por Juan José Rodríguez | Sep 2, 2020 | coronavirus, Economía, Empleo, Igualdad
El secretario general de USO, Joaquín Pérez, repasa la situación de crisis sanitaria y económica y reclama al Gobierno un esfuerzo de entendimiento para poner en marcha medidas urgentes y excepcionales ante el inicio del curso
Para el secretario general de USO, Joaquín Pérez, el inicio del curso requiere de medidas urgentes y excepcionales. La crisis sanitaria y económica se ha sumado a una crisis ya existente en el empleo que antes de la pandemia ya era del 14,2%, caracterizado por la precariedad, especialmente en términos de temporalidad, parcialidad y bajos salarios. Ahora se estima que pueda llegar al 22%. No se reaccionó a tiempo y ahora muchos dirán que “no toca”.
Las anunciadas reformas en distintas materias nunca llegaron a pesar de las fotos y los grandes titulares, evidenciándose además falta de previsión en la gestión de los ERTES, subsidios para empleadas del hogar, Ingreso Mínimo Vital y otras gestiones. Los sistemas de distintas administraciones continúan colapsados, teléfonos que no contestan y citas para ser atendidos de semanas y meses, junto a los trabajadores de los servicios públicos desbordados por el volumen de trabajo, incapaces de tramitar lo que es una necesidad vital.
Junto a ello, insolidarios fraudes incontrolados en determinados ERTES y trabajadores que están en la disyuntiva de perder su empleo aún con sospecha de poder estar contagiados, pero con la nevera vacía, o aquellos que no saben qué hacer con sus hijos o personas dependientes para las que no hay más opción que acudir al trabajo o desistir de sus ingresos.
Además, este mes los trabajadores que lleven de manera ininterrumpida en ERTE desde marzo verán reducido el importe de su prestación en la próxima nómina, pasando a cobrar el 50% de su base reguladora. Otros muchos miles de personas quedan fuera de todo, sin ingreso alguno, tampoco hay nada preparado para ello.
Varias organizaciones ya están alertando del incremento de la pobreza y de la incapacidad de subsistir con dignidad para muchos miles de ciudadanos. Por eso, desde USO defendemos medidas en este inicio del curso lleno de incertidumbre.
Panorama económico poco halagüeño
Por otro lado, el panorama económico es poco halagüeño, incluso en las mejores previsiones y sin nuevos confinamientos. Caída estrepitosa del PIB, continuo incremento de la deuda pública y aumento del déficit a causa de la pandemia, con los ingresos mermados e incrementando los gastos, con nuevos máximos en la historia fiscal española.
En términos de PIB, el endeudamiento del conjunto de las administraciones supera el 100% y se sitúa en niveles nunca vistos desde principios del sigo XX. Las previsiones de organismos públicos y privados apuntan a que la deuda pública alcance este año hasta el 125% del PIB.
De momento el agujero en la Seguridad Social supera las ayudas que enviará la Unión Europea a través del fondo europeo de ayudas al desempleo (SURE). Las prestaciones y la caída de las cotizaciones suman un total de 22.320 millones de euros, mientras que el SURE solo tiene previsto enviar a España 21.300 millones.
“El fondo europeo de recuperación post Covid que se repartirán en los próximos seis años, sin duda necesario, supondrá un balón de oxígeno, pero no es la solución sin la puesta en marcha medidas para el “inicio del curso”, de las políticas que verdaderamente apuntalen una futura recuperación con empleo de calidad y sin que una gran parte de la población inmerso en riesgo de pobreza. Algunos incluso parecen frotarse las manos para repetir errores del pasado no precisamente para beneficio de la sociedad si no de ellos mismos”, explica Pérez.
Unos PGE próximos y medidas para el inicio del curso
Y ¿qué hay en la agenda política? Pues la negociación de los PGE –que depende de si son con fulanito o menganito-, una moción de censura de papel charol y el anuncio de muchas reuniones con los fotógrafos preparados con medidas ya anunciadas que se podían haber tomado, en su mayoría, en junio.
Ante este panorama, desde USO exigimos al Gobierno y a todos los grupos políticos un nuevo esfuerzo de entendimiento y agilidad, apelando a su responsabilidad. Y en concreto que, de manera urgente, sean capaces de poner en marcha grandes acuerdos y medidas para el inicio del curso que contemplen acciones frente al covid-19, para incentivar el empleo de calidad y la protección social y con unos presupuestos que prioricen a los ciudadanos.
Medidas frente al covid-19
- Regulación, vigilancia y protección de los trabajadores en todos los sectores de actividad en los que sea imprescindible la presencia, incrementando los controles de EPI y endureciendo las sanciones por incumplimiento.
- Ampliación de los ERTES por causa de fuerza mayor como consecuencia del coronavirus hasta final de año. No se puede tener a millones de trabajadores en una incertidumbre diaria. También, un mayor seguimiento de los fraudes.
- Puesta en marcha políticas de protección dirigidas a la conciliación de la vida familiar y profesional, con el establecimiento de permisos retribuidos para cuidado de menor y dependientes mientras dure la pandemia.
- Acelerar la operatividad de la aplicación Radar Covid en todas las comunidades autónomas, frente a un retraso ridículo con respecto a muchos otros países de nuestro entorno.
- Establecer el teletrabajo como forma habitual laboral en aquellas actividades que sea posible.
- Una coordinación efectiva de actuaciones, previsión de equipos y resultados de investigaciones a nivel internacional y en el interno de nuestro país.
- Incremento del número de test PCR y financiación para investigación y producción de vacunas además de las líneas puestas en marcha.
- Fortalecimiento del sistema público de salud con más medios y anticipándose a incrementos de afectados, con atención especial a residencias y grupos de riesgo.
- Previsión de una rápida distribución y vacunas y tratamientos general y gratuita.
- Priorizar las ayudas hacia un crecimiento económico que más beneficien a la sociedad general, que generen empleo neto, que no deterioren el medio ambiente y que aporten futuro empleo de valor real y duradero, sin menoscabo de sectores estratégicos clave de los que depende millones de puestos de trabajo.
Medidas para incentivar empleo de calidad y protección social
- Una reforma del mercado laboral basada en que sólo con empleo de calidad será posible una recuperación real.
- Fomento del empleo que por sí mismo mantenga y dinamice la actividad económica, no dependiente del exterior. Esto es, invertir en empleos de educación, formación profesional y capacitación digital, sanidad y atención social, empleos tecnológicos, atención administrativa pública eficiente, investigación científica, etc.
- Plan a largo plazo de modernización de nuestros procesos e inversión en I+d+i. Seguir esperando a ver si viene buen tiempo esperando mejorar los números no puede ser el proyecto de futuro de nuestro país.
- Poner los medios necesarios para la resolución de solicitudes del ingreso mínimo vital: más medios tecnológicos y reforzar las plantillas del SEPE, Tesorería, INSS y de la Dirección General de Trabajo.
- Alargar la cobertura por desempleo hasta la superación de la pandemia.
- Fortalecer los servicios sociales y de atención para los sectores de la población más vulnerables y desfavorecidos.
- Poner en marcha un plan de colaboración urgente de atención a la pobreza y exclusión en coordinación con las ONG.
Unos presupuestos menos politizados y que prioricen a los ciudadanos
- Un gran pacto fiscal para el capítulo de ingresos y garantía de contención de pagos de futuras deudas que lastrarían futuros crecimientos.
- Incremento de impuestos de sociedades para empresas con grandes beneficios, un incremento para la banca y la puesta en marcha de la tasa Tobin y Google, entre otros posibles acuerdos.
- Una mayor inversión y mejora en sanidad y atención social, en educación y formación profesional, en inversión y modernización de infraestructuras, que garanticen el sistema público de pensiones y la protección frente al desempleo en todas sus vertientes.
Es el momento de la responsabilidad y de que el daño no sea cada vez mayor. Los índices y previsiones que tenemos nos invitan a todos a medidas y formas políticas excepcionales respecto a las que no puede haber excusas ni esconderse. Por eso, USO exige al Gobierno medidas urgentes y excepcionales con las que plantar cara a un inicio del curso jamás vivido.
por Juan José Rodríguez | Ago 31, 2020 | coronavirus, Enseñanza
FEUSO-Madrid apuesta por reforzar la coordinación y dotaciones en personal y material para una vuelta al cole segura. Además, reclama que los protocolos oficiales para evitar los contagios por coronavirus se adopten únicamente en base a criterios científicos y médicos con la coordinación imprescindible entre la Consejería de Educación y la Consejería de Sanidad. El objetivo es que estas medidas sean las oportunas para que la educación de nuestros niños y jóvenes tenga todas las garantías de seguridad y calidad que los profesores, alumnos y resto de trabajadores se merecen.
La vuelta al cole este año será distinta y estará marcada, inevitablemente, por la situación epidemiológica. Algunas de las medidas acordadas en la Conferencia Sectorial de Educación son:
- Los alumnos a partir de 6 años tendrán que llevar mascarilla en clase
- Como normal general, se mantendrá una distancia de seguridad de 1,5 metros
- Se fomentará el lavado frecuente de manos, al menos cinco veces al día
- Mayor ventilación de aulas y estancias escolares
- Toma de temperatura diaria de los alumnos
- Se designará un “responsable covid” en cada centro escolar y el cierre de todo el centro escolar solo se producirá cuando se alcance una “transmisión comunitaria no controlada” del virus
Más coordinación y actualización constante de protocolos
Además, FEUSO defiende que, para que la vuelta al cole sea segura para docentes, alumnos y familias, deben reforzarse:
- Coordinación por parte de Educación: el Ministerio de Educación y Formación Profesional tiene que liderar la situación, coordinando un protocolo general preciso siguiendo las indicaciones del Ministerio de Sanidad y la evidencia científica. La evolución real de la pandemia a nivel territorial es la que debe diferenciar las actuaciones en la vuelta al cole y en el desarrollo del curso escolar.
- Distancia personal, higiene y test. Estos son los elementos clave para combatir la pandemia y hacer que la vuelta al cole se realice con seguridad. Sin embargo, requieren de una fuerte inversión que se tiene que presupuestar para todos los centros sostenidos con fondos públicos. Se debe posibilitar una bajada de ratio alumno/aula importante; los desdobles de grupos necesarios; profesorado de refuerzo y para sustituciones; personal de limpieza y sanitario; elementos de protección de barrera; geles hidroalcohólicos, etc.
- Comisión de seguimiento permanente. Sería conveniente constituir una comisión de seguimiento permanente para evaluar y ajustar las medidas según se vaya comportando la pandemia.
- Adaptar el currículo y los criterios de evaluación del curso 2020-2021. Se hace necesario aligerar el currículo, concentrarlo, fijar bien las prioridades.
- Profesorado sensible. Los profesionales más sensibles al riesgo de contagio (mayores de 55 años, mayores de 60 años y los que tienen patologías previas importantes) tienen que tener un tratamiento diferenciado.
- Herramientas tecnológicas. Son un apoyo imprescindible para profesores y alumnos ante los periodos no presenciales, que serán frecuentes. Deberán aprovisionarse en cantidad suficiente.
- Test PCR. Hay que hacer barridos de test y tener claro cómo proceder ante los positivos que se vayan presentando para actuar con rapidez y precisión.
- Regulación del teletrabajo en el sector educativo para garantizar la desconexión digital de los docentes.
- Profesionales sanitarios en los centros, para la mejor atención de los problemas que puedan surgir en los centros.
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por Juan José Rodríguez | Ago 25, 2020 | coronavirus, Enseñanza
A pocos días del inicio del nuevo curso escolar y con los contagios por coronavirus disparados, USO reclama permisos retribuidos para cuidado de menor ante una vuelta al cole incierta
¿Qué hacer con los niños si las clases no se inician de forma normal? ¿Los trabajadores dispondrán de permisos retribuidos para cuidado de menor en el caso de que las clases no se reanuden de manera presencial? La incertidumbre ante las condiciones en las que se desarrollará el inicio del nuevo curso escolar preocupa, y mucho, a las familias.
Este jueves, los ministerios de Educación y Sanidad han convocado a las comunidades a una reunión en la que se abordará el inicio del curso escolar teniendo en cuenta la actual situación de propagación del covid-19.
Ante el avance de los contagios por coronavirus, las comunidades autónomas están revisando y reformulando sus planes para la vuelta al cole. Aunque dispares, la mayor parte de ellas apuestan por extender del uso de las mascarillas y por reducir las clases presenciales.
Permisos retribuidos para poder conciliar
La situación actual vuelve a poner el foco en la conciliación de la vida familiar y profesional. Los trabajadores, muchos de ellos teletrabajando y con la previsión de volver al trabajo presencial en septiembre, se muestran preocupados.
Si las clases no se reinician de forma presencial al 100%, las dificultades para conciliar serán las mismas que en marzo cuando se cerraron los centros escolares, los niños tenían que quedarse en casa y no se podía echar mano de los abuelos por ser población de riesgo.
Frente a un inicio de curso incierto, USO pide que se dispongan políticas de protección para los trabajadores que respondan tanto al objetivo de mantener el empleo, con la prórroga de los ERTE hasta final de año, como a la conciliación de la vida familiar y profesional, con el establecimiento de permisos retribuidos para cuidado de menor y dependientes.
No se pueden adoptar medidas en el último minuto y los permisos para cuidado de menor son una necesidad, porque la nueva normalidad dependerá mucho de la situación epidemiológica.
Al inicio de la pandemia, USO criticó que no se regularan permisos retribuidos para cuidar a niños sin clase y, cuando se iniciaba la nueva normalidad, alertó de que las medidas de conciliación seguían ausentes de la legislación poscoronavirus, a pesar de la situación insostenible que seguía dándose en cuanto al cuidado de menores, tras cuatro meses sin escolarizar.
La incertidumbre es mucha. Los trabajadores no saben qué hacer ni qué decisiones tomar. ¿Alargar la excedencia? ¿Poner en riesgo a los abuelos para poder conciliar? ¿Dedicar parte o la totalidad del sueldo a que otra persona cuide de los niños? Por eso, es urgente que se establezcan permisos retribuidos para cuidado de menor y dependientes que, esta vez sí, de una respuesta útil a las necesidades de conciliación de los trabajadores.
por Juan José Rodríguez | Ago 15, 2020 | Empleo
En España existen cuatro tipos de contrato laboral reconocidos por la legislación: contrato indefinido, contrato temporal, contrato para la formación y aprendizaje y y contrato de prácticas.
Contrato indefinido: ¿qué es?
El contrato indefinido es aquel que se firma sin establecer un límite en la duración del contrato. Podrá ser verbal o escrito, y la jornada podrá ser completa, parcial o para la prestación de servicios fijos discontinuos.
¿Qué es un contrato a tiempo parcial?
El contrato contrato a tiempo parcial es un tipo de contrato que nació con el espíritu de ser voluntario para conciliar o complementar con la formación. Sin embargo, se ha extendido para abaratar costes y afecta sobre todo a mujeres y jóvenes. Se ha desvirtuado así el origen del contrato parcial.
Este contrato está concebido para prestar servicios durante un cierto número de horas al año, al mes, a la semana o al día, con una duración total inferior a la que se presta en un contrato de trabajo a tiempo completo que sea comparable.
Contratos fijos discontinuos: ¿cómo se lleva a cabo la contratación de un fijo discontinuo?
El contrato por tiempo indefinido fijo discontinuo se concertará para realizar trabajos que tengan el carácter de fijos discontinuos y no se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa.
A los supuestos de trabajos discontinuos que se repitan en fechas ciertas, les será de aplicación la regulación del contrato a tiempo parcial celebrado por tiempo indefinido.
¿Cómo se realiza la contratación de fijos discontinuos?
Los trabajadores fijos discontinuos serán llamados en el orden y la forma que se determine en los respectivos convenios colectivos. La persona trabajador puede, en caso de incumplimiento, reclamar en procedimiento de despido ante la jurisdicción social. Se inicia el plazo para ello desde el momento en que tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.
¿Cómo se formaliza el contrato?
Este contrato deberá formalizarse necesariamente por escrito en el modelo que se establezca. En él deberá figurar una indicación sobre la duración estimada de la actividad, así como sobre la forma y orden de llamamiento que establezca el convenio colectivo aplicable. Ha de constar igualmente, de manera orientativa, la jornada laboral estimada y su distribución horaria.
¿Pueden ser a tiempo parcial este tipo de contratos?
Sí. Los convenios colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las peculiaridades de la actividad del sector así lo justifiquen, la celebración a tiempo parcial de los contratos fijos discontinuos, así como los requisitos y especialidades para la conversión de contratos temporales en contratos fijos discontinuos.
Tipos de contratos laborales: temporales y de relevo. ¿Cómo se regula un contrato temporal?
El contrato temporal tiene por objeto establecer una relación laboral entre empresa y persona trabajadora por un tiempo determinado. El contrato de trabajo temporal podrá celebrarse a jornada completa o parcial. Se formalizará por escrito, podrá ser verbal cuando en la situación de eventual por circunstancias de la producción la duración del mismo sea inferior a cuatro semanas y la jornada, completa.
¿Qué debe figurar en el contrato temporal?
En el contrato deberá figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas, así como el modo de su distribución, según lo previsto en convenio colectivo.
De no observarse estas exigencias, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.
¿Pueden hacer horas extraordinarias y complementarias quienes tengan un contrato temporal?
Las personas trabajadoras contratadas a tiempo parcial no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en los supuestos a los que se refiere el artículo 35.3 del Estatuto de los Trabajadores. “[…] No se tendrá en cuenta, a efectos de la duración máxima de la jornada ordinaria laboral, ni para el cómputo del número máximo de las horas extraordinarias autorizadas, el exceso de las trabajadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, sin perjuicio de su compensación como horas extraordinarias”.
Para la realización de horas complementarias, se regirá por lo dispuesto en el 35.5. “[…] A efectos del cómputo de horas extraordinarias, la jornada de cada trabajador se registrará día a día y se totalizará en el periodo fijado para el abono de las retribuciones, entregando copia del resumen al trabajador en el recibo correspondiente”.
En todo caso, la suma de las horas ordinarias y complementarias, incluidas las previamente pactadas y las voluntarias, no podrá exceder del límite legal del trabajo a tiempo parcial definido en el apartado 1 del artículo 35 del E.T., que dice lo siguiente:
“Tendrán la consideración de horas extraordinarias aquellas horas de trabajo que se realicen sobre la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo, fijada de acuerdo con el artículo anterior. Mediante convenio colectivo o, en su defecto, contrato individual, se optará entre abonar las horas extraordinarias en la cuantía que se fije, que en ningún caso podrá ser inferior al valor de la hora ordinaria, o compensarlas por tiempos equivalentes de descanso retribuido. En ausencia de pacto al respecto, se entenderá que las horas extraordinarias realizadas deberán ser compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.”
¿Cómo se establece el control de horas en estos tipos de contratos laborales?
La jornada de las personas que trabajan a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente. Se entregará copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias, a que se refiere el artículo 35.5.
La empresa deberá conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.
¿Qué derechos tienen las personas trabajadoras a tiempo parcial?
Las personas trabajadoras a tiempo parcial tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo.
¿Cómo se efectúa la conversión de este tipo de contratos laborales?
La conversión de un trabajo a tiempo completo en un trabajo parcial y viceversa tendrá siempre carácter voluntario para la persona trabajadora y no podrá imponerse de forma unilateral o como consecuencia de una modificación sustancial de condiciones de trabajo.
La persona trabajadora no podrá ser despedida ni sufrir ningún otro tipo de sanción o efecto perjudicial por el hecho de rechazar esta conversión, sin perjuicio de las medidas que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 51 y 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, puedan adoptarse por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
¿Qué es un contrato de relevo?
Un contrato de relevo es el que se celebra cuando una persona trabajadora accede a la jubilación parcial, con una reducción de jornada de hasta el 75%, cumpliendo los requisitos que marca la Ley General de la Seguridad Social.
La reducción de jornada y de salario podrá alcanzar el 75% cuando el contrato de relevo se concierte a jornada completa y con duración indefinida. Esto se dará siempre que el trabajador cumpla los requisitos establecidos en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Reglas del contrato de relevo
- Se celebrará con una personas en situación de desempleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada.
- La duración del contrato de relevo que se celebre como consecuencia de una jubilación parcial tendrá que ser indefinida o, como mínimo, igual al tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación ordinaria que corresponda conforme a lo establecido en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
- El contrato de relevo podrá celebrarse a jornada completa o a tiempo parcial. En todo caso, la duración de la jornada deberá ser, como mínimo, igual a la reducción de jornada acordada por el trabajador sustituido.
- El horario de trabajo del trabajador relevista podrá completar el del trabajador sustituido o simultanearse con él.
- El puesto de trabajo del trabajador relevista podrá ser el mismo del trabajador sustituido. En todo caso, deberá existir una correspondencia entre las bases de cotización de ambos, en los términos previstos en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Contrato para la formación y aprendizaje, ¿qué es y quién puede ser beneficiario de uno?
El contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje está destinado a favorecer la inserción laboral y la formación de las personas jóvenes (entre 16 y 25 años), en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa, recibida en el marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
¿Cuál es la duración de estos tipos de contratos laborales?
La duración mínima del contrato será de un año y la máxima, de tres. No obstante, mediante convenio colectivo, podrán establecerse distintas duraciones del contrato, en función de las necesidades organizativas o productivas de las empresas, sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses ni la máxima superior a tres años.
¿Qué requisitos debe cumplir la empresa en estos tipos de contratos laborales?
La persona trabajadora deberá recibir la formación inherente al contrato para la formación y el aprendizaje directamente en un centro formativo de la red a que se refiere la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, previamente reconocido para ello por el Sistema Nacional de Empleo.
No obstante, también podrá recibir dicha formación en la propia empresa cuando la misma dispusiera de las instalaciones y el personal adecuados a los efectos de la acreditación de la competencia o cualificación profesional, sin perjuicio de la necesidad, en su caso, de la realización de periodos de formación complementarios en los centros de la red mencionada.
La actividad laboral desempeñada por el trabajador en la empresa deberá estar relacionada con las actividades formativas. La impartición de esta formación deberá justificarse a la finalización del contrato.
Tiempo efectivo de trabajo
El tiempo de trabajo efectivo, que habrá de ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75%, durante el primer año, o al 85%, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo. O, en su defecto, a la jornada máxima legal.
Los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3. Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajo a turnos.
¿Qué retribución tienen las personas trabajadoras afectadas por estos tipos de contratos laborales?
La retribución se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en convenio colectivo.
En ningún caso, la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional, en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Contrato de prácticas: ¿qué es?
El contrato de trabajo en prácticas tiene por objeto la obtención por la persona trabajadora de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios cursados.
Este contrato podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior, o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente. O de certificado de profesionalidad, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional.
¿Cuál es la duración de los contratos de prácticas?
La duración del contrato no podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años. Dentro de esos límites, los convenios colectivos de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, los convenios colectivos sectoriales de ámbito inferior podrán determinar la duración del contrato. Atenderán a las características del sector y de las prácticas a realizar.
Las situaciones de incapacidad temporal, nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia y violencia de género interrumpirán el cómputo de la duración del contrato.
Contratos en prácticas y período de prueba: ¿qué período tienen estos tipos de contratos?
Salvo lo dispuesto en convenio colectivo, el periodo de prueba no podrá ser superior a un mes para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado medio o de certificado de profesionalidad de nivel 1 o 2; ni a dos meses para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado superior o de certificado de profesionalidad de nivel 3.
Si al término del contrato, las personas trabajadoras continuasen en la empresa, no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba. Se computará la duración de las prácticas a efecto de antigüedad en la empresa.
¿Cuál es la retribución en los contratos de prácticas?
La retribución será la fijada en convenio colectivo para las personas trabajadoras en prácticas. En todo caso, no podrá ser inferior al 70 o al 75% durante el primer y segundo año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo.
por Juan José Rodríguez | Ago 4, 2020 | Economía, Empleo, Igualdad
La pandemia de coronavirus no da tregua y prosigue la destrucción de empleo en la Comunidad de Madrid con el aumento del número de parados en un 1,52% durante julio con 6.339 desempleados más en relación al mes anterior, lo que sitúa la cifra global de parados en 423.538 personas.
A pesar del leve descenso del 0,52% del paro registrado en junio, la tendencia desalentadora es evidente, especialmente si tenemos en cuenta que en términos interanuales el aumento del desempleo en Madrid registra una notable subida del 26,24% con respecto a julio del año pasado con un total de 88.028 personas más que pasan a formar parte de la lista del paro.
«Necesitamos un cambio del modelo productivo antes de que sea demasiado tarde. La pandemia está siendo una bofetada de realidad para nuestra economía, que tiene una peligrosa dependencia del sector servicios», señala la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta. «La situación es la siguiente: la actividad sigue a medio gas por motivos sanitarios, los nuevos contratos que se firman son precarios y además tenemos casi medio millón de desempleados y otro medio millón en ERTE», explica Iniesta. «Con estos factores sería un suicidio seguir esperando a que el coronavirus nos dé un respiro. Es el momento de actuar y empezar a fomentar una economía industrial, tecnológica, de investigación y con un turismo reforzado con cultura y desarrollo sostenible».
Servicios sigue siendo el sector más castigado
La crisis castiga nuevamente a los sectores más vulnerables: los jóvenes y las mujeres. De la cifra total de desempleados, 177.784 son hombres y 245.754 son mujeres. Además, 32.889 parados madrileños tienen menos de 25 años, de los cuales 16.768 son hombres y 16.121 mujeres.
Por sectores, el que engloba mayor número de parados es Servicios, con 338.652 (con 4.298 más que el pasado mes de junio), seguido de Construcción, con 31.177 (con 193 desempleados menos). Industria registra 24.228 parados (con 60 desempleados más en julio) y Agricultura, con 3.028 parados en este sector (177 más respecto al mes anterior). Por su parte, 26.453 vienen del grupo de sin empleo anterior (1.997 más).
En cuanto al paro entre extranjeros, se sitúo en 76.472 personas, lo que se traduce en 1.641 personas más respecto al mes anterior y un incremento del 2,19 por ciento. Con respecto al mes de julio de 2019, hay 23.554 desempleados extranjeros más, una subida del 44,51 por ciento. Del total, 28.214 proceden de países comunitarios y 48.258 de extracomunitarios.
Contratos precarios
Respecto a los contratos, en el séptimo mes del año se registraron 165.346, es decir, 40.101 más que el pasado mes de junio, lo que supone una subida del 32,02 por ciento. No obstante, la variación interanual se situó en una caída del 36,75 por ciento, con 96.073 contratos menos que en julio del año pasado.
Del total de contratos, 26.288 fueron indefinidos en Madrid, lo que supone 2.899 más de los firmados en junio y un incremento del 12,39 por ciento, aunque implica 11.358 menos de los que se firmaron en julio del año pasado, lo que se traduce en una bajada del 30,17 por ciento. Los temporales sumaron 139.058, 37.202 más que en el mes anterior (+36,52%) y 84.715 menos que en julio de 2019 (-37,86%).
Además, un total de 572.114 personas en la región percibieron algún tipo de prestación por desempleo entre las diferentes modalidades existentes. En concreto, 484.150 personas obtuvieron prestación contributiva; 78.734, subsidio; 9.230, renta activa de inserción; y ninguna persona estaba inscrita en el programa de activación de empleo.
La cuantía media de prestación contributiva recibida por beneficiario en la Comunidad fue de 793,5 euros y el gasto global alcanzó en marzo 636,3 millones.
por Juan José Rodríguez | Ago 4, 2020 | Economía, Empleo
El PIB español ha registrado en el último trimestre una caída sin precedentes en nuestra Historia Contemporánea del 18,5%. Son datos únicamente comparables con el colapso económico que produjo la Guerra Civil. Es el peor dato de Europa, aunque el conjunto continental tampoco resulta halagüeño: la Unión Europea ha recibido un golpe en su PIB del 12,1% de media.
Ya el primer trimestre, con solo medio mes de afectación de la pandemia por coronavirus, la economía española se había dejado el 5,2% de su PIB, frente al 3,6% de la Eurozona. Los parámetros económicos establecen que ya podemos hablar de recesión, pues un trimestre de bajada se considera coyuntural, pero dos consecutivos, recesión. En España, la variación anual del PIB a junio es catastrófica, pues nuestro país ha perdido casi una cuarta parte de su riqueza: 22,1%.
Esto ocurre en un contexto internacional de debacle económica generalizada, con la gran potencia mundial, Estados Unidos, rememorando el Crack del 29 con una bajada del 9,5% de su PIB. Ya son muchos los efectos sociolaborales que se están observando, pero los efectos reales son aún impredecibles.
Derrumbe del sector turístico
Todos los sectores están padeciendo en mayor o menor medida las consecuencias de la parálisis económica y de las medidas de seguridad imprescindibles para hacer frente a la pandemia. Pero hay un sector, la línea de flotación de la economía española, que está sufriendo especialmente el golpe del coronavirus: el turismo.
El INE publica hoy los datos de turistas extranjeros que vinieron a España en junio. Era el primer mes, desde el inicio del estado de alarma, en el que nuestras fronteras volvían a estar abiertas. Aunque solo fueron unos días y con apertura paulatina según los países, el indicador de turistas extranjeros es desolador: las entradas a España cayeron en un 97,7% y el gasto que los turistas hicieron en nuestro país, un 98,6%. Las visitas desde Francia son las que menos han caído y supusieron la llegada de uno de cada tres turistas internacionales a España.
Los datos de julio, con todo el mes con las fronteras abiertas y el transporte aéreo funcionando a un mayor rendimiento, no parece sin embargo que ofrecerá unas cifras más esperanzadoras. Las diferentes restricciones impuestas por países que aportan una buena parte de nuestros turistas anuales se dejarán notar sin lugar a duda en la próxima estadística.
¿Cambio de modelo productivo acelerado por el covid-19?
Más allá del drama sanitario que ha supuesto el coronavirus, la pandemia también ha supuesto una bofetada de realidad para el modelo productivo de saldo y facilón que durante años ha sacado las castañas del fuego en España.
“Los cambios no se han hecho progresivamente, no se ha apostado por reforzar otros sectores a pesar de los avisos de que el adelgazamiento del peso industrial y tecnológico iba a acabar pasando factura. Ahora a España no le queda otro remedio. Más allá de lo injusto o no de las decisiones de países con situaciones sanitarias y medidas de seguridad iguales o peores a la nuestra, esos países son libres de eso, de tomar sus decisiones. España hace mucho tiempo que debería haber reforzado su economía para que no dependiera de terceros y de sus actuaciones arbitrarias. Ha bastado una simple recomendación fuera de nuestras fronteras para evidenciar que no tenemos soberanía económica ni productiva”, alerta Joaquín Pérez, secretario general de USO.
La caída sin freno de la llegada de extranjeros no solo se notará en el gasto de los turistas, sino en el otro sector comodín: la construcción. Es previsible que la inversión en segundas residencias, especialmente en el sur de España, se contraiga o se desmorone en los próximos meses y, con ello, se paralice la nueva obra por falta de mercado.
“Ya se han construido dos recuperaciones económicas sobre los débiles cimientos del sol y la playa. No podemos permitirnos tropezar tres veces con la misma piedra: es el momento de una economía industrial, tecnológica, de investigación y con un turismo reforzado con cultura y desarrollo sostenible”, pide Pérez.
Transición justa también en el turismo
Hablar de transición justa no es solo hablar de una transición energética o una transición ecológica. Una transición justa es aplicar a todo cambio traumático medidas que amortigüen el golpe para los más débiles. Una transición justa en el turismo implica dejar nuestra dependencia económica del sector sin que sus trabajadores, ya de por sí precarizados y estacionales, se queden en la estacada.
“En USO, hemos defendido que los ERTE en condiciones excepcionales deben continuar hasta el 31 de diciembre. Y, sobre todo, en sectores que se vean especialmente golpeados. Hay que dar opción a que empresas y trabajadores se recuperen, pero, sobre todo, hay que promover incentivos para que se reinventen. Si en el caso del turismo y sus actividades asociadas hay empresas que no ven posibilidad de recuperación inmediata y deciden cambiar su actividad principal manteniendo empleos, deben conservar las ayudas. Poniendo un ejemplo práctico: si los dueños de un bar a pie de playa deciden cerrar ese negocio y reabrirlo a 15 kilómetros orientado a otro tipo de público pero conservando su personal, deben seguir contando con las ayudas de los ERTE a pesar de que el negocio inicial sí cierre por insostenible”, explica el secretario general de USO.
Pero, sobre todo, “hay que potenciar el cambio de sector en las zonas especialmente dependientes del turismo. Muchos jóvenes que hoy trabajan en la hostelería por falta de oportunidades están sobradamente formados para emprender en negocios tecnológicos o en un turismo de mayor valor añadido, que promueva la cultura y el disfrute sostenible de la naturaleza. Un turismo que sí marque la diferencia con otra oferta internacional y que no sea fácilmente intercambiable. España es el tercer país del mundo con más patrimonio cultural declarado, eso no es sustituible por otra playa con sol”, se reafirma Joaquín Pérez.
Digitalización, teletrabajo, acceso a vivienda y España Vaciada
Los efectos de la pandemia van a notarse igualmente en la manera de organizar el trabajo. Hay que aprovechar las lecciones del coronavirus también para diversificar las modalidades de trabajo y entrar de lleno en un teletrabajo efectivo y con garantías, pues son muchas las ventajas que puede ofrecer.
“La digitalización es el presente, no el futuro, y la pandemia nos ha pillado en pañales. Ha demostrado nuestras carencias tecnológicas por la falta de atención a la investigación, con una inversión ínfima y el maltrato continuado a las condiciones laborales de nuestros investigadores. Pero, además, ha evidenciado la nulidad de la formación para el empleo. Una formación para el empleo que solo ha servido durante años para perpetuar las prebendas a las dos organizaciones sindicales mayoritarias y a la patronal, al permitir que gestionen un dinero público que no debería salir del control de las administraciones. Una formación para el empleo que no ha recualificado a personas en el filo de la marginación laboral por carecer de competencias tecnológicas”, abunda el secretario general de USO.
Ahí una de las grandes dificultades de la implantación exprés del teletrabajo, que, sin embargo, debería ser una vía de inclusión laboral para una generación perdedora en dos crisis: la juventud. “Los jóvenes, en su mayoría, están dotados de forma innata para incorporarse a trabajos digitalizados. La progresiva adaptación al teletrabajo puede, además, aliviar la presión demográfica sobre los grandes núcleos de población y permitir que trabajen en sus lugares de origen o donde consideren que pueden iniciar su vida de emancipados. Poder trabajar fuera de las grandes ciudades comporta un mejor acceso a la vivienda, un derecho que hoy por hoy es prohibitivo para la juventud, a la vez que supone una oportunidad para revitalizar grandes áreas vaciadas de población por no generar puestos de trabajo atractivos”, expone Joaquín Pérez.
por Juan José Rodríguez | Jul 29, 2020 | coronavirus
La mascarilla será obligatoria en la Comunidad de Madrid desde este jueves, incluso aunque se pueda garantizar la distancia de seguridad. También se limitará el aforo de las terrazas y las reuniones privadas tanto en espacios interiores como al aire libre a grupos no superiores a diez personas.
Según el plan «Madrid no se para» anunciado ayer por la presidenta autonómica Isabel Díaz Ayuso, los locales de ocio nocturno y las terrazas cerrarán a las 1:30 horas y van a tener la posibilidad de que los últimos clientes entren media hora antes. Será necesario un registro de entrada de DNI y de número telefónico de contacto, para facilitar el trabajo de los técnicos de salud que buscan posibles casos.
Además, la Comunidad de Madrid va a contratar y formar a nuevos rastreadores, llegando a la cifra de 360, «lo que duplica la actual». Esto será ampliable en función de las necesidades que se vayan detectando.
La cartilla covid-19
La Comunidad de Madrid va a impulsar un cartilla covid-19, que será similar a la de vacunación internacional y que tendrá su réplica en la tarjeta sanitaria virtual. En ella se recogerán datos sobre las pruebas que se ha realizado cada persona así como si cuenta o no con anticuerpos.
Por otra parte, se va a activar el Hospital de Emergencias Isabel Cendal de forma temporal en dos pabellones de Ifema, hasta que esté a pleno rendimiento para empezar a derivar pacientes y evitar el colapso de hospitales. El Gobierno regional también hará muestreos serológicos selectivos en colegios y en los institutos, sobre todo a partir de 2º de Bachillerato, aunque se va a hacer de manera «periódica y masiva» en los colegios de Educación Especial.
por Juan José Rodríguez | Jul 28, 2020 | Economía, Empleo
El paro en la Comunidad de Madrid subió en 54.500 personas durante el segundo trimestre del año. La crisis del coronavirus ha provocado un aumento del 14,61% respecto al primer tramo de 2020, y el número total de desempleados alcanza los 427.500 con una tasa de paro del 12,61%, según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) difundidos por el Instituto Nacional de Estadística.
«Ahora mismo en la Comunidad de Madrid hay un millón de personas que se enfrentan a una situación desesperada», señala la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta. «Por un lado hay casi medio millón de personas en el paro, gran parte de ellas pertenecientes al sector servicios que ahora mismo tiene unas perspectivas laborales bastante negras por la incertidumbre que ocasiona la pandemia. Y por el otro lado, más de medio millón de madrileños siguen afectados por los ERTE, que deberían extenderse más allá del 30 de septiembre para evitar una destrucción del empleo desastrosa para la economía», reclama Iniesta.
Madrid es la segunda comunidad en la que más ha aumentado el paro y los datos muestran que nuevamente la crisis se ha cebado con los sectores más vulnerables. Respecto al género, un total de 204.500 desempleados son hombres con una tasa de desempleo del 11,86 por ciento mientras que el paro en las mujeres es mayor, con 222.900 sin trabajo y una tasa del 13,38 por ciento del colectivo.
por Juan José Rodríguez | Jul 22, 2020 | Seguridad privada, USO-Madrid
El Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid ha estimado íntegramente el recurso de USO contra UGT, CCOO y otras organizaciones sindicales y declara la obligación de la Mesa Electoral de computar los votos por correo registrados en el proceso electoral de Prosegur que tuvo lugar el 11 de junio de 2019.
USO impugnó el escrutinio de las elecciones sindicales en Prosegur después de que el órgano de control electoral se negase a computar el voto por correo de 14 trabajadores en el Colegio de Especialistas y no Cualificados. Esa impugnación se desestimó en un laudo arbitral publicado en abril de este mismo año, por lo que USO decidió recurrir a los tribunales.
Finalmente la magistrada ha dado la razón a USO, ha declarado la nulidad del laudo arbitral y declara la obligación de la Mesa Electoral de computar los votos por correo, retrotrayendo el proceso electoral al momento del recuento de los votos y que se computen en el proceso electoral.
por Juan José Rodríguez | Jul 16, 2020 | coronavirus, Salud laboral
El coronavirus no se genera o reproduce dentro de los aparatos de aire acondicionado, según los expertos. A pesar de ello, es recomendable utilizar los sistemas de climatización con ciertas precauciones y combinarlo con la ventilación natural para minimizar cualquier riesgo de contagio y prevenir la expansión del covid-19.
El Gobierno ha publicado una guía con una serie de recomendaciones en el que se prioriza la seguridad de los usuarios ante el contagio sobre el bienestar térmico y la eficiencia energética.
1. Caudal mínimo de aire exterior
El documento publicado pone especial énfasis en la renovación de aire, considerándolo el parámetro más importante. En la medida de lo posible se recomienda un mínimo de 12,5 litros por segundo (l/s) y ocupante, que es el valor que el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE) atribuye a un aire de buena calidad. Para garantizar este valor mínimo, hay dos opciones: se puede aumentar la ventilación o reducir la ocupación de los espacios.
2. Verificación de caudales
Es recomendable verificar que los equipos encargados de la renovación de aire trabajen, al menos, en sus condiciones nominales de diseño y que las posibles pérdidas de carga, especialmente internas al sistema sean mínimas (filtros con colmatación, etc.).
3. Modificar el control para aumentar la ventilación
Si el sistema dispone de controles específicos de calidad de aire, se aconseja desconectarlos, dando prioridad al caudal del sistema (por horario). En horario laboral se recomienda trabajar con el caudal máximo que permita el sistema desde dos horas antes de la apertura y hasta dos horas después del cierre. En las horas restantes de la semana, incluido fines de semana, es preferible que el sistema funcione a bajo caudal, pero nunca a nivel inferior del 25% del caudal de aire nominal.
4. Reducir o eliminar la recirculación de aire en los equipos
Si se disponen unidades de tratamiento con recirculación de aire, se recomienda cerrar las compuertas de recirculación trabajando con aire exterior siempre que sea posible. Si se dispone de sección de “freecooling”, pasar directamente a modo 100% aire exterior.
5. Recuperación de calor
En los recuperadores rotativos es recomendable llevar a cabo una inspección antes de ponerlos en funcionamiento, para verificar el estado de la sección de recuperación en cuanto a fugas y by-pass de partículas desde el aire de extracción al de impulsión. En los recuperadores de placas, se recomienda verificar las posibles fugas antes de ponerse en operación.
6. Extracción de aseos en continuo
Si existe un sistema de extracción específico para la zona de aseos u otras zonas anexas a la oficina, (como, por ejemplo, vestuarios), la guía aconseja mantenerlos activos de forma permanente. Si existen en los aseos ventanas practicables, se recomienda no abrirlas, ya que ello podría establecer un flujo de aire inverso y sacar aire de los aseos al resto del edificio y facilitar la contaminación por vía fecal-oral.
7. Aumento de la ventilación natural
Cuando el edificio no disponga de sistemas de ventilación mecánica, el documento recomienda la apertura de ventanas accesibles, favoreciendo la ventilación cruzada. Asimismo, se aconseja realizar una ventilación regular con ventanas incluso en edificios con ventilación mecánica.
8. Temperaturas
Se recomienda no cambiar los puntos de consigna de calefacción ni refrigeración, ya que las condiciones de operación del edificio impuestas por el RITE (RD 1826/2009) no afectan de forma significativa a la desactivación del virus, y las condiciones que la permitirían, especialmente por condiciones térmicas por encima de 30ºC, no son compatibles con una actividad en el interior de los locales climatizados convencional.
9. Humedad relativa en los valores habituales
Se consideran adecuados los rangos reglamentarios sobre humedad relativa -entre el 30% y el 70%-, por lo que el documento publicado aconseja mantener los puntos de consigna previamente establecidos en el edificio.
10. Unidades con recirculación en instalaciones con ventilación exterior
Si en el edificio ya hay «fancoils«, «splits» inductores u otro tipo de unidades interiores de expansión directa, se recomienda que estos dispositivos funcionen de manera acompasada y solidaria con las unidades exteriores. La guía aconseja aumentar la filtración del aire recirculado si el equipo lo permite, y siempre y cuando se garantice el caudal de aire nominal del equipo.
11. Sistemas de filtración y purificación centralizados
Si el local u edificio presenta dificultades para obtener una ventilación satisfactoria, se recomienda la utilización de unidades portátiles equipadas con filtros de alta eficiencia HEPA, ubicadas en los espacios a tratar. Es importante que mantengan un índice de movimientos hora significativo. La eficacia de estos equipos depende de su correcta selección y dimensionamiento, por lo que se debe realizar por un técnico competente.
De manera particular, la guía señala que no se pueden utilizar equipos basados en la generación de ozono en locales con presencia de personas y que la Organización Mundial de la Salud advierte contra la utilización de las lámparas UV-C para desinfectar las manos o cualquier otra superficie de la piel. Por tanto, no se recomienda su uso en ambientes en los que haya presencia de personas.
12. Mantenimiento preventivo antes de la reapertura
La guía considera las labores de mantenimiento tan importantes como las de operación del sistema. Aquellos edificios y locales que hayan cerrado o cesado su actividad, el documento recomienda realizar una revisión general de la instalación de climatización antes de la reapertura, limpiando rejillas, difusores, filtros y baterías. Y si la instalación es de ventilación, conviene realizar un proceso de purga del aire interior tanto del edificio como del sistema, para lo que bastaría con el arranque del sistema de ventilación para ofrecer un número de renovaciones del aire interior adecuado.
13. Revisiones
El documento no considera preceptivo realizar la limpieza de los conductos si se siguen las recomendaciones anteriores sobre el aumento del aporte de aire exterior, ausencia de recirculación y parada de recuperadores rotativos. De todas formas, esta recomendación no exime de la preceptiva revisión, una vez por temporada, de la red de conductos según los criterios de la norma UNE 100012
14. Limpieza de los conductos
Se aconseja reemplazar los filtros de aire de acuerdo con el programa de mantenimiento ya establecido en cada edificio. Si el ventilador del equipo lo permite, es recomendable mejorar la eficacia del filtro, siempre y cuando se garantice el caudal de aire nominal del equipo.
15. Revisión y limpieza de las unidades de impulsión y retorno
Si bien es necesario realizar una revisión y limpieza de las unidades de impulsión y retorno de aire una vez por temporada, se considera conveniente reforzar el mantenimiento de los climatizadores especialmente en los siguientes puntos:
- Verificación de la estanqueidad de las unidades y secciones que la componen, así como en juntas, puertas o registros.
- Verificación de presiones y caudales nominales de la unidad (punto de trabajo).
- Limpieza de equipo y componentes (baterías, superficie interior, etc.
16. Seguridad en las labores de mantenimiento
Las labores de mantenimiento se deben llevar a cabo de acuerdo con las medidas de seguridad establecidas en los protocolos de cada empresa y según las directrices del Ministerio de Sanidad. En concreto, el documento enfatiza la necesidad de actuar de forma segura en el caso de cambios de filtro. Las medidas de protección serán las habituales, incluyendo protección respiratoria obligatoria y guantes para todas ellas
17. Actuaciones ante un posible contagio
Ante un posible caso positivo de COVID-19 en el edificio o establecimiento, se recomienda que el espacio donde se haya alojado la persona sea ventilado durante, al menos, cuatro horas. La ventilación debe comenzar al menos dos horas antes de iniciar las labores de desinfección. Dentro del protocolo de limpieza y desinfección del espacio, se recomienda incluir las rejillas de impulsión y retorno de aire; la extracción, la limpieza y desinfección del filtro de la unidad interior si la hubiera (fancoil, split); y la limpieza y desinfección de la unidad interior, si existe, pulverizando una solución desinfectante.