Los permisos de paternidad y maternidad: cambios de la nueva ley en 2021

Los permisos de paternidad y maternidad: cambios de la nueva ley en 2021

Desde el 1 de enero de 2021, ambos progenitores cuentan con permisos de nacimiento (antes conocidos como permisos de paternidad y maternidad) de 16 semanas. Serán igualitarios e intransferibles. Y, desde la aprobación del RD-ley 6/2019, de 1 de marzo, pasan a llamarse permisos por nacimiento. Serán de 16 semanas para la madre biológica y para el otro progenitor, sea cual sea su sexo.

Los padres y madres de los bebés nacidos a partir del 1 de enero, dispondrán de esas 16 semanas de suspensión de contrato para cada uno de los progenitores. Al pasar a ser igualitarios, no puede transferirse ya ninguna semana de la madre al otro progenitor, como sí ocurría en los dos años de adaptación, con 8 y 12 semanas de permiso para el otro progenitor en 2019 y 2020.

¿Cómo se disfrutan las 16 semanas de permiso?

El disfrute de los permisos de paternidad y maternidad de 16 semanas no será simultáneo en su totalidad. Precisamente, la ampliación del antiguo permiso de paternidad busca que el menor esté más tiempo al cuidado completo de al menos uno de sus progenitores y que la suspensión del contrato y mermas laborales no recaigan siempre sobre la madre. Así, los permisos deberán disfrutarse:

  • De las 16 semanas de permiso, ambos progenitores disfrutarán 6 semanas de forma obligatoria e ininterrumpidamente con posterioridad al parto. Por tanto, esas 6 semanas las disfrutarán simultáneamente.
  • Las 10 semanas restantes podrán disfrutarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida. Se hará siempre dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento o a la resolución judicial por la que se constituya la adopción, o bien a la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.
  • La suspensión de estas 10 semanas se distribuirá a voluntad de los progenitores y podrá ejercitarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora afectada, en los términos que reglamentariamente se determinen.

Además de las 16 semanas, ¿se tiene derecho a los dos días del ET?

El permiso por nacimiento de 2 días, 4 en caso de desplazamiento, recogidos anteriormente en el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores ha sido eliminado al aumentar el “permiso de paternidad” y equipararlo al de la madre biológica.

No obstante, en la actualidad, la mayoría de los convenios colectivos siguen manteniéndolo de forma expresa. Por ello, hay que estar a lo dispuesto en el convenio que se aplica en cada caso concreto, sea sectorial o de empresa. Este permiso retribuido, de origen convencional, por nacimiento de hijo corresponde tanto a hombres como a mujeres. Podrá disfrutarse, si así se tiene derecho por convenio, tras la suspensión obligatoria del contrato de trabajo por nacimiento del bebé.

¿En qué supuestos es posible ampliar estas 16 semanas de permiso?

El período de suspensión del contrato por nacimiento se ampliará en 2 semanas más, una para cada uno de los progenitores, en los siguientes casos:

  • discapacidad del menor en el nacimiento, adopción, en situación de guarda con fines de adopción o de acogimiento.
  • nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple, por cada menor distinto del primero.

En los casos de familias monoparentales, el progenitor único disfrutará de estas dos semanas adicionales. Así lo recoge el criterio del INSS, de 5 de agosto de 2019, para equiparar los derechos de las familias monoparentales.

¿Cuándo es nulo el despido tras el permiso por nacimiento, antes de maternidad o paternidad?

La nueva regulación también modifica este aspecto. Tras la incorporación de las personas trabajadoras, tanto de la madre como el otro progenitor, a su puesto de trabajo, hay 12 meses, no 9, durante los cuales la extinción del contrato o el despido será nulo. Esta protección de 12 meses tras la incorporación por la suspensión de contrato por nacimiento o adopción se aplica también a guarda o acogimiento.

¿Se tiene derecho a la suspensión del contrato de 16 semanas en caso de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento?

Sí. Estos derechos se contemplan además para los casos de adopción, guarda con fines de adopción y de acogimiento, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las comunidades autónomas que lo regulen, siempre que su duración no sea inferior a un año. Cada persona adoptante, guardadora o acogedora tendrá derecho a 16 semanas a partir del 1 de enero. En las mismas condiciones de disfrute que si se tratase de un nacimiento.

¿Qué condiciones debe tener el menor para que los padres disfruten de este permiso?

El menor debe tener 6 años o menos. También puede ser mayor de 6 años, y siempre menor de 18, en los siguientes casos:

  • tener una discapacidad. En ese caso, se añaden 2 semanas más. En total, 18 semanas de permiso, como ocurre con el de nacimiento.
  • que, por circunstancias y experiencias personales, o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar. Estas deben estar acreditadas por los servicios sociales competentes.

En ningún caso un mismo menor dará derecho a varios periodos de suspensión de la misma persona trabajadora.

¿Puede transferirse parte del período de suspensión entre ambos progenitores?

No. Al igual que los permisos por nacimiento, este derecho es individual de la persona trabajadora. No puede transferirse su disfrute total o en parte a la otra persona adoptante, guardadora o acogedora.

¿Qué ocurre si en una misma empresa dos personas ejercen este derecho?

Cuando las dos personas adoptantes, guardadoras o acogedoras que ejerzan este derecho trabajen para la misma empresa, la empresa podrá limitar el disfrute simultáneo de las 10 semanas voluntarias por razones fundadas y objetivas. Estas deben estar debidamente motivadas por escrito.

¿Puede adelantarse el disfrute del permiso en los casos de adopción, guarda o acogimiento?

Los diferentes permisos de adopción, guarda o acogimiento podrán adelantarse a la fecha de la resolución judicial o decisión administrativa. Pero solo en el supuesto de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los progenitores al país de origen del adoptado.

Este periodo de suspensión podrá iniciarse hasta 4 semanas antes de la resolución por la que se constituye la adopción.

¿Existe algún permiso retribuido en los casos de adopción, guarda o acogimiento?

Sí. En estos casos existe el derecho a un permiso retribuido, por el tiempo indispensable, para la asistencia a las perceptivas sesiones informativas de preparación, y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad. Siempre, en todos los casos, que estos deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo, según recoge el 37.3 f) del ET.

16 semanas: adiós a la discriminación entre permisos de paternidad y maternidad

Desde USO, consideramos positivo el que ambos progenitores tengan permisos iguales, intransferibles y retribuidos al 100%. No obstante, recordamos que es importante atender a la letra pequeña de esta nueva regulación.

Tal y como defiende la PPiiNA (Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción), el RD establece dos trampas graves:

  • que las primeras 6 semanas de permiso sean simultáneas entre ambos progenitores.
  • la pérdida del derecho a disfrutar de todo el permiso a tiempo completo mediante la simple comunicación a la empresa.

En USO respaldamos que estas dos premisas “suponen una barrera sustancial para que los hombres cuiden de manera corresponsable y, por otra parte, acortan el tiempo total posible para el cuidado del bebé directamente por sus progenitores”. Por lo tanto, la PPiiNA ha solicitado al Gobierno una rectificación del RD-ley de 2019, pues, de no corregirse, los hombres seguirán siendo considerados “simples ayudantes en los cuidados y estarán más disponibles para las empresas que las mujeres”.

Esto es una discriminación para ambos. En el caso de las mujeres, porque seguirán como cuidadoras principales y penalizadas laboralmente como mano de obra más precaria. Y, en el caso de los hombres, por unos derechos de segunda para cuidar a sus hijos.

Por ello, USO se ha unido a esta petición de la PPiiNA, que lleva ya trabajando 15 años con el fin de eliminar las desigualdades entre hombres y mujeres. 85 organizaciones sociales han firmado la petición para eliminar las desigualdades parentales.

La Comunidad de Madrid aprueba el Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales 2021-2024

La Comunidad de Madrid aprueba el Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales 2021-2024

El VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales, aprobado a finales de diciembre por la Comunidad de Madrid, incluye las novedades que ha introducido la crisis sanitaria del COVID-19 en materia de prevención y seguridad de trabajadores y empresarios.

Como novedad, este Plan Director también incluye actuaciones específicas ante los riesgos emergentes derivados de la evolución demográfica, la tecnología y las nuevas formas de organización del trabajo, como el teletrabajo. También se contemplan los riesgos laborales en el entorno del Empleo Verde y la transición justa, teniendo en cuenta la diversidad y la perspectiva de género.

También hay que destacar que, a diferencia de anteriores planes, que eran más exhaustivos en su desarrollo, en este se ha optado por determinar grandes líneas de trabajo, de tal forma que sea el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo (IRSST), junto con los agentes sociales, el que año a año establezca las acciones oportunas con base en lo negociado, permitiendo la adaptación de las medidas a las circunstancias concretas en cada momento y a la nueva Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo.

En cuanto a las grandes líneas generales definidas en el VI Plan Director, un primer eje tiene por objetivo promover la integración y el liderazgo de la prevención de riesgos laborales para alcanzar un futuro de trabajo seguro y saludable. Dentro de este eje, el más extenso de todos, se pretende impulsar la integración de la prevención de riesgos laborales para favorecer la competitividad de las empresas mediante la innovación y la transformación digital. También incluye actuaciones para promocionar la mediación laboral, como instrumento para fomentar un clima laboral saludable, así como la creación de líneas de I+D+i orientadas a la investigación de los efectos de las condiciones de trabajo en la salud de los trabajadores. El refuerzo de la formación y divulgación del conocimiento especializado, así como de la cultura preventiva constituye otro de los grandes ejes generales.

El presupuesto total para el VI Plan Director de Riesgos Laborales asciende a 55,8 millones de euros, que cubrirán el período de vigencia comprendido entre 2021 y 2024. Una cantidad que se repartirá del siguiente modo: 23,6 millones para actuaciones de información, formación y asesoramiento en materia preventiva con medios propios; 22,9 millones en actuaciones de colaboración con otras administraciones, con agentes sociales y otras entidades para la divulgación e información; y otros 9,3 millones en actuaciones e incentivos dirigidos a reducir la siniestralidad laboral y promover el incremento de los niveles de seguridad y salud en las empresas.

SOTERMUN destina 5.000 euros al proyecto solidario de la Asociación Somos Tribu de Entrevías (Vallecas)

SOTERMUN destina 5.000 euros al proyecto solidario de la Asociación Somos Tribu de Entrevías (Vallecas)

La ONGD del sindicato USO, Sotermun, ha destinado 5.000 euros al proyecto de la Red de Solidaridad Somos Tribu de Entrevías-El Pozo. Esta cuantía se utilizará para proporcionar alimentos a familias a través de su despensa solidaria. La mayoría de los productos son adquiridos en pequeños comercios del propio barrio, generando un valor adicional en este barrio cuyo PIB per cápita es el más bajo de Madrid.

Incluyendo el proyecto madrileño, Sotermun ha destinado un total de 20.000 euros para financiar otros cuatro proyectos sociales en La Rioja, Baleares, Madrid y Canarias. El objetivo de estos proyectos es la supervivencia de personas y familias que se encuentran en situación de pobreza o riesgo de exclusión social, agravada a causa del covid-19.

Así, en La Rioja se financiará con 5.000 euros el proyecto de Cáritas `Fondo Común y Solidaridad´, cuyos objetivos son la atención y acompañamiento a las personas en situación de emergencia social; el desarrollo de procesos de acompañamiento socio-familiar, de formación y crecimiento personal, y el fortalecimiento de espacios de coordinación con las entidades públicas.

Proyectos en Baleares y Canarias

En este caso, Sotermun también ha destinado fondos al desarrollo de proyectos sociales en las Islas Baleares y Canarias. Para Baleares, se han destinado 5.000 euros para colaborar con el proyecto de la ONG SOS Mamás. Esta organización dedica todo su esfuerzo preferente a la atención de las necesidades más esenciales de niños y niñas.

Los 5.000 euros destinados a Canarias se han distribuido en dos proyectos, uno en Tenerife y otro, en Las Palmas de Gran Canaria. En Tenerife, Sotermun destina 2.500 euros a un proyecto con la ONG Abrigos y Sonrisa; la finalidad es el apoyo a 550 personas de 270 familias en situación de precariedad. Los 2.500 euros restantes se han destinado al Banco de Alimentos de Las Palmas -organización declarada de Utilidad Pública y premiada con la Medalla de Oro de Canarias- cuya operatividad de ayuda se extiende a las islas de Gran Canaria, Lanzarote y Fuerteventura.

Estos 5 nuevos proyectos sociales en España de Sotermun se suman a los dos proyectos ya en marcha con Cáritas Española en Oviedo y Cáceres, también dirigidos a luchar contra los efectos sociales y económicos de la crisis del coronavirus en España, a los que se destinaron 8.000 euros.

Cómo tramitar la baja por covid para empleadas del hogar

Cómo tramitar la baja por covid para empleadas del hogar

Las bajas médicas por covid-19 se asemejan a las bajas por accidente laboral en cuanto a las prestaciones. En ambas bajas se cobra desde el primer día y el porcentaje que cobraremos será el 75% de la base de cotización. Esta prestación la paga desde el principio el INSS o La Mutua, en el caso de que la familia empleadora tenga concertado con ella el riesgo de accidente.

¿Cómo tenemos que proceder para cobrar la baja por covid-19?

Antes de tramitar nada debemos de saber si la parte empleadora nos tiene aseguradas en el INSS o a través de una Mutua.

  1. Tenemos que ir a nuestro medico de familia a solicitar el parte de baja. Habrá que acudir al centro de salud que nos corresponda según nuestro empadronamiento. Allí os indicaran como os entregan el parte de baja (por mail, en ventanilla, etc.)
  2. Tramitar el impreso de solicitud de pago directo del INSS (o de la Mutua).
  3. Junto con el impreso de solicitud de pago directo tendremos también que llevar nuestros partes de baja y un certificado del empleador en el que aparezca nuestra base de cotización justo antes de causar baja.
  4. Si la parte empleadora no sabe cual es nuestra base de cotización o no nos quiere entregar ese certificado, presentamos igualmente toda la documentación en el INSS e indicamos que el empleador no nos ha facilitado dicho certificado.

Nota: Tanto para ser atendido en el centro de salud como en el Instituto de la Seguridad Social y teniendo en cuenta la situación sanitaria actual debemos mirar antes si hay que pedir cita y si la atención será on line, por teléfono o presencial.

USO Madrid amplía su representación y obtiene cuatro delegados en INV Vigilancia

USO Madrid amplía su representación y obtiene cuatro delegados en INV Vigilancia

USO ha obtenido cuatro delegados en las elecciones sindicales de INV Vigilancia Madrid celebradas este martes, uno más de los que teníamos anteriormente. Se trata de un buen resultado que premia la gran labor realizada por los delegados y nos inspira para seguir trabajando en la defensa de los derechos de los trabajadores.

RESULTADO:

  • UGT: 8+1 delegados
  • USO: 4 delegados
  • Alternativa: 2 delegados
  • ATES: 1 delegado
  • CCOO: 1 delegado
El paro en noviembre da un frágil aliento ante un panorama desolador e incierto

El paro en noviembre da un frágil aliento ante un panorama desolador e incierto

La Comunidad de Madrid ha registrado unas cifras de paro en noviembre mejores que las de la media española, con una bajada del 0,14% y 612 desempleados menos que el mes pasado. Sin embargo esto no es motivo de alivio para una región en la que en estos momentos tenemos un 25,16% más de paro que el año pasado.

«Las cifras del paro en noviembre son un frágil aliento ante un panorama desolador», señala la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta. «La pandemia sigue sin dar una tregua a los trabajadores del Sector Servicios, no se están produciendo esas contrataciones previas a la campaña de Navidad propias de otros años y la pretendida armonización fiscal tan solo añade más incertidumbre a una situación ya complicada».

La estadística sigue ocultando a los trabajadores afectados por los ERTE: «No podemos olvidar que más de 240.000 madrileños están en suspensión de empleo o reducción horaria como consecuencia de un ERTE por fuerza mayor que supuestamente finaliza en enero sin que todavía exista un plan alternativo para evitar que todos esos trabajadores pierdan el sustento principal para sus familias», concluye Iniesta.

El Tribunal Supremo avala el uso de mascarillas contra la covid-19

El Tribunal Supremo avala el uso de mascarillas contra la covid-19

La Sala III de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso planteado por un ciudadano contra el uso obligatorio de la mascarilla durante la pandemia de coronavirus alegando que se estaba vulnerando su derecho a la integridad física, moral y honro, entre otros derechos.

El texto de la sentencia indica que el uso de mascarilla es legítimo, necesario y proporcionado con el actual conocimiento de la expansión de la pandemia y de los efectos para la salud de la covid-19, ya que el fin es el interés general de la protección de la salud. La Sala, además, razona que los casos hipotéticos de riesgo por uso de la mascarilla siempre serán menores que el beneficio de la prevención obtenida. Asimismo, debe prevalecer el objetivo constitucional de protección de la salud de todos ( artículo 43 de la Constitución) que comprende la integridad física y moral.

El TS responde que el uso de mascarillas no es incompatible con el derecho a la integridad física y moral, y tampoco atenta contra los derechos al honor y a la propia imagen que alegaba vulnerado el recurrente.

En respuesta a otras cuestiones del recurso presentado, la Sala reitera que el Tribunal Supremo (auto de 4 de mayo de 2020) carece “de jurisdicción para conocer de la declaración del estado de alarma y de la subsiguiente afección de los derechos de reunión y libertad de circulación, y subraya que ello no significa inmunidad frente al control jurisdiccional, sino que la competencia corresponde al Tribunal Constitucional”.

La sentencia presume que las medidas adoptadas por los poderes públicos tienen el objetivo de la supervivencia de la comunidad utilizando un método de barrera como es el uso generalizado de la mascarilla. Destaca, además, que esta misma medida ha sido adoptada por otros estados miembros de la Unión Europea y muchos otros países del mundo y cumple con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

La Sala acaba recordando que actualmente el uso obligatorio de mascarillas goza de cobertura superior a norma reglamentaria según el art. 6 del Real Decreto-Ley 21/2020 (convalidado por el Congreso de los Diputados el 30 de junio) de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con el régimen sancionador de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública ( art. 31 del precitado Real Decreto Ley 21/2020).

Más Plurales solicita una reunión urgente con Pedro Sánchez para abordar la Ley Celaá

Más Plurales solicita una reunión urgente con Pedro Sánchez para abordar la Ley Celaá

La plataforma Más Plurales, de la que USO forma parte, ha registrado esta mañana en el Palacio de la Moncloa una solicitud de reunión urgente con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para tratar la reforma educativa de la LOMLOE, conocida como Ley Celaá.

La plataforma Más Plurales quiere plantear al Presidente del Gobierno una serie de sugerencias para mejorar el contenido de una ley que esta Plataforma critica duramente no solo por las formas en que se está tramitando (impidiendo la participación de la comunidad educativa en sus debates parlamentarios) sino también por muchos aspectos que propone el Proyecto de Ley, que alejan la posibilidad de alcanzar un alto grado de consenso y respaldo necesario que de estabilidad al sistema educativo.

La Ley Celaá está provocando una fractura en la educación española al aplicar recortes a las libertades democráticas y condenar a los centros de iniciativa social a un papel subsidiario de la educación pública, que se convierte en el único modelo que será promovido por las Administraciones educativas. Nos parece muy bien que se refuerce el papel de la pública, pero pensamos que no es necesario que para ello haya que excluir a la enseñanza concertada.

Además, la Ley anuncia la progresiva desaparición de los centros de Educación Especial, desprecia al profesorado de la Enseñanza Concertada y convierte a la asignatura de Religión en una asignatura marginal y decorativa.

La Plataforma Más Plurales organizó el domingo 22 de noviembre más de 50 manifestaciones en toda España para protestar contra una Ley que en ningún momento ha buscado el consenso y que se ha tramitado de manera exprés, en plena pandemia, impidiendo la participación de la comunidad educativa. Además, la Plataforma Más Plurales ha reunido ya cerca de dos millones de firmas de ciudadanos que piden la retirada de la Ley.

La reunión solicitada con el presidente del Gobierno tiene como fin exponer al Presidente los puntos de vista educativos que defiende la Plataforma, que solo buscan mejorar la calidad de la educación de nuestro país. En vez de abordar asuntos tan importantes como la homologación de todos los trabajadores de los centros sostenidos con fondos públicos, el fracaso escolar, la igualdad educativa, la mejora de oportunidades y el descenso del nivel de los alumnos españoles, la LOMLOE se centra en transformar de manera radical asuntos nada problemáticos que están funcionando bien en nuestro país, como son el desarrollo de la complementariedad de los modelos educativos y el respeto a las libertades democráticas recogidas en la Constitución.

La Plataforma Más Plurales no entiende las prisas con la que se está tramitando la Ley y piensa que todavía se está a tiempo, con espíritu de consenso, de alcanzar acuerdos que mejoren el contenido de una Ley que ha provocado un unánime rechazo en la sociedad española.

En Más Plurales estamos firmemente convencidos de que en el sistema educativo todos somos necesarios para contribuir a la formación de nuestros alumnos y, desde la convivencia y el respeto a la pluralidad y libertad, avanzar en la mejora de nuestra sociedad civil.

Por todo ello, y avalados además por las cerca de dos millones de firmas de ciudadanos que defendemos la convivencia armónica de las redes pública, concertada y privada, solicitamos al presidente del Gobierno la paralización de la LOMLOE y que se abra un periodo de debate y de participación para alcanzar un consenso que demanda la sociedad española sobre las cuestiones educativas.

También anunciamos la convocatoria de una rueda de prensa el próximo jueves 3 de noviembre, a las 12 h., para explicar los posicionamientos educativos de Más Plurales sobre la Ley Celaá, además de anunciar una serie de acciones que se emprenderán si la LOMLOE continúa con su vertiginosa tramitación.

Zonas de Madrid con restricciones: ¿qué se puede hacer en el puente de diciembre?

Zonas de Madrid con restricciones: ¿qué se puede hacer en el puente de diciembre?

La Comunidad de Madrid ha levantado las restricciones de movilidad en 13 zonas básicas de salud (ZBS) a partir de este lunes. También se ha añadido a la lista de limitaciones la zona de Barcelona (Móstoles) hasta el próximo 13 de diciembre.

Las ZBS que han descendido por debajo de los 400 casos por cada 100.000 habitantes y que por lo tanto dejan de tener restricciones de movilidad desde este lunes son:

  • Entrevías, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaría y Numancia (Puente de Vallecas)
  • Pavones y Vandel (Moratalaz)
  • Infanta Mercedes (Tetuán)
  • San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón)
  • Cerro del Aire y Valle de la Oliva (Majadahonda)
  • Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo)
  • Morata de Tajuña
  • Villarejo de Salvanés

Zonas de Madrid con restricciones

Las limitaciones se han prorrogado durante 7 días más (hasta el 6 de diciembre) en estos núcleos:

  • Vicalvaro-Artilleros (Vicálvaro)
  • La Elipa (Ciudad Lineal)
  • Guzmán el Bueno (Chamberí)
  • Daroca (Ciudad lineal)
  • Cuzco, Alicante y Castilla la nueva (Fuenlabrada)
  • La Moraleja (Alcobendas)
  • Sierra de Guadarrama
  • Collado Villalba Pueblo y Collado Villalba Estación (Collado Villalba)
  • Moralzarzal (Moralzarzal)
  • Alpedrete
  • Galapagar
  • El Boalo-Cerceda-Matalpino (ZBS de Manzanares El Real)
  • Colmenar de Oreja
  • Chinchón
  • Villaconejos (en la ZBS de Colmenar de Oreja)
  • San Martín de Valdeiglesias
  • Pelayos de la Presa (ZBS de San Martín de Valdeiglesias)

¿Qué se puede hacer en el puente de diciembre en Madrid?

La comunidad cerrará sus límites durante diez días, desde el viernes 4 hasta el lunes 14 de diciembre, para llegar a las fiestas navideñas en las mejores condiciones posibles desde el punto de vista epidemiológico.

El Gobierno madrileño ha instado a los ciudadanos a evitar las aglomeraciones y las calles comerciales en el puente de diciembre y en Navidad; la Delegación del Gobierno prepara el dispositivo de seguridad y movilidad para el puente de la Constitución.

Multitudinaria protesta contra la Ley Celaá

Multitudinaria protesta contra la Ley Celaá

Miles de personas han participado en las caravanas de protesta celebradas en las principales ciudades españolas en contra de la reforma educativa o Ley Celaá. En Madrid, los vehículos han colapsado las arterias principales de la ciudad, con un recorrido por el Paseo de la Castellana, entre las plazas de Cibeles y Cuzco, y por sus calles adyacentes.

La marcha, convocada por la plataforma Más Plurales, ha protestado contra la falta de consenso con la que se ha aprobado la LOMLOE o Ley Celaá. “Libertad y pluralidad” han sido las palabras más repetidas en las caravanas de coches, medio elegido para garantizar la seguridad entre los participantes.

La Federación de Enseñanza de USO, miembro de la plataforma Más Plurales, defiende que aún hay tiempo para buscar consenso y contar con una ley que, por primera vez en décadas, tenga un respaldo mayoritario que permita pensar en una ley educativa a largo plazo. Así, con otra ley partidista, sin pacto de Estado, su vigencia está circunscrita al próximo cambio de gobierno.

Además de las concentraciones, la plataforma ha recabado ya más de 1,6 millones de firmas en contra de la Ley Celaá.

Los pasos de la Ley Celaá

La ya conocida como Ley Celaá o, en su nombre técnico, LOMLOE, fue aprobada el jueves 19 de noviembre en el Congreso con 177 votos a favor, 148 en contra y 17 abstenciones. Un acuerdo débil, circunscrito a las fuerzas que sostienen al actual Ejecutivo. Y, por lo tanto, una muestra de su carácter partidista y no de Estado. Ahora, su tramitación continuará en el Senado.

Para llegar a la Cámara Baja, la LOMLOE siguió una tramitación exprés, constreñida además por la pandemia, y acelerada en sus últimos pasos para que fuera ratificada cuanto antes por la mayoría parlamentaria de gobierno.

FEUSO recalca que para debatir las 1.100 enmiendas que recibió una ley de este calado, la comisión le dedicó una sola reunión.

Por ello, la Federación de Enseñanza de USO aún llama al diálogo: “hay tiempo todavía para rectificar una ley que puede ser plural y democrática para sentar las bases del mañana”. Por ello, y a pesar de que no habido hasta ahora interés en recibir al conjunto de la comunidad educativa, FEUSO recuerda que “instaremos a los grupos políticos a que interpongan recursos de inconstitucionalidad y presionaremos en las comunidades autónomas para disminuir al máximo los efectos de la aplicación de esta norma”, propiciando que se recurra la Ley “en tiempo y forma a las instituciones europeas en busca de amparo”.

El objetivo es conseguir una ley que parta del consenso y que consiga sus metas educativas no políticas: menos abandono, mayor índice de empleabilidad del alumnado y un empleo estable para todos los trabajadores de la enseñanza, pertenezcan al tipo de centro que pertenezcan.