El Gobierno ha cerrado con “sus” sindicatos un acuerdo en el último minuto de la prórroga para pasar el examen parcial de Bruselas, pero que no va al fondo del problema estructural de la Administración y sus plantillas, tanto personal funcionario como interinos y otro personal temporal en fraude de ley. El acuerdo, que fía la estabilización a los concursos-oposición y a la aplicación de despidos procedentes, penaliza a los trabajadores y exime de toda culpa al empresario, a la Administración.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la propia Bruselas, para el reparto de fondos de recuperación, tienen la temporalidad del empleo público en España en el punto de mira. El plazo para ese acuerdo expiraba ayer, toda vez que hoy se celebra el Consejo de Ministros que debe darle la bendición antes de enviarlo a la capital comunitaria.

Tras años de mirar para otro lado y dejar que la bola se fuera haciendo mayor, el acuerdo se resolvió con urgencia y poca originalidad: concursos-oposición.

En qué consiste el acuerdo para reducir la temporalidad en la Administración

El acuerdo se centra en los siguientes puntos, que, en resumen, sitúan el pago de las responsabilidades en los trabajadores:

  • Por un lado, establece la duración máxima de un contrato temporal en tres años.
  • Por otro, lo establece con efectos retroactivos: deberán regularizarse como plazas fijas aquellos puestos que hayan estado ocupados durante tres años o más hasta el 31 de diciembre de 2020. El Gobierno calcula que son en torno a 300.000 plazas. Desde FAC-USO defienden que hay al menos 800.000 casos de temporalidad abusiva y que podrían ser incluso cerca de un millón. La opacidad en los datos administrativos impide un censo fehaciente.
  • La estabilización se haría por medio de ofertas de empleo público masivas donde la parte de méritos alcanzaría el 40% de la valoración, una vez aprobado el examen común. Este proceso se extendería hasta 2024.
  • La Administración aplicará un despido objetivo a todos aquellos interinos que han ocupado esos puestos y no consigan la plaza en los concurso. Es decir, la Administración contrata en fraude de ley, los contratados pagan con su puesto de trabajo y la Administración solo le cambia el DNI a la plaza.
  • Cada interino o temporal en fraude de ley recibirá una compensación de 20 días por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades. La Administración perpetrará así el mayor despido colectivo de la historia de España, amparado en la Reforma Laboral que promete aligerar en esos artículos más lesivos que tan oportunos le resultan cuando actúa como patronal.
  • El interino o temporal, eso sí, accederá a nueva “bolsa de empleo” gracias a la cual podrá ser de nuevo… interino o temporal.

La Administración, sin responsabilidades

Indemnizaciones irrisorias para personas que han llegado a estar 25 años en su puesto de trabajo, pero indemnidad para las Administraciones. En similar situación, cualquier empresa privada recibiría amonestaciones y multas de mayor o menor cuantía. La Administración, sin embargo, con casi un millón de trabajadores en situación irregular o fraudulenta, no recibirá ningún tipo de sanción por haber abusado de la temporalidad tan irresponsablemente.

El TJUE obliga a imponer sanciones y medidas disuasorias para que no se repita esta situación, pero el acuerdo entre Administración y sindicatos pasa de puntillas por este tema, y solo refleja a futuro qué supondrá para aquellas que reincidan en el comportamiento. Ni mención a los causantes de la situación actual.

Al contrario, la única responsable, la Administración, se dedica a enfrentar a temporales e interinos con los opositores aspirantes al turno libre; ambos colectivos en su legítimo derecho de ambicionar un puesto de trabajo al que le han dedicado tiempo y esfuerzo.

Un acuerdo de interinos y temporales que repite los mismos errores interesados

“Este pacto pone de relieve el fracaso de los anteriores acuerdos, 2017/2018. Lejos de solventar el problema de temporalidad, cae en los mismos errores interesados. Y se olvida de otras soluciones, que ya figuran en el EBEP, como el concurso extraordinario de méritos, en su artículo 61. U otras más imaginativas, como reconocer como plazas a extinguir las que ocupan todos los empleados públicos que pudieran estar en fraude de ley o situación de abusividad, como lo define el TJUE”, arguye Luis Deleito, secretario general de FAC-USO.

Por ello, desde FAC-USO “le pedimos al Gobierno una apuesta real por la fijeza de los trabajadores temporales en fraude de ley. Algunos han dedicado toda su vida laboral a esta Administración que ahora los menosprecia y ningunea”. Deleito advierte, además, que “seguiremos buscando todos los resquicios legales para defender ante juzgados, tribunales e instituciones europeas estos casos abusivos”.

Por último, el secretario general de la Federación de Atención a la Ciudadanía de USO lamenta que “tras estos macroprocesos selectivos, hay un último interés de los firmantes: frotarse las manos con los cursos de formación que estas personas van a verse obligados a sumar para las baremaciones”.