Las empleadas de hogar tienen derecho a estar de baja médica y, al igual que el resto de trabajadores, también tienen derecho a percibir una prestación económica durante el tiempo en el que se encuentren incapacitadas para trabajar. El salario que perciben durante la baja laboral depende del motivo que ha causado esa baja.

Contingencias comunes

Incluye aquellas enfermedades ajenas al puesto de trabajo o los accidentes no laborales. En estos casos:

  • Los tres primeros días no se cobra nada
  • Del cuarto al octavo día, lo paga la persona empleadora y se cobra el 60% de la Base Diaria de Cotización (BDC). Esta cifra se obtiene tras dividir entre 30 la base de cotización, que es el salario global mensual de un trabajador (en bruto, no lo que percibe neto en el ingreso de su sueldo), incluidas las horas extra, las pagas extra prorrateadas y las vacaciones retribuidas y no disfrutadas si las hubiera.
  • A partir del noveno día, lo paga la Seguridad Social y se cobra el 60% de la BDC.
  • A partir del 21º día, lo paga la Seguridad Social y se cobra el 75% de la BDC.
  • En caso de recaída por la misma enfermedad, si entre las dos bajas no pasan más de 6 meses, la segunda baja se cogerá desde el primer día.

 

Contingencias profesionales

Se trata de aquellas bajas provocadas por un accidente de trabajo.

  • El día del accidente se percibe el salario íntegro.
  • Desde el día siguiente al accidente se cobra el 75% de la BDC. Lo paga la Seguridad Social o la mutua (en el caso de que el empleador haya contratado una).

 

Guía para las empleadas de hogar

USO-Madrid pone a disposición de las empleadas de hogar una guía en la que se recogen los derechos laborales de este colectivo y en el que se dan respuesta de manera sencilla a esta y otras cuestiones como las retribuciones tras la modificación del Salario Mínimo Interprofesional, la contratación o el régimen de trabajadora interna. Esta guía, financiada por el Ministerio de Trabajo y el Fondo Social Europeo está a disposición de todo aquel que la solicite en nuestras oficinas situadas en la calle Vallehermoso, 78 – 4ª planta, 28015 (Madrid).