Horas extra: ¿qué son? ¿Cómo se pagan?

Horas extra: ¿qué son? ¿Cómo se pagan?

Muchos trabajadores trabajan más horas de las que se establece en su jornada laboral ordinaria. Este exceso se conoce como horas extra. El registro obligatorio de jornada se estableció para evitar el fraude de las empresas con respecto a las horas extraordinarias. A pesar de ello, estas horas no se reconocen correctamente en muchos casos. De hecho, los trabajadores madrileños (45%) son los que más horas extra realizan sin recibir reconocimiento a cambio por parte de su empresa. La situación de los mismos se ha agravado en el último año a causa de la COVID, según datos de un informe de Infojobs.

Para saber qué se consideran horas extra, que puede ser diferente para cada trabajador, vamos a analizar qué son las horas extra; quién puede realizarlas; si existe obligación por parte del trabajador a llevarlas a cabo o cómo se pagan. Desde USO también te recomendamos que  revises qué dice tu propio convenio colectivo y tu contrato de trabajo. Si tienes cualquier duda, no dudes en consultar a tus delegados.

¿Qué son las horas extra?

El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores indica que:

tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo.

El artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores dispone que la duración de la jornada de trabajo no podrá exceder de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Los convenios y contratos individuales, siempre que respeten la duración máxima legal de la jornada, pueden reducirla.

No contarán como horas extraordinarias el exceso de horas trabajadas para prevenir o reparar daños o siniestros urgentes.

¿Quiénes pueden realizar horas extraordinarias?

Cualquier persona trabajadora, de forma voluntaria, puede realizar horas extraordinarias, salvo que su realización se haya pactado en convenio colectivo o contrato individual de trabajo.

No podrán realizar horas extra:

  • Menores de edad
  • Contratos de ´formación
  • Contratos a tiempo parcial
  • Trabajadores con turnos de horario nocturno
  • Afectados por ERTE de reducción de jornada

¿Cuántas horas extra se pueden hacer al año?

El número de horas extra anuales no puede ser superior a las 80. Excepto para las personas trabajadoras con una jornada inferior a la general en la empresa, cuyo máximo de horas extraordinarias se reducirá en la misma proporción que su jornada.

¿Cómo se remuneran las horas extra?

La remuneración se establece en el convenio colectivo o en el contrato individual, pero en ningún caso puede ser inferior al valor de la hora ordinaria.

También se pueden compensar por tiempos equivalentes de descanso retribuido y, en ausencia de pacto, se entenderá que esas horas extra deben ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.

¿Cómo se computan?

A efectos del cómputo de horas extraordinarias, hay que realizar correctamente el registro diario de jornada y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen a la persona trabajadora en el recibo correspondiente.

El Gobierno aprueba las primeras medidas de la reforma de las pensiones

El Gobierno aprueba las primeras medidas de la reforma de las pensiones

El Gobierno ha dado luz verde, en su segunda vuelta, a la reforma del sistema público de pensiones, que incluye la revalorización con el IPC y medidas para retrasar la jubilación. Se inicia así el trámite parlamentario para su aprobación definitiva.

El Proyecto de Ley de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones supone la modificación del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Con el Proyecto de Ley aprobado ayer por el Consejo de Ministros se pone fin al índice de revalorización de las pensiones, que limitaba su subida anual al 0,25% en situaciones de déficit, y al factor de sostenibilidad, que vinculaba las prestaciones a la esperanza de vida, dos de los aspectos más polémicos de la reforma de las pensiones de 2013.

La reforma de las pensiones se divide en dos plazos, dejando para 2022 las materias más complejas: la implantación generalizada de los planes de pensiones de empresa con adscripción automática del trabajador, abriendo la puerta a la privatización del sistema; la ampliación de la edad de jubilación; la extensión de los 25 a los 35 años para el cálculo de la pensión; el destope de la base máxima de cotización, etc.

Revalorización de las pensiones según el IPC

Con este primer paquete de medidas de reforma del sistema de pensiones, el 1 de enero de cada año se estas se incrementarán de acuerdo con la inflación media anual registrada en el ejercicio anterior. Si el IPC registra tasa en negativo, las pensiones quedarán congeladas.

Con este nuevo mecanismo de revalorización se cumple con la recomendación del Pacto de Toledo para garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y se corrige definitivamente la fórmula introducida en 2013, cuya aplicación está suspendida desde 2018.

En el texto aprobado se incluye también que los pensionistas de Clases Pasivas tengan la misma regulación en este aspecto.

Acercar la edad efectiva a la de jubilación

En esta reforma de las pensiones se incorporan medidas dirigidas a acercar voluntariamente la edad efectiva a la edad ordinaria de jubilación con la revisión de la jubilación anticipada, tanto voluntaria como involuntaria y por razón de la actividad; la jubilación demorada; la jubilación activa y la jubilación forzosa.

En el caso de la jubilación anticipada voluntaria, los coeficientes pasan a ser mensuales, en lugar de trimestrales, con un tratamiento más favorable a las carreras de cotización más largas. Además, los coeficientes reductores por adelantar la edad de jubilación se aplicarán sobre la pensión y no sobre la base reguladora, como se venía haciendo hasta ahora.

Para la jubilación anticipada involuntaria, se establecen también coeficientes reductores mensuales.

Incentivos al retraso en la jubilación

El texto de la reforma de las pensiones recoge la exención de cotizar por contingencias comunes, excepto por incapacidad temporal, a partir del cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación. Además, se refuerzan los incentivos al retraso en la jubilación, que pasan a ser de tres tipos por cada año de demora:

  • Un porcentaje adicional del 4%. Una cantidad a tanto alzado en función de la cuantía de la pensión y premiando las carreras de cotización más largas
  • Combinación de ambas opciones. Estos incentivos de retraso en la jubilación también será aplicables a los pensionistas de clases pasivas.
  • Jubilación forzosa. El proyecto de ley de reforma de las pensiones establece que los convenios colectivos no podrán fijar cláusulas que posibiliten la extinción del contrato antes de que el trabajador cumpla los 68 años. Esta limitación se podrá modificar en algunos sectores, siempre que se incremente la participación de la mujer en ellos.

Por último, para favorecer la permanencia de los trabajadores de más edad en el mercado laboral, se establece una reducción del 75% de las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hubieran cumplido la edad de 62 años.

Refuerzo de la estructura de ingresos y creación de una Agencia Estatal

El texto establece que la Ley de Presupuestos Generales del Estado contemplará anualmente una transferencia del Estado al presupuesto de la Seguridad Social para financiar diversos conceptos que permitan culminar la separación de fuentes en cumplimiento de la recomendación primera del Pacto de Toledo de 2020.

También recoge el compromiso de presentar en un plazo de seis meses un proyecto de ley de creación de la Agencia Estatal de la Seguridad Social.

El empleo vuelve a la turismodependencia con un 84,7% de contratos temporales

El empleo vuelve a la turismodependencia con un 84,7% de contratos temporales

El número de parados en la Comunidad de Madrid ha bajado un 1,09% con respecto al mes de junio, hasta la cifra global de 419.389 personas desempleadas en la región. Se trata de una buena noticia ante la asfixia de muchas economías familiares, pero con datos que no dan pie a la esperanza en cuanto al cambio de modelo productivo y de contratación. En el último año, el desempleo en la región baja un 1,92%, con 8.148 desempleados menos.

“La Comunidad de Madrid, al igual que el resto de España, sigue asentada en la cultura laboral de precariedad y temporalidad. Y, aunque el turismo ha dado un giro interno, nuestra economía sigue siendo absolutamente dependiente de este sector tan volátil y estacional. De hecho, la contratación creció en junio debido a la temporada estival, pero ha descendido un 0,74% en julio», ha señalado la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta.

«Los contratos indefinidos de julio han caído un 10,53% con respecto al mes anterior y los temporales han aumentado un 1,26%. Esta no es la creación de empleo de calidad que necesitamos», explica Iniesta.

Por sectores, el mayor número de contratos en julio se concentró en el sector Servicios, hasta 188.901, seguido por la Industria con 13.331, la Construcción (12.428) y el sector agrícola (933). Por sectores, el que engloba mayor número de parados es el de Servicios, con 328.229, lo que se traduce en 3.120 menos que en junio; seguido de Construcción, con 30.464, que cuenta con 342 parados menos. Por su parte, destaca Industria, con 22.720, lo que supone un total de 477 desempleados menos y Agricultura, con 3.241 desempleados en este sector, lo que se traduce en 72 parados menos. Por su parte, 30.735 vienen del grupo de sin empleo anterior, es decir, 549 personas menos que junio.

«Tampoco debemos obviar que, tal y como sucede con todas las crisis, las mujeres siguen siendo las grandes perjudicadas. De la cifra total de desempleados en la Comunidad de Madrid, 170.936 son hombres y 244.453 son mujeres», señala Iniesta. Además, 32.912 desempleados de la región tienen menos de 25 años, de los cuales 16.977 son hombres y 15.935 son mujeres.

Un 91% de contratos temporales en julio en España

A nivel nacional, el número de parados bajó en 197.841 desempleados en julio (-5,47%). La contratación ha crecido, como cada verano, pero los contratos indefinidos ya han caído en número y porcentaje con respecto a junio. Solo el 9% de los firmados el mes pasado fueron indefinidos”, apunta Laura Estévez, secretaria de Comunicación y Estudios Sindicales de USO.

Ahondando más en la cifra, “un tercio de estos indefinidos han sido conversiones, no contrataciones. Y, además, la cuarta parte han sido contratados para una jornada parcial. Entre las conversiones, sigue teniendo un gran peso la labor sancionadora de Inspección: casi la totalidad procedía de contratos de obra y servicio, o por circunstancias de la producción. Normalmente, indefinidos estructurales tras una falsa temporalidad”, apunta Estévez.

También entre los temporales hay un importante peso de las jornadas parciales, cercano al 40%. “Hay una cifra que delata claramente la precariedad de los puestos de trabajo que se crean, y es la de demandantes de empleo. Ahí, nos elevamos hasta los 6 millones de personas. De ellas, 2 millones están ocupadas, bien sea en ERTE o trabajando. A pesar de eso, buscan otro empleo”, señala la secretaria de Comunicación y Estudios Sindicales de USO.

“Estamos cerca de los niveles previos a la pandemia, y eso, en números brutos, es una buena tendencia. Pero el trabajo antes de la pandemia ya era de mala calidad, volver a lo mismo no puede ser la meta. El otoño nos dirá si hemos aprendido algo de cómo orientar nuestro sistema productivo, pero el verano, por el momento, sigue pecando de inestabilidad laboral y turismodependencia. La apuesta tecnológica e industrial continúa solo en los papeles y, al contrario, estamos asistiendo a amenazas de cierres y ERE”, concluye Estévez.

El número de parados en la Comunidad de Madrid aumentó un 0,55% en el segundo trimestre

El número de parados en la Comunidad de Madrid aumentó un 0,55% en el segundo trimestre

El número de parados en la Comunidad de Madrid aumentó un 0,55% en el segundo trimestre de 2021 con respecto al mismo período del año anterior (en plena crisis del coronavirus), con un total de 2.400 desempleados más.

La Encuesta de Población Activa (EPA), del Instituto Nacional de Estadística (INE), publicada este jueves recoge que el número total de parados se sitúa en 429.800 personas. Apenas hay variación en la autonomía en comparación con el primer trimestre del año, lo que se refleja con solo una subida del número de parados del 0,01%.

En cuanto a los ocupados, en la región hay un 0,52% más que en el primer trimestre, lo que se traduce en 16.200 personas, y un 161.500 más que en el segundo trimestre del año anterior (5,45% más).

La Comunidad de Madrid cerró el segundo trimestre con 3.124.100 ocupados, situándose la tasa de actividad en el 63,64%. De estos, 1.582.800 son hombres y 1.541.300 mujeres. En cuanto a los parados, de los 429.800 del segundo trimestre, 203.900 son hombres y 225.900 mujeres.

A nivel nacional, el paro bajó en 110.100 personas entre abril y junio de este año, lo que supone un 3% menos que en el trimestre anterior, y después de que el año pasado sumase 55.000 parados en este trimestre por la llegada del Covid.

En todo el territorio la ocupación aumentó en 464.900 puestos de trabajo entre abril y junio (+2,4%), frente al descenso de más de un millón de personas que se registró hace un año por la pandemia.

Por comunidades, en este trimestre los mayores aumentos se dan en Andalucía (102.400 más), Baleares (60.300) y Comunidad Valenciana (55.100). En términos relativos, las comunidades con mayor aumento trimestral del empleo son Baleares (12,01%), Extremadura (7,59%) y Región de Murcia (5,83%).

España, entre los peores países de la Unión Europea en trabajo decente

España, entre los peores países de la Unión Europea en trabajo decente

La Confederación Europea de Sindicatos (CES) sitúa a España a la cola del trabajo decente en Europa. Un índice sobre el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 8 establece que España es el quinto país por la cola. Con 97.1, solo estamos por delante de Italia (94.8), Bulgaria (94.7), Rumanía (90.8) y Grecia (89.7). El índice ha sido elaborado por la Confederación Europea de Sindicatos y la Alianza Italiana por el Desarrollo Sostenible.

Los resultados reflejan el grave impacto que tuvieron, en materia de bienestar económico, calidad del empleo y vulnerabilidad laboral, las políticas adoptadas tras la anterior crisis de 2008. A pesar de la recuperación en cantidad de empleo de los últimos años, el índice sigue situando a España muy por detrás de otros países europeos como Francia, Alemania o Bélgica.

USO considera que urge poner fin a las malas condiciones en el trabajo a través de medidas como el aumento del SMI hasta llegar al menos al 60% del salario medio; una nueva reforma laboral que acabe con la precariedad y la temporalidad, incluyendo las nuevas realidades laborales del siglo XXI; o poner fin a la siniestralidad laboral, que ha experimentado un preocupante ascenso en el último año.

El trabajo decente en Europa, a examen

El índice recopila los datos entre 2010 y 2019, y estudia el estado del trabajo decente a través de tres áreas: bienestar económico, calidad del empleo y vulnerabilidad laboral. Cada área cuenta con varios indicadores que sirven para medir la puntuación obtenida.

Así, para el área de bienestar económico se ha medido el porcentaje de población de entre 30 y 34 años con educación superior, el porcentaje de trabajadores pobres o el porcentaje del presupuesto del Estado destinado a la educación y a la sanidad, entre otros. España aquí presenta una puntuación de 96.5, también muy por detrás de otros países de Europa occidental, como Francia, que tiene 112, o los Países Bajos, con 110.8.

En cuanto a la calidad del empleo, se han empleado indicadores como la tasa de empleo, el porcentaje de cobertura de la negociación colectiva, la participación de las rentas del trabajo en el porcentaje del PIB o la tasa de empleo de los graduados recientemente (jóvenes de 20 a 34 años). En esta área, España mejora su puntuación con respecto a las otras dos, obteniendo 100.5. Se sitúa por delante de países como Irlanda (94.2) o Portugal (99.4).

Por último, en vulnerabilidad laboral es donde España saca la peor puntuación (94.4). Esta se ha medido a través de indicadores que incluyen el porcentaje de contratos temporales y de contratos a tiempo parcial; de jóvenes entre 15 y 29 años que no tienen un empleo ni se hallan formándose; o el número de personas que han muerto en accidentes de trabajo por cada 100.000 habitantes.

La diferencia con países como Alemania es de más de diez puntos (Alemania 105.7), aunque España se sitúa por delante de Grecia (91.3) o Italia (92.2), que también sufrieron duros ajustes y recortes en derechos durante la anterior crisis.

Un paso atrás para interinos y temporales en fraude de ley en la Administración

Un paso atrás para interinos y temporales en fraude de ley en la Administración

El Gobierno ha cerrado con “sus” sindicatos un acuerdo en el último minuto de la prórroga para pasar el examen parcial de Bruselas, pero que no va al fondo del problema estructural de la Administración y sus plantillas, tanto personal funcionario como interinos y otro personal temporal en fraude de ley. El acuerdo, que fía la estabilización a los concursos-oposición y a la aplicación de despidos procedentes, penaliza a los trabajadores y exime de toda culpa al empresario, a la Administración.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea y la propia Bruselas, para el reparto de fondos de recuperación, tienen la temporalidad del empleo público en España en el punto de mira. El plazo para ese acuerdo expiraba ayer, toda vez que hoy se celebra el Consejo de Ministros que debe darle la bendición antes de enviarlo a la capital comunitaria.

Tras años de mirar para otro lado y dejar que la bola se fuera haciendo mayor, el acuerdo se resolvió con urgencia y poca originalidad: concursos-oposición.

En qué consiste el acuerdo para reducir la temporalidad en la Administración

El acuerdo se centra en los siguientes puntos, que, en resumen, sitúan el pago de las responsabilidades en los trabajadores:

  • Por un lado, establece la duración máxima de un contrato temporal en tres años.
  • Por otro, lo establece con efectos retroactivos: deberán regularizarse como plazas fijas aquellos puestos que hayan estado ocupados durante tres años o más hasta el 31 de diciembre de 2020. El Gobierno calcula que son en torno a 300.000 plazas. Desde FAC-USO defienden que hay al menos 800.000 casos de temporalidad abusiva y que podrían ser incluso cerca de un millón. La opacidad en los datos administrativos impide un censo fehaciente.
  • La estabilización se haría por medio de ofertas de empleo público masivas donde la parte de méritos alcanzaría el 40% de la valoración, una vez aprobado el examen común. Este proceso se extendería hasta 2024.
  • La Administración aplicará un despido objetivo a todos aquellos interinos que han ocupado esos puestos y no consigan la plaza en los concurso. Es decir, la Administración contrata en fraude de ley, los contratados pagan con su puesto de trabajo y la Administración solo le cambia el DNI a la plaza.
  • Cada interino o temporal en fraude de ley recibirá una compensación de 20 días por año trabajado hasta un máximo de 12 mensualidades. La Administración perpetrará así el mayor despido colectivo de la historia de España, amparado en la Reforma Laboral que promete aligerar en esos artículos más lesivos que tan oportunos le resultan cuando actúa como patronal.
  • El interino o temporal, eso sí, accederá a nueva “bolsa de empleo” gracias a la cual podrá ser de nuevo… interino o temporal.

La Administración, sin responsabilidades

Indemnizaciones irrisorias para personas que han llegado a estar 25 años en su puesto de trabajo, pero indemnidad para las Administraciones. En similar situación, cualquier empresa privada recibiría amonestaciones y multas de mayor o menor cuantía. La Administración, sin embargo, con casi un millón de trabajadores en situación irregular o fraudulenta, no recibirá ningún tipo de sanción por haber abusado de la temporalidad tan irresponsablemente.

El TJUE obliga a imponer sanciones y medidas disuasorias para que no se repita esta situación, pero el acuerdo entre Administración y sindicatos pasa de puntillas por este tema, y solo refleja a futuro qué supondrá para aquellas que reincidan en el comportamiento. Ni mención a los causantes de la situación actual.

Al contrario, la única responsable, la Administración, se dedica a enfrentar a temporales e interinos con los opositores aspirantes al turno libre; ambos colectivos en su legítimo derecho de ambicionar un puesto de trabajo al que le han dedicado tiempo y esfuerzo.

Un acuerdo de interinos y temporales que repite los mismos errores interesados

“Este pacto pone de relieve el fracaso de los anteriores acuerdos, 2017/2018. Lejos de solventar el problema de temporalidad, cae en los mismos errores interesados. Y se olvida de otras soluciones, que ya figuran en el EBEP, como el concurso extraordinario de méritos, en su artículo 61. U otras más imaginativas, como reconocer como plazas a extinguir las que ocupan todos los empleados públicos que pudieran estar en fraude de ley o situación de abusividad, como lo define el TJUE”, arguye Luis Deleito, secretario general de FAC-USO.

Por ello, desde FAC-USO “le pedimos al Gobierno una apuesta real por la fijeza de los trabajadores temporales en fraude de ley. Algunos han dedicado toda su vida laboral a esta Administración que ahora los menosprecia y ningunea”. Deleito advierte, además, que “seguiremos buscando todos los resquicios legales para defender ante juzgados, tribunales e instituciones europeas estos casos abusivos”.

Por último, el secretario general de la Federación de Atención a la Ciudadanía de USO lamenta que “tras estos macroprocesos selectivos, hay un último interés de los firmantes: frotarse las manos con los cursos de formación que estas personas van a verse obligados a sumar para las baremaciones”.