por Juan José Rodríguez | Mar 2, 2021 | Economía, Empleo
Vamos camino del medio millón de parados en la Comunidad de Madrid. En Febrero hemos registrado una subida del 1,69%, con 7.417 desempleados más engrosando las listas del paro. En términos interanuales estamos hablando de un aumento del 26,69% en la región, con 94.205 parados más que en febrero de 2020, según los datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
“Tenemos ya casi medio millón de parados. A ellos se suman todas aquellas personas que se encuentran en la cuerda floja de los ERTE. No hay que olvidar que Madrid es la segunda comunidad más afectada por los expediente de regulación de empleo, por detrás de Cataluña”, señala la secretaria general de USO-Madrid, Conchi Iniesta.
“Todos esos trabajadores siguen dependiendo de planes prorrogados a golpe de improvisación cortoplacista por parte de organizaciones sindicales complacientes con el Gobierno. Son incapaces de ver que los ERTE que ya no pueden contener la gran crisis económica que estamos padeciendo ni sus terribles consecuencias”, alerta Iniesta.
“Y de los ERTE, pasamos a los ERE, como los que van a ejecutar empresas como Douglas, El Corte Inglés, la Universidad Europea… son miles de despidos que llegarán en los próximos meses. ¿Y dónde está el plan de empleo y la reestructuración sectorial que necesitábamos desde hace décadas? Llevamos un año sin un plan para fomentar la creación de empleo”, incide Iniesta.
por Juan José Rodríguez | Mar 2, 2021 | Cuidadores domésticos
Ya está disponible la tabla de salarios mínimos del 2021 para empleadas de hogar elaborada por la Plataforma por un Empleo de Hogar y Cuidados con Plenos Derechos, de la que USO-Madrid forma parte.
Tabla salarial empleadas de hogar 2021
Condiciones de contratación:
Contrato
- El contrato de trabajo deberá hacerse por escrito (obligatorio para trabajos superiores a las 4 semanas).
- Es obligatorio la entrega de un recibo de sueldo o nómina mensual.
Alta en la Seguridad Social
- El alta en la Seguridad Social es siempre obligatoria y se deberá gestionar antes de iniciar la relación laboral en las oficinas de la Administración de la Tesorería Gral. de la Seguridad Social.
- Ambas partes deberán pagar su cuota correspondiente de cotización a la Seguridad Social.
- Si el/la trabajador/a presta sus servicios menos de 60 h/mes por empleador/a, y, cuando ambas partes lo acuerden, puede encargarse de la gestión de la cotización a la SS. En estos casos, el/la empleador/a debe entregar su parte de la cotización con el pago de la nómina.
Periodo de prueba
- El período de prueba no puede ser superior a 2 meses (1 mes para contratos de menos de 6 meses). Durante este período también hay obligación de estar de alta en la Seguridad Social y formalizar el contrato.
- Durante el periodo de prueba, cualquiera de las partes puede disolver la relación laboral sin causa justificada. Es decir, no habrá indemnización, pero sí el derecho a cobrar la parte proporcional del periodo trabajado, de las vacaciones y de las pagas extras.
Salarios
- El Salario Base no podrá ser inferior al importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) que se establece anualmente.
- El Salario Base será incrementado con pluses o complementos adecuados a las condiciones de contrato que se establezcan, en razón de la disponibilidad, el trabajo en jornadas nocturnas o festivas, el uso de transporte en jornada partida, o los cuidados de varias personas.
- Aquellos trabajadores/as que estén contratados/as por horas, tendrán incluido en el salario/hora la parte correspondiente a las vacaciones y días festivos.
Vacaciones
- Se disfrutarán 30 días de vacaciones al año, de los cuales al menos 15 días serán consecutivos. Se pactarán con antelación por ambas partes y en caso de desacuerdo, cada parte podrá elegir 15 días a su conveniencia.
- Las vacaciones solo serán compensadas económicamente cuando no haya dado tiempo a su disfrute a la finalización del contrato. Si a fecha de 31 de diciembre quedan días por disfrutar es recomendable firmar acuerdo escrito para hacer constar su disfrute en el año
siguiente.
Festivos
- Corresponden los 14 días festivos anuales de la localidad (de 24 horas de descanso cada día), salvo pacto entre las partes para su compensación o libranza en distinto día.
Descansos
- El descanso mínimo semanal es de 36 horas consecutivas, comprendidas, como regla general, entre la mañana del sábado o del lunes y el día completo del domingo.
- Las personas que trabajen en régimen interno dispondrán de 2 horas diarias para las comidas. El descanso entre el final de su jornada y el inicio de la siguiente será como mínimo de 12 horas, pudiéndose reducir a 10 horas siempre que se compensen en las 4 semanas siguientes.
Permisos retribuidos
- Se tiene derecho a todos los permisos establecidos para el resto de trabajadores/as. Entre ellos están: por cambio de domicilio, matrimonio, nacimiento de hijo/a, permiso por lactancia, clases de preparación al parto, fallecimiento/enfermedad de familiares hasta 2º grado, ejercicio del voto.
Permisos no retribuidos
- También se podrá pedir permiso para atención a menores o personas en situación de dependencia, hospitalizados o en casa, o los permisos para asistir a consultas médicas o realizar gestiones administrativas (renovación de NIE, trámites personales…). Estos permisos serán recuperados en otro día de trabajo o podrán ser descontados de la nómina.
Bajas
- Por accidente o enfermedad laboral: se cobra desde el día siguiente a la baja el 75% de la base de cotización a la SS. Paga la Seguridad Social o la mutua.
- Por enfermedad común o accidente no laboral: se cobra el 60% de la base de cotización desde el 4º al 8º día (pagado por el/la empleador/a). A partir del 9º, paga la SS, también el 60%. A partir del día 21 se cobra el 75% de la base de cotización.
AVISO: cuando las trabajadoras internas se encuentren de baja por incapacidad temporal, tendrán derecho a permanecer en el domicilio en el que trabajan y residen, si así lo deciden, durante 30 días.
Extinción o finalización de la relación laboral
En todos los casos ante una extinción del contrato se deberá abonar y entregar por escrito el finiquito o liquidación con los conceptos salariales pendientes de pago (salario y horas extraordinarias, días de vacaciones no disfrutadas y pagas extras en la parte proporcional al
tiempo trabajado), junto al tiempo de preaviso (si decide abonarse) y la indemnización que corresponda:
- Finalización de un contrato temporal. Corresponde una indemnización de 12 días por año trabajado, con un preaviso de 15 días de antelación si el contrato superara 1 año.
- Desistimiento del contrato por parte del empleador/a. Deberá hacerse por escrito y con un preaviso de:
- 20 días para contratos de duración superior a un año.
- 7 días para contratos de duración menor al año. (Se puede sustituir esta comunicación por una indemnización en metálico por cada día que falte de preaviso).
Al momento de la comunicación, se deberá pagar una indemnización correspondiente a 12 días por año trabajado (7 días para contratos anteriores a 2012) con el límite de 6 mensualidades. (En caso de incumplir los requisitos anteriores, el despido podrá ser declarado improcedente, elevándose la indemnización a 20 días por año trabajado, con el límite de 12 mensualidades).
- Dimisión del/la trabajador/a:
- Por propia voluntad. Debe avisarse con la misma antelación que en el caso de
- Desistimiento. No tiene indemnización.
- Por cambio de las condiciones del contrato (como cambio del lugar de trabajo u horario). Debe comunicarse por escrito y da derecho a recibir una indemnización mínima de 12 días por año trabajado.
- Despido. Justificado en faltas del/a trabajador/a, como: ausencia del trabajo, indisciplina, ofensas o acoso a empleador/a u otras personas, robo, falta rendimiento continuado, etc.). Se deberá comunicar por escrito y no da derecho al cobro de indemnización.
- Fallecimiento del empleador/a, la indemnización que corresponde es la equivalente a un mes de salario, salvo que el contrato continúe con otro/a empleador/a.
AVISO: La finalización del contrato de las trabajadoras internas no podrá tener efectos entre las 17 h y las 8h del día siguiente (salvo que se motive en falta grave de lealtad o confianza).
por Juan José Rodríguez | Feb 25, 2021 | coronavirus, Enseñanza
A partir de este jueves sanidad empezará a vacunar a los profesores en turno de tarde en los centros de Atención Primaria, en el Hospital público Enfermera Isabel Zendal y en el Wanda Metropolitano, según ha anunciado la Comunidad de Madrid.
La semana próxima se extenderá el proceso para estos profesionales al Hospital Enfermera Isabel Zendal; y al Estadio Wanda Metropolitano, también en turno de tarde, previa citación. Así, se vacunarán a 110.000 profesores de los colegios públicos, privados y concertados.
Como ya anunció en el documento Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España los docentes hasta 55 años serán vacunados con la vacuna de Oxford AstraZeneca.
Indicaciones de la Consejería de Sanidad
- La vacunación alcanza a los centros públicos, privados concertados y privados. También están incluidos el PAS y los auxiliares de conversación. En esta campaña no estarían incluidos los monitores de comedor, ni los monitores de extraescolares.
- Respecto de los profesores en niveles concertados, los centros no tienen que realizar trámite alguno. Será la propia Consejería de Educación la que facilite a Salud Pública el listado a partir de los datos del pago delegado.
- En el caso de los profesores de niveles no concertados, profesores de centros privados no concertados, PAS y auxiliares de conversación, la DAT remitirá a los centros a lo largo del día de hoy un archivo Excel que se debe cumplimentar a la mayor brevedad con los datos que ahí se soliciten y remitirlo a la Consejería de Educación.
- Con toda esta información, Salud Pública irá citando vía telefónica o SMS a todas estas personas con la hora y día y el lugar al que deben acudir.
- Según nos indican se comenzará la vacunación en el tramo de edad comprendido entre los 18 y 55 años, a quienes se les administrará la vacuna de Astrazeneca, por ser la indicada para este colectivo y disponer de más dosis.
- A partir de los 55 años, se irá citando igualmente en la medida que se vaya disponiendo de las vacunas adecuadas.
¿Quién no podrá vacunarse?
Según las indicaciones de sanidad no podrán vacunarse los docentes o personal educativo que padezcan las siguientes dolencias:
- Enfermedad inmunodepresivas.
- Enfermedad cardiovascular.
- Enfermedad neurología o renal grave.
- Enfermedad endocrina o metabólica grave.
- Ser alérgico a alguno de los principios activos de la propia vacuna.
- Haber sufrido alergias graves a otras vacunas.
- Las mujeres embarazada o con planes de estarlo próximamente.
- Enfermedad grave o durante la administración de medicamentos anticoagulantes
- Personas positivas en COVID, cuarentena o síntomas.
por Juan José Rodríguez | Feb 22, 2021 | Acción sindical, Seguridad privada
La Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de la Unión Sindical Obrera (FTSP-USO) ha solicitado a la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid que rescinda el contrato con la empresa Alcor Seguridad por el presunto incumplimiento contractual en materia de contratación pública.
FTSP-USO también ha denunciado a la empresa ante la Comunidad de Madrid por no aplicar el Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad a todos los trabajadores «sin excepción», tal y como establece el pliego de cláusulas administrativas del contrato de adjudicación. Esta condición se considera «esencial», por lo que en el caso de incumplimiento de la misma, se procedería a la rescisión del contrato.
El secretario general FTSP-USO, Basilio Alberto Febles, explica que aunque «la empresa denunciada, Alcor, aplica el Convenio Colectivo Sectorial Estatal a los trabajadores subrogados en este servicio, no lo aplica igualmente a los trabajadores con contrato eventual y los que cubren servicios por diferentes motivos como bajas por IT, vacaciones etc». A estos trabajadores se les aplica el Convenio de Empresa, con unas condiciones económicas y sociales sustancialmente inferiores al sectorial.
Discriminación salarial
Según el secretario general, «esta práctica infringe lo que se firmó en las cláusulas administrativas» y además «supone una discriminación salarial entre los trabajadores que prestan servicio en sus instalaciones» y somete «a pésimas condiciones económicas y laborales a sus trabajadores».
Febles también denuncia «las malas prácticas laborales de esta empresa, que crea diferencias salariales entre los vigilantes de seguridad con el único fin de obtener ventaja económica en sus ofertas comerciales, lo que supone competencia desleal con las demás empresas».
Por este incumplimiento de las condiciones contractuales, la FTSP-USO ha solicitado que la Consejería de Empleo proceda a la rescisión del contrato con la empresa Alcor Seguridad, de acuerdo con la Ley de Contratos del Sector Público y lo reflejado en los pliegos de condiciones del concurso.
por Juan José Rodríguez | Feb 22, 2021 | Acción sindical, Enseñanza
La Federación de Enseñanza de USO (FEUSO) ha firmado este viernes un preacuerdo para el ERE de la Universidad Europea con la mediación de la Dirección General de Trabajo. Desde la federación destacan que «se ha conseguido una disminución considerable de despidos forzosos mediante la opción a bajas incentivadas para cualquier trabajador que tenga interés. También, se han logrado mejorar las condiciones y cantidades de la indemnización de los despidos, además de primas para colectivos vulnerables».
Desde FEUSO insisten en que «la materialización de muchos despidos siempre es una mala noticia, pero podemos estar orgullosos del trabajo realizado por los compañeros de la Comisión Negociadora».
El trabajo no ha finalizado, señalan: «Esto no acaba aquí, quedan meses duros en el que se irá viendo la marcha de muchos compañeros y compañeras que tanto han hecho por esta universidad y por un proyecto docente hasta ahora de gran calidad».
Desde FEUSO insisten en que «los delegados que han negociado han cumplido con creces con el mandato, recientemente renovado, que tenían como representantes de los trabajadores» y seguirán luchando por los derechos de los trabajadores que continúan en la Universidad Europea y que «tienen puesta toda su confianza en el Comité de Empresa y en concreto en los delegados de USO».
por Juan José Rodríguez | Feb 18, 2021 | Acción sindical
La licitación de Servicios a Bordo de Renfe ha quedado desierta porque, tal y como ya advirtieron los delegados de USO, las condiciones del pliego eran insuficientes y no garantizaban las condiciones y puestos de trabajo. A expensas de lo que pueda decidir Renfe en los próximos días, insisten desde la sección sindical, seguirán luchando para que la solución garantice el empleo y los derechos laborales de la plantilla.
El plazo propuesto por Renfe para la presentación definitiva de ofertas del concurso de Servicios a Bordo ha expirado, pero ninguna de las empresas que en un primer momento solicitaron la documentación, ha optado por concursar. «Esto demuestra, tal y como avisamos hasta la saciedad, que las condiciones del actual pliego eran insuficientes y no garantizaban las condiciones y puestos de trabajo», señala la sección sindical de USO en Servicios a Bordo de Renfe en un comunicado.
Los delegados de USO-Madrid insisten en que, a expensas de lo que pueda decidir Renfe en los próximos días para dar salida a esta situación, seguirán vigilando e informando a los trabajadores de forma responsable y comprometida. «Hoy mas que nunca es necesario continuar la lucha hasta que llegue la solución y la garantía de empleo y condiciones aceptables para la plantilla».
Los delegados recuerdan también que «está pendiente la licitación de servicios de logística por parte de ADIF, lo que supondrá que una parte de los compañeros de logística puedan pasar a otra empresa. Tenemos que pelear todos juntos para que las condiciones de empleo y subrogación de la plantilla se hagan de la mejor manera posible».
Por ello, piden una vez más, «la máxima asistencia a las movilizaciones que se convoquen, apoyo, difusión en las redes sociales para visibilizar nuestra lucha y ser conscientes de que este es un problema de todos, porque hay todavía mucho camino por delante», concluye el comunicado.
por Juan José Rodríguez | Feb 17, 2021 | Elecciones sindicales
USO ha entrado en la empresa Ferrer Internacional con tres delegados de los cinco que había en juego en las elecciones sindicales celebradas esta semana. Es la primera vez que la Federación de Industria de USO-Madrid se presentaba al proceso electoral de esta empresa, por lo que se trata de un gran éxito tanto para la federación como para los delegados elegidos.
por Juan José Rodríguez | Feb 16, 2021 | coronavirus, Salud laboral
La realización de pruebas médicas en el contexto de la vigilancia de la salud del trabajador es de carácter voluntario, salvo que se incurra en alguna de las excepciones del art. 22.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. La segunda de esas excepciones marca la obligatoriedad de las pruebas cuando sean imprescindibles para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para sí mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa. Por lo que, en el actual contexto de pandemia, esa excepción se aplica a la mayor parte de los trabajadores presenciales, tal y como se debatió en el Foro de Labos.
Ahora bien, la obligatoriedad debe venir determinada por personal facultativo y previo informe del Delegado de Prevención. Del mismo modo, esta medida deber ser proporcional e imprescindible. Esto significa que debe ser la estrictamente necesaria, en tanto en cuanto no exista otra medida de vigilancia de la salud más inocua con los derechos fundamentales de los trabajadores que podrían verse afectados, aunque igualmente eficaz. Por ejemplo, debería excluirse de dicha obligatoriedad a aquellos trabajadores que pudieran teletrabajar.
La vigilancia debe ser efectuada sobre los trabajadores en función de los riesgos inherentes al trabajo, lo que supone un importante límite material al alcance de las pruebas practicadas. Por otra parte, entendemos que tampoco sería legalmente exigible la PCR antes de una reincorporación post-covid al trabajo. Al ser el facultativo del Sistema Nacional de Salud la figura encargada de realizar la prueba, también será quien determine el alta del trabajador.
por Juan José Rodríguez | Feb 15, 2021 | Acción sindical
La Federación de Atención a la Ciudadanía del sindicato USO (FAC-USO) ha registrado en el Congreso peticiones de reunión con los grupos parlamentarios para abordar la situación del SEPE y trasladarles las propuestas de medidas que deben adoptarse de manera urgente.
Ante la inminente convocatoria de huelga en el SEPE para el mes de marzo, FAC-USO exige a los grupos parlamentarios que se posicionen sobre la situación que atraviesa este organismo público.
FAC-USO continúa denunciado que la situación laboral que los trabajadores del SEPE están soportando requiere de una actuación contundente que pasa por adoptar medidas que palíen el enorme malestar existente en un servicio público esencial, de cuya eficacia dependen millones de ciudadanos afectados por la crisis sanitaria y por el desempleo.
“La plantilla ha denunciado a lo largo de muchos años la lamentable situación del SEPE y desde USO hemos realizado infinitas denuncias sin que la administración haya demostrado ninguna voluntad de afrontar la realidad de este organismo público que siempre ha sido abandonado a su suerte, sin recursos humanos, ni técnicos, sin oficinas, sin inversiones informáticas, y por desgracia, desde la transferencia de las políticas activas a las comunidades, sin ningún tipo de modernización en su gestión”, apunta Luis Deleito, secretario general de FAC-USO.
Sin respuesta por parte de Trabajo
El pasado 19 de enero, FAC-USO remitió un escrito a la ministra de Trabajo y Economía Social, exponiéndole de forma pormenorizada la situación de este organismo, así como las propuestas de medidas que desde USO entendemos que deberían aplicarse. La solución para el SEPE pasa por modernizar este servicio público mejorando la gestión ante el ciudadano, para lo que es imprescindible la creación de una nueva Agencia de carácter estatal, además de reforzar en un 50% la plantilla fija; modernizar las aplicaciones informáticas y establecer unas directrices comunes para todas las direcciones provinciales, entre otras medidas.
“Hasta la fecha no hemos recibido ninguna respuesta, por lo que hacemos un llamamiento a todos los partidos con representación en el Congreso para afrontar la problemática del SEPE y presionar al Gobierno para que dedique al organismo la atención que merece”, concluye Deleito.
por Juan José Rodríguez | Feb 11, 2021 | Acción sindical
La sección sindical de USO en John Deere Ibérica ha convocado una huelga parcial junto a los sindicatos CSIF y CCOO para exigir la readmisión de once compañeros, despedidos el pasado 1 de diciembre, y para reclamar que la empresa cumpla el convenio colectivo.
La huelga está convocada desde este jueves 11 hasta el próximo martes 16, con paros parciales de entre tres y cinco horas en cada uno de los tres turnos de trabajo. Este primer día, «el seguimiento está siendo mayoritario. Sólo se ha incorporado un 27% de los trabajadores incentivos y la producción se ha reducido un 52% con respecto a las mismas fechas del año pasado», ha asegurado el delegado de USO en John Deere Ibérica, Antonio Buzón.
Desde USO reclamamos que se cumpla el convenio colectivo y que se vuelva a contratar a los once trabajadores despedidos el pasado 1 de diciembre por «ajuste de personal», según alega la empresa. «Además de los once despidos injustificados, hay otros nueve compañeros a los que se les ha reconocido una incapacidad y la empresa está vulnerando sus derechos y no ha adaptado sus puestos de trabajo, como exige la ley. También, hay otros dos compañeros que solicitaron una excedencia y la empresa ahora no les deja reincorporarse», ha explicado Buzón.