Las medidas del Estado de Alarma

Las medidas del Estado de Alarma

Estas son las principales medidas recogidas en el Real Decreto sobre la proclamación del estado de alarma, que comienza este sábado y tendrá una duración de quince días.

  • La autoridad competente en todo el territorio español será el Gobierno de España. Como miembros destacados en los que se delegarán las funciones pertinentes a su cartera serán la ministra de Defensa, Margarita Robles; el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska; ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos y el ministro de Sanidad, Salvador Illa. “Todos quedan habilitados para dictaminar los acuerdos que en la esfera específica de su actuación sean necesarios para garantizar la salud y seguridad”.
  • Todos los cuerpos de Policía quedan bajo las órdenes directas del ministro del Interior.
  • En cualquier momento, el Gobierno puede disponer de la actuación del Ejército, que “ya está preparado para ello”.
  • Todas las autoridades civiles, y en particular las sanitarias, quedan bajo las órdenes directas del ministro de Sanidad. Las CCAA mantendrán la gestión, asegurando su adecuado funcionamiento. Todos los medios civiles, públicos y privados, se ponen a disposición del ministro de Sanidad. El ministro de Sanidad podrá impartir las órdenes de ocupar fabricas de cualquier naturaleza, incluso de titularidad privada.

 

Desplazamientos

Durante la vigencia del estado de alarma los ciudadanos únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras.
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

Deberán realizarse de forma individual, excepto aquellas personas que tengan problemas de movilidad.

  • Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras. En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.
  • El titular del Ministerio del Interior podrá acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos de ellas por razones de salud pública, seguridad o fluidez del tráfico o la restricción en ellas del acceso de determinados vehículos por los mismos motivos.
  • Quedan exceptuadas de las limitaciones a la libertad de circulación el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados con el desempeño de funciones oficiales.

 

Refuerzo del Sistema Nacional de Salud

  • Todas las autoridades civiles de la Administraciones Públicas del territorio nacional, y en particular las sanitarias, así como los demás funcionarios y trabajadores al servicio de las mismas, quedan bajo las órdenes directas del Ministro de Sanidad.
  • Las Administraciones públicas autonómicas y locales mantendrán la gestión, dentro de su ámbito de competencias, de los correspondientes servicios sanitarios, y se asegurará la plena disposición de las autoridades civiles responsables del ámbito de salud pública y de sus funcionarios también bajo las órdenes directas del ministro de Sanidad para garantizar la mejor distribución en el territorio de todos los medios técnicos y personales, de acuerdo con las necesidades que se pongan de manifiesto en la gestión de esta crisis sanitaria.
  • Respecto a las medidas para el aseguramiento del suministro de bienes y servicios necesarios para la protección de la salud pública, el ministro de Sanidad podrá impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento del mercado y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción afectados por el desabastecimiento de productos necesarios para la protección de la salud pública.
  • Igualmente, podrá intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, incluidos los centros, servicios y establecimientos sanitarios de titularidad privada, así como la industria farmacéutica.
  • También se le faculta para practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias, en aquellos casos en que resulte necesario para la adecuada protección de la salud pública, en el contexto de esta crisis sanitaria.

Transporte

  • El Gobierno ha decretado recortar al menos a la mitad la circulación de trenes AVE, Larga Distancia y regionales, así como la de los autobuses interurbanos de línea y el transporte aéreo y marítimo dentro del país.
  • El Ejecutivo mantiene por el momento al 100% el transporte público de Cercanías que Renfe presta en Madrid y en otra decena de ciudades.
  • En el caso de los Cercanías, la variación del servicio tendrá en cuenta “la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a sus puestos de trabajo y a los servicios básicos en caso necesario”.
  • Respecto a los servicios de transporte con consideración de servicio público y que dependan de las comunidades autónomas, también mantienen toda su oferta. No obstante, se reserva la facultad tanto del ministro como de las autoridades autonómicas y locales competentes para que “establezcan un porcentaje de reducción de los servicios, u otras condiciones específicas de prestación, si la situación sanitaria así lo aconseja”.
  • En cuanto a los traslados entre la Península y los territorios no peninsulares y las islas, se establecerán unos “criterios específicos”.
  • Las distintas empresas de transporte deberán realizar los ajustes necesario en su oferta habitual de viajes para cumplir con los porcentajes fijados “de la forma más homogénea posible entre los distintos servicios que presten”.
  • En virtud del Real Decreto aprobado por el Gobierno y con el fin de restringir la movilidad de los viajeros, en los sistemas de venta de billetes ‘online’ de los distintos modos de transporte se activará un mensaje “suficientemente visible” recordando que se “desaconseja viajar salvo por razones inaplazables”.
  • Asimismo, los distintos operadores y empresas de transporte estarán “obligadas” a realizar una limpieza diaria de todos los tipos de vehículos a partir de las recomendaciones que realice al respecto el Ministerio de Sanidad.
  • En esta misma línea, en aquellos modos de transportes que el billete otorga derecho a una plaza sentada o camarote, las empresas deberán “tomar las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los viajeros”.
  • Respecto al transporte de mercancías, el Real Decreto establece que el titular de Transportes establecerá las “condiciones necesarias para facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional”.

No obstante todo ello, el Real Decreto indica que las autoridades competentes podrán adoptar “todas las medidas adicionales necesarias para limitar la circulación de medios de transporte colectivo que resulten necesarias y proporcionadas para la preservar la salud pública.

Educación

  • Queda suspendida la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza.

 

Comercios

  • Quedan abiertas tiendas de alimentación, farmacias, ópticas, estancos, tintorerías, peluquerías, tiendas de animales.
    La permanencia en estos establecimientos como tiendas de alimentación o farmacias cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos.
  • Se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios.

Cerrado el resto de establecimientos:

  • Café-espectáculo.
  • Circos.
  • Locales de exhibiciones.
  • Salas de fiestas.
  • Restaurante-espectáculo.
  • Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.
  • Auditorios.
  • Cines.
  • Plazas, recintos e instalaciones taurinas.
  • Pabellones de Congresos.
  • Salas de conciertos.
  • Salas de conferencias.
  • Salas de exposiciones.
  • Discotecas, pubs y similares.
  • Salas multiuso.
  • Teatros.
  • Deportivos.

 

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USO-Madrid denuncia que los vigilantes de seguridad del Hospital Infanta Elena de Valdemoro no están protegidos contra el coronavirus

USO-Madrid denuncia que los vigilantes de seguridad del Hospital Infanta Elena de Valdemoro no están protegidos contra el coronavirus

La Federación de Seguridad Privada de USO-Madrid denuncia que los vigilantes de la empresa Grupo Control que prestan su servicio en el Hospital Universitario Infanta Elena de Valdemoro no han recibido ninguna protección para prevenir el contagio por el nuevo coronavirus Covid-19. También piden que se realice una correcta evaluación de riesgos laborales y que se les entreguen los equipos y medios de protección necesarios para prevenir los contagios.

Estos trabajadores “están poniendo en grave riesgo su salud día tras día” especialmente “teniendo en cuenta que este hospital es uno de los más afectados de la Comunidad de Madrid con respecto a afectados y fallecidos por coronavirus”, señala Tomás Martín, secretario general de la Federación de Seguridad Privada de USO-Madrid (FTSP USO-Madrid).

Desde FTSP USO-Madrid se ha enviado un escrito a la empresa Grupo Control en Madrid en el que recuerdan a la dirección que “las funciones de seguridad comportan el contacto en ambiente con el público de forma permanente con un riesgo de exposición alto“.

Por ese motivo, urgen a la empresa para que “atendiendo a la extraordinaria situación provocada por este nuevo virus y su rapidez de contagio”, tome de manera urgente “las medidas y el equipamiento individual de protección” entre las que citan “mascarillas autofiltrantes, guantes de nitrilo y gafas de protección”, señala el comunicado.

Los sindicatos acuerdan suspender las elecciones sindicales

Los sindicatos acuerdan suspender las elecciones sindicales

USO, junto con el resto de confederaciones sindicales, y más allá de las medidas que pudieran tomar los correspondientes ministerios dentro de las actuaciones frente al coronavirus COVID-19, le ha remitido un comunicado conjunto al Ministerio de Trabajo y Economía Social sobre cómo actuaremos los sindicatos con respecto a las elecciones sindicales.

En el siguiente texto, detallamos las acciones consensuadas sobre los procesos electorales ya abiertos para favorecer el cuidado de la de salud pública cumpliendo la legalidad laboral. Igualmente, buscamos garantizar los derechos democráticos de todos los trabajadores.

Comunicado conjunto de los sindicatos

Las confederaciones sindicales de UGT, CCOO, USO, CGT y CSIF hemos trasladado en el día de hoy un escrito a la ministra de Trabajo y Economía Social en el que solicitamos que se articulen las medidas normativas necesarias para que se proceda a suspender la totalidad de los procesos electorales de los órganos de representación unitaria de los trabajadores. No obstante, y hasta la articulación por parte del Gobierno de las medidas oportunas, se acuerda lo siguiente:

  • Con el fin de evitar la exposición al riesgo de contagio por coronavirus del mayor número de trabajadores y trabajadoras posible; teniendo en cuenta que los procesos electorales pueden suponer la aglomeración y el consiguiente contacto de las personas trabajadoras; en aplicación del Art. 5.5 del Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa (RD 1844/1994, de 9 de septiembre):
  • Os recomendamos dirigiros a las mesas electorales o de colegio para que procedan, por causa de fuerza mayor, a suspender el proceso electoral.
  • En los casos en los que no se hubiera constituido la mesa electoral, pero sí iniciado el proceso, se propondrá la firma conjunta de un documento en el que se acuerda la suspensión del proceso. Dicho documento se registrará en la oficina pública de elecciones y se tendrán en cuenta las siguientes situaciones:
    • Si no se hubieran presentado las candidaturas, se procurará la firma de la organización que tuviera representación en el mandato vigente.
    • Si ya han sido presentadas las candidaturas, se firmará el acuerdo con las organizaciones que concurran.

Las confederaciones sindicales consideran que este acuerdo tiene una vigencia limitada. La duración del mismo se establece hasta que las autoridades sanitarias den por finalizada la situación de alerta de sanidad pública.

El Gobierno considera accidente de trabajo las cuarentenas y los contagios por coronavirus

El Gobierno considera accidente de trabajo las cuarentenas y los contagios por coronavirus

USO-Madrid celebra las nuevas medidas aprobadas por el Gobierno para que tanto la cuarentena por coronavirus como la infección de COVID-19 se considere Incapacidad Temporal asimilada a baja laboral por Accidente de Trabajo. Se trata de una gran medida aunque todavía queda mucho por hacer, señala la secretaria general de la unión regional, Concepción Iniesta.

Mejorar la protección de las personas trabajadoras infectadas por el coronavirus COVID-19, era una de las principales demandas de nuestro sindicato: “Las bajas consideradas como contingencia común por guardar cuarentena deben venir acompañadas de considerar como enfermedad profesional el contagio en el puesto de trabajo”, reclamaba Joaquín Pérez, secretario general de USO.

Según este Real Decreto-Ley, tanto las personas en aislamiento preventivo por coronavirus como quienes se han contagiado del COVID-19 se consideran en Incapacidad Temporal asimilada a baja laboral por Accidente de Trabajo.Esto supone una mejora de la prestación tanto para las personas aisladas como infectadas por el coronavirus, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración.

Asegura el Gobierno que todas estas medidas “pretenden facilitar que la ciudadanía pueda seguir las indicaciones de las autoridades sanitaria propuestas por motivos de salud pública, de forma que el coste no recaiga sobre las familias y empresas”.

La secretaria general de USO-Madrid, Concepción Iniesta, valora positivamente la iniciativa aunque recuerda que la ruptura de la cadena de suministros y la cancelación de eventos turísticos están amenazando seriamente a la Industria y Servicios de la Comunidad de Madrid. “Ya se han provocado ERTEs en varios hoteles de Madrid. Reclamamos, como medida excepcional, que el Estado cubra los ERTE provocados por la crisis del coronavirus para que no se vean mermados los salarios que perciben los trabajadores ni ahora ni en las futuras situaciones de desempleo”, señala Iniesta.

 

¿Cómo prevenir el contagio de coronavirus en el trabajo?

¿Cómo prevenir el contagio de coronavirus en el trabajo?

¿Qué síntomas tienen los afectados por el coronavirus COVID-19?

El período de incubación de COVID-19 es de 2 a 12 días, y el 50% comienza con síntomas a los 5 días de la transmisión. Por analogía con otros coronavirus se estima que este periodo podría ser de hasta 14 días. El 77,8% de las personas afectadas tienen entre 30-79 años, y sólo un 2% son menores de 20 años; el 51,4% son hombres. Se trata de una dolencia que en un 80 por ciento de los casos cursa con síntomas leves como febrícula, tos, expectoración y malestar general; y que, por lo general, solamente aquellas personas con enfermedades de base pueden tener manifestaciones clínicas más graves.

 

¿Cómo prevenir el contagio?

  • La medida más importante es lavarse frecuentemente las manos con agua y con jabón. El lavado y desinfección de las manos son fundamentales para prevenir la infección. Los geles de alcohol también son recomendables pero no sustituyen al lavado con agua y jabón. Lo ideal es combinar ambas acciones.
  • Es importante cubrirse la boca y la nariz en caso de estornudo o tos. La recomendación de las autoridades sanitarias es usar el interior del codo o un pañuelo desechable. El sentido común dicta todo lo demás: tirar los pañuelos a las papeleras y, de nuevo, lavarse las manos.
  • Evitar el contacto con personas que tengan infecciones respiratorias agudas, en particular cuando tosen, estornudan o tengan fiebre.
  • Evitar tocarse ojos, nariz y boca con las manos. El virus se transmite principalmente por vía respiratoria, pero también puede entrar en nuestro organismo a través de los ojos, la nariz y la boca, por tanto debemos evitar tocarlos con las manos que han podido estar en contacto con superficies contaminadas.

 

Medidas generales en el ámbito laboral

Obviamente cada trabajo tiene sus propias características y los trabajos vinculados al ámbito sanitario, cuidadores de personas mayores y transporte de personas enfermas, considerados ahora mismo de riesgo extremo por su cercanía con los focos de contagio o por el peligro que implicaría una infección en población vulnerable, requieren medidas específicas que deben ser analizadas a fondo. Teniendo en cuenta estas diferencias, a continuación proponemos algunas medidas que pueden ayudar a evitar el contagio en el ámbito sanitario.

TELETRABAJO: En todos aquellos casos que sea posible, se debería trabajar en la posibilidad de trabajar desde casa, especialmente después de que se haya decretado el cierre de colegios, guarderías y universidades en la Comunidad de Madrid.

DESPLAZAMIENTOS. Como medida de precaución general deberíamos evitar los desplazamientos a los países o zonas consideradas de riesgo por las autoridades sanitarias. Si viajáis cerca de estas zonas o habéis estado en contacto con personas que lo hayan hecho, ponlo en conocimiento de tu empresa para establecer una posible cuarentena.

ZONAS COMPARTIDAS: Debemos poner especial cuidado en la limpieza de los lugares de uso común como los baños y los vending o comedores. Restos de comida, cubiertos sucios, servilletas sobre la mesa o pañuelos en el suelo son posibles focos de contagio. Conviene ser especalmente cuidados con estas cuestiones.

TECLADO, CASCOS, MICRÓFONOS, RATÓN: Si tienes que compartir el equipo con otros trabajadores, como es el caso de los call center, recuerda lavarte las manos antes y después de utilizarlos. Pregunta en tu empresa si puedes limpiarlos con gel hidroalcohólico.

REUNIONES. Reduce en la medida de lo posible las reuniones presenciales con muchos asistentes. Si no hay más remedio, evita dar la mano o dos besos. En cualquier caso, siempre es preferible optar por conversación telefónica o videoconferencia.

USO-Madrid reclama que el Estado cubra los ERTE del coronavirus

USO-Madrid reclama que el Estado cubra los ERTE del coronavirus

USO-Madrid considera que la suspensión de la actividad escolar decretada por la Comunidad de Madrid es una medida preventiva positiva y necesaria para prevenir los contagios del coronavirus Covid-19. Esta situación afecta inevitablemente a los trabajadores con hijos en edad escolar, que a partir de mañana tendrán que compatibilizar su actividad laboral con el cuidado de los menores y también a los trabajadores de las empresas auxiliares como comedores escolares, vigilantes de patio, etc. Por ese motivo, “desde USO-Madrid reclamamos medidas efectivas y urgentes que ayuden a capear esta situación extraordinaria”, señala la secretaria general de la unión regional, Concepción Iniesta.

Las empresas deben implantar el teletrabajo en los casos que sea posible, flexibilizar los horarios, evitar reuniones multitudinarias y suspender viajes innecesarios. También hay que evitar el uso de material compartido como teclados o teléfonos en aquellas empresas donde son herramientas de trabajo, así como facilitar geles hidroalcohólicos y puntos para lavarse las manos.

También reclamamos medidas excepcionales para todas aquellas profesiones de riesgo por su cercanía con un posible foco de infección, como es el caso de sanitarios y transporte de enfermos. “Más allá de dotar a estos trabajadores del material necesario para evitar el contagio (mascarillas, guantes…) es del todo inaceptable que las bajas por cuarentena se consideren una contingencia común y no una enfermedad profesional”, señala Iniesta.

La ruptura de la cadena de suministros y la cancelación de eventos turísticos han provocado ERTE (Expediente de Regulación de Empleo Temporal) en varios hoteles de Madrid y amenaza seriamente a la industria de nuestra comunidad. “Reclamamos, como medida excepcional, que el Estado cubra los ERTE provocados exclusivamente por la crisis del coronavirus para que no se vean mermados los salarios que perciben los trabajadores ni ahora ni en las futuras situaciones de desempleo”, señala Iniesta.

La amenaza económica y social del coronavirus hace más necesario que nunca el diálogo entre administraciones, empresarios y trabajadores para evitar que las terribles consecuencias de esta crisis recaigan únicamente sobre los trabajadores.

Desde USO-Madrid seguiremos al tanto de la actualidad para seguir informando sobre las últimas novedades del coronavirus relacionadas con la actividad laboral.