le falta al respeto de forma continuada e incluso le ha llegado a decir que ya ha logrado en otro centro que una profesora se marchara y que la siguiente va a ser ella.
El 9 de enero de 2017 la profesora inicia baja laboral con un diagnóstico de ansiedad, según el parte médico, el cual indica también problemas laborales, fatigabilidad, dificultad para concentrarse, irritabilidad, alteración del sueño y miedo a regresar al puesto de trabajo. La Inspección Médica le informa sobre la posibilidad de acceder al protocolo de actuación ante situaciones de violencia en el trabajo si lo requiere.
En marzo de 2017, la Junta de Castilla y León emite un parte interno de comunicación de accidente por “imposibilidad psicológica de afrontar tareas docentes” y solicita a Ibermutuamur que en el caso descrito atienda a la trabajadora por accidente de trabajo al ejercer tareas de docencia. El INSS declara de carácter común el proceso de incapacidad temporal de la trabajadora, al entender que no se aprecia una conclusión concluyente entre el diagnóstico del estado de ansiedad y el desempeño de su actividad laboral.
La trabajadora, en desacuerdo con la decisión del INSS, interpone demanda judicial en defensa de sus derechos. El Juzgado de lo Social número 1 de Palencia considera las pruebas documentales presentadas por la demandante (integradas por el parte médico aportado, los partes de incidencias y la denuncia ante la Fiscalía de Menores), los testimonios de sus compañeros de trabajo ratificando la conflictividad de algunos de los alumnos, así como el hecho de que la Junta de Castilla y León -como empleadora– reconoce la situación de conflicto en el ámbito laboral por supuesta existencia de situaciones de violencia en el trabajo. En base a ello estima probado que sí existe relación causal entre el daño sufrido (ansiedad) y el trabajo realizado por la profesora, considerándolo accidente de origen laboral y condenando a las partes demandadas (en este caso, la Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, Ibermutuamur, el INSS y la Tesorería General de la Seguridad Social) a satisfacer las prestaciones derivadas de la contingencia profesional.
En relación a lo anteriormente indicado, cabe señalar la importancia de sentencias como la descrita en el contexto laboral presente, fuertemente sacudido por la intolerable crueldad de la violencia en el trabajo y por la tendencia de las Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social y el INSS desde la entrada en vigor de la actual normativa en materia de incapacidad temporal a poner trabas al reconocimiento de daños de origen laboral.
La Federación de Enseñanza de la USO considera que esta sentencia viene a reforzar el papel del profesor como autoridad en el centro educativo y defiende que es necesario que se ampare desde un punto de vista legal la autoridad del profesor para que sea la ley la que refuerce esta autoridad y que no tengan que ser los tribunales quienes reconozcan esa autoridad. Esta ley debe reconocer a todo el profesorado en su conjunto, con independencia de la naturaleza jurídica del centro en el que desempeñe sus funciones, defienden desde FEUSO.
por Juan José Rodríguez | Ene 17, 2018 | Acción sindical, Salud laboral
Con la publicación de los datos de accidentalidad laboral hasta noviembre de 2017, la preocupante tendencia de aumento de la siniestralidad que llevamos denunciando se va consolidando. A la espera de conocer los datos del año completo, podemos asegurar que 2017 vuelve a confirmar el aumento continuado de la siniestralidad laboral en los últimos cuatro años.
La inestabilidad en el empleo, la precariedad laboral, la falta de formación e información y el recorte de la inversión en materia de prevención son algunos de los factores que han generado que cada día sea menos seguro trabajar en nuestro país. De hecho, las cuatro principales causas de accidente -sobreesfuerzo físico sobre el sistema musculoesquelético, caídas, choque contra objeto móvil o accidente de tráfico- son fruto de riesgos que se pueden evaluar y evitar tomando las medidas adecuadas en los centros de trabajo. Poco estamos evolucionando en materia de prevención si las mismas causas que producían la mayor parte de la accidentalidad laboral en el momento de la aprobación de la Ley de Prevención, se mantienen 22 años después.
Teniendo en cuenta los resultados del citado período respecto a los comprendidos entre enero y noviembre de 2016, cabe destacar las siguientes conclusiones:
• El número de accidentes que han producido baja ha sido de 542.222, lo que significa un incremento del 5,4%. De ellos, 468.781 ocurrieron durante la jornada laboral y 73.441 fueron accidentes in itínere. En consecuencia, suben un 5,4% los accidentes en jornada y un 5,3% los accidentes in itínere.
• El número de accidentes durante la jornada laboral se eleva notablemente (un 5,4% para los leves, un 6,9% para los graves y un 2,5% para los mortales).
• El número de accidentes in itínere leves y graves también crece de forma destacada (un 5,3% los leves y un 9,1% los graves). Como dato esperanzador, cabe mencionar que los mortales in itínere se reducen significativamente (disminuyendo en un 3,3%).
• Aumentan los índices de incidencia de accidentes en jornada de trabajo, salvo en algunos sectores, lo que globalmente se traduce en un incremento del 1,4%.
• El número de accidentes de trabajo sin baja notificados implica un incremento del 0,7%.
• El número de accidentes de trabajo mortales asciende respecto a 2016. Entre enero y noviembre de 2017, un total de 569 personas perdieron la vida como consecuencia de accidentes mortales (incremento del 1,2%). Además, puede observarse un preocupante aumento de los accidentes mortales en jornada laboral (incremento del 2,5%). Como ligera mejora, cabe apuntar un descenso de los accidentes mortales in itínere (reduciéndose en un 3,3%).
Con base en lo expuesto, el balance global es ciertamente desalentador y no es sostenible que esta tendencia al alza de la accidentalidad se mantenga como un rasgo inherente y sostenido de la realidad laboral en España. Desde la USO, seguimos insistiendo en la necesidad de actuación urgente por parte de los poderes públicos, de forma que estos acometan políticas encaminadas a reconducir el tristemente imparable fenómeno de la precariedad y accidentalidad laboral. Solo encarando este grave problema de forma decidida y comprometida será posible crear alternativas al drama diario que supone la pérdida de vidas y salud entre la población trabajadora de nuestro país.
por Juan José Rodríguez | Ene 9, 2018 | Acción sindical, Salud laboral
En nuestra sociedad, el reconocimiento de enfermedades de origen laboral supone de forma frecuente un camino largo y difícil para las personas afectadas por estas de forma que, muchas veces, este tortuoso proceso se ve truncado o termina culminando en su propio desistimiento o en el de sus familiares directos.
Desde una perspectiva global, uno de los instrumentos de mayor utilidad para el reconocimiento de enfermedades profesionales es la jurisprudencia que emana de los Tribunales de Justicia, la cual constituye un referente legal de base para quienes han sufrido o en un futuro puedan sufrir daños relacionados con la exposición a agentes peligrosos en el trabajo, como pueden ser agentes de naturaleza química, física o biológica.
Uno de los avances destacados conseguidos en 2017 en esta materia ha sido el reconocimiento mediante sentencia firme de una silicosis sufrida por un montador de pladur como enfermedad profesional, lo que ha permitido que al trabajador afectado le haya sido concedida una incapacidad permanente total.
La Sentencia, procedente de la Sección 6ª de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y emitida con fecha 3 de junio de 2017, asienta que es un hecho incontestable la exposición del trabajador a trabajos con ambiente contaminado por polvo de sílice desde su afiliación al sistema de Seguridad Social, por lo que se considera acreditada la relación de causalidad entre la actividad profesional ejercida a lo largo del tiempo y el daño sufrido. El trabajador desempeñaba sus funciones de forma habitual como montador de pladur, material compuesto por placas de yeso que se encuentran separadas generalmente por cartón o celulosa y que suele utilizarse en la construcción o en acabados de interiores. El trabajador se encontraba expuesto a polvo de sílice procedente del cartón-yeso con el que desarrollaba sus tareas.
Esta sentencia es especialmente relevante, ya que es la primera vez en España que se declara probado el origen laboral de una silicosis de un trabajador a causa del contacto directo con el cartón-yeso al que se encontraba expuesto a polvo de sílice durante su jornada laboral. Asimismo, supone una puerta abierta a que trabajadores de otras profesiones que padezcan silicosis habiendo estado expuestos laboralmente al polvo de cartón-yeso puedan ver reconocida esta como enfermedad profesional.