Las trabajadoras de hogar y de cuidados denuncian que el cambio de bases de cotización a la Seguridad Social aprobadas por el gobierno de Pedro Sánchez fomentarán el trabajo en negro. Esto supone más precariedad y un retroceso en el reconocimiento de sus derechos laborales.
Casi medio centenar de organizaciones de trabajadoras de hogar y de cuidados, entre las que se encuentra USO-Madrid, han firmado un manifiesto en el que exigimos la equiparación de derechos y protección social con el resto de los trabajadores. También reclamamos el reconocimiento pleno en el Estatuto de los Trabajadores e integración completa en el Régimen General de la Seguridad Social.
La injusticia de los nuevos tramos
La aprobación del Real Decreto-Ley 28/2018, de 29 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, supone un aumento de los tramos de cotización que agudizarán las dificultades que ya padece este sector:
Se incrementa la base del tramo 1, el más bajo, hasta 206 € al mes. La base mínima anterior
también era demasiado elevada y sabemos qué consecuencias ha tenido: la mayoría de las
trabajadoras con contrato de pocas horas no están dadas de alta en la Seguridad Social porque
salario y cuota a pagar no guardan una proporción adecuada. Ahora, la resistencia de la parte
empleadora a dar de alta será todavía mayor.
Los tramos intermedios, del 2 al 9, se han organizado de tal manera que se incentiva que los empleadores, para pagar menos cuota, declaren salarios inferiores a los reales. Pero además, se
repetirá lo que sucedía con los tramos anteriores: al pasar de año y modificarse el importe de los
tramos, muchas trabajadoras van a cotizar por bases inferiores a las que tenían en 2018, a pesar
de mantener el mismo salario.
Es en el último tramo, a partir de los 1.294,01€ al mes, incluida prorrata de pagas
extraordinarias, en el que se establece la cotización por salarios reales. Sin embargo, si no se
pone en marcha un plan urgente, amplio y serio, para obtener la información sobre salarios y jornadas reales, no será posible garantizar su aplicación efectiva. Tendrían que adoptarse medidas para que la parte empleadora pueda cotizar por salarios reales con la ayuda de la Administración. Por otro lado, a las trabajadoras de hogar se nos deja solas frente a la parte empleadora en la exigencia del alta en la Seguridad Social y en el cumplimiento de la legalidad a la hora de cotizar. El Gobierno actual no nos tiene en cuenta para las campañas de la Inspección de Trabajo que controlan el fraude en otros sectores: nuestros derechos no parecen importar.
Esta modificación de tramos, por tanto, no mejorará en lo sustancial la situación de las trabajadoras, pero supondrá nuevos costes para la parte empleadora y multiplicará, con toda probabilidad, los trabajos no declarados en un sector que ya cuenta con una alta irregularidad (más de un tercio de los empleos actuales) y con ello, la precariedad y el no reconocimiento de derechos.
Tres exigencias para evitar abusos
Las organizaciones firmantes exigimos:
Equiparación, sin más demoras, de derechos laborales y protección social para las trabajadoras de hogar y de cuidados (incluida la prestación por desempleo, la cotización par salarios reales e iguales condiciones para el cálculo de las pensiones), con reconocimiento pleno en el Estatuto de los Trabajadores e integración completa en el Régimen General de la Seguridad Social.
Ratificación del Convenios 189 de la OIT sobre trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos, acompañada de la incorporación efectiva en la normativa interna, estableciendo plazos concretos de aplicación y la dotación presupuestaria necesaria para que pueda implementarse.
Políticas públicas de cuidados que garanticen la cobertura universal con criterios de equidad y redistribución de los tiempos de vida laboral y personal. En este sentido, medidas concretas para integrar los costes de los cuidados en el domicilio como prestaciones del sistema público de atención a la dependencia.
Falta voluntad política
En el año 2011, se aprobó la incorporación del Empleo de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, pero se mantuvo como sistema especial. Se asumió el compromiso de ir regulando cuestiones pendientes hasta alcanzar la equiparación plena con el conjunto de trabajadores/as. Hoy seguimos esperando. Falta voluntad política para mejorar las condiciones de este sector.
En ese momento, se excluyó el reconocimiento de la prestación por desempleo y se aplazó hasta enero de 2019 alcanzar los mismos criterios en el cálculo de las pensiones (actualmente, los periodos no cotizados en Empleo de hogar no se contabilizan, como sí se hace en el resto de sectores del régimen general). Para esa fecha también se sustituiría el sistema de cotización a la Seguridad Social por tramos salariales por el de la cotización por salarios reales.
La enmienda 6777
Después de siete años, el Partido Popular, con la enmienda 6777, aplazó ambas medidas en cinco años más, hasta 2024. Las organizaciones firmantes del manifiesto nos opusimos a esa enmienda introducida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 y que retrasaba el reconocimiento de derechos y protección social de las trabajadoras de hogar y de cuidados.
Y ahora, el PSOE, con el Real Decreto 28/2018, mantiene el retraso en el reconocimiento de derechos aunque lo adelanta a enero de 2021, y aprueba para 2019 un sistema de tramos de cotización que sólo va a incrementar las dificultades del sector.
Mañana, 17 de enero, a las 11:30, la Mesa Estatal por el Blindaje de las Pensiones (MERP), de la que USO es miembro fundador, llevará el debate del blindaje constitucional de las pensiones al Congreso de los Diputados.
El acto, que se celebrará en la sala Ernest Lluch, reunirá a unas 200 personas, representando a más de 80 organizaciones de la MERP, que participarán en el debate en el que podrán preguntar o transmitir sus inquietudes a los portavoces del Pacto de Toledo. Por parte del PP, lo hará Gerardo Camps; por el PSOE, Artemi Rallo; por Ciudadanos, Sergio del Campo; por Unidos Podemos, Aina Vidal, y en representación de Compromís, Ignasi Candela.
USO, que forma parte de la portavocía de la MERP, estará representada por Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral, que ejercerá de presentadora y moderadora, y Pablo Trapero, responsable confederal de Juventud USO, junto a una delegación de catorce personas de USO Madrid y de la Asociación de Jubilados y Pensionistas de la USO (AJUPE-USO).
Paralelamente al debate, en más de una veintena de ciudades se pondrán mesas de firmas para seguir exigiendo el blindaje de las pensiones en la Constitución y conseguir el objetivo de dos millones de firmas de apoyo de la ciudadanía. USO estará presente en las mesas de Oviedo, Bilbao, Zaragoza, Barcelona, Valencia, Murcia, Tenerife, Las Palmas, Mallorca, Santander y Aranda de Duero (Burgos).
A lo largo de este año tendremos una subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), también han aumentado de las bases mínimas y máximas de cotización a la Seguridad Social, existen nuevas medidas para evitar la proliferación de falsos autónomos y los convenios colectivos podrán volver a regular la jubilación forzosa… En este documento elaborado por el Gabinete de Estudios de USO te resumimos los principales cambios socio-laborales que afrontaremos este año.
Estos cambios se introdujeron tras la aprobación por parte del Consejo de Ministros de dos normas:
Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019.
Real Decreto-Ley 28/2018, de 29 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
El SMI se incrementa un 22,3% en 2019
El salario mínimo interprofesional para 2019 queda fijado en 12.600 euros al año, lo que equivale a 900 euros al mes (14 pagas) o 1.050 euros al mes (12 pagas). Esta cuantía representa un incremento del 22,3% respecto al salario mínimo vigente en 2018, que ascendía a 10.302,60 euros al año, lo que suponía 735,9 euros mes (14 pagas) o 858,55 euros al mes (12 pagas).
Las nuevas cuantías del SMI aprobadas no serán de aplicación a los convenios colectivos vigentes, a la fecha de entrada en vigor del mismo, que utilicen el salario mínimo interprofesional como referencia para determinar la cuantía o el incremento del salario base o de complementos salariales.
Aumento de las bases mínimas y máximas de cotización a la Seguridad Social
Las bases mínimas de cotización a la Seguridad Social se incrementan en 2019 en línea con el aumento del SMI, un 22,3%, y quedan fijadas en 1.050 euros mensuales. En el caso de las bases máximas, se produce un crecimiento de un 7%, lo que las eleva hasta 4.070,10 euros al mes.
Aumento del recargo en cotizaciones para los contratos temporales de muy corta duración
La nueva normativa incrementa el recargo que se establecía en la cuota de contingencias comunes en los contratos de muy corta duración, igual o inferior a 5 días, incluyendo a los de interinidad. Dicho recargo pasa del 36% al 40%.
Desaparición de los contratos e incentivos vinculados a una tasa de paro superior al 15%
La disposición transitoria novena de la Ley 3/2012 de 6 de julio y la disposición transitoria primera de la Ley 11/2013 crearon una serie de contratos e incentivos a la contratación vinculados a que la tasa de paro se mantuviera por encima del 15%.
En el tercer trimestre de 2018 la tasa de paro en España bajó al 14,55%, por lo que el Gobierno ha tomado la decisión de suprimir todos los incentivos y contratos establecidos por dichas normas. Estos contratos e incentivos afectados por la eliminación son los siguientes:
El contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores
Incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa
Incentivos a la contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos
Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven
Contrato Primer empleo joven
Incentivos a los contratos en prácticas.
Contratos para la formación y el aprendizaje con trabajadores ≥ 25 años y < 30 años
Adicionalmente, desaparece también la bonificación por conversión en indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje celebrados con jóvenes beneficiarios de la ayuda económica de acompañamiento.
El Real Decreto-Ley que elimina los contratos e incentivos considera, no obstante, que aquellos contratos en vigor que se estén beneficiando de las medidas las podrán seguir aplicando hasta su finalización. Por tanto, solo se verán afectados los nuevos contratos firmados a partir del 1 de enero de 2019, que no se podrán beneficiar de los incentivos existentes hasta 2018.
Las prácticas no laborales no remuneradas también cotizarán a la Seguridad Social
Las empresas tendrán que cotizar también por las prácticas no remuneradas. Antes de esta medida las empresas solo tenían obligación de cotizar por las prácticas remuneradas, pero en virtud de esta nueva norma las empresas y entidades en las que se desarrollen prácticas formativas no laborales incluidas en programas de formación y prácticas académicas externas al amparo de la respectiva regulación legal y reglamentaria estarán obligadas a dar de alta en Seguridad Social al alumno y cotizar por él salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que hayan suscrito se indique se encargará el centro educativo. Esta medida entrará en vigor una vez el gobierno apruebe el reglamento de desarrollo, para lo cual dispondrá de tres meses desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley.
Suspensión del sistema de incentivos para la reducción de la siniestralidad previsto en el Real Decreto 231/2017, de 10 de marzo
Para las cotizaciones que se generen en el 2019 se suspende la aplicación del sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral, esta suspensión continuará hasta que el Gobierno reforme el citado real decreto, lo que deberá hacer a lo largo del 2019.
Supresión del régimen de colaboración voluntaria con la Seguridad Social para las empresas que estuvieran acogidas a esta modalidad
Las empresas que, a 31 de diciembre de 2018, estuvieran acogidas a la modalidad de colaboración regulada en el artículo 102.1.b) del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, cesarán en dicha colaboración con efectos de 31 de marzo de 2019, debiendo proceder, en el plazo de los 3 meses siguientes al cese, a efectuar la liquidación de las operaciones relativas a la colaboración, de conformidad con lo establecido en los artículos 14 y 15 quater de la Orden de 25 de noviembre de 1966, por la que se regula la colaboración de las empresas en el Régimen General de la Seguridad Social, aunque estas empresas deberán tener en cuenta que seguirán siendo responsables del pago de los procesos de incapacidad temporal derivados de enfermedad común y accidente no laboral que se hallen en curso a la fecha de cese hasta su agotamiento por causa legal o reglamentaria, sin posibilidad de compensación de tales importes en las correspondientes liquidaciones de las cotizaciones a la Seguridad Social.
Las empresas afectadas podrán optar por formalizar la cobertura de la prestación económica por IT derivada de contingencias comunes con una Mutua, debiendo ejercitar dicha opción antes del 1 de abril de 2019.
Nueva infracción en materia de seguridad social para evitar los falsos autónomos
Se tipifica como infracción grave sancionable con multa de 3.126 a 10.000 euros el que la empresa comunique la baja en Seguridad Social de un trabajador por cuenta ajena si luego éste continúa la misma actividad laboral o idéntica prestación de servicios para la empresa como trabajador autónomo de forma indebida. Se considerará una infracción por cada uno de los trabajadores afectados.
Los convenios colectivos podrán volver a regular la jubilación forzosa como medida de fomento de empleo
Los convenios colectivos podrán establecer cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento por parte del trabajador de la edad legal de jubilación fijada en la normativa de Seguridad Social, siempre que el trabajador afectado cumpla los requisitos exigidos por la normativa de Seguridad Social para tener derecho a la pensión completa de jubilación en su modalidad contributiva y la medida vaya dirigida a objetivos coherentes de política de empleo recogidos en el convenio.
El delegado de USO en Ferrovial Servicios, Luis Miguel González Zavala, y el director del Gabinete Estudios Sindicales de USO, José Luis Fernández Santillana, han analizado la precarización del mercado laboral tras la crisis económica en el programa especial informativo “Nuevos Esclavos” presentado por el periodista, Xavier Horcajo.
Las condiciones laborales se han precarizado en sectores con sueldos ínfimos y jornadas interminables, ha denunciado González Zavala. También ha explicado el caso de la gente joven que entra en Ferrovial “de eventual, con una reducción de jornada” y que a fin de mes “están realizando la misma o incluso más horas del que está contratado por el 100% de la jornada”.
La situación afecta a las dietas «insuficientes” para todos los viajes que deben realizar los empleados de Ferrovial. También afectan a las jornadas de descanso, ha afirmado González Zavala, porque “te recortan el sueldo y para poder malvivir hay que trabajar los días libres” y ha añadido, “si fuésemos contratados directamente por Renfe, sería diferente”.
Por su parte, Fernández Santillana, ha señalado que “se puede externalizar un servicio para mejorar su calidad” pero, ha añadido, “al final parece que sólo se intenta mejorar el beneficio a costa de gente que trabaja más horas, con peor salario, menos horas de descanso y una situación de completa inestabilidad”.
González Zavala también ha denunciado un incremento desproporcionado de las cargas de trabajo y estrés que eso conlleva: “Tenemos que hacer las mismas tareas que antes, pero con menos personas. En los últimos cinco años, las cargas de trabajo han aumentado entre un 30 y un 40%).
USO-Madrid denuncia que la empresa Orange está despidiendo a trabajadores de más de 40 años de forma constante con el objetivo de rejuvenecer la empresa y precarizar las condiciones salariales.
En el último mes, la Dirección ha prescindido de seis trabajadores con un promedio de más de 11 años de antigüedad y una edad media superior a los 48 años. Los seis despidos se suman a la treintena que Orange ha ejecutado a lo largo de este año dentro de su estrategia de rejuvenecer la plantilla.
A pesar de que los nuevos contratos firmados son indefinidos, las condiciones salariales de los nuevos trabajadores son peores, concretamente la cantidad mínima de las tablas salariales pactadas en el convenio.
Por ese motivo, desde USO denunciamos que Orange está precarizando las condiciones de sus empleados a costa de sacrificar a trabajadores competentes y experimentados. Su situación nos resulta dolorosa en esta época navideña y previa a la cuesta de enero, especialmente teniendo en cuenta que su reincorporación al mercado laboral podría complicarse debido a su edad.
Esta estrategia de despidos de plantilla senior resulta alarmante si tenemos en cuenta que Orange España ha registrado unos ingresos de 2.634 millones de euros en el primer semestre de 2018, un 3% más que en junio del año anterior, manteniendo así la tendencia positiva que la compañía experimenta desde 2011, según afirma la propia empresa en su blog corporativo.
También destacamos que los seis últimos despidos se produjeron unos días antes de la constitución de la mesa negociadora del nuevo convenio colectivo, lo que podría suponer un intento de represión sindical por parte de la empresa.
El paro registrado en la Comunidad de Madrid ha bajado en noviembre un 1,68% con respecto a octubre, con 5.921 parados menos. Se rompe la tendencia de los últimos dos años, cuando se registraron subidas del paro en el mes de noviembre.
Con respecto a la Seguridad Social, se ha ganado un total de 26.482 afiliados, lo que supone un incremento del 0,84%. La cifra contrasta con el dato a nivel nacional, que sitúa la pérdida de afiliados a la Seguridad Social en un 0,25%.
Destaca también el hecho de que la bajada de empleo se da en su mayoría entre el colectivo sin empleo anterior, especialmente entre los menores de 25 años: “Lo que podría ser una buena noticia, de medidas concretas para los colectivos más vulnerables se llama sin embargo ‘empleos-basura’ creados por el ‘Black-Friday’”, apunta Laura Estévez, secretaria de Comunicación y Estudios Sindicales de USO.
Basta con comparar la evolución del paro con los nuevos contratos. En la Comunidad de Madrid se han firmado 243.155 contratos laborales durante el mes de noviembre, pero sólo hay 5.921 parados menos.
Del total de contratos, 43.364 fueron indefinidos (un 17,83%) y los temporales sumaron 199.791 (un 82,17%): “Esto explica por qué muchos de los jóvenes y personas sin ningún empleo desaparecen de las listas del paro, pero a final de mes nos encontramos con destrucción de puestos de trabajo atendiendo a los realmente ocupados: se firman contratos, pero no se crea empleo”, afirma Estévez.
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