USO-Madrid ofrece su colaboración al consistorio a través de una carta dirigida a Almeida

USO-Madrid ofrece su colaboración al consistorio a través de una carta dirigida a Almeida

USO-Madrid se pone a disposición de la alcaldía de la ciudad de Madrid para formar parte de cuantas reuniones o grupos de trabajo se conformen para ayudar a la capital a remontar la grave situación actual, tanto social como laboral ocasionada por el covid-19.

En una carta dirigida al alcalde José Luis Almeida, la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta, recuerda que “nuestro único objetivo es intentar buscar soluciones que palíen el sufrimiento de aquellos trabajadores y ciudadanos más vulnerables y contribuir a facilitar el mantenimiento y la creación de empleo; reconstruir nuestro tejido industrial y contribuir a que nuestros conciudadanos
puedan vivir con dignidad”.

Desde USO-Madrid nos ponemos a disposición de toda la ciudadanía de Madrid porque entendemos que “con nuestra participación, así como de otros agentes sociales, estarían mucho mejor representados los intereses del conjunto de la ciudadanía”, señala Iniesta en la carta, en la que también asegura que se fomentaría el pluralismo “al oírse intereses y posiciones distintas en materias tan importantes como son las que en estas circunstancias tenemos que afrontar todos”.

Concluye Iniesta ofreciendo nuevamente las aportaciones que USO-Madrid puede hacer para “coadyuvar a reponernos de esta grave crisis y sobre todo establecer las bases de presente y futuro para que la ciudad de Madrid siga siendo un motor de la economía de nuestra región y del conjunto del estado”.

Mascarillas obligatorias desde este jueves: cuándo usarlas, excepciones y multas

Mascarillas obligatorias desde este jueves: cuándo usarlas, excepciones y multas

Desde este jueves, 21 de mayo, el uso de mascarillas es obligatorio en España en los espacios públicos por las personas mayores de seis años si no se puede garantizar la distancia de seguridad de dos metros.

Su uso obligatorio se mantendrá durante todo el estado de alarma y sus posibles prórrogas. Con el objetivo es reducir la trasmisión del covid-19, la Orden de Sanidad regula el uso obligatorio de mascarillas por parte de la población general, preferentemente mascarillas higiénicas y quirúrgicas, que cubran nariz y boca.

Sanidad recuerda la importancia de seguir cumpliendo con las recomendaciones de mantener la distancia interpersonal, la higiene de manos y resto de medidas de prevención.

Uso obligatorio de mascarillas. ¿A quién afecta? ¿Dónde?

La orden del Ministerio de Sanidad dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas de 6 años en adelante. Se recomienda su utilización para la población infantil de entre 3 y 5 años.

Será obligatoria la mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros.

Excepciones al uso obligatorio de mascarillas

El uso obligatorio de mascarillas no será exigible para:

  • Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
  • Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
  • En el desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla, tales como la ingesta de alimentos y bebidas.
  • Cuando exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

Desde USO entendemos que estas dos últimas excepciones pueden conllevar problemas de interpretación, al tratarse de excepciones subjetivas y no definir criterios para determinar la incompatibilidad. “Abren un abanico indeterminado al incluir el término “situación de necesidad”. ¿Trabajar en actividades al aire libre con altas temperaturas estaría contemplado en la incompatibilidad? ¿El ejercicio físico también?”, se pregunta Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.

Dada la trayectoria en esta crisis sanitaria, “es muy posible que Sanidad tenga que publicar una orden interpretativa o una guía al respecto, ante la cantidad de dudas y cuestiones que vayan a surgir”, considera García.

Posibles sanciones

Durante los primeros días, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad realizarán una función pedagógica con la población y se limitarán a recordar a los ciudadanos que deben usar la mascarilla de forma obligatoria. Sólo en aquellos casos en los que el requerido se niegue a cumplir las instrucciones policiales se trasladará propuesta de sanción, en todos los casos por desobediencia. La propuesta de sanción se realizaría por la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana y podría ascender hasta los 600 euros.

Centros educativos: instrucciones para la reapertura segura

Centros educativos: instrucciones para la reapertura segura

Durante la Fase 0 los centros educativos pueden abrir para llevar a cabo las labores de desinfección, acondicionamiento y tareas administrativas. Las instrucciones para la reapertura de los centros se recogen en la disposición adicional única de la Orden SND/414/2020, de 16 de mayo publicada por el Ministerio de Sanidad.

El director del centro o titular de la entidad adoptará las medidas necesarias para el cumplimiento de las medidas de higiene y prevención del personal docente y de administración y servicios. Se fomentará el teletrabajo siempre que sea posible.

El trabajador que presente sintomatología (tos, fiebre, dificultad al respirar, etc.) que pudiera estar asociada con el COVID-19 no deberá acudir al trabajo y actuará conforme a las instrucciones de las autoridades sanitarias.

Principales medidas aplicables

  • En las tareas de limpieza se prestará especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes.
  • Las medidas de limpieza se extenderán también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores.
  • Se tomarán las medidas adecuadas para posibilitar el distanciamiento social de 2 metros.
  • La higiene de manos es la medida principal de prevención … se deberá asegurar la disponibilidad de agua, jabón, toallas de papel desechables y soluciones hidroalcohólicas (dispensadores)…
  • Se facilitará la información mediante cartelería en puntos clave.
  • Se extremará la limpieza de los centros de trabajo…
  • En la medida de lo posible, en el acceso al centro de trabajo, se habilitará un sentido de entrada y otro de salida…
  • Se limitará… el aforo de las zonas comunes …
  • Los ascensores se utilizarán de forma individual y … Se fomentará el uso de escaleras…
  • Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y por espacio de cinco minutos.
  • Cuando el uso de los aseos esté permitido por visitantes o usuarios, su ocupación máxima será de una persona…
  • Se deberá disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal…

Equipos de protección individual

Los servicios de prevención determinarán el uso de la protección individual adecuada y proporcional al riesgo.

Información a los trabajadores

Los trabajadores de los centros docentes y servicios educativos serán informados de las medidas implantadas.

Personal vulnerable o de riesgo

No es conveniente que acuda al centro el personal perteneciente a los colectivos definidos por la autoridad sanitaria competente como grupos vulnerables o de riesgo para la COVID-19. Este personal desarrollará su trabajo a distancia, siempre que sea posible.
El Ministerio de Sanidad ha definido como grupos vulnerables las personas con:

  • Diabetes.
  • Enfermedad cardiovascular, incluida hipertensión.
  • Enfermedad pulmonar crónica.
  • Inmunodeficiencia.
  • Cáncer en fase de tratamiento activo.
  • Embarazo.
  • Mayores de 60 años

 

Lee la resolución completa

¿Qué se puede hacer durante la fase 0,5 en Madrid?

¿Qué se puede hacer durante la fase 0,5 en Madrid?

Madrid permanece una semana más en la Fase 0, aunque con unas condiciones más flexibles de confinamiento, por lo que todavía no se abren las terrazas, instalaciones hoteleras y salas donde se celebren eventos y espectáculos culturales. Tampoco pueden retomarse las actividades de turismo activo y de naturaleza. Tampoco se permiten las actividades de producción y rodaje de obras audiovisuales.

Pero sí se mantiene la apertura de comercios minoristas con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados, excepto los que estén en el interior de centros comerciales sin entrada independiente desde el exterior. También la celebración de mercados al aire libre cuando así lo decidan los Ayuntamientos. Además:

  • Como novedad, y siempre con cita previa, darán servicio los concesionarios de automoción; las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas; y las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal.
  • Se reanuda la atención presencial en centros de Servicios Sociales, sobre todo para los servicios de atención temprana y diurna, terapia y rehabilitación para personas con discapacidad o en situación de dependencia.
  • Inicio de las labores de acondicionamiento y desinfección de los centros educativos y universitarios para arrancar las labores administrativas.
  • Se reabren los laboratorios universitarios; las instalaciones científicas y técnicas; y se regula la posibilidad de celebrar eventos relacionados con la investigación, el desarrollo y la innovación.
  • En el ámbito de la cultura, se restablecen servicios bibliotecarios: préstamo y devolución de obras; lectura en sala; información bibliográfica y bibliotecaria.
  • También se permite la reapertura de museos, públicos y privados, siempre que se reduzca a un tercio el aforo previsto para cada una de sus salas y espacios públicos.

 

¿Qué novedades se regulan sobre apertura de locales comerciales minoristas en la Fase 0?

Se elimina toda la regulación de la orden del 3 de mayo y se aplica lo regulado en la Fase 1, sobre todo en lo que tiene que ver con las medidas de prevención de riesgos laborales, protección e higiene.

La apertura de comercios minoristas con una superficie igual o inferior a 400 metros cuadrados, excepto los que estén en el interior de centros comerciales sin entrada independiente, cuya actividad fue sus pendida por la declaración del estado de alarma, deben limitar la presencia de clientes a un 30% de aforo en el local. También garantizar la distancia interpersonal de 2 metros. En los locales donde no se pueda garantizar esto, los clientes deberán entrar de uno en uno.

Los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) y los centros de jardinería y viveros de plantas (independientemente de su extensión), y las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal solo podrán atender al público mediante cita previa.

Todos los establecimientos deben contar con un horario de atención y sistema de reparto a domicilio preferente para mayores de 65 años y colectivos vulnerables. Pueden articular, para evitar mayor afluencia de público, sistema de recogida en el local, escalonada y que evite aglomeraciones, de pedidos realizados por teléfono o a través de internet.

Si los Ayuntamientos deciden reabrir los mercadillos al aire libre, deben establecer los requisitos de distancia entre puestos, las condiciones de delimitación del mercado, y deben limitarse al 25% los puestos habituales. Se dará preferencia a los de alimentación y productos de primera necesidad. La afluencia del público debe reducirse al 30% del aforo habitual.


¿Qué medidas de PRL se deben seguir las empresas y organismos públicos en la Fase 0 a partir del 18 de mayo?

La primera medida de prevención es la del fomento del trabajo para quienes, debido a su tipo de actividad, puedan realizarlo a distancia (teletrabajo).

En el caso de que no pueda evitarse la actividad presencial, en todos los sectores a los que se aplica esta orden, tanto si empresa o centro público principal, como si es personal subcontratado, se debe poner a disposición de las personas trabajadoras en su lugar trabajo geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos. Cuando esto no sea posible, se dispondrán agua y jabón.

También, para los casos en los que no pueda garantizarse la distancia de seguridad interpersonal, deben ponerse a disposición de los trabajadores los EPI adecuados al nivel de exposición y riego.

La disposición de los puestos, la organización de turnos y las condiciones de trabajo deben modificarse para garantizar la distancia de seguridad. Es obligatorio el uso de mascarillas en caso de que no pueda garantizarse esta distancia, que deberá ser de un metro si se dispone de barreras protectoras, o de dos si no las hubiera. Las medidas de distancia deben cumplirse también en las zonas comunes como vestuarios, aseos, áreas de descanso, comedores, etc.

El fichaje con huella dactilar será sustituido por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas para protección de la salud y la seguridad de los trabajadores. O, en su lugar, deberá desinfectarse el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso, advirtiendo a los trabajadores de esta medida.

Los centros y empresas deberán realizar los ajustes en la organización horaria que resulten necesarios para evitar el riesgo de coincidencia masiva de personas, trabajadoras o no, en espacios comunes o centros de trabajo durante las franjas horarias en las que es previsible la máxima afluencia u “hora punta”.

Si un trabajador empezara a tener síntomas compatibles con la Covid-19, se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente. El trabajador deberá abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.

¿Qué medidas de higiene deben adoptarse en la Fase 0?

Hay que extremar la limpieza y desinfección, haciendo especial hincapié en las zonas de uso común y las superficies de contacto más habitual. Para ello, deben utilizarse desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada, no almacenada, o desinfectantes homologados o aprobados por Sanidad que tengan efecto virucida.

Debe realizarse una limpieza en cada cambio de turno y, si en el establecimiento hay más de un trabajador atendiendo al público, la limpieza debe extenderse a las zonas comunes y privadas como comedor, aseos, vestuario, etc.

Los uniformes o ropa de calle que se utilice en contacto con los clientes debe lavarse y desinfectarse diariamente, con ciclos de lavado de entre 60 y 90 grados centígrados.

Cuando en los centros, entidades, locales y establecimientos previstos en esta orden haya ascensor o montacargas, su uso se limitará al mínimo imprescindible y se utilizarán preferentemente las escaleras. Cuando sea necesario utilizarlos, la ocupación máxima de los mismos será de una persona, salvo que sea posible garantizar la separación de dos metros entre ellas. En aquellos casos de personas que puedan precisar asistencia, también se permitirá la utilización por su acompañante.

Todos los establecimientos y locales deberán disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable. Dichas papeleras deberán ser limpiadas de forma frecuente y, al menos, una vez al día.

¿Podrán celebrarse velatorios y acudir a lugares de culto en esta nueva Fase 0?

Una de las situaciones más inhumanas de esta pandemia ha sido el no poder despedirse de los seres queridos que han fallecido. En la Fase 0, podrán realizarse velatorios con un número máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez personas en espacios cerrados. En el caso del entierro o cremación, el número máximo de personas asistentes es de quince personas, incluida la persona que oficie la ceremonia.

Otra de las novedades de esta etapa de la Fase 0 es la asistencia a lugares de culto, siempre que no se supere un tercio de su aforo y que se cumplan las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias. Deben organizarse las entradas y salidas para evitar aglomeraciones y corrillos.

En ambos casos, debe ponerse a disposición de los asistentes dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad.

¿Cómo se va a iniciar la reapertura de los centros educativos y universitarios?

En este momento de la Fase 0, se realizarán los trabajos de desinfección, limpieza y acondicionamiento de los centros para poder iniciar las labores administrativas. Serán los directores de los centros quienes determinen qué personal es el necesario para estas tareas.

Deben establecerse horarios y adoptar las medidas necesarias para cumplir la distancia física de seguridad y evitar aglomeraciones. En los lugares de atención al público. deben establecerse sistemas de protección que garanticen la separación entre los trabajadores y usuarios.

Como medida básica de prevención ante el covid-19, debe evitarse al máximo el uso de documentos en papel y debe dotarse a las personas trabajadoras de los EPI necesarios según su grado de riesgo y exposición.

¿Qué novedades se regulan para las actividades deportivas en la Fase 0?

Para los deportistas profesionales y deportistas calificados de alto nivel y de alto rendimiento (estos últimos han sido incluidos en esta modificación), se amplía el espacio de entrenamiento de los límites del municipio a los de la provincia. Además, se da competencia a las comunidades y ciudades autónomas para que las franjas horarias previstas para entrenar, entre las 6:00 horas y las 10:00 horas, y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total.

Fase 1: los cambios en terrazas, reuniones, mercadillos…

Fase 1: los cambios en terrazas, reuniones, mercadillos…

El Ministerio de Sanidad ha rechazado que la Comunidad de Madrid entre en la Fase 1 de la desescalada este lunes. La región volverá a solicitarlo a lo largo de la semana. Si el Ministerio de Sanidad considera que la región cumple los requisitos sanitarios, estos son los principales cambios que los madrileños experimentarán a partir del lunes, 18 de mayo.

Reuniones de hasta 10 personas

El Gobierno permitirá reuniones de hasta un máximo de diez personas a partir de la Fase 1 de la desescalada. Durante estas reuniones, las personas deberán guardar siempre una distancia interpersonal de dos metros y mantener siempre las medidas de higiene establecidas. Las reuniones en las viviendas pueden ser entre familiares, vecinos o amigos.

Apertura de terrazas

El Gobierno permitirá la apertura de terrazas de restaurantes del sector de la hostelería hasta el 50% de la ocupación máxima. La orden incluye tanto a las terrazas que estén en la vía pública como las que se encuentren dentro del espacio del establecimiento hostelero, siempre que sea al aire libre.

La distancia mínima entre las mesas debe ser de diez metros y los grupos de clientes no pueden ascender las diez personas por mesa. Además habrá que desinfectar las mesas tras cada servicio y no se podrán utilizar los elementos de uso común como cartas, servilleteros o aceiteras.

Apertura de hoteles

Los hoteles vuelven a abrir sus puertas pero sin el uso de las zonas comunes.

Apertura de mercadillos

Los ayuntamientos pueden reabrir los mercadillos al aire libre en la vía pública. Deberán aumentar su superficie o limitar su capacidad al 25% de los puestos habituales para mantener la distancia de seguridad. La afluencia máxima no sobrepasará la tercera parte del aforo.

Apertura de centros educativos

Los centros educativos y universitarios abrirán para su desinfección, acondicionamiento y trabajo administrativo y preparatorio de los docentes y personal auxiliar.

Las familias podrán viajar juntas en coche

El Gobierno permite circular con todas sus plazas llenas a los vehículos privados de hasta nueve asientos, siempre que los ocupantes vivan en la misma casa.

En caso de no vivir juntos, solo se podrán ocupar dos plazas por cada fila de asientos, manteniendo las distancias, y cada pasajero deberá utilizar mascarillas u otro dispositivo de protección. Si están empadronados en el mismo lugar, el uso de mascarilla es recomendable.

En el ámbito del transporte público discrecional, como minibuses o furgonetas, tendrán que mantenerse libres los asientos posteriores al conductor.

En cuanto a la circulación entre los distintos territorios, las mismas fuentes han reiterado que los ciudadanos solo podrán moverse por la provincia donde residan durante todas las fases de la desescalada.

Atención preferente a los mayores en las tiendas

Las personas mayores de 70 años podrán disfrutar de un horario preferente, pero no exclusivo, para acudir a los establecimientos comerciales. El horario que deberá coincidir con las horas en las que tiene preferencia este colectivo para pasear por la calle, es decir, de 10 a 12 de la mañana, y de 19 a 20 de la tarde. Los comercios de menos de 400 metros cuadrados de superficie podrán abrir sin cita previa y se cumplan con unas exigencias de higienización reforzadas.

Medidas de higiene para las tiendas

Los comercios tendrán que desinfectar sus instalaciones al menos dos veces al día. Además, los uniformes de los empleados deberán ser limpiados a diario y no se podrán usar los aseos, salvo máxima necesidad.

Por su parte, las papeleras tendrán que tener unas características especiales y los probadores, en el caso de las tiendas de ropa, también deberán ser higienizados después de cada uso, al igual que las prendas probadas.

En cuanto a los trabajadores de estos establecimientos comerciales, no deberán presentar síntomas del covid-19, ni tampoco estar en cuarentena ni haber estado en contacto con personas de riesgo por esta enfermedad.

En cuanto al caso específico de las peluquerías y establecimientos en los que la distancia no se pueda mantener entre los trabajadores y los clientes, la mascarilla seguirá siendo obligatoria para los dos colectivos, con el fin de minimizar el riesgo de contagio.

Velatorios y lugares de culto

El Gobierno permitirá la celebración de velatorios en la fase 1 de la desescalada con un máximo de 15 personas si son al aire libre y de 10 si se celebran en espacios cerrados. También en la fase 1 se permitirá reiniciar la apertura de lugares de culto hasta un tercio del aforo.

Cultura y deporte

El Gobierno permitirá los actos de menos de 30 personas en lugares cerrados siempre y cuando sea sentado y manteniendo la distancia necesaria.

Los museos volverán a abrir sus puertas para permitir un tercio del aforo máximo y control de aglomeraciones en salas.

Con respecto a la actividad deportiva, a partir de este lunes abren los centros deportivos para el ejercicio de forma individual, con cita previa, siempre y cuando no impliquen el contacto físico ni el uso de vestuarios.

 

MÁS INFORMACIÓN

FEUSO Madrid reclama seguridad en la reapertura de centros educativos

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La crisis generada por la pandemia del covid-19 ha provocado la suspensión presencial de todo el sistema educativo español, incluso el universitario. Ante la importancia de la enseñanza de nuestros alumnos y, para que no pierdan el curso ni la oportunidad de continuar su formación, esta ha continuado de forma telemática, ya que hay muchas posibilidades tecnológicas implementadas para esto hoy en día.

Pero, aunque seguimos en estado de alarma, ya ha comenzado la desescalada con sus diferentes fases, y a partir del próximo 11 de mayo se reabrirán los centros para su desinfección y preparación.

Trabajadores de mantenimiento y limpieza volverán a los centros, así como el personal de administración. El 25 de mayo, con el inicio de la fase 2, volverán los profesores de Infantil y educación especial, 4º de ESO, 2º de Bachillerato, 2º de FP de grado Medio y Superior y último año de Enseñanzas de régimen especial. Y aún no hemos acabado con la pandemia. Por tanto es absolutamente necesario que se garantice la seguridad y salud de todos los trabajadores, docentes y no docentes ante la vuelta a sus puestos de trabajo.

Para llegar a este objetivo de manera responsable, deben desinfectarse las instalaciones previamente y después de manera frecuente. También es necesario que en la reincorporación todos los trabajadores y el profesorado sean dotados de los EPIs correspondientes, guantes mascarillas…pero además es imprescindible que se cumplan las condiciones de seguridad con la llegada de los niños. ¿Cómo se va a lograr esto? ¿No es muy complicado conseguir que se respeten estas normas con los alumnos de Infantil o de Educación Especial? Será necesario que haya test de covid-19  para todos, alumnos, profesorado y resto de trabajadores.

La Administración debe dotar a los centros de test serológicos para todos, así como de Equipos de Protección Individual para los trabajadores y mascarillas para los alumnos.

Desde FEUSO – MADRID pensamos que la Administración, si ordena la vuelta a las aulas y actividad presencial en los centros educativos, debe asegurar la seguridad y salud de todos los trabajadores, docentes y alumnado, y por lo tanto debe dotar de los medios y equipos necesarios para llevar a cabo este cometido de manera responsable.