por Juan José Rodríguez | Ene 15, 2021 | Enseñanza
La Comunidad de Madrid ha aplazado la apertura de los centros educativos, prevista para este lunes, hasta el próximo miércoles, 20 de enero, ante la solicitud mayoritaria de los ayuntamientos por los numerosos problemas de accesibilidad a los mismos, según apunta el gobierno autonómico.
En consecuencia, la Comunidad de Madrid ha programado una vuelta a la actividad educativa presencial de manera escalonada, de tal manera que las clases presenciales se iniciarán el próximo miércoles para los alumnos de Educación Infantil, Primaria y Especial y de 1º y 2º de ESO. Por su parte, los alumnos de 3º y 4º de ESO y de 1º y 2º de Bachillerato, FP, Educación para Adultos y Régimen Especial que este año tienen una modalidad lectiva semipresencial por motivo del COVID-19, retornarán a la presencialidad un día después, el jueves 21 de enero.
Con el fin de reforzar la presencialidad en el aula, tan importante en estas etapas, en Educación Infantil, Primaria y Especial, la Comunidad de Madrid ampliará en tres días el calendario escolar establecido inicialmente para este curso, y retrasará el final de curso.
Respecto a las universidades de la Comunidad de Madrid, retomarán su actividad en las aulas este próximo lunes, 18 de enero, salvo en la Universidad Complutense y la Universidad Autónoma, donde ya se ha comunicado un retraso de fechas.
Una medida precipitada tomada a la ligera
Desde FEUSO Madrid aseguran que «la Comunidad no valora el trabajo de los docentes y profesionales que llevan ya una semana trabajado online y en muchos casos con un esfuerzo especial para limpiar los centros de hielo y nieve» y rechazan de manera contundente el aumento de días lectivos.
La federación insiste en que «la medida es muy precipitada y es inconcebible que se tome tan a última hora y tan a la ligera» y señalan que «al menos debieran haber dado la posibilidad de la opcionalidad a los centros a la hora de comenzar las clases presenciales. Muchos docentes ya habían preparado sus clases y sus programaciones, que son diferentes según la modalidad».
por Juan José Rodríguez | Ene 15, 2021 | Enseñanza
La Comunidad de Madrid ha elevado de 6 a 10 años la duración de los conciertos educativos para tratar de sortear los nefastos efectos de la Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE), más conocida como Ley Celaá. Desde la Federación de Enseñanza de USO-Madrid (FEUSO Madrid) aseguran que ven «muy positivas las medidas tomadas por la Comunidad de Madrid para asegurar la libertad de elección de las familias madrileñas y la pervivencia de la enseñanza concertada».
Desde FEUSO Madrid también alertan de que no hay que olvidar que «la LOMLOE prioriza las plazas públicas a las concertadas» por lo que las administraciones del resto de España podrán ir retirando los conciertos educativos. «A pesar de la vigencia de los conciertos, el número de unidades concertadas en Madrid dependerá de la demanda, que será menor si aumentan las plazas en centros públicos, unas plazas que la LOMLOE antepone a las concertadas», aseguran desde FEUSO.
La ley Celaá, «además de ir en contra de la libre elección de las familias, redunda directamente en pérdida de puestos de trabajo en los centros concertados». Por ese motivo, FEUSO Madrid insiste a la Comunidad de Madrid que «también busque la manera de evitar la reducción de trabajadores».
por Juan José Rodríguez | Ene 14, 2021 | Formación, Salud laboral
Si una empresa obliga a un trabajador a realizar un curso de formación fuera de su horario laboral, puede vulnerar su derecho al descanso, pero no su derecho a la intimidad y a la desconexión digital, según ha sentenciado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.
El TSJM ha estimado el recurso de suplicación interpuesto por la empresa Enaire contra un trabajador al que sancionó gravemente tras negarse a realizar un curso de formación fuera de su horario laboral. El trabajador demandó a la empresa por vulnerar su derecho a la intimidad, pero el Tribunal ha asegurado que obligar a un trabajador a realizar un curso fuera de su horario laboral no viola el derecho fundamental a la intimidad, sino el derecho al descanso, algo que el demandante no ha podido probar, según explica la sentencia del TSJM.
El Tribunal también ha asegurado que «no se puede imponer a los trabajadores la obligación de conectarse remotamente con finalidad laboral desde fuera del centro de trabajo en sus tiempos de descanso y dicho derecho es un mínimo garantizado por Ley Orgánica como desarrollo, al amparo del artículo 18.4 de la Constitución, del derecho fundamental a la intimidad personal y familiar».
Sin embargo, «el derecho del trabajador no es incompatible con que la empresa pueda imponer la realización de actividades laborales fuera del horario ordinario, que pueden tener carácter obligatorio, salvo cuando se trate de realizar horas extraordinarias, que solamente tienen carácter obligatorio cuando así se haya pactado individual o colectivamente (artículo 35.4 del Estatuto de los Trabajadores). Esas actividades laborales, que computan como tiempo de trabajo, pueden ser presenciales o a distancia, pero ello no altera su naturaleza», indica la sentencia.
En sus conclusiones, el TSJM indica que:
- En tiempo de descanso el trabajador tiene derecho a la desconexión digital, esto es, a mantener inactivos sus dispositivos o medios de comunicación, de manera que no reciba mensajes de la empresa o de sus compañeros de trabajo por razones laborales
- No afecta al derecho a la desconexión digital (y, por tanto, a la intimidad personal y familiar) el que la empresa ordene la realización de trabajo efectivo y retribuido fuera del horario normal, porque entonces ya no hablamos de tiempo de descanso, sino de tiempo de trabajo. Obviamente ello implica que el tiempo de conexión del trabajador para realizar actividades laborales, también cuando se realiza a distancia y por medios electrónicos, tiene la consideración de tiempo de trabajo, con las consecuencias legales que de ello se derivan
- Si dicho trabajo se realiza más allá de la jornada se tratará de horas extraordinarias que con carácter general son voluntarias, salvo pacto en contrario
- En otro caso, si la realización de trabajo efectivo (presencial o a distancia) fuera del horario normal implica un cambio del mismo o de la jornada ordinaria, estaremos ante una modificación unilateral de las condiciones de trabajo, que según los casos puede ser sustancial (regulada por el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores) o no.
por Juan José Rodríguez | Ene 13, 2021 | Acción sindical, Enseñanza
La USO rechaza tajantemente el ERE presentado por la Universidad Europea y que afectará a 275 trabajadores de forma injustificada en una empresa que ha presentado beneficios económicos durante la pandemia y que incluso ha aumentado su número de alumnos en todos los centros.
El ERE propuesto por el grupo Europa Education, propietaria de la Universidad Europea desde finales de 2018, pretende prescindir de 175 jornadas completas y afecta a 275 puestos de trabajo entre jornadas completas y parciales, lo que supone un 12 % de la plantilla de las tres universidades con las que cuenta en España, según notificó la propia empresa el pasado 14 de diciembre.
El pasado jueves 7 de enero tuvo lugar la constitución de la Comisión Negociadora del ERE y los representantes de la USO, que cuentan con el 47,94% del voto de la parte social de dicha comisión, rechazaron un ERE fundamentado exclusivamente en una serie de causas técnicas, organizativas y productivas.
En ningún caso se han aducido causas económicas porque, incluso en esta situación de pandemia, la empresa presenta beneficios y ha aumentado su número de alumnos en todos los centros. Todo ello, a costa de la sobrecarga de trabajo de los docentes, que lo han dado todo para que la situación generada por la covid-19 no afectara ni a la matriculación ni a la calidad docente impartida, poniendo a disposición de la empresa los medios personales y privados necesarios para continuar dando servicio a los estudiantes.
Los miembros del Comité de Empresa habían denunciado anteriormente ante la Inspección de Trabajo la mayor parte de los últimos cambios laborales implantados desde la Universidad Europea de Madrid porque suponen una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de los trabajadores. Desde USO consideramos que detrás de estas medidas implantadas por la empresa sin justificación externa pretenden reducir la plantilla revalorizando así la empresa posiblemente con la finalidad de una futura venta de las misma.
por Juan José Rodríguez | Ene 12, 2021 | Enseñanza
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha avanzado este lunes que suspenderán las clases presenciales en la región hasta el próximo lunes 18 de enero y serán telemáticas desde este miércoles debido al temporal Filomena.
«Es necesario arreglar desperfectos y garantizar una vuelta segura a las aulas tras el temporal de nieve y frío», ha señalado la presidenta regional en su cuenta de Twitter.
La medida afectará a los 1.227.165 alumnos en los 3.344 centros educativos de la región, tanto de titularidad pública como privada. El Gobierno de la Comunidad de Madrid ha tomado esta decisión tras conocer los primeros informes de la Consejería de Educación y Juventud y los desperfectos que ha causado el paso de la tormenta Filomena.
por Juan José Rodríguez | Ene 11, 2021 | Salud laboral
El Ayuntamiento de Madrid trabaja para recuperar la normalidad en las calles de la capital tras el paso del temporal Filomena. La primera recomendación del Gobierno municipal es que la gente se quede en casa en la medida de lo posible. El alcalde José Luis Martínez Almeida ha pedido a los madrileños que no usen el vehículo privado y dejen «los carriles abiertos para que los servicios públicos de emergencia puedan seguir trabajando». Además, el delegado de Desarrollo Urbano, Mariano Fuentes, ha alertado de que “además de la caída de ramas de los árboles, ahora empieza el riesgo de desprendimiento de nieve y hielo de cubiertas y tejados”.
Teniendo en cuenta esta recomendación, el Ayuntamiento de Madrid ha publicado un mapa en el que se puede comprobar en tiempo real cómo van las tareas de limpieza de calles en la capital y los viales libres solo para uso de servicio municipal.
Vehículos abandonados en la M30
Por motivos de seguridad el Ayuntamiento también ruega a los propietarios de los vehículos que debido a la fuerte borrasca se vieron obligados a abandonarlos en la M30 que no acudan a recogerlos. Gratuitamente se trasladaran al depósito municipal más cercano. Los propietarios deberán escribir a info@mc30.es para que el Ayuntamiento pueda contactar con el solicitante:
- Nombre y apellidos.
- Teléfono de contacto.
- Matrícula, color y modelo de vehículo.
- Ubicación aproximada de donde se dejó.
Para conocer las principales novedades relacionadas con el tráfico en tiempo real, y las vías y túneles urbanos cortados debido a la acumulación de nieve pulse el siguiente enlace: Servicio de avisos sobre tráfico en Twitter
Servicios municipales suspendidos este lunes
Concretamente, el lunes, 11 de enero de 2021, debido a las nevadas intensas en la ciudad de Madrid, seguirán suspendidos los siguientes servicios:
- Servicio de autobuses de la EMT.
- Suspensión del SER (hasta el miércoles, 13 de enero de 2021 incluido).
- Parques, equipamientos culturales y deportivos cerrados.
- También las oficinas de atención al público y las escuelas infantiles municipales, centros de música o juveniles y centros de día permanecerán cerradas el lunes y martes, y los plazos administrativos se suspenden y se ampliarán 2 días.
- Algunos centros de salud permanecerán cerrados el 11 de enero de 2021 (para más información: www.madridsalud.es).
por Juan José Rodríguez | Ene 11, 2021 | Enseñanza
La Comunidad de Madrid mantiene suspendidas las clases en los colegios, institutos y universidades hoy y mañana por el temporal de nieve, que ha colapsado parte de las principales infraestructuras de transporte de la región.
El Gobierno madrileño espera poder retomar el miércoles la actividad pero no descarta tomar otra decisión si la situación es adversa. «De momento empezaríamos el miércoles pero estaremos muy atentos el lunes y el martes y en función de lo que suceda desde el punto de vista de la accesibilidad y la movilidad como del frío, actuaremos», señaló el consejero de Educación, Enrique Ossorio. Las clases se harán de forma online, gracias a la experiencia ganada durante la pandemia.
Ossorio señaló que ya desde el viernes el Gobierno regional tomó la decisión de que las calefacciones de los centros estuvieran encendidas todo el fin de semana a efectos del frío y de la ventilación cruzada para que estos fueran más confortables. Siguen encendidas a la espera de que se retome la actividad.
por Juan José Rodríguez | Ene 11, 2021 | Empleo
La Comunidad de Madrid ha determinado suspender hasta el próximo miércoles la atención presencial en la red de Oficinas de Empleo de la región, así como la actividad en los centros de Formación para el Empleo, el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación –SMAC- y el Instituto Laboral de Mediación. Todos estos centros, dependientes de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, permanecerán cerrados a los usuarios los próximos días lunes 11 y martes 12 de enero, debido al temporal de frío y nieve que afecta a la región estos últimos días.
Esta decisión, que se toma por las dificultades de movilidad tras la copiosa nevada registrada los últimos días en la Comunidad y para garantizar la seguridad de los usuarios, afecta, por un lado, a las 42 oficinas de empleo de la región, que seguirán atendiendo a los ciudadanos de manera telemática y telefónica. De este modo, aquellos usuarios que tuvieran prevista una cita para acudir físicamente a una oficina el próximo lunes o martes, serán atendidos telefónicamente o se les reprogramará para los días siguientes. En este último caso, será el personal de las propias oficinas quien se ponga en contacto directo con los usuarios perjudicados para indicarles la nueva fecha. En todo caso, para cualquier duda que pueda surgir al respecto, los ciudadanos pueden llamar al teléfono 91 078 34 54, que centraliza todas las llamadas y las dirige a la oficina de empleo correspondiente en función del código postal que indique el usuario.
También se atenderá por vía electrónica a través de los mails de las oficinas de empleo de referencia por código postal, que pueden ser consultados en el enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oficina-empleo#red-oficina….
Suspendidas las clases en los cinco CRN de la Comunidad
Por otro lado, se interrumpe también la actividad presencial en los cursos de Formación para el Empleo en la Comunidad de Madrid. Esta medida afecta a los cinco Centros de Referencia Nacional (CRN) de la región, dependientes del Gobierno autonómico: el Centro de Formación en Edificación y Obra Civil, en Paracuellos del Jarama; el Centro de Formación en Electricidad, Electrónica y Aeronáutica, en Leganés; el Centro de Formación en Tecnologías de Frío y Climatización, en Moratalaz; el Centro de Administración, Seguros y Finanzas, en Fuencarral, y el Centro de Formación en Tecnologías de la Información y Comunicaciones de Getafe, así como a las entidades colaboradoras, a las que se permitirá recuperar estos días. En concreto, se suspenderán un total de 300 cursos que afectan a más de 3.000 alumnos, muchos de los cuales no habían retomado todavía su actividad tras las fiestas navideñas.
SMAC e Instituto Laboral de Mediación
Por último, el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación y el Instituto Laboral de Mediación cancelarán también la celebración de vistas los próximos días 11 y 12 de enero. En el caso del SMAC, su personal se pondrá en contacto con los afectados para reprogramar la cita dentro de la misma semana o, en su caso, les certificará que la conciliación no se ha podido celebrar para poder continuar con los trámites judiciales.
Los ciudadanos afectados por esta suspensión de actividades pueden contactar con el personal del SMAC en el correo electrónico gestioncitassmac@madrid.org o a través del teléfono de información socio-laboral de la Dirección General de Trabajo: 679.071.404.
por Juan José Rodríguez | Ene 5, 2021 | Economía, Empleo
Concluye un año negro para el empleo en la Comunidad de Madrid con una subida del paro del 27,46% durante 2020 y un total de 432.516 personas desempleadas. La pandemia y la falta de medidas efectivas para evitar el colapso de la economía se han cebado con la región, que registra un 4,46% de paro por encima de la media nacional.
Por su parte, en diciembre el paro sumó 2.720 personas más que en el mes anterior, lo que supone un 0,63% más. Este es el resultado de lo que ya veníamos advirtiendo desde USO-Madrid: Este año no se han producido las contrataciones del Sector Servicios previas a la campaña de Navidad propias de otras años.
Rozamos la tercera ola sin un plan socioeconómico
“Estamos rozando la tercera ola, con cifras de contagios dramáticas a pesar de que todavía no conocemos los efectos de las fiestas de Navidad. Todo apunta que los próximos meses sufriremos nuevas restricciones que sin duda afectarán a los trabajadores y supondrán un nuevo golpe para la economía”, señala la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta.
“A pesar de ello, seguimos sin un plan a largo plazo, esperando a que esta situación dramática se solucione de forma milagrosa con la ansiada vacuna. Pero mientras tanto, más de 128.000 madrileños siguen atrapados en un ERTE, muchos autónomos ven cómo su negocio está a punto de cerrar para siempre tras años de esfuerzo y, lo que es peor, en muchos hogares las neveras están vacías”, insiste Iniesta.
Iniesta asegura que los poderes públicos “siguen atendiendo la pandemia a corto plazo, con medidas improvisadas que cambian cada semana y someten a los trabajadores a una incertidumbre insoportable”. “Necesitamos una estrategia socioeconómica a medio plazo. No es el momento de utilizar la dramática situación de la Comunidad de Madrid con fines partidistas, es el momento de arrimar el hombro y dejar de lado las ideologías políticas”, concluye Iniesta.
por Juan José Rodríguez | Ene 5, 2021 | Empleo, Igualdad
Desde el 1 de enero de 2021, ambos progenitores cuentan con permisos de nacimiento (antes conocidos como permisos de paternidad y maternidad) de 16 semanas. Serán igualitarios e intransferibles. Y, desde la aprobación del RD-ley 6/2019, de 1 de marzo, pasan a llamarse permisos por nacimiento. Serán de 16 semanas para la madre biológica y para el otro progenitor, sea cual sea su sexo.
Los padres y madres de los bebés nacidos a partir del 1 de enero, dispondrán de esas 16 semanas de suspensión de contrato para cada uno de los progenitores. Al pasar a ser igualitarios, no puede transferirse ya ninguna semana de la madre al otro progenitor, como sí ocurría en los dos años de adaptación, con 8 y 12 semanas de permiso para el otro progenitor en 2019 y 2020.
¿Cómo se disfrutan las 16 semanas de permiso?
El disfrute de los permisos de paternidad y maternidad de 16 semanas no será simultáneo en su totalidad. Precisamente, la ampliación del antiguo permiso de paternidad busca que el menor esté más tiempo al cuidado completo de al menos uno de sus progenitores y que la suspensión del contrato y mermas laborales no recaigan siempre sobre la madre. Así, los permisos deberán disfrutarse:
- De las 16 semanas de permiso, ambos progenitores disfrutarán 6 semanas de forma obligatoria e ininterrumpidamente con posterioridad al parto. Por tanto, esas 6 semanas las disfrutarán simultáneamente.
- Las 10 semanas restantes podrán disfrutarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida. Se hará siempre dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento o a la resolución judicial por la que se constituya la adopción, o bien a la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.
- La suspensión de estas 10 semanas se distribuirá a voluntad de los progenitores y podrá ejercitarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora afectada, en los términos que reglamentariamente se determinen.
Además de las 16 semanas, ¿se tiene derecho a los dos días del ET?
El permiso por nacimiento de 2 días, 4 en caso de desplazamiento, recogidos anteriormente en el artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores ha sido eliminado al aumentar el “permiso de paternidad” y equipararlo al de la madre biológica.
No obstante, en la actualidad, la mayoría de los convenios colectivos siguen manteniéndolo de forma expresa. Por ello, hay que estar a lo dispuesto en el convenio que se aplica en cada caso concreto, sea sectorial o de empresa. Este permiso retribuido, de origen convencional, por nacimiento de hijo corresponde tanto a hombres como a mujeres. Podrá disfrutarse, si así se tiene derecho por convenio, tras la suspensión obligatoria del contrato de trabajo por nacimiento del bebé.
¿En qué supuestos es posible ampliar estas 16 semanas de permiso?
El período de suspensión del contrato por nacimiento se ampliará en 2 semanas más, una para cada uno de los progenitores, en los siguientes casos:
- discapacidad del menor en el nacimiento, adopción, en situación de guarda con fines de adopción o de acogimiento.
- nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiple, por cada menor distinto del primero.
En los casos de familias monoparentales, el progenitor único disfrutará de estas dos semanas adicionales. Así lo recoge el criterio del INSS, de 5 de agosto de 2019, para equiparar los derechos de las familias monoparentales.
¿Cuándo es nulo el despido tras el permiso por nacimiento, antes de maternidad o paternidad?
La nueva regulación también modifica este aspecto. Tras la incorporación de las personas trabajadoras, tanto de la madre como el otro progenitor, a su puesto de trabajo, hay 12 meses, no 9, durante los cuales la extinción del contrato o el despido será nulo. Esta protección de 12 meses tras la incorporación por la suspensión de contrato por nacimiento o adopción se aplica también a guarda o acogimiento.
¿Se tiene derecho a la suspensión del contrato de 16 semanas en caso de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento?
Sí. Estos derechos se contemplan además para los casos de adopción, guarda con fines de adopción y de acogimiento, de conformidad con el Código Civil o las leyes civiles de las comunidades autónomas que lo regulen, siempre que su duración no sea inferior a un año. Cada persona adoptante, guardadora o acogedora tendrá derecho a 16 semanas a partir del 1 de enero. En las mismas condiciones de disfrute que si se tratase de un nacimiento.
¿Qué condiciones debe tener el menor para que los padres disfruten de este permiso?
El menor debe tener 6 años o menos. También puede ser mayor de 6 años, y siempre menor de 18, en los siguientes casos:
- tener una discapacidad. En ese caso, se añaden 2 semanas más. En total, 18 semanas de permiso, como ocurre con el de nacimiento.
- que, por circunstancias y experiencias personales, o por provenir del extranjero, tengan especiales dificultades de inserción social y familiar. Estas deben estar acreditadas por los servicios sociales competentes.
En ningún caso un mismo menor dará derecho a varios periodos de suspensión de la misma persona trabajadora.
¿Puede transferirse parte del período de suspensión entre ambos progenitores?
No. Al igual que los permisos por nacimiento, este derecho es individual de la persona trabajadora. No puede transferirse su disfrute total o en parte a la otra persona adoptante, guardadora o acogedora.
¿Qué ocurre si en una misma empresa dos personas ejercen este derecho?
Cuando las dos personas adoptantes, guardadoras o acogedoras que ejerzan este derecho trabajen para la misma empresa, la empresa podrá limitar el disfrute simultáneo de las 10 semanas voluntarias por razones fundadas y objetivas. Estas deben estar debidamente motivadas por escrito.
¿Puede adelantarse el disfrute del permiso en los casos de adopción, guarda o acogimiento?
Los diferentes permisos de adopción, guarda o acogimiento podrán adelantarse a la fecha de la resolución judicial o decisión administrativa. Pero solo en el supuesto de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los progenitores al país de origen del adoptado.
Este periodo de suspensión podrá iniciarse hasta 4 semanas antes de la resolución por la que se constituye la adopción.
¿Existe algún permiso retribuido en los casos de adopción, guarda o acogimiento?
Sí. En estos casos existe el derecho a un permiso retribuido, por el tiempo indispensable, para la asistencia a las perceptivas sesiones informativas de preparación, y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad. Siempre, en todos los casos, que estos deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo, según recoge el 37.3 f) del ET.
16 semanas: adiós a la discriminación entre permisos de paternidad y maternidad
Desde USO, consideramos positivo el que ambos progenitores tengan permisos iguales, intransferibles y retribuidos al 100%. No obstante, recordamos que es importante atender a la letra pequeña de esta nueva regulación.
Tal y como defiende la PPiiNA (Plataforma por Permisos Iguales e Intransferibles de Nacimiento y Adopción), el RD establece dos trampas graves:
- que las primeras 6 semanas de permiso sean simultáneas entre ambos progenitores.
- la pérdida del derecho a disfrutar de todo el permiso a tiempo completo mediante la simple comunicación a la empresa.
En USO respaldamos que estas dos premisas “suponen una barrera sustancial para que los hombres cuiden de manera corresponsable y, por otra parte, acortan el tiempo total posible para el cuidado del bebé directamente por sus progenitores”. Por lo tanto, la PPiiNA ha solicitado al Gobierno una rectificación del RD-ley de 2019, pues, de no corregirse, los hombres seguirán siendo considerados “simples ayudantes en los cuidados y estarán más disponibles para las empresas que las mujeres”.
Esto es una discriminación para ambos. En el caso de las mujeres, porque seguirán como cuidadoras principales y penalizadas laboralmente como mano de obra más precaria. Y, en el caso de los hombres, por unos derechos de segunda para cuidar a sus hijos.
Por ello, USO se ha unido a esta petición de la PPiiNA, que lleva ya trabajando 15 años con el fin de eliminar las desigualdades entre hombres y mujeres. 85 organizaciones sociales han firmado la petición para eliminar las desigualdades parentales.