por Juan José Rodríguez | Jul 19, 2023 | Acción sindical, Seguridad privada, USO-Madrid
Estas cuatro empresas ya habían sido denunciadas por los reiterados retrasos en el devengo de las nóminas y por la subrogación irregular de los trabajadores entre una y otra
La Federación de Trabajadores de Seguridad Privada (FTSP-USO-Madrid) ha presentado cuatro nuevas denuncias ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social contra las empresas Norvik Prestadora de Servicios Integrales SL, Norvik Compañía de Servicios Integrales SL y Norvik Vigilancia SL (todas ellas pertenecientes al Grupo Norvik, antigua INV) y Archi Seguridad, porque “a día 18 de julio, muchos trabajadores no han percibido su devengo de la paga extraordinaria correspondiente”.
Según la FTSP, todas estas mercantiles han vuelto a vulnerar tanto el convenio colectivo estatal de empresas de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones, como el convenio colectivo estatal de empresas de seguridad privada. Ambos textos establecen que la paga extraordinaria “se devengará del 1 de julio al 30 de junio” y que “el pago se realizará entre el 13 y el 15 de julio”.
También hacen referencia los escritos al RDL 5/2000, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social y cuyo artículo 40 considera como INFRACCIÓN MUY GRAVE “el impago y los retrasos reiterados en el pago del salario a los trabajadores”.
Constantes denuncias por irregularidades
La FTSP-USO-Madrid ya había denunciado a las tres empresas del Grupo NSS (Norvik Prestadora de Servicios Integrales SL, Norvik Compañía de Servicios Integrales SL y Norvik Vigilancia SL) y a Archi Seguridad por el reiterado retraso en el abono de las nóminas. Y, en mayo, por la supuesta subrogación de los trabajadores de Norvik Security Services a Archi Seguridad, “sin respetar lo marcado al respecto en nuestro convenio colectivo en ningún punto (plazos y comunicaciones)” y por el incumplimiento, por parte de Archi Seguridad, “con lo establecido por la Ley de Seguridad Privada para operar en la respuesta de Alarmas”.
por Juan José Rodríguez | Jul 15, 2023 | Ofertas, Ofertas viajes, USO-Madrid
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por Juan José Rodríguez | Jul 14, 2023 | USO-Madrid
La Resolución de 12 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid, regula, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, los permisos retribuidos de las personas trabajadoras por cuenta ajena a fin de que puedan ejercer sus derechos electorales en las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado convocadas para el día 23 de julio de 2023.
Permisos retribuidos para los trabajadores que participen como electores
Los colegios o locales electorales habilitados abrirán de 9:00 a 20:00 horas el domingo 23 de julio.
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- Trabajadores cuyo horario de trabajo no coincida con el de apertura de las mesas electorales o lo haga por un período inferior a dos horas: No tendrán derecho a permiso retribuido.
- Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en dos o más horas y menos de cuatro con el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de dos horas.
- Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en cuatro o más horas y menos de seis con el horario de apertura de mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de tres horas.
- Trabajadores cuyo horario de trabajo coincida en seis o más horas con el horario de apertura de las mesas electorales: Disfrutarán de permiso retribuido de cuatro horas.
Los trabajadores cuya prestación de trabajo deba realizarse el día 23 de julio de 2023 lejos de su domicilio habitual, o en otras condiciones de las que se derive la dificultad para ejercer el derecho de sufragio dicho día, tendrán derecho a que se sustituya el permiso anterior por un permiso de idéntica naturaleza, destinado a formular personalmente la solicitud de la certificación acreditativa de su inscripción en el Censo, que se contempla en el artículo 72 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, y sus sucesivas modificaciones, así como para la remisión del voto por correo.
La duración del permiso se calculará en función de los mismos criterios anteriormente señalados de acuerdo con los horarios de apertura de las Oficinas de Correos. En todos los supuestos anteriores cuando, por tratarse de trabajadores contratados a tiempo parcial, realizasen estos una jornada inferior a la habitual en la actividad, la duración del permiso antes reseñado se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrollen y la jornada habitual de los trabajadores contratados a tiempo completo en la misma empresa.
Corresponderá al empresario la distribución, en base a la organización del trabajo, del período en que los trabajadores dispongan del permiso para acudir a votar.
Presidentes, vocales, interventores y apoderados de las mesas electorales
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- Los presidentes, vocales e interventores tendrán derecho a permiso retribuido durante toda la jornada laboral correspondiente al día de la votación, si no disfrutan en tal fecha del descanso semanal, y de cinco horas en la jornada correspondiente al día inmediatamente posterior (24 de julio).
- Cuando se trate de apoderados, el permiso comprenderá únicamente la jornada correspondiente al día de la votación. Si alguno de los trabajadores comprendidos en este apartado, hubiera de trabajar en el turno de noche en la fecha inmediatamente anterior a la jornada electoral, la empresa, a petición del interesado, deberá cambiarle el turno, a efectos de poder descansar la noche anterior al día de la votación.
Si has sido designado como miembro de mesa electoral, es de obligado cumplimiento estar en ella. Solo podrás ejercitar tu desistimiento por causas de fuerza mayor, que deberán ser justificadas ante la Junta Electoral de Zona. En el caso de no personarte en la constitución de mesa, se te podrá imponer una pena de prisión de tres meses a un año o multa de 6 a 24 meses.
Además, estás protegido por la Seguridad Social ante cualquier tipo de contingencia que pueda ocurrir el día de las elecciones y percibes una dieta de 70 euros. En el caso de ser suplente, esta dieta solo la cobrarás si finalmente tienes que estar en la mesa.
Reducciones de jornada
Las reducciones de jornada derivadas de los permisos previstos no supondrán merma de la retribución que, por todos los conceptos, vinieran obteniendo los trabajadores, sirviendo como justificación adecuada la presentación de certificación de voto o, en su caso, la acreditación de la mesa electoral correspondiente.

por Juan José Rodríguez | Jul 13, 2023 | Acción sindical, Igualdad, USO-Madrid
El RD-ley 5/2023 no deja claro si la ampliación del permiso por desplazamiento se puede solicitar solo en caso de fallecimiento o también por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica de familiares cercanos y convivientes.
La Unión Sindical Obrera (USO) ha registrado sendos escritos ante los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Igualdad, en los que solicita la “aclaración, interpretación o corrección del RD-ley 5/2023, de 28 de junio”, en el que se aprobaban o prorrogaban los nuevos permisos relacionados con la conciliación.
En concreto, del artículo 37.3 b), que separa en dos epígrafes la ampliación de 3 a 5 días “por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella” y el permiso de 2 días “por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días”.
Entiende la USO que podría producirse una discriminación en el primer caso, al no quedar claro que los 5 días pudieran ser ampliados a 7 en caso de necesidad de desplazamiento. La actual redacción no aclara que pueda reclamarse jurídicamente, motivo por el cual se ha solicitado formalmente la “pertinente corrección o interpretación”.
por Juan José Rodríguez | Jul 13, 2023 | Acción sindical, Seguridad privada, USO-Madrid
A día 11 de julio, los trabajadores que prestan servicio en el centro de trabajo de Archi Seguridad en Madrid no habían cobrado aún sus nóminas de junio
La Federación de Trabajadores de Seguridad Privada (FTSP-USO-Madrid) ha denunciado ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a la empresa Archi Seguridad, cuyo único domicilio social está en Marbella (Málaga), por el retraso “de forma reiterada los últimos meses, en el devengo del salario mensual de los trabajadores (…) que prestan servicio en el centro de trabajo de Madrid”.
Entiende la FTSP que la firma mercantil ha vulnerado el convenio colectivo estatal de empresas de seguridad privada, que establece que “el pago del salario se efectuará, por meses vencidos, en los tres primeros días hábiles y dentro, en todo caso, de los cinco días naturales de cada mes”. Lejos de eso, a día 11 de julio, la plantilla que opera en la Comunidad de Madrid no había cobrado aún.
También se ampara la denuncia en el RDL 5/2000, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera como INFRACCIÓN MUY GRAVE “el impago y los retrasos reiterados en el pago del salario a los trabajadores”.
Por ello, FTSP-USO-Madrid solicita el amparo ante la autoridad laboral y que se inicie el procedimiento legal oportuno para subsanar “las repercusiones derivadas de estos incumplimientos, tan absolutamente lesivas para los intereses de los trabajadores (…), en sus economías familiares”.
Varias denuncias previas a NSS y Archi
Recientemente, la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de USO-Madrid, también interpuso sendas denuncias contra las empresas Norvik Prestadora de Servicios Integrales SL, Norvik Compañía de Servicios Integrales SL y Norvik Vigilancia SL, pertenecientes todas ellas al Grupo Norvik Security Services (NSS, antigua INV, Compañía de Servicios Integrales).
Y ambas mercantiles ya habían sido denunciadas en mayo por la supuesta subrogación de los trabajadores de Norvik Security Services a Archi Seguridad, “sin respetar lo marcado al respecto en nuestro convenio colectivo en ningún punto (plazos y comunicaciones)” y por el incumplimiento, por parte de Archi Seguridad, “con lo establecido por la Ley de Seguridad Privada para operar en la respuesta de Alarmas”.
por Juan José Rodríguez | Jul 12, 2023 | Economía, USO-Madrid
La inflación subyacente se mantiene estable, una décima por debajo del 5 por ciento y un punto menor que a nivel nacional
Se esperaba una contención del Índice de Precios al Consumo (IPC) tras la espiral inflacionista sufrida en junio del 2022. Y los datos publicados por el INE confirmaron este ‘efecto base’ en la Comunidad de Madrid, que mejora o iguala en todos los apartados los datos nacionales. Los precios subieron un 0,6 % respecto a mayo tanto en España como en Madrid, pero la variación interanual es cinco décimas mejor en la región madrileña (+1,4) que en el conjunto del país (+1,9).
La inflación subyacente no muestra ninguna alteración respecto a mayo. Tras varios meses de descenso continuado, sigue una décima por debajo del 5 % y es un punto inferior a la registrada a nivel nacional. Eso sí, la denominada ‘inflación estructural’ (que, por ejemplo, es la que sirve de referencia a los bancos para el cálculo de las hipotecas) sigue muy por encima del incremento medio de los salarios.
Fuertes bajadas de vivienda y transporte
El enorme descenso de los costes energéticos respecto al mismo mes del año anterior permite que tanto los asociados con la vivienda (-9,7) como con el transporte (-11,1) den un respiro a los bolsillos de los ciudadanos madrileños. No así la cesta de la compra, pues los alimentos son casi un 11 % más caros que en junio del 2022 y en lo que va de año han experimentado un alza de más de 4 puntos.
Casi todos los apartados mantienen la tendencia a la estabilidad en la comparativa mensual. Destacan el incremento del ocio y cultura (+2,4) y el ligero descenso de las comunicaciones (-0,2), el único capítulo que mejora respecto a mayo. En la comparativa anual, ambos han crecido muy por encima de la media regional (+5,3 y +2,6, respectivamente). Otros apartados que han subido fuertemente en el último año son alcohol y tabaco (+8), hostelería (+6,2) y vestido y calzado (+4).
Subir más los salarios para recuperar poder adquisitivo
“Esperábamos los buenos datos de junio, mejores en Madrid que el resto del país, aunque es muy probable que los precios vuelvan a repuntar en los próximos meses, esperemos que con moderación. Las familias llevan perdiendo capacidad adquisitiva durante mucho tiempo, por causas coyunturales como el impacto en el mercado energético de la invasión rusa de Ucrania, pero también estructurales, que se reflejan en la inflación subyacente, la que podríamos denominar como real”, afirma María Concepción Iniesta, secretaria general de USO-Madrid.
“Los salarios pactados por convenio en nuestra comunidad no llegan al 3,2 % de subida en el primer semestre del 2023, mucho menos de lo que aumentaron los precios. Y así lo reflejan organismos internacionales como la OCDE, que en su último informe avala lo que siempre reclamamos desde la USO: subir más los salarios y el SMI como receta para paliar esa sangría en los bolsillos de los ciudadanos”, exige la máxima responsable de la Unión Regional.