por Juan José Rodríguez | Dic 27, 2017 | Acción sindical
Finnair se implantó en España en 2012, tiempo desde el que los TCPs carecían de representación sindical. Esta aerolínea cuenta con un modelo empresarial externalizado, con base en Madrid y Barcelona, y el personal de cabina está contratado a través de Atlas Servicios Empresariales, que forma parte del grupo Adecco.
USO ha vuelto a conseguir representatividad en otra de las aerolíneas que externalizan los servicios de TCP en nuestro país, y seguirá luchando contra la precariedad que caracteriza a este sector, por lo que como ya hizo en el caso de Norwegian, solicitará la negociación de un convenio colectivo que mejore los derechos laborales de su personal, así como regularizar la contratación de los TCPs de acuerdo con la legislación española.
por Juan José Rodríguez | Dic 26, 2017 | Acción sindical, Elecciones sindicales
Los últimos datos de las elecciones sindicales siguen señalando la gran acogida del mensaje de USO-Madrid entre los trabajadores. La semana pasada obtuvimos en Servimil.SA, servicio limpieza Gas Natural Fenosa, 2 delegados; cuando partíamos de cero. También logramos el único delegado que se elegía en Faveley Transport Ibérica SA. ¡Enhorabuena a todos!
por Juan José Rodríguez | Dic 12, 2017 | Acción sindical, Empleo, Igualdad
La secretaria de Igualdad y Acción Social de USO-Madrid, Belén Navarro, asistió hoy en el Ayuntamiento de Madrid a la presentación del informe «Refugio y municipalidad» elaborado por Refugio por Derecho, organización de la que forma parte USO-Madrid, junto a otros sindicatos y entidades sociales.
En el acto se recordó el cupo de acogida con el que se comprometió el Gobierno, 17.337 y cómo solo se ha llegado al 11%, al haber recibido sólo a 1.800 personas.
Algunas propuestas del documento son:
-La inclusión, por parte de las administraciones, de cláusulas específicas en los pliegos de contratación pública para el acceso de personas refugiadas con un cupo determinado.
-La reserva de un cupo de vivienda pública para dirigirlo a situaciones de emergencia habitacional.
El acto en el que participaron representantes de las organizaciones y de los Ayuntamientos comprometidos con el refugio, e intervinieron: Mauricio Valiente (Ayuntamiento de Madrid), Enrique Villalobos (FRAVM) y Cristina Sirur (CEAR Madrid).
Valiente, responsable municipal de Derechos Humanos, recordó que ya habían pasado dos años de las imágenes del niño Aylán, muerto en una playa. «Entonces se generó una corriente de sensibilización mundial demostrando que la sociedad estaba mucho más comprometida y avanzada que las instituciones». El responsable del Ayuntamiento, recalcó la importancia de la empatía para ayudar a estas personas y señaló la «empatía como base de los Derechos Humanos».
Refugios por Derechos está formada por: CEAR, ACCEM, ACPP, CEPAIM, Fundación Paz y Solidaridad, Red ONGDs Madrid, Amnistía Internacional Madrid, Médicos del Mundo, Facua-Madrid, MPDL, FRAVM, CCOO de Madrid, UGT Madrid, USO Madrid, IU Madrid, Podemos Madrid, Equo, PSOE Madrid.
por Juan José Rodríguez | Dic 5, 2017 | Acción sindical, Salud laboral
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha condenado a la química Solvay a contratar directamente y con jornada completa a un médico y a un enfermero para prestar el servicio como Unidad Básica Sanitaria en sus instalaciones, tal y como en primera instancia ya había fallado el Juzgado de lo Social número 6 de Santander.
Esta sentencia, dictada por el máximo órgano judicial cántabro, es pionera en cuanto a la interpretación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, ya que establece la obligatoriedad de internalizar el servicio médico en empresas con más de 250 trabajadores cuya actividad presente riesgos especiales y se encuentre registrada en el Anexo I del RD 39/1997, como por ejemplo químicas, eléctricas, siderometalúrgicas o de la construcción. La sentencia es de obligado cumplimiento en Cantabria y puede ser tenida en cuenta a la hora de decidir judicialmente casos similares en el resto de comunidades autónomas.
USO Cantabria solicitó a principios de año que, tras la jubilación del anterior médico de la empresa, el servicio no se externalizase, tal y como Solvay había comunicado al personal. Esta petición fue parcialmente atendida, ya que la empresa sí incorporó a un médico en plantilla, pero reduciéndole el horario. Ahora, la magistrada del TSJC, Mercedes Sancha, falla que, tal y como pedía la USO, una Unidad Básica Sanitaria ya constituida no puede reducirse y debe estar compuesta como mínimo por un médico y un enfermero, ambos a jornada completa.
Esta sentencia crea además un marco más favorable para el colectivo médico especialista en medicina del trabajo, ya que abre el abanico de contratación directa en las grandes y medianas empresas de muchos sectores industriales.
USO Cantabria señala que “esta importante victoria judicial para la salud de los trabajadores ha sido posible a pesar de los sindicatos UGT y CCOO, quienes compartieron y aceptaron la decisión de reducción del servicio médico de la empresa”.
por Juan José Rodríguez | Dic 1, 2017 | Acción sindical
Manuel Zaguirre, exsecretario general de USO España (1977-2020), presidente de la USO (2002-2010) y de SOTERMUN (1994-2010), relata en el diario La Rioja la labor sindical junto al recientemente compañero fallecido Carlos Solas. «Ocho horas de tren para darle el último adiós durante hora y media en el tanatorio de Logroño, y abrazar a su hija y a sus hijos, y a compañeros de la primera hora como Santi, Fermín, Matías y otros, dan para mucho al evocar cuarenta años exactos de compañerismo, primero, y de amistad sincera forjada a lo largo de esos años, después. Porque Carlos fue una figura central en el devenir de la USO desde 1977, recién estrenada la Libertad Sindical, hasta el día que se fue, un 24 de noviembre del 2017. Por eso pensaba, en el viaje de regreso, en algunas ausencias en el tanatorio tan injustas como irrelevantes».
Dos días antes de irse, hablábamos por teléfono Carlos y yo de qué hacer con las entrevistas de memoria histórica de la USO que habíamos realizado durante el 2016 y el 2017, y que nos ocuparon largas y apasionantes horas. Unas 80 entrevistas en una decena de Comunidades Autónomas que nos preguntábamos si tendrían interés para alguien y si la dirección que saliera del Congreso de la USO nos encargaría culminar. Ausente Carlos, yo no continuaré con ese hermoso ejercicio de memoria histórica que, por otra parte, sólo tiene sentido cuando está al servicio de una fuerte voluntad y compromiso de futuro.
Entre aquel primer encuentro del 77 y esta ultima conversación, han transcurrido exactamente 40 años, como acabo de decirles. Cuando nos conocimos, nos proyectábamos al futuro. Cuando nos despedimos, sin consciencia de que lo estábamos haciendo, discutíamos si volveríamos al pasado, a la memoria histórica. Sigue leyendo: http://bit.ly/2keef8m
por Juan José Rodríguez | Nov 29, 2017 | Acción sindical, Igualdad
Desde USO-Madrid queremos hacer las siguientes aclaraciones en relación a las falsas acusaciones y posteriores calumnias realizadas al miembro de USO-Madrid del comité de empresa (César Sánchez Fernández), por presuntas “amenazas e insultos” hacia Miguel Ángel Barquilla (miembro de CCOO) “por su condición de discapacitado”; que han quedados desmentidas en dos sentencias. Los dos implicados son trabajadores de la Empresa de Servicios Municipales de Alcorcón (ESMASA).
Queremos paliar el grave perjuicio que se le ha causado de una manera malintencionada desde la empresa ESMASA al honor y a la imagen de este trabajador y por ende también a la de este sindicato; solicitando al Ayuntamiento de Alcorcón, a la Asociación FAMMA-Cocemfe (Federación de Asociaciones de personas con Discapacidad Física y Orgánica de la Comunidad de Madrid) y medios de comunicación implicados que realicen la debida rectificación.
Sobre las acusaciones a este trabajador de USO-Madrid en ESMASA ha habido dos procedimientos, uno por la vía social, como consecuencia de la sanción impuesta al trabajador por parte de la Empresa, y otro ante la jurisdicción penal por la denuncia presentada por Miguel Ángel Barquilla. En ambos procedimientos han recaído sentencia de las que se desprende con toda claridad, no solo que se desconocía la situación de discapacidad de Miguel Ángel Barquilla, sino que queda perfectamente acreditado que en ningún caso los “insultos y supuestas amenazas se realizaron en atención a la condición de discapacitado de Miguel Ángel Barquilla”, dice la sentencia.
Análisis de los procedimientos:
-El delegado de USO-Madrid César Sánchez Fernández fue llevado a juicio por la vía Penal, por supuestas amenazas e insultos a un compañero por su condición de discapacitado. En la sentencia Nº 129/2017 del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 4 de Alcorcón, sentencia que por otra parte no es firme y que se encuentra recurrida en apelación se señala: “En el acto del juicio no ha quedado acreditado que el denunciado en el momento de ocurrir los hechos profiriese tales expresiones amenazantes prevaliéndose de la discapacidad que padece el denunciante (consistente en una hemiparesia izquierda, tal y como se infiere de la documental que obra en las actuaciones), tal y como afirma la parte denunciante, ya que si bien físicamente se puede apreciar algún tipo de limitación funcional en la persona del denunciado, no así el hecho de que eso conlleve una minusvalía o una disminución para el desempeño de su trabajo o funciones en el marco de la empresa; procede imponer al denunciado la pena de dos meses de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros”.
-En cuanto a la sentencia dictada en el procedimiento sancionador resuelto mediante sentencia nº 363/17 del Juzgado de lo Social nº 2 de Móstoles, del 7 de noviembre, debida a la sanción laboral muy grave que se le impuso al trabajador de USO-Madrid. En ella se señala: “Las expresiones utilizadas por el actor fueron como se ha dicho insultos dirigidos a un compañero de trabajo, pero no un mal trato de palabra, al no ser probado que fueran expresados de manera acosadora e intimidatoria frente al compañero de trabajo”(…)
“Es cierto que el Jefe de Servicio alega en su denuncia que el compañero insultado sufre una discapacidad, y así se reconoce por éste. Pero no hay prueba de que este extremo fuera conocido por el actor, y el propio afectado por los insultos manifiesta que no ocupa un puesto de trabajo adaptado por discapacidad. Y este concreto extremo, que el afectado sufría una discapacidad, no ha sido hecho imputado en la propuesta de sanción ni en la carta final de sanción, que únicamente eleva la graduación de la sanción. (…)
Por todo lo razonado, y en aplicación del artículo 115. 1. b) LJS, procede revocar la sanción impuesta, dado que los hechos imputados, constitutivos de una falta grave, estaban prescritos al momento de imponer la sanción, al haber trascurrido el plazo de veinte días desde la propuesta de resolución de la Instructora, momento en el que quedaron definitivamente fijados los hechos. Por lo que no es posible aplicar el artículo 115.1 c) LJS.”