28 abril: Campaña USO “Mismos riesgos, diferentes consecuencias”

28 abril: Campaña USO “Mismos riesgos, diferentes consecuencias”

Desde la USO, defendemos que tanto la edad como el género son factores diferenciadores y se deben integrar a lo largo de toda la acción preventiva de las empresas. Por eso, para este 28 de Abril del 2024, Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo, hemos lanzado la campaña “Mismo riesgo, diferentes consecuencias”

 

 

 

18 abril: Pegada virtual

 

19 abril

En 2023, murieron 721 trabajadores, 2 al día, en #AT (accidentes de trabajo) o ‘in itinere’: 1.194.907 accidentes laborales: las principales causas están el sobreesfuerzo físico y los golpes contra objetos, causas evitables si se adoptan medidas.

 

20 abril

Cada año, crecen los accidentes in itinere, un 7% con respecto a 2022, con 140 muertes y 947 accidentes graves. ¿Causas? Ausencia de Planes de Movilidad, horarios y ritmos de trabajo insostenibles, ansiedad y la presión para conciliar la vida personal.

 

21 abril

Los hombres sufren más AT que las mujeres, al ocupar de manera mayoritaria los sectores con mayor índice de siniestralidad. Las mujeres sufren más #EP (enfermedades profesionales) que los hombres, que están infradeclaradas y, en muchos casos, consideradas contingencia común.

 

 

22 abril

Las EP aumentan un 15%. USO reclama que se reforme y actualice el RD 1299/2006, que se valore la enfermedad como exposición a uno o varios riesgos presentes en el entorno laboral independientemente de la profesión que se desempeñe.

 

23 Abril

Las personas trabajadoras más jóvenes (16 a 34 años), por desconocimiento de las tareas, falta de experiencia y formación, pueden no ser conscientes de los riesgos presentes en el entorno laboral.

 

24 abril

Las mujeres no cuentan con el mismo nivel de protección que los hombres en cuanto a #EPI (Equipos de Protección Individual), ya que no están diseñados para el cuerpo de la mujer o no existen tallas. Hay que adaptar la #PRL (Protección de Riesgos Laborales) a la persona.

 

25 abril

Las estadísticas de siniestralidad revelan que los trabajadores de 35 a 54 años son los que más sufren AT leves como consecuencia del exceso de confianza, debido a la experiencia, en las tareas a realizar.

 

26 abril

El análisis de los riesgos se realiza con visión uniforme y masculinizada, no se tiene en cuenta cómo afectan a las mujeres. Los riesgos químicos, debido a las diferencias biológicas, son un ejemplo de que “Mismo riesgo, diferentes consecuencias”. #PerspectivaDeGenero

 

27 abril

Los trabajadores de más edad sufren más desgaste que los jóvenes, la respuesta del cuerpo es diferente en idénticas condiciones. Pueden tener menos de agudeza visual, auditiva o perdida de reflejos. Hay que adaptar el trabajo a la persona.

 

28 abril

Las mujeres, al tener la doble presencia en ámbito laboral y el doméstico, tienen mayor riesgo de sufrir estrés. Además, están más expuestas a la intimidación y el acoso sexual en el trabajo.

 

#28Abril
#MismoRiesgoDiferentesConsecuencias

Aquí puedes leer el MANIFIESTO completo

Los nuevos EPI para trabajar con temperaturas altas

Los nuevos EPI para trabajar con temperaturas altas

Trabajar con calor en verano puede ser complicado, especialmente si no se cuenta con un EPI específico. Desde USO os recordamos que el cuerpo necesita entre 5 y 7 días para adaptarse a temperaturas más altas y poder afrontar el calor en el trabajo. El primer día de trabajo en entornos calurosos tendremos más tensión y aflicción que el segundo y posteriores, debido a que la temperatura del cuerpo, el número de pulsaciones y la incomodidad en general aumentan notablemente. Una vez transcurra ese plazo de adaptación, tampoco debemos confiarnos, aunque notemos menos agobio o tensión.

Este año, nos vamos a referir a la obligación de portar equipos de protección individual, ya que se tienen más probabilidades de sufrir estrés térmico. Explicamos en qué consiste, a qué síntomas debemos estar atentos y cómo prevenirlo.

Es necesario determinar la ropa de trabajo adecuada a la temperatura en la que se va a desarrollar el trabajo y los EPI que han de proteger de los riesgos inherentes a la actividad. En este sentido, la prenda laboral debe prestar especial atención a su aislamiento térmico, a la refrigeración por evaporación del sudor y la protección ante quemaduras.

Chalecos refrigerantes: uno de los últimos avances para la temperatura corporal

Un grupo de investigadores del Centro Médico de la Universidad de Radboud, en los Países Bajos, ha probado unos chalecos refrigerantes, originalmente diseñados para deportistas de élite, en el personal de enfermería que realiza turnos largos en las salas de pacientes covid con EPI.

Los chalecos se almacenan en un refrigerador antes de uso y se ponen a disposición del personal de las salas a través de una nevera portátil. Cuentan con 36 bolsillos que contienen un material almacenado en carcasas de poliuretano termoplástico.

El personal utiliza los chalecos sobre su uniforme, pero debajo de los equipos de protección. Su efecto sobre la temperatura corporal es mínimo, pero las participantes en el ensayo reportaron frecuencias cardiacas más bajas mientras trabajaban, lo que sugiere un descenso de los niveles de estrés. Estos chalecos se podrían utilizar en puestos donde el estrés térmico es habitual durante todo el año u ocasionalmente en verano.

Avances en calzado y guantes refrescantes

En el calzado de seguridad, también ha habido avances. Se han diseñado plantillas para la recirculación del aire. Al andar, la presión sobre el talón empuja el aire hacia delante, eliminando la humedad. El aire caliente y húmedo es empujado hacia delante, eliminando el calor interno y manteniendo el pie seco. De igual forma, la utilización de una puntera no metálica más ligera, elástica, amagnética y termoaislante, puede garantizar un mayor confort térmico.

En cuanto a los guantes, se han desarrollado soluciones que permiten una mejor ventilación. En las manos poseemos un 83% más de glándulas sudoríparas que en otras partes del cuerpo. Pero el incremento de la temperatura dentro de este guante hace que se libere un agente para mantener la mano seca y fresca. Este agente no actúa sobre la termorregulación corporal.

Hay personas que necesitan usar durante todo o parte del tiempo de trabajo una faja guardaespaldas. Estas tienen como característica general incrementar el calor en la zona para prevenir lesiones lumbares. Han de ser de material transpirable y, en verano, sin tirantes, para no provocar mayor incomodidad térmica. Se deben usar solo cuando la tarea lo precise: por ejemplo, en la manipulación de cargas, pero quitándosela cuando se realice el conteo.

EPI en la cabeza: diseños para disminuir el calor

Para cuando es necesario el uso simultáneo de casco y protección ocular, sobre todo para personas que utilizan gafas graduadas, se han desarrollado cascos que integran la protección ocular y que pueden provocar menor malestar térmico. Las gafas graduadas permanecen cubiertas por la pantalla de protección sin perder su capacidad correctora. Incluso han llegado a innovar cascos que aúnan protección respiratoria, ocular, térmica y auditiva, lo cual aumenta considerablemente la protección de la persona al no interferir unos EPI con otros.

Se han incorporado a los cascos sistemas que ofrecen protección frente a radiaciones solares o a altas temperaturas.

  • Las cubrenucas consisten en accesorios textiles ligeros acoplables al casco que protegen de los rayos ultravioleta con un factor de protección UPD 50+, bloqueando el 98 % de la radiación ultra violeta.
  • Los sistemas de enfriamiento se fundamentan en complementos que se acoplan al casco y consiguen disminuir significativamente la temperatura. Refrigeran la cabeza y la nuca del trabajador y evitan el estrés térmico en esa zona.
  • Los sistemas húmedos de enfriamiento funcionan por un mecanismo de evaporación, tras sumergir el accesorio en agua.
  • Por su parte, los sistemas secos de enfriamiento también funcionan por un mecanismo de evaporación, pero el accesorio no se sumerge en agua. En este caso, el agua se almacena entre dos membranas: la capa exterior es semipermeable y deja pasar el vapor de agua; la capa interior, en cambio, es impermeable y mantiene la piel del usuario seca. Desde USO, es el sistema que recomendamos.

Ante una ola de calor, es imprescindible reforzar la acción preventiva

Por último, recordamos la necesidad y obligación, a pesar del estrés térmico que producen a altas temperaturas, que tienen las personas de utilizar los arneses y anclajes de seguridad. Una de las causas más frecuentes de los accidentes de trabajo son las caídas en altura por no utilizarlos.

En USO, solicitamos a nuestra representación preventiva que requiera a sus empresas la implantación de medidas de prevención colectivas. Y, si esto no fuera posible, la utilización de EPI más avanzados tecnológicamente, que cumplan con su certificación correspondiente, para paliar los efectos adversos del calor, que, en última instancia, puede provocar la muerte por sufrir un golpe de calor.

El exceso de calor también agrava otras patologías, como las cardiovasculares o neurológicas, aumenta la mortalidad por párkinson y demencia, e influye en las enfermedades de carácter renal. Por ello, debe promoverse la realización de los reconocimientos médicos para detectar las patologías que pudieran estar descompensadas.

Las mascarillas quirúrgicas costarán 0,72 euros como máximo a partir de este martes

Las mascarillas quirúrgicas costarán 0,72 euros como máximo a partir de este martes

El precio máximo de las mascarillas quirúrgicas baja a partir de este martes de los 96 céntimos actuales hasta los 72, según establece el BOE, que recoge este lunes la resolución adoptada el pasado jueves en la Comisión Interministerial de Precios de Medicamentos.

El Gobierno revisa por segunda vez el importe máximo de venta al público de las mascarillas quirúrgicas desechables que queda fijado en 0,72 euros la unidad, precio final con IVA incluido. La medida entra en vigor un día después de su publicación en el BOE, es decir, este martes.

La Comunidad de Madrid establece que el uso de la mascarilla es obligatorio en:

  • La vía pública y en espacios al aire libre.
  • Espacios cerrados de uso público o que se encuentre abierto al público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.
  • Medios de transporte aéreo, en autobús, o por ferrocarril, así como en los transportes públicos.
  • En el transporte privado, en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos no conviven en el mismo domicilio.

Recuerda que las mascarillas quirúrgicas son útiles para que las personas enfermas no transmitan el virus y protegen a la persona sana como barrera. Son adecuadas como elemento de barrera para la población en general y para los profesionales sanitarios tan solo en aquellos procedimientos que no generen aerosoles.

¿Qué hago si no me entregan equipo de protección contra el coronavirus en el trabajo?

¿Qué hago si no me entregan equipo de protección contra el coronavirus en el trabajo?

Desde el Gabinete de Seguridad y Salud del sindicato USO os detallamos qué puedes hacer si no te entregan los equipos de protección individual (EPI) estipulados en la evaluación de riesgos o en el protocolo de actuación para prevenir el contagio del coronavirus covid-19.

Los empresarios deben proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones, según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. También deben velar por el uso efectivo de los mismos cuando no sea posible el teletrabajo.

¿Qué equipo de protección me corresponde y cómo lo pido?

Los propios trabajadores o sus representantes de personal o prevención son los encargados de pedir los EPI. El proceso es el siguiente:

  • Se debe de localizar a la persona encargada de proporcionar los EPI en el centro de trabajo, no al Servicio de Prevención. Este servicio los estipula en la evaluación de riesgos, pero, habitualmente, no los proporciona. Se debe recordar que, cuando se hace entrega de un EPI, se debe firmar un registro donde se informa a la persona del uso y mantenimiento correcto.
  • Se le debe requerir formalmente la entrega, conforme al art. 17 LPRL. Según el funcionamiento de cada empresa, este requerimiento puede hacerse por escrito en papel, a través de e-mail o por un canal de intranet.
  • En el requerimiento, debe establecerse el período en el que se va a esperar la respuesta de la empresa. En todo caso, la ley es clara: deben proporcionarse los EPI antes de empezar a trabajar.
  • Si la respuesta es negativa, la empresa deberá motivarla por escrito y dar las soluciones temporales que estimen pertinentes. Ante riesgo grave e inminente para tu salud y la de tus compañeros, debes negarte a trabajar sin esos EPI.
  • Las personas trabajadoras tienen el derecho a la protección de su salud en su puesto de trabajo. Por lo tanto, si se están vulnerando sus derechos, podrán denunciarlo este hecho ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Estas denuncias pueden hacerse también por vía anónima y telemática, pero, en ese caso, el denunciante no podrá participar después en el proceso.

¿Qué consecuencias tiene la no entrega de EPI en general y, en particular, durante el período de contagio del coronavirus?

La empresa y las personas con responsabilidad preventiva que se ocupen de que esta labor cumpla con la legalidad vigente pueden estar vulnerando la Ley de Prevención si no entregan los EPI estipulados en el protocolo contra el coronavirus. Las responsabilidades a las que se puede enfrentar la empresa pueden ser de varios tipos:

  • Administrativa: el art. 12.16 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) establece las faltas que supongan un incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales. Dicho incumplimiento puede crear un riesgo grave para la integridad física o la salud de los trabajadores afectados y, especialmente, en materia de protección colectiva o individual. Si no hay entrega de EPI, se debe denunciar ante la Inspección de Trabajo individualmente.
  • Civil: la obligación civil de indemnizar al trabajador por los daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo solo puede imponerse al empresario, de conformidad con el art. 1902 del Código Civil, cuando haya incurrido en una conducta culposa o negligente. La culpa puede ser contractual (art. 1101) si existe contrato de trabajo; o extracontractual (art. 1902) con el que no se tiene vínculo contractual. Puede intervenir culpa o negligencia contra el servicio de prevención ajeno si se da el caso de tenerlo.
  • Penal: se dan varios tipos de delito de riesgo; es decir, sin haber ocurrido accidente o lesión:
    • Delito de puesta en peligro de personas: por ejemplo, ordenar que se trabaje en aislamiento sin los EPI correspondientes.
    • Delito de omisión: no proporcionar los EPI.
    • Delito de comisión por omisión: cometido por una persona con la obligación expresa de realizar o indicar una tarea o actividad. Por ejemplo, no indicar los EPI en evaluación de riesgos o protocolo, activando la culpa extracontractual del Servicio de Protección Ajeno o SPA.
    • El tipo aplicable es el art. 318 del Código Penal, delitos con la aplicación a personas jurídicas, con penas de 3 meses a 3 años de cárcel.
  • Recargo de prestaciones de Seguridad Social: en caso de incapacidades por falta de entrega de EPI, se propondrá por parte de la Inspección de Trabajo un recargo del 30 al 50% de la base reguladora.

¿Quién paga los equipos de protección individual contra el coronavirus?

Desde el sindicato USO, recordamos que los EPI no tendrán ningún coste para la persona trabajadora. Esta debe utilizarlos diligentemente para no incurrir en falta disciplinaria. La persona trabajadora debe tener acceso a la información sobre los riesgos en su puesto de trabajo y del protocolo. En él, se deberán estipular los EPI necesarios para comprobar si realmente son necesarios antes de requerirlos. Del mismo modo, recordar que la empresa debe velar por el uso y mantenimiento correcto de estos. Su responsabilidad no acaba con la entrega.

 

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