por Juan José Rodríguez | Feb 1, 2022 | Empleo
La nueva reforma laboral, el RD-Ley 32/2021, ha cambiado los tipos de contrato de trabajo en España. Se mantienen cuatro modalidades de contratos, pero las nomenclaturas, causas y duraciones, varían. El sindicato USO te explica las condiciones de cada uno.
En la actualidad, la legislación laboral española reconoce los siguientes tipos de contratos laborales:
- Contrato indefinido.
- Contratos formativos.
- Contratos de duración determinada.
- Contratos fijos-discontinuos.
Aunque, dentro de cada tipo de contrato, existen varias modalidades.
Contrato indefinido: ¿qué es?
El contrato indefinido es aquel que se firma sin establecer un límite en la duración del contrato. Podrá ser verbal o escrito, y la jornada podrá ser completa o parcial.
Esta será la forma de contratación habitual para todos los contratos que se celebren desde el 31 de diciembre de 2021 (fecha de entrada en vigor de la reforma laboral). La nueva reforma laboral establece que, una vez expirada la duración máxima de los contratos de duración determinada, si no hay comunicación previa, se entenderá que ese contrato pasa a ser indefinido.
¿Qué tipos de contratos formativos existen?
Se establecen dos tipos de contratos formativos:
- Contrato de formación en alternancia.
- Contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
¿Qué características tiene el contrato de formación en alternancia?
Este contrato tiene como objetivo compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
La duración, de entre tres meses y dos años, será la prevista en el correspondiente plan o programa formativo. Si la duración ha sido inferior a la máxima establecida y no se ha obtenido el título, el contrato se podrá prorrogar hasta la obtención del mismo. No podrá superar la duración máxima de dos años.
Como es un contrato que busca compatibilizar estudios con trabajo, durante el primer año la jornada no podrá ser superior al 65%. Durante el segundo año, no superará el 85% de la jornada máxima pactada en convenio colectivo o de la jornada máxima legal.
¿Puedo hacer horas extraordinarias si me han contratado con un contrato de formación en alternancia?
No, las personas que tengan contrato de formación en alternancia no pueden realizar horas complementarias y extraordinarias.
Además, tampoco podrán realizar trabajos a turnos y no se establecerá periodo de prueba.
¿Qué es el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios?
Este contrato, enfocado a personas que hayan terminado sus estudios superiores (grados formativos, carreras universitarias, certificados profesionales, etc.) está destinado a adquirir una práctica profesional adecuada al nivel de estudios realizados.
El contrato debe tener una duración de entre seis y doce meses. Deberá llevarse a cabo dentro de los tres años siguientes a la finalización de los estudios; cinco, si se contrata a personas con discapacidad.
¿Cabe la realización de horas extraordinarias en este tipo de contrato formativo?
No, al igual que ocurre con los contratos de formación en alternancia. Las personas con contrato de formación para la obtención de práctica profesional no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en los supuestos en los que se trate de prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.
¿Qué son los nuevos contratos de duración determinada?
Esta nueva manera contractual viene a sustituir a los contratos de obra y servicio determinado y pueden ser de dos tipos:
- Por circunstancias de la producción.
- Por sustitución de la persona trabajadora.
En ambos casos hay que acreditar que concurre una causa justificada con la temporalidad y, para ello, se debe detallar en el contrato la causa habilitante de la contratación temporal, las circunstancias concretas que la justifican y su conexión con la duración prevista.
¿Cuáles son las características de los nuevos contratos de duración determinada?
- Su duración no puede superior a seis meses, máximo un año si así lo recoge el convenio colectivo.
- Si el contrato se ha firmado por una duración inferior a la máxima legal, se podrá prorrogar tantas veces se desee hasta alcanzar el máximo de los seis meses o la máxima recogida en convenio colectivo.
- No podrá identificarse como causa de este contrato la realización de los trabajos en el marco de contratas, subcontratas o concesiones administrativas que constituyan la actividad habitual u ordinaria de la empresa, sin perjuicio de su celebración cuando concurran las circunstancias de la producción en los términos expuestos anteriormente.
¿Qué características tiene el contrato para la sustitución de personas trabajadoras?
Este tipo de contratos podrá celebrarse en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Sustitución de persona trabajadora con derecho a reserva de puesto de trabajo.
- Para completar la jornada reducida de otra persona trabajadora.
- Para la cobertura temporal de un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva mediante contrato fijo.
Su duración no puede ser superior a tres meses y no podrá celebrarse un nuevo contrato con el mismo objeto una vez superada dicha duración máxima.
¿Qué son los contratos fijos-discontinuos?
Los contratos fijos-discontinuos están destinados para la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, o el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados.
Se podrá concertar para la prestación de servicios en el marco de la ejecución de contratas mercantiles o administrativas que formen parte de la actividad ordinaria de la empresa; así como entre una empresa de trabajo temporal y una persona contratada.
Tienen derecho a que su antigüedad se calcule teniendo en cuenta toda la duración de la relación laboral y no el tiempo de servicios efectivamente prestados, con la excepción de aquellas condiciones que exijan otro tratamiento en atención a su naturaleza y siempre que responda a criterios de objetividad, proporcionalidad y transparencia.
Tienen derecho a que la empresa les informe (junto a la representación legal de las personas trabajadoras) sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes de carácter fijo ordinario para que puedan formular solicitudes de conversión voluntaria.
El contrato deberá formalizarse necesariamente por escrito y deberá reflejar los elementos esenciales de la actividad laboral, entre otros, la duración del periodo de actividad, la jornada y su distribución horaria (estos últimos podrán figurar con carácter estimado, sin perjuicio de su concreción en el momento del llamamiento).
¿Qué derechos tienen las personas trabajadoras a tiempo parcial?
Las personas trabajadoras a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo.
¿Cómo se efectúa la conversión de este tipo de contratos laborales?
La conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo parcial y viceversa tendrá siempre carácter voluntario para la persona trabajadora y no podrá imponerse de forma unilateral o como consecuencia de una modificación sustancial de condiciones de trabajo.
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por Juan José Rodríguez | Ene 28, 2022 | Empleo
Desde este jueves los madrileños pueden elegir libremente a qué Oficina de Empleo quieren acudir, eliminando de este modo la obligación de ir al centro que tuviesen asignado por su código postal. De esta forma, los madrileños que deban utilizar los servicios o recibir algún tipo de atención del Servicio Público de Empleo regional podrán decidir libremente dónde quieren ser atendidos.
Según ha señalado el Gobierno regional en un comunicado, se trata de «una decisión pionera que se suma a la libertad de elección de médico, la libertad de horarios comerciales o la que disfrutan las familias de la región para decidir el centro educativo para sus hijos, medidas que se han ido implantando con éxito por los distintos ejecutivos madrileños paulatinamente desde 2009».
Hasta ahora los ciudadanos en la región tenían que acudir a una oficina determinada en función del código postal, pero podía ocurrir que no fuera la más cercana a su domicilio, la mejor comunicada o la que tuviera mayor disponibilidad para la atención o trámite que quisieran realizar.
Con la libre elección que ahora se estrena desaparecen todos esos inconvenientes, al ser el propio ciudadano quien decide en qué centro quiere ser atendido. Así, podrá escoger cualquiera de las 42 sucursales de la red del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid, dando prioridad según sus preferencias personales a la más cercana o a aquella en la que haya antes citas disponibles, por ejemplo. Igualmente, siguen teniendo la posibilidad de agilizar el servicio pidiendo cita previa en la web de la Comunidad de Madrid o de realizar sus trámites a través de la Oficina Virtual.
por Juan José Rodríguez | Ene 27, 2022 | Economía, Empleo
El paro en la Comunidad de Madrid bajó un 14,97% en el trimestre octubre-diciembre de 2021 con respecto al trimestre anterior (julio-septiembre), con 62.900 personas menos en desempleo, lo que sitúa la cifra de parados en 357.500, 122.500 menos que en el cuarto trimestre de 2020 (-25,53%). La secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta ha señalado que es una buena noticia la creación de empleo en la comunidad, pero es necesario que ese empleo no sea precario y temporal».
Con esta cifra, la tasa de paro en la Comunidad de Madrid al término de diciembre era del 10,12%, con un total de ocupados de 3.175.600, según datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) dados a conocer este jueves por el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Según los datos de la EPA, Madrid tuvo uno de los mayores incrementos de empleo en el cuarto trimestre de 2021 (46.300 más), por detrás de Andalucía (102.300) y Canarias (59.600), frente a los mayores descensos observados en Illes Balears (–73.200), Galicia (–21.200) y Extremadura (–17.600).
«Es el momento de decidir qué modelo de trabajo queremos y por eso exigimos la derogación de la reforma laboral de 2010 y 2012. Tampoco sirve el acuerdo firmado entre el Gobierno, CCOO, UGT y las patronales, porque no permitirá recuperar los derechos laborales perdidos durante todo este tiempo», ha señalado Iniesta.
En Madrid, al término del trimestre octubre-diciembre el total de trabajadores llegó a 3.175.600 personas y la tasa de actividad se situó en el 63,06% de la población activa, según la EPA. Del total de ocupados 1.634.800 eran hombres (una tasa de actividad del 67,88 %) y 1.540.700 mujeres (tasa de actividad del 58,72%).
En comparación con el último trimestre de 2020, en Madrid los ocupados subieron entre octubre y diciembre de 2021 en 108.100 personas, un 3,52 % más, y frente al tercer trimestre del año pasado las cifras de la EPA muestran que en el trimestre posterior hubo 46.300 ocupados más, lo que supone un aumento del 1,48 %.
Menos horas trabajadas que en 2019
A nivel nacional, 2021 cerró con más ocupados y menos paro que 2020. A pesar de los 615.000 parados menos y bajada de 2,80 de la tasa de paro, lo cierto es que no hemos conseguido volver al volumen de empleo previo a la pandemia.
Así, la creación de empleo anual se sitúa en 840.700 nuevos ocupados y crece hasta los 20.184.900. Sin embargo, España no ha recuperado aún las horas efectivas de trabajo previas a la pandemia. Comparado el cierre de 2021 con el de 2019, aún estamos un 3,80 % por debajo.
“Este dato nos alerta de que el empleo es cada vez más parcial, temporal y precario. Si crecen los ocupados, pero bajan las horas trabajadas, estamos ante un aumento de las jornadas parciales, de los trabajos por semanas y días. En la USO siempre hemos dicho que el empleo está troceado, pero ahora mismo está atomizado”, señala Joaquín Pérez, secretario general de la Unión Sindical Obrera.
Una situación “que debería haber sido la prioridad de la reforma laboral, que se ha quedado en la foto y en medidas superficiales, validando con su aprobación los recortes de las dos anteriores reformas que no se han tocado. Un texto insuficiente y decepcionante que no cumple con su objetivo de recuperar los derechos laborales que se recortaron y ya se dan por perdidos en la nueva ley”, advierte el secretario general de USO.
Pérez también alerta “de los empleados de usar y tirar de la Administración”. En este sentido, ha crecido la ocupación en el sector privado (162.500 personas) y se ha reducido en este trimestre en 8.500 la del sector público.
“Las Administraciones Públicas han estado parcheando sus plantillas para atender a la sobrecarga de prestaciones y atención a la ciudadanía derivadas de la pandemia. Sin embargo, esa sobrecarga no se ha terminado y no solo no se estabiliza el empleo público, sino que se finiquitan los contratos de refuerzo. Las Administraciones siguen jugando al margen de las propias reglas que imponen para el sector privado y lo pagan tanto sus empleados como las prestaciones más básicas al ciudadano”, incide el secretario general de USO.
por Juan José Rodríguez | Dic 2, 2021 | Economía, Empleo
Este mes se ha registrado una contratación récord en España con un total de 270.745 contratos suscritos en la Comunidad de Madrid. Sin embargo, el número de parados únicamente ha descendido en 11.477 personas en la región con respecto al mes de octubre. ¿Cómo es posible?
“Noviembre es la antesala de la campaña de Navidad, el problema es que al igual que con el black friday, la calidad del empleo se mueve a través del black contract”, afirma la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta.
De este modo, a pesar de que los contratos firmados se han incrementado un 9,15% con respecto al mes pasado, el desempleo ha bajado un 2,86% en el mismo tiempo. “El Ejecutivo presume de contratación, pero a la hora de la verdad, eso no se traduce en empleo efectivo y de calidad”, denuncia Iniesta.
Del total de contratos, un 81,17% son temporales (216.372) y un 18,83% son indefinidos (54.373). Según estas cifras, Madrid parece una de las comunidades en las que más contratos indefinidos se han firmado durante este mes. Sin embargo, la clave está en las conversiones de contratos temporales a indefinidos.
“Esto explica también que no se haya creado tanto empleo como debería. Más de una tercera parte de los contratos indefinidos que se han firmado en noviembre son conversiones (19.944). Son personas que ya estaban contratadas, la mayoría con contratos temporales en fraude que deberían no ser temporales. Ahora todos ellos figuran en las estadísticas como nuevos contratos, pero no lo son”, señala Iniesta.
“Es innegable que los datos del paro continúan una tendencia positiva en número, pero ha llegado el momento de decidir qué modelo de trabajo queremos”, afirma Iniesta. “El objetivo no es abandonar el paro por cualquier contrato, sino abordar una reforma laboral urgente, valiente y sin dobleces”.
por Juan José Rodríguez | Nov 3, 2021 | Economía, Empleo
El número de parados en la Comunidad de Madrid bajó en 9.852 desempleados en octubre (-2,39%), en relación al mes de septiembre, hasta la cifra global de 401.564 personas en paro en la región, según datos publicados por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. En el último año, el desempleo en la región baja un 6,07%, con 28.844 desempleados menos.
De la cifra total de desempleados en la Comunidad de Madrid, que suman 401.564 personas en paro, 170.162 son hombres y 236.107 son mujeres. Además, 32.770 desempleados de la región tienen menos de 25 años, de los cuales 16.909 son hombres y 15.861 son mujeres.
Por sectores, el que engloba mayor número de parados es el de Servicios, con 317.035, lo que se traduce en 7.783 parados menos que en septiembre; seguido de Construcción, con 29.238, que cuenta con 821 parados menos.
Por su parte, destaca Industria, con 22.391, lo que supone un total de 360 desempleados más y Agricultura, con 3.273 desempleados en este sector, lo que se traduce en 84 parados menos. Por su parte, 29.627 vienen del grupo de sin empleo anterior, es decir, 972 personas más que septiembre.
Respecto a los contratos, en el décimo mes del año se registraron 248.057 contratos en total, es decir, 1.781 menos que el pasado mes, lo que supone una caída del 0,71%. Frente a ello, en tasa interanual aumentaron un 36,92%, con 66.888 contratos más que en el mismo mes del año pasado.
Del total de contratos, 45.512 fueron indefinidos en Madrid, lo que supone 6.243 menos de los firmados en septiembre (-12,06%) y 13.613 más que los que se firmaron en octubre de 2020, lo que se traduce en un aumento del 42,68%. Los temporales sumaron 202.545, 4.462 más que en el mes anterior (+2,25%) y 53.275 más que en el mismo mes del año pasado (+35,69%). De esta forma, en tasa anual el 81,35% de los contratos en la región son temporales, frente al 18,65% que son en régimen indefinido.
Baja el paro y sube la afiliación en el resto de España
A nivel nacional, los datos del paro continúan una tendencia positiva en número, con una tímida bajada en octubre, mes tradicionalmente de subidas, pero llega el momento de decidir qué modelo de trabajo queremos. Aún con miles de personas en ERTE que se suman a los 3,26 millones de parados, el objetivo no es que se abandone el paro por cualquier contrato.
Los afiliados a la Seguridad Social suben también, hasta los 19,69 millones de personas, aunque se observan maniobras que no cambian: altas los lunes, bajas los viernes. Explican, a su vez, que sigamos cerca de los 2 millones de contratos por mes para que únicamente el 10% sean indefinidos. Más de un tercio, además, conversiones de temporales iniciales, bien por cumplir con el período máximo establecido, o por sanción de una Inspección desbordada.
“Casi la mitad de los contratos indefinidos han sido a tiempo parcial. Sube la ocupación, pero bajan las horas trabajadas, como nos mostró la EPA que acabamos de conocer. Los datos en verde siempre son positivos, por supuesto, pero aún estamos al nivel de parados de 2018, y con contratos temporales y a media jornada entre quienes encuentran trabajo. Los contratos que más han subido con respecto al año pasado, de hecho, son los temporales a media jornada. La implantación del contrato indefinido por defecto no puede esperar más, no podemos crear y destruir puestos de trabajo al mismo tiempo, hay que estabilizar el empleo y que un puesto genere jornadas suficientes para poder hablar de un salario digno”, defiende Joaquín Pérez, secretario general de USO.
El paro femenino ha bajado ligeramente, frente a la subida del masculino. “Una corrección mínima que no cambia el hecho de que el 60% de las personas en paro son mujeres”, apunta Pérez. Por colectivos vulnerables, también llama la atención la importante subida entre menores de 25 años y entre quienes no tenían empleo anterior, “cajón de sastre estadístico que mezcla jóvenes en busca de su primer empleo con parados de larga duración. La incidencia del desempleo de larga duración entre mujeres mayores de 44 años es dramática y amenaza con instalarlas en la pobreza estructural”, advierte el secretario general de USO.
Pérez pide “una reforma laboral urgente, valiente y sin dobleces. No queremos otro parche sobre las dos anteriores. Ninguna solucionó la precariedad en el empleo y ninguna de ellas se adapta al mundo del trabajo que tenemos hoy en día. No vale con hacer tachones en artículos, hay que construir un marco laboral del siglo XXI y con la calidad del empleo, no la cantidad, como objetivo”.