Nuevos cursos gratuitos online y presenciales para delegados

Nuevos cursos gratuitos online y presenciales para delegados

La Secretaría de Formación de USO-Madrid pone en marcha un plan de formación regional gratuito dirigido prioritariamente a:

  • Representación Legal de los Trabajadores y Secciones Sindicales.
  • Afiliación relacionada con los procesos de negociación colectiva.

Esta formación está 100% subvencionada por la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por lo que no consume créditos de formación de las empresas y no supone coste alguno para los participantes, que pueden formarse libremente sin necesidad de notificarlo a su empresa.

Estos cursos se imparten en modalidad online o en modalidad presencial. Todos los cursos presenciales se impartirán en horario de mañana en la sede de USO-Madrid. Para inscribirte debes completar el formulario que encontrarás en la página web de FEMXA.

Cursos Online

  • Negociación colectiva | 30 horas.
  • Mediación y resolución de conflictos | 35 horas.
  • Contratación laboral | 60 horas.
  • Comunicación, negociación e influencia | 50 horas.
  • Funciones de los representantes de trabajadores | 40 horas.

Cursos Presenciales

Formación económica para cuadros sindicales | 15 horas.

  • 1ª Edición: 9, 10 y 11 de Marzo.
  • 2ª Edición: 21, 22 y 23 de Abril.
  • 3ª Edición: 8, 9 y 10 de Junio.
  • 4ª Edición: 8, 9 y 10 de Septiembre.

Negociación colectiva y acción sindical | 8 horas.

  • 1ª Edición: 22 y 23 de Febrero.
  • 2ª Edición: 5 y 6 de Abril.
  • 3ª Edición: 21 y 22 de Junio.
  • 4ª Edición: 13 y 14 de Septiembre.

Criterios de negociación colectiva con perspectiva de género, planes de igualdad y sensibilización | 4 horas.

  • 1ª Edición: 4 de Marzo.
  • 2ª Edición: 20 de Mayo.
  • 3ª Edición: 24 de Junio.

Estrategia de difusión de contenidos en el marco de la negociación colectiva | 12 horas.

  • 1ª Edición: 8 y 9 de Abril.
  • 2ª Edición: 19 y 20 de Mayo.

Comunicación sindical | 8 horas.

  • 1ª Edición: 5 y 6 de Mayo.
  • 2ª Edición: 31 de Mayo y 1 de Junio.

Aplicación práctica del nuevo Reglamento de Protección de Datos | 4 horas.

  • 1ª Edición: 15 de Abril.
  • 2ª Edición: 3 de Junio.

Cómo hablar en público | 8 horas.

  • 1ª Edición: 13 y 14 de Abril.
  • 2ª Edición: 16 y 17 de Junio.
Complemento de maternidad en las pensiones y otras medidas contra la brecha de género

Complemento de maternidad en las pensiones y otras medidas contra la brecha de género

Hoy se publica la nueva normativa contra la brecha de género que establece, entre otras medidas, un nuevo “complemento de maternidad” para la pensiones. El BOE recoge el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, de medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en el ámbito de Seguridad Social y Económico.

Con respecto a la brecha de género en las pensiones, se crea un nuevo complemento de maternidad. Este mejora las condiciones y ahora puede ser solicitado también por los padres. Se abonará a partir del primer hijo y no del segundo.

El nuevo complemento de maternidad en las pensiones, al detalle

  • Cuantía fija de casi 400 euros al año por hijo a partir del primero y hasta un máximo de cuatro. El importe del complemento por descendiente se fijará en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado. La cuantía a percibir estará limitada a cuatro veces el importe mensual fijado por descendiente. Se incrementará al comienzo de cada año en el mismo porcentaje previsto en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado para las pensiones contributivas.
  • Se concederá a la madre o al padre.
  • Para que los hombres puedan tener derecho al reconocimiento de este complemento, deberá concurrir alguno de los siguientes requisitos:
    • Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor, por los hijos en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.
    • Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente, y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción. Se establecen una serie de requisitos que se detallarán en el artículo 60, que se reforma, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
  • Con la reforma, se posibilita que aquellos padres que acrediten un perjuicio en su carrera de cotización con ocasión del nacimiento o adopción de un hijo por la asunción de esas tareas de cuidados tengan acceso al complemento. Es decir, se combina una acción positiva en favor de las mujeres (si ninguno de los progenitores acredita el perjuicio en su carrera de cotización, el complemento lo percibe la mujer) con la previsión de una “puerta abierta” para aquellos hombres que puedan encontrarse en una situación comparable.
  • El derecho al complemento por cada descendiente se reconocerá o mantendrá a la mujer siempre que no medie solicitud y reconocimiento del complemento en favor del otro progenitor. Si este otro progenitor también es mujer, se reconocerá a aquella que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.
  • Si los dos progenitores son hombres y se dan las condiciones anteriores que señala el artículo 60, se reconocerá a aquel que perciba pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.
  • El reconocimiento del complemento al segundo progenitor supondrá la extinción del complemento ya reconocido al primer progenitor. Antes de dictar la resolución reconociendo el derecho al segundo progenitor, se dará audiencia al que viniera percibiendo el complemento.
  • Se reconocerá en todas las modalidades de pensión, salvo en la jubilación parcial. No obstante, se reconocerá el complemento que proceda cuando, desde la jubilación parcial, se acceda a la jubilación plena, una vez cumplida la edad que en cada caso corresponda.
  • Se pagará hasta que la brecha de género en pensiones baje del 5%. La brecha será el porcentaje que representa la diferencia entre el importe medio de las pensiones de jubilación contributiva causadas en un año por los hombres y por las mujeres.

¿Cómo se regula la percepción del complemento de maternidad?

La percepción del complemento estará sujeta además a las siguientes reglas:

  1. Cada descendiente dará derecho únicamente al reconocimiento de un complemento.
  2. No se reconocerá el derecho al complemento al padre o a la madre que haya sido privado de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial. Tampoco se reconocerá el derecho al complemento al padre que haya sido condenado por violencia contra la mujer.
  3. El complemento será satisfecho en catorce pagas, junto con la pensión que determine el derecho al mismo.
  4. El importe del complemento no será tenido en cuenta en la aplicación del límite máximo de pensiones.
  5. El importe de este complemento no tendrá la consideración de ingreso o rendimiento de trabajo en orden a determinar si concurren los requisitos para tener derecho al complemento por mínimos.
  6. Cuando la pensión contributiva que determina el derecho al complemento se cause por totalización de períodos de seguro a prorrata temporis en aplicación de normativa internacional, el importe real del complemento será el resultado de aplicar a la cuantía a la que se refiere el apartado anterior, que será considerada importe teórico, la prorrata aplicada a la pensión a la que acompaña.

Esta modificación se da a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (12/XII/2019,asunto WA), que obligaba a España a modificar la ley por discriminatoria. En USO ya alertábamos de que esta resolución dejaba de lado el espíritu inicial de la norma, que era acabar con la brecha de género en las pensiones. Por ello, era necesario un nuevo redactado del complemento.

La brecha de género en las pensiones: un reflejo de la brecha en la vida laboral

No es exagerado afirmar que la brecha de género constituye la principal insuficiencia en la acción protectora de la Seguridad Social en el ámbito de las pensiones. Esto es reflejo de una discriminación histórica y estructural de las mujeres en el mercado de trabajo por la asunción del rol de cuidadoras de los menores.

En este sentido, se constata que la maternidad afecta decisivamente a la trayectoria laboral de la mujer en su etapa en activo. Y es esta una, sino la más importante, causa de esa brecha. Cuanto mayor es el número de hijos, menor es el número de años cotizados, menor es la proporción de contratos a tiempo completo o equivalente, y menor es, en última instancia, la pensión reconocida. Así lo reconoce también el Real Decreto-ley aprobado.

La financiación de dicho complemento se realizará mediante una transferencia del Estado al presupuesto de la Seguridad Social. La reforma también alcanza a la Ley de Clases Pasivas del Estado. Con ella, modifica su Disposición Adicional decimoctava.

USO pide que la lucha por la igualdad no se instrumentalice

En USO esperamos que, para el sistema de revisión de la brecha, se tengan en cuenta informes y propuestas de todos aquellos que estamos implicados en el trabajo por la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. El Real Decreto-ley contempla un sistema de revisión “a través del Diálogo Social” cada cinco años.

Sin embargo, “si esta revisión únicamente depende del Diálogo Social tal y como está establecido, entendemos que USO, como tercer sindicato de España, y organizaciones como la MERP, respaldada por dos millones de ciudadanos para trabajar por blindar unas pensiones dignas, no podremos participar de estas revisiones. Las brechas de género son un problema de toda la ciudadanía y en los sindicatos trabajamos cada día por disminuirla y erradicarla en última instancia. En USO tenemos mucho que aportar y lucharemos para no se saquen otros réditos de la igualdad“, apunta Dulce María Moreno, secretaria de Formación Sindical e Igualdad de USO.

USO pide que la covid-19 sea enfermedad profesional para trabajadores presenciales

USO pide que la covid-19 sea enfermedad profesional para trabajadores presenciales

USO ha dirigido un escrito al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para solicitar la ampliación del reconocimiento de la covid-19 como enfermedad profesional a todos los trabajadores presenciales.

El sindicato solicita que se amplíe el reconocimiento de las prestaciones por enfermedad profesional a los trabajadores y trabajadoras presenciales que día a día se exponen a contraer el virus en su lugar de trabajo o en el camino de ida y vuelta del mismo.

Para USO, este mismo derecho y reconocimiento de la covid-19 como enfermedad profesional lo merecen el personal de limpieza; mantenimiento; transporte de mercancías y personas; logística; mensajería; seguridad privada; Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; contact center; recogida de residuos y limpieza pública viaria; sector agropecuario; producción industrial; protección civil; farmacias; trabajadores de centros educativos; monitores; peluquería y estética; personal de supermercados. Y un largo etcétera de trabajadores que se exponen a diario a un posible contagio del virus por llevar a cabo su trabajo.

Enfermedad profesional solo para sanitarios

El Consejo de Ministros aprobó ayer, y se publica hoy en el BOE (Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero), la declaración de la covid-19 como enfermedad profesional para los sanitarios. Este reconocimiento ofrece una cobertura durante toda la vida del trabajador sanitario.

Así, el artículo 6 “otorga al personal que preste servicios en centros sanitarios y sociosanitarios inscritos en los registros correspondientes que, en el ejercicio de su profesión, durante la prestación de servicios sanitarios o socio-sanitarios, haya contraído el virus SARS-CoV- 2, las mismas prestaciones que el sistema de la Seguridad Social otorga a las personas que se ven afectadas por una enfermedad profesional”.

Desde USO celebramos este reconocimiento al personal sanitario y sociosanitario, pero creemos que se produce un agravio comparativo importante. En primer lugar, hacia los trabajadores y trabajadoras de empresas auxiliares que desarrollan su trabajo en centros sanitarios y sociosanitarios, llevando a cabo labores de seguridad, limpieza, mantenimiento, etc.

En segundo lugar, consideramos que ese reconocimiento se debe hacer extensivo al resto de trabajadores que, desde el primer momento en que se desencadenó la crisis sanitaria han estado en primera línea, trabajando presencialmente, exponiéndose a la enfermedad y, en muchos casos, contrayendo el virus, enfermando y muriendo. “Estos trabajadores sólo han tenido el reconocimiento como situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal, lo que no les da cobertura en caso de fallecimiento, ni se va a reconocer el origen laboral de las posibles secuelas que puedan padecer tras enfermar”, expone Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.

En resumen, esta discriminación demuestra lo que denunciamos en numerosas ocasiones: que el derecho a la salud y a la protección y cobertura ante la enfermedad varía dependiendo de quien sea la empresa contratante.

Otras reclamaciones

USO también ha reclamado anteriormente que el fallecimiento de las personas trabajadoras víctimas del covid-19, que se encuentren en situación de asimilada a accidente de trabajo, sea considerado, a todos los efectos, accidente laboral.

En esa petición exponíamos que, pesar de la modificación recogida en el RD-Ley 13/2020, desde nuestra experiencia y dada las peculiaridades de esta pandemia, muy pocas personas trabajadoras pueden demostrar que la causa exclusiva de su contagio tiene origen laboral. Por lo que, en caso de que contraigan el virus, no van a tener ese reconocimiento de accidente laboral más allá de la prestación económica si sobreviven y ningún reconocimiento en caso de fallecimiento.

USO-Madrid denuncia la ineficacia de los ERTE para frenar el aumento del paro

USO-Madrid denuncia la ineficacia de los ERTE para frenar el aumento del paro

Por cuarto mes consecutivos sube el número de parados en la Comunidad de Madrid hasta alcanzar un total de 439.684 desempleados, un 25,36% más que hace un año. Este mes de enero se ha seguido destruyendo empleo, con 7.168 parados más (1,66%) y también hemos perdido 32.423 cotizantes a la Seguridad Social (1%).

Los ERTE excepcionales son una medida necesaria para evitar que miles de trabajadores pierdan su empleo debido a la crisis económica del coronavirus. Pero “los ERTE no puede ser la única estrategia para evitar de forma artificial la destrucción de puestos de trabajo” señala la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta: “Esto es como el que pone cubos de agua para arreglar una gotera enorme en el tejado”.

Iniesta alerta de que las soluciones de urgencia improvisadas por las administraciones no son capaces de crear nuevos empleos y en breve tampoco evitarán la destrucción de puestos de trabajo: “La Universidad Europea ha anunciado un ERE con 275 despidos, Eurest plantea otro ERE con unas 800 personas afectadas, Douglas también ha anunciado 450 despidos solo en Madrid… la situación va a empeorar y mucho en los próximos meses”, afirma Iniesta.

“¿Hasta cuándo van a esperar los gobiernos nacional y autonómico para empezar a implantar medidas eficaces para crear empleos? A estas alturas ya deberían ser conscientes de que la situación no se va arreglar por si sola”, cuestiona Iniesta, “Llevamos diez meses de pandemia, nos acercamos al medio millón de parados en la región y el panorama que se avista para un futuro cercano es sumamente preocupante”.

USO se opone al ERE de Douglas que despedirá a 600 personas y cerrará 97 tiendas

USO se opone al ERE de Douglas que despedirá a 600 personas y cerrará 97 tiendas

USO se opone al ERE anunciado por la empresa Douglas y que supondrá el despido de más de 600 personas y el cierre de 97 tiendas en toda España. Desde USO reivindicamos la labor de los trabajadores de Douglas y reclamamos que la empresa busque una transformación de los puestos de trabajo para adaptarlos al nuevo modelo de consumo, en lugar de optar por eliminarlos.

La empresa Douglas ha comunicado a sus trabajadores el inicio de un expediente de regulación de empleo. La empresa alega que se ha producido un cambio en los hábitos de compra de los consumidores ante la crisis sanitaria provocada por la covid-19. Las restricciones han provocado un aumento de ventas online en detrimento de las visitas a las tiendas físicas.

Este argumento ha servido de excusa suficiente para que la empresa anuncie un ERE que afectará a todos los departamentos de las oficinas centrales y supondrá el cierre de más de un tercio de las 291 tiendas del grupo. En Madrid cerrarán 47 tiendas de las 97 que actualmente tienen abiertas, afectando a alrededor de 450 personas trabajadoras de las cerca de 900 que prestan sus servicios en esta comunidad.

Esta medida nos parece del todo desproporcionada dejando en la calle a más de 600 personas y dejando varias provincias sin ninguna tienda. Desde USO no podemos asumir que la digitalización y la transformación del modelo de consumo conlleve la pérdida masiva de empleo. Lo principal de las empresas es el valor humano y se debe buscar una medida de transformación de estos puestos de trabajo en lugar de eliminarlos.

El proceso comienza el día 12 de febrero con la constitución de la comisión negociadora, donde se establecerá el calendario de reuniones, y se prolongará hasta mediados de marzo.

Uso obligatorio de mascarilla en restaurantes, seis personas por mesa en terrazas y nuevos horarios

Uso obligatorio de mascarilla en restaurantes, seis personas por mesa en terrazas y nuevos horarios

El Gobierno de la Comunidad de Madrid decretará este viernes el uso obligatorio de la mascarilla en los restaurantes como medida de prevención frente a la covid-19. Aunque actualmente viene recogido por Orden, el Gobierno autonómico va a introducir una regulación más amplia y específica para que se sólo se pueda retirar cuando se está comiendo y bebiendo.

En las próximas semanas también se incrementará a seis personas el número de comensales en las terrazas para las próximas semanas (actualmente está fijado en cuatro, tanto en el interior como en el exterior de los establecimientos).

Los locales también tendrán que garantizar la ventilación cruzada, preferentemente natural, que pasará a ser un derecho del consumidor. Estas medidas se aprobarán el viernes, aunque todavía no se ha comunicado cuándo entrarán en vigor.

La Seguridad Social investiga los contratos de empleadas de hogar por debajo del SMI

La Seguridad Social investiga los contratos de empleadas de hogar por debajo del SMI

Las personas que tengan contratada a una empleada de hogar y cuidados a tiempo completo tendrán que comunicar a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social cuál es el salario real que están pagando a dicha empleada.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social en los próximos días enviará cartas a todos aquellos empleadores/ras que tengan contratadas a empleadas de hogar y cuidados, cuyas condiciones de contratación sean:

  • Un contrato de trabajo a tiempo completo.
  • Una retribución mensual inferior al salario mínimo interprofesional incluidas las pagas extras prorrateadas.

Estos empleadores/ras tendrán que declarar antes del 31 de marzo, ante la Tesorería General de la Seguridad Social, el actual salario real desde el 1 de enero de 2021. Dicho salario no podrá ser inferior al SMI con las pagas extras incluidas. Es decir, con todo incluido no podrá ser inferior a 1.108,33 euros en total.

A partir del 1 de abril, si no se ha regularizado esta situación, se iniciarán actuaciones inspectoras de comprobación por parte de la ITSS que pueden conllevar sanciones.

Madrid cierra 2020 con una tasa de paro del 13,5 y ni los ERTE consiguen tapar la caída de la ocupación

Madrid cierra 2020 con una tasa de paro del 13,5 y ni los ERTE consiguen tapar la caída de la ocupación

Madrid cierra un año negro para el empleo con 127.000 personas más en las listas del paro con respecto a diciembre del año pasado. Ahora mismo tenemos una tasa de paro del 13,53%. Esto supone un total de 480.000 personas desempleadas, según los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) publicada este jueves.

En el cuarto trimestre, Madrid es la tercera comunidad en la que más ha subido el desempleo con un incremento de 21.000 parados. Aunque la ocupación también se elevó en ese periodo en 62.100 personas, es “una cifra engañosa porque incluye a las personas en ERTE”, señala Conchi Iniesta, secretaria general de USO-Madrid.

De hecho, a finales de 2020 había 3.067.500 ocupados en la región. Esto supone una tasa de ocupación del 63,33%, un 3,37% menos que en el último trimestre de 2019. «Ni siquiera los ERTE pueden tapar la caída real de la ocupación en 2020, con una pandemia haciendo estragos en el empleo”, afirma Iniesta.

“Necesitamos ya ayudas directas vinculadas a la creación y mantenimiento del empleo, tal y como sucede en otras partes de Europa, y no depender de las agónicas prórrogas de los ERTE. El sistema no puede aguantar mucho más tiempo sin generar puestos de trabajo y las familias ya están notando los estragos de la crisis económica», señala Iniesta.

USO consigue 17 nuevos delegados en la Universidad Europea de Madrid como premio en su lucha contra el ERE

USO consigue 17 nuevos delegados en la Universidad Europea de Madrid como premio en su lucha contra el ERE

USO ha obtenido 17 delegados en las elecciones sindicales celebradas este martes, 26 de enero, en la Universidad Europea de Madrid. El Comité, en el USO ostentaba ya la mayoría con 14 delegados, ha demostrado una vez más durante los últimos 4 años su empeño, trabajo y apoyo absoluto por los trabajadores a los que representan.

RESULTADO

  • USO: 17 delegados
  • UGT: 6 delegados

USO se opone frontalmente al ERE en la Universidad Europea

En la actualidad, la empresa pretende despedir a 275 trabajadores mediante un ERE planteado, no por causas económicas, sino por causas organizativas. USO y sus representantes en el Comité de Empresa se han opuesto radicalmente, pues consideran que es absolutamente injustificado y
contrario a las mínimas normas éticas, por enviar al paro injustamente a los trabajadores con el único interés de aprovechar la ocasión para enriquecer más a la empresa.

El Comité está organizando concentraciones contra el ERE a la que están acudiendo multitud de trabajadores y a la que unen muchos estudiantes que también ven perjudicados sus intereses. La próxima este viernes 29 a las 12:00 en la calle Tajo, ante la entrada de acceso al campus de Villaviciosa. Animamos a todos los delegados de USO de otros centros a acudir a apoyarles.

Desde USO volvemos a manifestar nuestro rechazo absoluto al ERE. Siempre estaremos al lado de los trabajadores y haremos todo lo posible para impedir que este ERE salga adelante.

Plan Me Cuida: prórroga hasta el 31 de mayo

Plan Me Cuida: prórroga hasta el 31 de mayo

El Consejo de Ministros ha aprobado la prórroga del Plan Me Cuida, dentro del paquete de actuaciones contenidas en el Real Decreto-ley de medidas que refuerzan la protección del empleo.

El Plan Me Cuida queda regulado en el artículo 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo. Permite flexibilizar la jornada laboral para ejercer el deber de cuidado respecto del cónyuge o pareja de hecho, así como de los familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora por circunstancias excepcionales relacionadas con las actuaciones necesarias para evitar la transmisión comunitaria del covid-19. Es decir, padres, madres y abuelos/as en línea ascendente y los hijos/as y nietos/as en línea descendente.

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