El Tribunal Supremo avala el uso de mascarillas contra la covid-19

El Tribunal Supremo avala el uso de mascarillas contra la covid-19

La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso planteado por un ciudadano contra el uso obligatorio de la mascarilla durante la pandemia de coronavirus alegando que se estaba vulnerando su derecho a la integridad física, moral y honro, entre otros derechos.

El texto de la sentencia indica que el uso de mascarilla es legítimo, necesario y proporcionado con el actual conocimiento de la expansión de la pandemia y de los efectos para la salud de la covid-19, ya que el fin es el interés general de la protección de la salud. La Sala, además, razona que los casos hipotéticos de riesgo por uso de la mascarilla siempre serán menores que el beneficio de la prevención obtenida. Asimismo, debe prevalecer el objetivo constitucional de protección de la salud de todos ( artículo 43 de la Constitución) que comprende la integridad física y moral.

El TS responde que el uso de mascarillas no es incompatible con el derecho a la integridad física y moral, y tampoco atenta contra los derechos al honor y a la propia imagen que alegaba vulnerado el recurrente.

En respuesta a otras cuestiones del recurso presentado, la Sala reitera que el Tribunal Supremo (auto de 4 de mayo de 2020) carece “de jurisdicción para conocer de la declaración del estado de alarma y de la subsiguiente afección de los derechos de reunión y libertad de circulación, y subraya que ello no significa inmunidad frente al control jurisdiccional, sino que la competencia corresponde al Tribunal Constitucional”.

La sentencia presume que las medidas adoptadas por los poderes públicos tienen el objetivo de la supervivencia de la comunidad utilizando un método de barrera como es el uso generalizado de la mascarilla. Destaca, además, que esta misma medida ha sido adoptada por otros estados miembros de la Unión Europea y muchos otros países del mundo y cumple con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

La Sala acaba recordando que actualmente el uso obligatorio de mascarillas goza de cobertura superior a norma reglamentaria según el art. 6 del Real Decreto-Ley 21/2020 (convalidado por el Congreso de los Diputados el 30 de junio) de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con el régimen sancionador de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública ( art. 31 del precitado Real Decreto Ley 21/2020).

Zonas de Madrid con restricciones: ¿qué se puede hacer en el puente de diciembre?

Zonas de Madrid con restricciones: ¿qué se puede hacer en el puente de diciembre?

La Comunidad de Madrid ha levantado las restricciones de movilidad en 13 zonas básicas de salud (ZBS) a partir de este lunes. También se ha añadido a la lista de limitaciones la zona de Barcelona (Móstoles) hasta el próximo 13 de diciembre.

Las ZBS que han descendido por debajo de los 400 casos por cada 100.000 habitantes y que por lo tanto dejan de tener restricciones de movilidad desde este lunes son:

  • Entrevías, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaría y Numancia (Puente de Vallecas)
  • Pavones y Vandel (Moratalaz)
  • Infanta Mercedes (Tetuán)
  • San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón)
  • Cerro del Aire y Valle de la Oliva (Majadahonda)
  • Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo)
  • Morata de Tajuña
  • Villarejo de Salvanés

Zonas de Madrid con restricciones

Las limitaciones se han prorrogado durante 7 días más (hasta el 6 de diciembre) en estos núcleos:

  • Vicalvaro-Artilleros (Vicálvaro)
  • La Elipa (Ciudad Lineal)
  • Guzmán el Bueno (Chamberí)
  • Daroca (Ciudad lineal)
  • Cuzco, Alicante y Castilla la nueva (Fuenlabrada)
  • La Moraleja (Alcobendas)
  • Sierra de Guadarrama
  • Collado Villalba Pueblo y Collado Villalba Estación (Collado Villalba)
  • Moralzarzal (Moralzarzal)
  • Alpedrete
  • Galapagar
  • El Boalo-Cerceda-Matalpino (ZBS de Manzanares El Real)
  • Colmenar de Oreja
  • Chinchón
  • Villaconejos (en la ZBS de Colmenar de Oreja)
  • San Martín de Valdeiglesias
  • Pelayos de la Presa (ZBS de San Martín de Valdeiglesias)

¿Qué se puede hacer en el puente de diciembre en Madrid?

La comunidad cerrará sus límites durante diez días, desde el viernes 4 hasta el lunes 14 de diciembre, para llegar a las fiestas navideñas en las mejores condiciones posibles desde el punto de vista epidemiológico.

El Gobierno madrileño ha instado a los ciudadanos a evitar las aglomeraciones y las calles comerciales en el puente de diciembre y en Navidad; la Delegación del Gobierno prepara el dispositivo de seguridad y movilidad para el puente de la Constitución.

Las mascarillas quirúrgicas costarán 0,72 euros como máximo a partir de este martes

Las mascarillas quirúrgicas costarán 0,72 euros como máximo a partir de este martes

El precio máximo de las mascarillas quirúrgicas baja a partir de este martes de los 96 céntimos actuales hasta los 72, según establece el BOE, que recoge este lunes la resolución adoptada el pasado jueves en la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos.

El Gobierno revisa por segunda vez el importe máximo de venta al público de las mascarillas quirúrgicas desechables que queda fijado en 0,72 euros la unidad, precio final con IVA incluido. La medida entra en vigor un día después de su publicación en el BOE, es decir, este martes.

La Comunidad de Madrid establece que el uso de la mascarilla es obligatorio en:

  • La vía pública y en espacios al aire libre.
  • Espacios cerrados de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.
  • Medios de transporte aéreo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos.
  • En el transporte privado, en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos no conviven en el mismo domicilio.

Recuerda que las mascarillas quirúrgicas son útiles para que las personas enfermas no transmitan el virus y protegen a la persona sana como barrera. Son adecuadas como elemento de barrera para la población en general y para los profesionales sanitarios tan solo en aquellos procedimientos que no generen aerosoles.

Se suspende el confinamiento de Madrid con la intención de reactivarlo este viernes

Se suspende el confinamiento de Madrid con la intención de reactivarlo este viernes

El confinamiento de la Comunidad de Madrid ha quedado suspendido desde esta pasada medianoche, por lo que vuelven a estar permitidas tras el puente festivo de Todos los Santos hasta este próximo viernes.

La intención del Gobierno regional es volver a decretar el cierre perimetral en toda la comunidad para el puente de La Almudena del 9 de noviembre. Todavía no es algo seguro porque la propuesta se tiene que debatir este miércoles en el Consejo Interterritorial en el que se reúnen el Gobierno de España y las comunidades autónomas.

Medidas del estado de alarma en la Comunidad de Madrid

  • Se puede entrar y salir de la comunidad (a la espera de confirmar si se aprueba un nuevo cierre perimetral para este viernes)
  • Toque de queda de doce de la noche a seis de la madrugada
  • Las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria.
  • En el caso del comercio y servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06:00 horas y deberán cerrar a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00:00 horas.
  • Por norma general, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior, el Decreto establece la reducción de los aforos en toda la región al 50%. Además, se suspende el servicio en barra. Las excepciones contempladas a la norma general del 50% son un 75% en teatros, cines y otras instalaciones culturales, un 40% en las salas multiusos polivalentes, las terrazas al aire libre que permanecen al 75%, los establecimientos comerciales con el 75% y los centros de formación no reglada, al 75%.
  • Restricciones de movilidad y actividad especiales para 35 zonas básicas de salud.

Restricciones en 35 zonas básicas de salud

Madrid capital:

  • Núñez Morgado (Chamartín)
  • Guzmán el Bueno (Chamberí)
  • San Andrés, San Cristóbal y El Espinillo (Villaverde)
  • Entrevías, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaira, Rafael Alberti y Numancia (Puente de Vallecas)
  • Daroca (Ciudad Lineal)
  • Vinateros Torito, Pavones y Vandel (Moratalaz)
  • Puerta del Ángel (Latina)
  • Virgen de Begoña (Fuencarral)
  • Infanta Mercedes y Villaamil (Tetuán)

Municipios:

  • Collado Villalba Pueblo (Collado Villalba)
  • Guadarrama (Guadarrama)
  • Majadahonda (Majadahonda)
  • Valle de la Oliva (Majadahonda)
  • San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón)
  • San Blas y Pintores (Parla)
  • Colmenar viejo Norte (Colmenar Viejo)
  • Morata de Tajuña (Morata de Tajuña)
  • Las Fronteras y Brújulas (Torrejón de Ardoz)
  • El Boalo (Manzanares el Real)
  • Villajero de Salvanés (Villajero de Salbanés)
  • Colmenar de Oreja (Colmenar de Oreja)
  • Barrio del Puerto y Doctor Tamames (Coslada)

Se restringe la entrada y salida en el perímetro del municipio o zona afectada salvo por motivos laborales, médicos, accesos a centros educativos, regresar a la zona residencial; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor.

Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece en un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados.

En estas zonas, los aforos y horarios de actividad se mantienen como en el resto de la región (por regla general al 50%) y se suspende temporalmente la actividad de los parques infantiles de uso público.

 

Coronavirus. Cómo ventilar correctamente las aulas y oficinas

Coronavirus. Cómo ventilar correctamente las aulas y oficinas

La ventilación correcta y a menudo de las aulas y otros espacios de los colegios es básico para frenar la expansión del coronavirus covid-19 durante el curso escolar. Frenar los contagios en las escuelas es uno de los grandes retos de la contención de la pandemia y parte de esa prevención pasa por acondicionar el aire en los espacios cerrados de enseñanza.

En cuanto a las medidas generales de climatización, las aulas deben seguir las normas generales de ventilación de espacios cerrados. Pero, además, las aulas tienen unas características propias a tener en cuenta. Desde USO, te explicamos las recomendaciones básicas de ambientación para las escuelas.

Los centros educativos ante el covid-19

De cara a este año escolar tan poco común, cada centro debe contar con un Plan de Inicio de Curso y Planes de Contingencia que prevea las actuaciones a realizar y los mecanismos de coordinación necesarios para los posibles escenarios que puedan darse. Para ello, deben haber designado a una persona responsable para los aspectos relacionados con covid-19, que debe estar familiarizada con todos los documentos relacionados con centros educativos y covid-19 vigentes.

Además, constituirán un equipo covid-19 formado por la Dirección del centro; Secretaría; uno o varios miembros del equipo docente; un miembro del servicio de limpieza; y representación de las familias y el alumnado. El equipo covid garantizará el cumplimiento de los principios básicos en el centro escolar y que toda la comunidad educativa está informada de su implementación.

Ventilación y climatización de las aulas frente al coronavirus

De forma específica, en relación con la climatización y ventilación de las aulas, el Ministerio de Sanidad recomienda:

  • Priorizar, en la medida de lo posible, la utilización de los espacios al aire libre para realizar las actividades educativas y de ocio.
  • Si se establecen turnos en las aulas, comedor u otros espacios, cuando cambie el alumnado, se recomienda la limpieza, desinfección y ventilación entre turno y turno. No propone una duración determinada, dada la peculiaridad de los espacios. Debe estarse a lo estipulado por cada centro en su preceptivo Protocolo de Actuación.
  • Ventilar con frecuencia las instalaciones del centro, al menos durante 10-15 minutos al inicio y al final de la jornada. También durante el recreo y, siempre que sea posible, entre clases. Deben mantenerse las ventanas abiertas todo el tiempo que sea posible y con las medidas de prevención de accidentes necesarias.
  • Aumentar el suministro de aire fresco. No debe utilizarse la función de recirculación de aire interior.
  • Si un profesional presta asistencia en el mismo espacio con diferente alumnado de manera consecutiva (fisioterapia, logopeda…), se desinfectarán las superficies utilizadas y se ventilará la sala al menos 5 minutos tras cada sesión.
  • En Educación Especial y en primer ciclo de Educación Infantil, se recomienda ventilar frecuentemente. Hay que tener una precaución especial con estos grupos de alumnos para evitar accidentes.
  • En los centros universitarios, recomiendan intensificar la ventilación de todos los espacios del centro, al menos durante 10 o 15 minutos al inicio y final de la jornada. Y, en las aulas, después de cada clase. Se recomienda mantener las ventanas abiertas todo el tiempo que sea posible.

Coordinación de medidas de prevención frente al covid-19 en los centros educativos

Además de centros educativos, las escuelas y otros espacios dedicados a la enseñanza son también centros de trabajo.

Por eso, desde USO recordamos que existe la obligación de transmitir esta información a sus los delegados de Prevención y entre las empresas concurrentes en la coordinación de las diferentes actividades que pudieran estar externalizadas.

Es su misión vigilar y comprobar que las operaciones se realizan conforme a lo estipulado por el Ministerio de Sanidad. En caso contrario, debe denunciarse ante la Inspección de Trabajo que, si detecta reiterados incumplimientos a sus requerimientos, lo comunicará a la Inspección Sanitaria para proponer el cierre preventivo del centro educativo.