Guía para las empleadas de hogar frente al coronavirus

Guía para las empleadas de hogar frente al coronavirus

La Asociación de Trabajadoras del Hogar (ATH-ELE) ha elaborado una guía con las preguntas más frecuentes sobre la crisis sanitaria del coronavirus.

Prestación de baja por coronavirus

Si una trabajadora doméstica no puede trabajar porque está enferma por el coronavirus o se encuentra en situación de aislamiento por indicación médica:

  • ¿Tiene derecho a la prestación especial por accidente de trabajo?

Sí tiene derecho, exactamente igual que todas las demás personas trabajadoras. La condición es que esté de alta en la Seguridad Social, da igual cuánto tiempo tenga de cotización previa.

  • ¿Cuánto le pagarán?

El 75% de la base de cotización durante toda la baja. Estando a tiempo completo, la prestación no puede ser inferior a 27,425€ al día. Para otras bases, consulta cotización a la Seguridad Social 2019-2020.

  • ¿Cómo se tramita?

Tendrá que conseguir el parte de baja de su médica de cabecera. Le deberá llamar por teléfono explicando su situación. Si la médica considera que está en uno de los casos previstos, le preparará el papel de baja y se lo entregará a la persona que vaya de su parte.

  • ¿Quién tiene que pagar la baja?

La parte empleadora no tiene que pagarla, son el INSS o si no la Mutua, en el caso de que la empleadora tenga concertado con ella el riesgo de accidente.

  • ¿Qué hay que hacer para cobrarla?

Hay que solicitar la prestación al INSS o a la Mutua. Este es el impreso de solicitud del INSS, el de todas las Mutuas es parecido, porque tiene la misma información. Si no se sabe rellenar, hay que pedir al organismo que ayude a hacerlo. Se presentan, además, el parte de baja y los de confirmación. Tanto INSS como Mutuas, también exigen aportar un certificado del empleador sobre las bases de cotización anteriores a la baja.

Finalmente:

  • La trabajadora deber conocer al menos su número de seguridad social, para facilitar su identificación al pedir la prestación.
  • También debe enterarse de si sus empleadores contrataron los accidentes con el INSS o con qué Mutua, para no dar vueltas innecesarias al solicitar la prestación.
  • Si el empleador no sabe o no quiere rellenar el certificado sobre bases, hay que presentar la solicitud de todas formas, indicando tal circunstancia. Además, muchos empleadores no saben las bases por las que están cotizando, y no os
    podréis enterar por internet porque la información de bases de cotización de hogar está cerrada al público desde el 24/2/2020.
  • Las trabajadoras a las que se les está cotizando por debajo del salario mínimo en relación a las horas trabajadas, cobrarán una prestación inferior a la que tendrían derecho.
  • Para poder cobrar la baja hace falta estar dada de alta en la Seguridad Social.
  • Las trabajadoras en situación administrativa irregular no tienen acceso a prestación, porque está planteada en el marco de la protección de la seguridad social.

Posibles problemas laborales por el coronavirus

  • ¿Me pueden despedir si estoy enferma?

Sí, como antes de la epidemia, en hogar, el despido al enfermar es muy frecuente. No tendrá prestación de desempleo; esto es igual para todos los casos de despido, sea por el motivo que sea, a no ser que cambien la ley.

  • Si mi familia está enferma y necesita cuidados, ¿puedo faltar al trabajo? ¿Es una ausencia pagada?

La situación está relativamente protegida. Se puede faltar con derecho a cobrar el salario durante dos días por enfermedad de un pariente cercano (el Estatuto de los Trabajadores dice que la enfermedad debe ser grave, pero dada la situación actual, eso no sería problema). También podría faltar en su horario habitual y proponer otro, siempre que necesite atender a una persona menor de 12 años. Por fin, podría pedir una excedencia para cuidar, que no es pagada, y tiene que solicitarla y la empleadora tendría que aceptarla. El gobierno español ha anunciado que habrá medidas laborales específicas, que atienden a esta situación de emergencia en concreto y ya comunicaríamos.

  • ¿Puedo faltar por estar cuidando de mis hijos sin colegio?

Si está realizando únicamente tareas domésticas, podría pedir una adaptación de su jornada para atender a sus hijos y tendrían que dársela. El problema es que ese cambio tiene unos plazos de negociación largos, así que no sirve para este caso. Si está cuidando, las características de ese trabajo no permiten grandes variaciones de jornada, por lo que puede ser despedida. Y no tendría derecho a la prestación de desempleo.

Si llega a un acuerdo con sus empleadores para no ir a trabajar, la ausencia no sería pagada, a no ser que se tome alguna medida especial por la crisis del coronavirus.

  • Soy interna: ¿Pueden prohibirme salir de la vivienda en mis horas libres?

Los empleadores no pueden impedirle salir a la calle, es una orden que solamente pueden dar las autoridades gubernativas. Si hay un despido, sería nulo por ir contra derechos fundamentales, pero en hogar no hay readmisión obligatoria en estos casos. La indemnización sería algo más alta que en el despido ordinario. Hay 20 días para demandar, sin contar sábados ni domingos, ni festivos.

  • ¿Estoy obligada a quedarme más horas que las pactadas como jornada ordinaria?

A nadie se le puede obligar a hacer horas extras, así que podría negarse. La realidad más frecuente es que, salvo por motivos personales de peso, las trabajadoras suelen aceptar peticiones razonables de extensión de la jornada, y más en esta situación. Pero otra cuestión es que hay que aclarar cómo se van a cobrar las horas, y cuándo. No es raro que se le de largas al asunto y a la hora de la verdad no se paguen. En el trabajo interno, la prolongación de la jornada tiene que respetar los descansos mínimos legales, que son 10 horas entre jornadas y 36 horas seguidas a la semana.

  • Tengo que atender a personas contagiadas. ¿Qué hago?

Consulta a las autoridades sanitarias. Todavía no hay demasiado información al respecto, aunque la Ley de Prevención de Riesgos Laborales reconoce a las personas trabajadoras el derecho a interrumpir su actividad cuando corren un riesgo grave e inminente para su salud. De igual modo, debes disponer de un Equipo de Protección Individual adecuado.

  • ¿Es obligatorio dar un preaviso de cese cuando, por el motivo que sea, incluida la situación creada por el coronavirus, la trabajadora quiere abandonar el empleo?

A no ser que un contrato escrito de trabajo diga otra cosa, en hogar se suele entender que el preaviso es de 7 días. Pero esto no es totalmente claro, porque es una interpretación de la ley, que dice que será “como máximo” de 7 días. En todo caso no
es aplicable a situaciones en las que la trabajadora deja el empleo porque no se le trata correctamente o no se le están reconociendo sus derechos.

  • Me despiden por motivos relacionados con la enfermedad, hospitalización o muerte de la persona atendida.

Depende de la manera en la que se le haya cesado, tiene derecho a 20 días por año si es despido, o 7 o 12 días por año si es desistimiento. Es algo a consultar. Y si hay fallecimiento, la indemnización será de un mes de salario, independientemente de la antigüedad. No tendrá desempleo en ningún caso.

  • ¿Y si no me despiden, pero dicen que ya me llamarán?

No cobrará el salario de ese tiempo, y tampoco tendrá la prestación de desempleo, que tendría en esa situación alguien del Régimen General de la Seguridad Social (SS). Además, y por si no le llaman al regreso del hospital, lo que sería un despido, es aconsejable que la conversación quede reflejada en WhatsApp.

  • Estoy en cuarentena voluntaria. ¿Tengo derecho a prestación?

No, se quedará sin el salario de esos días, y no cobrará ninguna prestación del sistema, que está solamente prevista para el aislamiento y el contagio.

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¿Quién paga la baja médica de las empleadas de hogar?

¿Quién paga la baja médica de las empleadas de hogar?

Las empleadas de hogar tienen derecho a estar de baja médica y, al igual que el resto de trabajadores, también tienen derecho a percibir una prestación económica durante el tiempo en el que se encuentren incapacitadas para trabajar. El salario que perciben durante la baja laboral depende del motivo que ha causado esa baja.

Contingencias comunes

Incluye aquellas enfermedades ajenas al puesto de trabajo o los accidentes no laborales. En estos casos:

  • Los tres primeros días no se cobra nada
  • Del cuarto al octavo día, lo paga la persona empleadora y se cobra el 60% de la Base Diaria de Cotización (BDC). Esta cifra se obtiene tras dividir entre 30 la base de cotización, que es el salario global mensual de un trabajador (en bruto, no lo que percibe neto en el ingreso de su sueldo), incluidas las horas extra, las pagas extra prorrateadas y las vacaciones retribuidas y no disfrutadas si las hubiera.
  • A partir del noveno día, lo paga la Seguridad Social y se cobra el 60% de la BDC.
  • A partir del 21º día, lo paga la Seguridad Social y se cobra el 75% de la BDC.
  • En caso de recaída por la misma enfermedad, si entre las dos bajas no pasan más de 6 meses, la segunda baja se cogerá desde el primer día.

 

Contingencias profesionales

Se trata de aquellas bajas provocadas por un accidente de trabajo.

  • El día del accidente se percibe el salario íntegro.
  • Desde el día siguiente al accidente se cobra el 75% de la BDC. Lo paga la Seguridad Social o la mutua (en el caso de que el empleador haya contratado una).

 

Guía para las empleadas de hogar

USO-Madrid pone a disposición de las empleadas de hogar una guía en la que se recogen los derechos laborales de este colectivo y en el que se dan respuesta de manera sencilla a esta y otras cuestiones como las retribuciones tras la modificación del Salario Mínimo Interprofesional, la contratación o el régimen de trabajadora interna. Esta guía, financiada por el Ministerio de Trabajo y el Fondo Social Europeo está a disposición de todo aquel que la solicite en nuestras oficinas situadas en la calle Vallehermoso, 78 – 4ª planta, 28015 (Madrid).

 

 

 

 

USO-Madrid reclama más implicación del Estado y sindicatos en la defensa de las empleadas del hogar

USO-Madrid reclama más implicación del Estado y sindicatos en la defensa de las empleadas del hogar

USO-Madrid reclama una mayor implicación del Estado y los sindicatos para mejorar el reconocimiento de los derechos laborales de las empleadas del hogar, un sector invisible y discriminado, según ha denunciado la técnica de Inmigración y Trabajo del Hogar de USO-Madrid, Marysol Ruberte durante su intervención en el seminario del Proyecto Europeo Advancing Personal and Holdhouse Services (Ad-PHS) celebrado este martes en Madrid.

A pesar de que la ley reconoce el derecho sindical en las empleadas domésticas, este sector se caracteriza por un trabajo individual en el interior de un hogar. Por lo que, «a la hora de la verdad, este colectivo no puede, entre otras cosas, crear secciones sindicales o elegir delegados de personal», ha señalado Ruberte.

Existen las mismas dificultades con respecto a la negociación colectiva: «La normativa no se adapta a las peculiaridades de este sector y el principal obstáculo es la falta de una parte empresarial», indica Ruberte. «A diferencia de países como Francia o Suiza, en España no existe asociaciones de titulares del hogar familiar en España».

En otros casos, los derechos de las empleadas del hogar ni siquiera están reconocidas por la legislación: «El ordenamiento español excluyó a este colectivo de la normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales (PRL), a pesar de que la normativa europea sí recoge medidas de seguridad laboral que los hogares deben prestar a sus trabajadoras», ha señalado Ruberte.

Y por si esto fuese poco, las trabajadoras domésticas sufren un mayor aislamiento e invisibilidad del sector. Esto facilita que en muchos casos se abuse de sus derechos de forma impune porque existen «dificultades para realizar inspecciones de trabajo en el interior de los hogares».

 

Las empleadas de hogar necesitan mayor compromiso del Gobierno y los sindicatos

Marysol Ruberte ha destacado que «hay un incumplimiento sistemático de la legislación vigente ya que en muchos casos no se cumplen los horarios ni los salarios, no se respetan los días de descanso o vacaciones ni las cotizaciones reales».

Por ese motivo, ha reclamado una mayor implicación del Estado para la implantación del cheque servicio y encontrar fórmulas para una inspección de trabajo más eficaz. También ha pedido la creación de categorías profesionales y la ratificación del Convenio 189 de la OIT, incluyendo la prestación por desempleo.

Ruberte también ha destacado que USO-Madrid es consciente de que hay una nueva fase de precarización laboral que afecta a las empleadas de hogar y cuidados, a las camareras de pisos o a los repartidores a domicilio. «Este nuevo nicho laboral requiere otro tipo de actuación sindical que debería llevar a una reestructuración de los sindicatos para dar respuesta a estas nuevas necesidades de defensa de estos trabajadores», ha señalado.

 

¿Qué es el proyecto Ad-PHS?

El proyecto europeo Ad-PHS «Desarrollar los servicios Personales y Domésticos», lanzado en diciembre de 2018, tiene como principal objetivo crear un punto de encuentro único para apoyar, guiar y aconsejar a las autoridades en la elaboración de sus políticas públicas para el sector.

 

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Las trabajadoras del hogar denuncian el cambio en los tramos de cotización: fomentarán el trabajo en negro

Las trabajadoras de hogar y de cuidados denuncian que el cambio de bases de cotización a la Seguridad Social aprobadas por el gobierno de Pedro Sánchez fomentarán el trabajo en negro. Esto supone más precariedad y un retroceso en el reconocimiento de sus derechos laborales.

Casi medio centenar de organizaciones de trabajadoras de hogar y de cuidados, entre las que se encuentra USO-Madrid, han firmado un manifiesto en el que exigimos la equiparación de derechos y protección social con el resto de los trabajadores. También reclamamos el reconocimiento pleno en el Estatuto de los Trabajadores e integración completa en el Régimen General de la Seguridad Social.

 

La injusticia de los nuevos tramos

La aprobación del Real Decreto-Ley 28/2018, de 29 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, supone un aumento de los tramos de cotización que agudizarán las dificultades que ya padece este sector:

  •  Se incrementa la base del tramo 1, el más bajo, hasta 206 € al mes. La base mínima anterior
    también era demasiado elevada y sabemos qué consecuencias ha tenido: la mayoría de las
    trabajadoras con contrato de pocas horas no están dadas de alta en la Seguridad Social porque
    salario y cuota a pagar no guardan una proporción adecuada. Ahora, la resistencia de la parte
    empleadora a dar de alta será todavía mayor.
  • Los tramos intermedios, del 2 al 9, se han organizado de tal manera que se incentiva que los empleadores, para pagar menos cuota, declaren salarios inferiores a los reales. Pero además, se
    repetirá lo que sucedía con los tramos anteriores: al pasar de año y modificarse el importe de los
    tramos, muchas trabajadoras van a cotizar por bases inferiores a las que tenían en 2018, a pesar
    de mantener el mismo salario.
  • Es en el último tramo, a partir de los 1.294,01€ al mes, incluida prorrata de pagas
    extraordinarias, en el que se establece la cotización por salarios reales. Sin embargo, si no se
    pone en marcha un plan urgente, amplio y serio, para obtener la información sobre salarios y jornadas reales, no será posible garantizar su aplicación efectiva. Tendrían que adoptarse medidas para que la parte empleadora pueda cotizar por salarios reales con la ayuda de la Administración. Por otro lado, a las trabajadoras de hogar se nos deja solas frente a la parte empleadora en la exigencia del alta en la Seguridad Social y en el cumplimiento de la legalidad a la hora de cotizar. El Gobierno actual no nos tiene en cuenta para las campañas de la Inspección de Trabajo que controlan el fraude en otros sectores: nuestros derechos no parecen importar.

Esta modificación de tramos, por tanto, no mejorará en lo sustancial la situación de las trabajadoras, pero supondrá nuevos costes para la parte empleadora y multiplicará, con toda probabilidad, los trabajos no declarados en un sector que ya cuenta con una alta irregularidad (más de un tercio de los empleos actuales) y con ello, la precariedad y el no reconocimiento de derechos.

 

Tres exigencias para evitar abusos

Las organizaciones firmantes exigimos:

  • Equiparación, sin más demoras, de derechos laborales y protección social para las trabajadoras de hogar y de cuidados (incluida la prestación por desempleo, la cotización par salarios reales e iguales condiciones para el cálculo de las pensiones), con reconocimiento pleno en el Estatuto de los Trabajadores e integración completa en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Ratificación del Convenios 189 de la OIT sobre trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos, acompañada de la incorporación efectiva en la normativa interna, estableciendo plazos concretos de aplicación y la dotación presupuestaria necesaria para que pueda implementarse.
  • Políticas públicas de cuidados que garanticen la cobertura universal con criterios de equidad y redistribución de los tiempos de vida laboral y personal. En este sentido, medidas concretas para integrar los costes de los cuidados en el domicilio como prestaciones del sistema público de atención a la dependencia.

 

Falta voluntad política

En el año 2011, se aprobó la incorporación del Empleo de hogar en el Régimen General de la Seguridad Social, pero se mantuvo como sistema especial. Se asumió el compromiso de ir regulando cuestiones pendientes hasta alcanzar la equiparación plena con el conjunto de trabajadores/as. Hoy seguimos esperando. Falta voluntad política para mejorar las condiciones de este sector.

En ese momento, se excluyó el reconocimiento de la prestación por desempleo y se aplazó hasta enero de 2019 alcanzar los mismos criterios en el cálculo de las pensiones (actualmente, los periodos no cotizados en Empleo de hogar no se contabilizan, como sí se hace en el resto de sectores del régimen general). Para esa fecha también se sustituiría el sistema de cotización a la Seguridad Social por tramos salariales por el de la cotización por salarios reales.

 

La enmienda 6777

Después de siete años, el Partido Popular, con la enmienda 6777, aplazó ambas medidas en cinco años más, hasta 2024. Las organizaciones firmantes del manifiesto nos opusimos a esa enmienda introducida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 y que retrasaba el reconocimiento de derechos y protección social de las trabajadoras de hogar y de cuidados.

Y ahora, el PSOE, con el Real Decreto 28/2018, mantiene el retraso en el reconocimiento de derechos aunque lo adelanta a enero de 2021, y aprueba para 2019 un sistema de tramos de cotización que sólo va a incrementar las dificultades del sector.

USO-Madrid reclama la ratificación del Convenio 189 de OIT

USO-Madrid reclama la ratificación del Convenio 189 de OIT

La secretaria de Igualdad y Acción Social de USO-Madrid, Belén Navarro, asistió ayer al espacio Nueva Economía Fórum, en el que intervenía el director general de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Guy Ryder.
Al acto también asistieron Julio Salazar (secretario general de USO) y Javier de Vicente (secretario confederal de Acción Internacional de USO).
En la ronda de preguntas, Navarro preguntó si era posible salir de la economía sumergida cuando en España hay un 30% de empleadas del hogar trabajando en esa situación, y pidió que España ratificara el Convenio 189 de la OIT y su recomendación 201; sobre el trabajo decente para las trabajadoras y los trabajadores domésticos.

El responsable de la OIT destacó que “la formalización de la economía informal es un reto a nivel mundial» y apoyó la petición de la secretaria de Igualdad de USO-Madrid. Esta pregunta dio pie para que el moderador interpelara a Fátima Báñez (Ministra de Empleo y Seguridad Social), presente en la mesa de oradores, sobre la situación de dicha ratificación; a lo que ella contestó: “Estamos en ello”.
Durante su intervención, Ryder denunció que “las mujeres trabajan el viernes gratis” porque en todo el mundo cobran una media del 23% menos que los hombres.
Además señaló que “no hay ninguna tendencia de que esta brecha salarial desaparezca con el tiempo”. A este respecto, lamentó que en todas las regiones el “obstáculo más importante” es la conciliación entre la vida profesional y privada.