Consejos para los trabajadores que están sufriendo la borrasca ‘Gloria’

Consejos para los trabajadores que están sufriendo la borrasca ‘Gloria’

La borrasca ‘Gloria’ ha obligado a activar el nivel 0 del Plan de Inclemencias Invernales en la Comunidad de Madrid, un nivel de preemergencia, ante el nivel de aviso amarillo por nieve y viento en la sierra. La nieve obligó a circular este lunes por la tarde con cadenas en Navacerrada y Cotos. Según la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), podrían producirse acumulaciones de nieve de hasta 5 centímetros en cotas superiores a 1000-1200 metros que pueden durar hasta las 00.00 horas de este miércoles, así como rachas de viento de hasta 90 kilómetros por hora hasta las 21.00 de este martes.

En esta situación, al trabajador le surge la duda sobre si debe acudir o no a su puesto de trabajo cuando se dan estas condiciones climatológicas adversas. Cuando la nieve cierra puertos y aísla pueblos, la imposibilidad parece más clara y demostrable, sin embargo, es igual de razonable y amparado por la ley el no poner en riesgo la vida para acudir al trabajo cuando se dan lluvias torrenciales.

Este supuesto no aparece recogido en nuestro ordenamiento jurídico, pero con todas las autoridades recomendando que no se debe circular en coche salvo extrema necesidad, en situación de alerta roja y con muchas carreteras cortadas o inundadas, bastaría con acreditar caso a caso la imposibilidad de acudir al puesto de trabajo o que el trayecto entraña un riesgo alto. Existe jurisprudencia dictada en este ámbito: en 2009, el Tribunal Supremo rechazó sancionar a una profesora que no acudió a su centro escolar por el mal estado de las carreteras debido a una gran nevada.

El hecho de que la ausencia sea o no justificada es relevante para que no compute a efectos de un despido disciplinario o cualquier otra sanción. Es decir, si al sumarse con otras faltas, la empresa decide actuar contra el trabajador, este podría defender ante los tribunales que las que tuvieron que ver con los días de lluvia no deben ser tenidas en consideración.

Si pese a eso la empresa exige que el trabajador acredite que se trata de una falta por causa mayor, este puede solicitar un justificante a la administración pública que corresponda, ya sea el Ayuntamiento del municipio en el que se hayan cerrado vías o a la comunidad autónoma que gestione los servicios de carreteras. En este mismo sentido, la justificación de la ausencia no implica por sí que la misma deba ser retribuida, y la inexistencia de prestación de servicios supone que por ese tiempo no trabajado no se devenga el salario correspondiente.

El artículo 47.3 ET prevé la posibilidad de suspender los contratos de trabajo por causa de fuerza mayor, que deberá ser constatada por la autoridad laboral, cualquiera que sea el número de los trabajadores afectados. Si la situación se va a dilatar en el tiempo, la parte empresarial tiene esta solución legal.

El procedimiento de suspensión se inicia mediante solicitud de la empresa, acompañada de los medios de prueba que estime necesarios, y simultánea comunicación a los representantes legales de los trabajadores. La resolución de la autoridad laboral se dictará en el plazo de cinco días desde la solicitud y deberá limitarse, en su caso, a constatar la existencia de la fuerza mayor alegada por la empresa, correspondiendo a ésta la decisión sobre la suspensión de los contratos, que surtirá efectos desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor.

Desde USO, queremos recordar que, en estos casos, lo mejor es utilizar la lógica y la prudencia, no sentirse coaccionados por ir a trabajar en situaciones completamente adversas y a hacer caso a las indicaciones de las autoridades para evitar mayores desgracias. De igual forma, se deben extremar las precauciones en caso de nevadas copiosas debido a las placas de hielo que se forman debajo, ya que producen la mayoría de los accidentes por resbalón o falta de adherencia.

Las medidas preventivas que nos recuerdan desde el Gabinete de Salud Laboral están relacionadas con el riesgo laboral de estrés térmico:

  • Reducción en la pérdida de calor: Abarca el uso de ropa de protección, protección de lugar de trabajo, aislamiento de las superficies en contacto con partes del cuerpo humano y control del tiempo de exposición.
  • Incremento de la producción interna de calor debido al trabajo muscular: es una medida complementaria y que debe ajustarse a los requerimientos del trabajo y a la capacidad individual.
  • Suministro de calor externo: un requerimiento imprescindible para los trabajos en situación de frío es el establecimiento de pausas para calentarse en una zona habilitada.
  • Mejora de los aspectos ergonómicos de los trabajos con frío, reduciendo o eliminando el efecto molesto del equipo de protección y el esfuerzo asociado.
Penas de hasta 5 años de prisión por difundir vídeos sexuales a través de las redes

Penas de hasta 5 años de prisión por difundir vídeos sexuales a través de las redes

Desde USO-Madrid pedimos responsabilidad en el uso de las redes sociales en el ámbito laboral y mostramos todo nuestro apoyo a  la familia de la mujer que se quitó la vida el sábado tras difundirse entre sus compañeros de trabajo un vídeo sexual suyo de hace cinco años.

La comisaría de la Policía Nacional de Alcalá de Henares ha abierto la investigación de oficio, ya que la fallecida no había interpuesto denuncia. Los agentes están analizando el vídeo que se filtró y comprobando quiénes lo compartieron y si la mujer pudo sufrir acoso por este motivo por parte de algunas personas de la empresa que trabajaba, del grupo Iveco. También investigan si fue su pareja o ella misma la que propagó las imágenes, según ha publicado Madrid Diario.

Si te encuentras en una situación similar, desde USO-Madrid te recomendamos que, en primer lugar, pongas los hechos en conocimiento de la empresa y de tus representantes sindicales para que tomen las medidas apropiadas.

En segundo lugar, busca asistencia legal. Recuerda que como afiliado, tienes derecho a consultar a nuestros servicios de Asesoría Jurídica con abogados expertos que te ayudarán a lo largo del proceso.

Si lo necesitas, no dudes en recurrir a psicólogos y especialistas que evalúen tu situación y te ayuden a encarar los perjuicios morales que estés sufriendo, así como las consecuencias de esa grave vulneración de tu intimidad y de tu honor.

En último lugar, queremos recordar que compartir un vídeo sexual a través de las redes sociales (includo WhatsApp) es un delito contra la intimidad tipificado en el artículo 197 de nuestro Código Penal y que conlleva penas de hasta cinco años de prisión. El delito incluye tanto a la persona que graba y cuelga el vídeo, y también a quien participa en su difusión a posteriori, que puede ser condenado hasta cuatro años de prisión.

 

USO presenta la campaña de salud laboral: «Sin evaluación no hay prevención»

Con motivo del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo que se celebra el próximo 28 de abril, desde USO se ha elaborado una campaña centrada en la importancia de las evaluaciones de riesgos en la acción preventiva.

La secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral confederal, Sara García, destacaba este jueves durante la presentación de la campaña en la sede de USO-Madrid que durante el año pasado 652 personas murieron a causa de un accidente laboral, la mayor siniestralidad laboral desde el año 2011. Esta cifra permite hablar “de una situación de emergencia”, por ese motivo, el objetivo es “que trabajar no nos cueste ni la salud ni la vida”.

Con el lema “Sin evaluación no hay prevención”, queremos denunciar que, debido a los recortes en prevención y a la falta de cultura preventiva, las evaluaciones de riesgos son genéricas o lo que denominamos de “corta y pega” no recogiendo los riesgos específicos del puesto de trabajo, ni las características concretas del trabajador o trabajadora que va a desempeñar dicha actividad. Además, no se actualizan ante los cambios que se producen en las condiciones laborales, ni por los daños que se producen en la salud.

Por todo esto, señalaba la responsable de Salud Laboral, «desde USO hemos centrado nuestra campaña del 28 de abril en reivindicar que la evaluación de riesgos es el principio de la prevención y si en esta pieza clave ya se falla, el trabajo en prevención está viciado desde la base y nunca será efectivo».

Con la evaluación de riesgos como eje principal, la campaña se estructura en torno a cuatro cuestiones fundamentales: los riesgos ergonómicos, los riesgos higiénicos, riesgos en seguridad y riesgos psicosociales.

La secretaria de Formación y Salud Laboral de USO-Madrid, Raquel Bordoy, ha destacado la labor de los delegados en las empresas como el cauce imprescindible para reducir los accidentes laborales: “La campaña de prevención está destinada precisamente a los delegados porque es esencial que conozcan qué es la evaluación de riesgos y su importancia como un instrumento fundamental para reducir la siniestralidad laboral”.

 

Materiales de la campaña

Éxito de convocatoria del curso «Mutuas e incapacidad laboral» de USO-Madrid

Éxito de convocatoria del curso «Mutuas e incapacidad laboral» de USO-Madrid

El curso «Mutuas e incapacidad laboral» celebrado este martes por la Secretaría de Formación y Salud Laboral de USO-Madrid ha contado con una gran acogida por parte de los delegados. Ha sumado en su aula a más de treinta asistentes.
El curso, a cargo del técnico de Prevención del Gabinete Confederal Javier Pla, ha tratado temas como las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social; la legislación vigente; el reconocimiento de incapacidades temporales, permanentes así como los accidentes y enfermedades laborales; reclamaciones a mutuas y otras cuestiones prácticas sobre incapacidad.
La secretaria de Formación y Salud Laboral, Raquel Bordoy, ha destacado la importancia de este curso, sobre todo teniendo en cuenta que es «un tema sobre el que recibimos multitud de consultas, especialmente a raíz de los recientes cambios en la legislación».
Por su parte, Pla, ha señalado que «cada vez son más numerosas las sentencias en las que se reconocen daños derivados del trabajo que tanto las mutuas como el INSS habrían negado» y ha insistido en la necesidad de conocer la normativa sobre mutuas e incapacidad laboral para mejorar la prevención y «evitar que muchos casos queden ocultos y en situación de indefensión».
Nuevos cursos de formación para delegados sindicales

Nuevos cursos de formación para delegados sindicales

La Secretaría de Formación y Salud Laboral ofrece un nuevo catálogo de cursos de formación en materia sindical destinados a los delegados y delegadas de USO-Madrid. Los talleres se impartirán entre los meses de diciembre y febrero e incluyen contenidos de especial interés para los representantes de los trabajadores como la acción sindical, la salud laboral, prevención de riesgos laborales, la negociación colectiva o cómo afrontar el periodo de elecciones sindicales.

Los interesados deben rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo electrónico a raquel.bordoy@uso-madrid.es o por fax al teléfono 91 534 62 41.

 

Curso de Acción Sindical.

  • Fecha: 12 de diciembre de 2018
  • Horario: de 10 a 14 horas

 

Salud Laboral: Mutuas e Incapacidades. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

  • Fecha: 18 de diciembre
  • Horario: de 9:30 a 14:00 horas

 

Negociación Colectiva.

  • Fecha: 15 de enero de 2019
  • Horario: de 10 a 14 horas

 

Historia USO y CRS.

  • Fecha: 5 de febrero
  • Horario: de 10 a 14 horas.

 

PRL.Básico 30 horas. (Obligatorio para Delegados de Prevención)

  • Días: 10, 15, 17, 22, 24, 29, 31 de enero y 5, 7 y 12 de febrero de 2019.
  • Horario: de 15:30 a 18:30 horas

 

Seguridad y Salud Laboral, para Delegados Sindicales.

  • Fecha: 10 de enero
  • Horario: de 10:00 a 14:00 horas.

 

Elecciones Sindicales

  • Curso on line.